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TSJ admite demandas por intereses colectivos y difusos contra alcaldesas de Maracaibo y San Cristóbal

 

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en ponencia conjunta de los Magistrados y Magistradas que la integran, admitió las acciones por intereses colectivos interpuesta por grupos de ciudadanos contra las alcaldesas de los municipios Maracaibo del estado Zulia y San Cristóbal del estado Táchira, Eveling Trejo Álvarez y Patricia Gutiérrez Fernández, respectivamente, además, se acordaron los amparos cautelares solicitados.

Ordenó la Sala en las decisiones números 534 y 536 publicadas este martes, que las alcaldesas realicen todas las acciones y utilicen los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la Ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos; además, que procedan a la inmediata remoción de tales obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas, libres de barricadas, residuos, escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana.

Asimismo, se les ordena cumplir con su labor de ordenación del tránsito de vehículos a fin de garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas de sus respectivos municipios; ejercer la protección de los vecinos y habitantes, impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.

También la Sala les ordena ejercer la protección a los niños, a las niñas y a los adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías, de conformidad con lo establecido en los artículos 78 y 178, numeral 5 de la Carta Magna, 56 numeral 2 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, 4 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la Ley Orgánica del Ambiente así como en los tipos penales previstos en la Ley Penal del Ambiente.

Se ordenó que giren las instrucciones necesarias en sus respectivos cuerpos de policía municipal, a fin de dar cumplimiento efectivo a lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana. En ese sentido, se ordena que desplieguen las acciones preventivas y de control del delito, así como, en el ámbito de su competencia, promuevan estrategias y procedimientos de proximidad con la comunidad de su espacio territorial, a fin de lograr la comunicación e interacción con sus habitantes e instituciones locales con el propósito de garantizar y asegurar la paz social, la convivencia, el ejercicio pacífico de los derechos y el cumplimiento de la ley.

Finalmente, las sentencias señalan que de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, los mandamientos de amparo constitucional cautelar deben ser acatados por ambas alcaldesas, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad y exponerse a la sanción prevista en el artículo 31.

GNB intentó de manera violenta impedir acceso a la Basílica de Maracaibo a la alcaldesa Eveling Trejo

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Efectivos de la GNB trataron de impedir a golpes y empujones que la alcaldesa Eveling Trejo de Rosales ingresara con su madre, su hija y hermano, a la plazoleta de San Juan de Dios, para la celebración solemne de la misa en honor a Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá.

En este hecho agredieron a la madre de la alcaldesa y a concejales y diputados que la acompañaban.

Poco después, el gobernador del estado Zulia, Francisco Arias Cárdenas, ser acercó para mediar y resolver la situación irregular previa a los actos religiosos en ocasión al día de la Chinita.

“Tienen que respetar al pueblo. ¿Por qué si Giovanny Villalobos entró por el pasillo central, la alcaldesa no puede entrar?», retorizó.

«Es imposible que nos hayan maltratado, es lo peor que se le puede hacer a un venezolano. Yo soy la alcadesa le guste o no a la Guardia Nacional”, expresó Trejo.

 

*Con información de El Nacional y El Universal

Diferida por cuarta vez audiencia de Manuel Rosales

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Fue diferida nuevamente la audiencia del exgobernador del estado Zulia, Manuel Rosales, quien se encuentra preso en el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) del Helicoide, en Caracas.

La alcaldesa de Maracaibo y esposa del preso político Manuel Rosales, Eveling Trejo, había anunciado la mañana de este martes que se haría justicia ante la detención del exgobernador.

Asimismo, agregó que la audiencia es un derecho constitucional y que por eso asegura no estar «pidiendo migajas sino poderes autónomos. En este país no podemos salir adelante sin justicia, por eso no se pueden utilizar los poderes públicos para arrodillar al pueblo», declaró la alcaldesa en un contacto telefónico con Globovisión.

Para Trejo la Ley de Amnistía que se discutirá hoy en el hemiciclo de la Asamblea Nacional (AN) es una oportunidad del Gobierno Nacional «para sanar las heridas que le han hecho a la democracia, sobre todo por los jóvenes que hoy están presos por no estar de acuerdo con las políticas del ejecutivo. Venezuela quiere soluciones», enfatizó y aseguró que hoy estará en el Parlamento para respaldar dicha ley.