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Balance del horror penitenciario Carlos Nieto Palma

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Terminando este año 2016 es bueno hacer un balance del horror que se vive en nuestras cárceles y que afecta a 95 mil hombres y mujeres privadas de libertad en los recintos penitenciarios venezolanos.

Tenemos que comenzar diciendo que tenemos actualmente 95 mil personas privadas de libertad, 55 mil en las cárceles nacionales y 40 mil en centros de detención preventiva pero igual presos, privados de libertad, reclusos o el nombre que ustedes prefieran darle.

Nunca en la historia penitenciaria venezolana habíamos tenido una población de tal magnitud, cifras en verdad alarmantes, más si tomamos en cuenta que solo hay capacidad para 19 mil reclusos, es decir tenemos 76 mil reclusos de mas que no tienen espacio en nuestras cárceles. Necesitamos al menos 50 cárceles con capacidad para 1520 personas cada una, para solucionar este desastre.

Esta situación ha generado la creación de un sistema penitenciario paralelo en los centros de detención preventiva que el Ministerio para el Servicio Penitenciario desconoce como suyo a pesar de que el Código Orgánico Penitenciario y el decreto de creación de ese ministerio les da la responsabilidad de los privados de libertad, sin distinción del lugar donde estén y de su situación procesal.

Recientemente desde Una Ventana a la Libertad elaboramos un informe preliminar a una investigación que estamos realizando en este sistema penitenciario paralelo y que contiene información sobre el estado de los derechos humanos a la vida, a la integridad física, a la alimentación, a la salud y al debido proceso, en 87 centros de detención preventiva de la Gran Caracas y de los estados Miranda, Vargas, Lara, Zulia, Táchira, Monagas, Falcón y Carabobo, zonas que reúnen el mayor número de población penal del país.

En solo 3 meses de investigación, del año que va a durar la misma, tenemos cifras alarmantes, el informe reveló que estos centros de detención preventiva tienen una capacidad para albergar a 1995 privados de libertad, pero en la actualidad acogen a 7546 “Lo que implica que hay una sobrepoblación de 378%. Es decir, en promedio, hay cuatro personas en el espacio que debería ocupar una sola”.   De igual forma señala que cerca de 2458 detenidos (el 32,57% del total de los presos, que se mantienen recluidos en centros de detención preventiva), ya fueron procesados y, sin embargo, no han sido trasladados a sus centros de reclusión definitivos.

Continúa la investigación con que el 57% de los centros no posee comedor, el 60% no cuenta con espacios para el aseo de la ropa, el 56% no posee áreas recreativas, el 50% carece de zonas para recibir visitas, el 34% no tiene servicio de recolección de basura y el 12 % no ofrece servicios higiénicos a los presos. Sólo 21 de los 87 centros abarcados en el estudio, que representan el 24%, cuentan con acceso al agua potable. La acumulación de basura, la ausencia de servicios higiénicos y de agua potable y la inexistencia de espacios para el lavado de la ropa, generan una situación de caos propicio para el desarrollo y transmisión de enfermedades infecto contagiosas, que puede poner en peligro la vida de los detenidos, como de hecho ocurrió.

Según se desprende del informe “Aunque en la mayoría de los incidentes documentados fueron identificados como responsables personas privadas de libertad (en el 55,56% de los hechos), Una Ventana a la Libertad advierte que el Estado tiene responsabilidad, por la falta de acciones para atender los problemas estructurales, como el hacinamiento, el uso de los centros de detención preventiva como lugares de reclusión de largo plazo, sin contar con la falta de insumos y de infraestructuras adecuadas. También se observa la responsabilidad por omisión del Estado en asuntos más estructurales, como el agudo hacinamiento que se registra en los retenes policiales, los retardos para procesar o trasladar a los privados de libertad  a sus centros definitivos de reclusión; lo que deriva en desbordamiento de la capacidad física de los centros de detención preventiva y la falta de insumos fundamentales como alimentos y medicinas, que crean caldos de cultivos perfectos para motines, fugas, riñas, o daños en la salud de los detenidos”.

Si a esto le sumamos que a pesar de que el Ministerio Penitenciario está ofreciendo desde su creación construir una cárcel para procesados en cada estado del país, 23 en total, no ha cumplido con ninguna, lo que evidentemente agravara la situación en los centros de detención preventiva en el 2017 y lo más grave, tendremos a más policías cuidando presos y no en las calles cuidando ciudadanos aunado a que no detendrán a los delincuentes porque no tienen dónde meterlos.

Con estas noticias nada alentadoras me despido por este año 2016, retornando la segunda quincena de 2017, les deseo una feliz navidad y un grandioso 2017, que la esperanza de tener un mejor futuro no se pierda, un gran abrazo.

@cnietopalma

El Nacional 

Presos mueren de hambre, por Carlos Nieto Palma

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La situación de hambruna en los recintos carcelarios y en centros de detención preventiva cada día tiende a agravarse más ante la total indolencia e indiferencia de nuestras autoridades penitenciarias y la Defensoría del Pueblo, quienes al menos en teoría, son los garantes del respeto a los derechos humanos en los recintos carcelarios.

Solamente en esta semana que transcurre, en los calabozos de la Policía de Chacao en Caracas, el recluso Pablo Mendible falleció por desnutrición y en los calabozos, igualmente en el Centro de Coordinación Policial de Fundalara, al este de Barquisimeto, falleció el recluso José Luis González Rodríguez por esta misma causa. Hace 2 semanas en la sede de Polichacao otro recluso de nombre Carlos Enrique Hernández, falleció por desnutrición y tuberculosis.

Hace unos meses tuvimos acceso a unos videos filmados en el Centro Penitenciario Metropolitano “Yare III” donde los reclusos aparecían cocinando unos gatos para mitigar su hambre al no haber alimentos que comer en ese recinto penitenciario.

El hambre la vivimos los venezolanos no solo en las calles donde pocas cosas encontramos para alimentarnos sino que la viven nuestros presos en sus centro de detención, con el agravante que ellos no pueden salir a la calle a buscarlos porque están privados de libertad.

Dice el Código Orgánico Penitenciario en su artículo 15, numeral 11, cuando establece los derechos que poseen las personas privadas de libertad que el estado está obligado a proporcionar a los reclusos. “Una alimentación suficiente, balanceada, variada, consistente en tres comidas diarias, preparada de acuerdo a lo establecido por el órgano rector en materia de nutrición y respetando los regímenes dietéticos”. De esto evidentemente no se han enterado los organismos encargados de velar por el respeto a los derechos humanos de los privados de libertad entre las que se encuentra la Defensoría del Pueblo, supuestamente garante del respeto de los derechos humanos de todos los ciudadanos, entre los que se encuentran los privados de libertad.

Muy distante la hambruna que se vive en los recintos donde se encuentran privados de libertad, bien sean cárceles normales o centros de detención preventiva esta lo que establece el artículo 43 de nuestra Constitución Nacional que obliga al Estado a proteger la vida de las personas que se encuentran privadas de libertad.

La violación a los derechos humanos de las personas que se encuentran privadas de libertad es exclusiva responsabilidad de los organismos del Estado, pues son ellos los que tienen la tutela única, por lo tanto garantizar su vida y el ejercicio de sus derechos fundamentales es una obligación que no puede ser eludida, ni endosada a otras personas.

Es claro, y lo hemos sostenido durante mucho tiempo, que el gran responsable de todo este caos es el Ministerio para el Servicio Penitenciario que tiene como fin supremo el control de la población reclusa del país, independientemente del lugar en que se encuentren detenidos.

La crisis de alimentación que se vive en los Centros de Detención Preventiva viene dada por la prohibición del Ministerio Penitenciario de recibir a nuevos reclusos en los recintos carcelarios bajo su control, que es donde deberían de estar, es claro que estos centros no tienen condiciones de ningún tipo para tener detenidos por periodos más allá del legal de 48 horas, por lo tanto no disponen de comedores para alimentar a la población reclusa y menos aún presupuesto con el cual cubrir estos gastos.

El director presidente de la Policía del Estado Miranda, comisario general Elisio Guzmán, en días recientes calificó como “crónico y alarmante” el problema de inanición que afrontan los privados de libertad recluidos en los diferentes cuerpos de seguridad en Venezuela, debido a la crisis alimentaria que atraviesa el país, la cual en los últimos meses ha generado el fallecimiento de quienes, tras las rejas, esperan su traslado a un centro penitenciario”. Según Guzmán “La mala administración de justicia por parte del Gobierno Nacional le está costando la vida a los procesados y también a sus familiares. Ya no solamente trasladaron el problema a las policías, donde el irrespeto de la orden de un juez, por parte del Ministerio de Prisiones, genera un inhumano hacinamiento, sino que también el improvisar que nuestros calabozos sean cárceles propicia que las familias tengan que sufrir para alimentar a sus seres queridos. Muchos no tienen la suerte de tener quien les lleve el alimento y entonces fallecen, debido a lo que les ocasiona la desnutrición a sus cuerpos”.

La hambruna en los recintos de reclusión venezolanos va en aumento, el índice de fallecidos por desnutrición aumenta cada día en cárceles y centros de detención preventiva, mientras ninguna autoridad hace nada para solucionar este grave problema, que sin duda agrava la crisis de los recintos carcelarios de Venezuela y que parecen no importarles a nadie.

@cnietopalma

Visitas de mujeres en las cárceles por Carlos Nieto Palma

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La opinión pública y las redes sociales se estremecido recientemente con la noticia de la requisa vejatoria, inhumana, cruel y degradante a la que fueron sometidas la esposa y la madre del líder político Leopoldo López en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde, donde en presencia de los menores hijos de López de 6 y 3 años respectivamente, fueron desnudadas, mandadas a dar saltos de rana, abrir las piernas y una cantidad más de maltratos llenos de sadismo, odio y rencor, dirigida esta requisa por el mismísimo director de esta cárcel militar.

Las vejaciones en las requisas a las damas que visitan los recintos carcelarios no es nada nuevo, día a día cantidades de esposas, madres, hijas, amigas de personas que están encarceladas deben de sufrir de estas malas prácticas por parte del personal que se encuentra custodiando todas las cárceles del país, no hay excepciones en los recintos carcelarios, en todos los maltratos a las mujeres que asisten de visita son constantes.

El recién promulgado Código Orgánico Penitenciario en vigencia desde el pasado 28 de diciembre de 2015 en su artículo 96 establece lo siguiente “La requisa personal, o cacheo, es obligatoria para todos los ciudadanos y ciudadanas que ingresen en un recinto penitenciario, sin excepción para funcionarios y funcionarias civiles y militares que presten su servicio. Se llevará a cabo preferiblemente aplicando las nuevas tecnologías que contribuyan a una prestación más eficaz y eficiente del servicio de seguridad, con un mínimo de invasión sobre personas y cosas. En cualquier caso, y a todo evento, la requisa se aplicará con respeto a la dignidad y a los derechos humanos”.

Igualmente los “Principios y buenas practicas sobre la protección de las personas privadas de libertad en las Américas”, normativa internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA) en su principio XXI establece “Los registros corporales a las personas privadas de libertad y a los visitantes de los lugares de privación de libertad se practicarán en condiciones sanitarias adecuadas, por personal calificado del mismo sexo, y deberán ser compatibles con la dignidad humana y con el respeto a los derechos fundamentales. Para ello, los Estados Miembros utilizarán medios alternativos que tomen en consideración procedimientos y equipo tecnológico u otros métodos apropiados. Los registros intrusivos vaginales y anales serán prohibidos por la ley”.

Evidentemente lo establecido por la legislación tanto nacional como internacional es letra muerta, tampoco podríamos esperar mucho si después de 16 años de aprobada nuestra Constitución Nacional aun el Gobierno Nacional no ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 272  referente al funcionamiento del sistema penitenciario, a pesar de que vemos constantemente a las autoridades penitenciarias hablar del respeto a los derechos humanos en los recintos carcelarios todos sabemos que son mentiras, tal vez piensan de que una mentira repetida muchas veces se convierte en verdad, nuestras cárceles siguen siendo sitios donde se violan de manera consecuente y reiterada los derechos humanos no solo de los que allí están recluidos sino también de sus familiares.

Hay que tener en cuenta que un noventa por ciento de las visitas que acuden a las cárceles los días establecidos para esto son mujeres, esposas, madres, novias, hijas, familiares de los privados de libertad que después de interminables colas para lograr el acceso son sometidas a requisas crueles, inhumanas y degradantes  violatorias sin duda alguna de los derechos humanos y que convierte a esta mala praxis en otro de los muchos problemas que se vive en las cárceles venezolanas.

Recientemente la periodista Daniela Blanch en el portal web Venezuela Al Día, público un interesante reportaje con el testimonio de mujeres que acuden de visita a diferentes cárceles del país y recogió algunos testimonios que quiero compartir “En la mínima de Tocuyito así como el anexo femenino, la revisión que le practican a las mujeres es similar en ambos recintos; las meten en un cuarto de 1 x 2 metros, delante de una custodia, les indican que deben desvestirse completamente, el personal femenino realiza la inspección usando guantes de hule y revisan además cada pertenencia de la visitante, exhaustivamente, al punto que las toallas de uso diario que usan algunas mujeres, debe ser desprendidas por seguridad, luego que la persona está desnuda completamente, debe agacharse tres veces, girar para ver su espalda, mientras que le revisan el cabello para verificar que no use extensiones”; “En la Comunidad Penitenciaria de Fénix, en el estado Lara, luego de hacer una cola donde agrupan a todas las mujeres, ingresan al recinto y tras ser llevadas a un “cuartico” de dos metros cuadrados, debe desnudarse completamente, agacharse, caminar de cuclillas, batirse el cabello, pero lo más denigrante, es que te piden que te abras la vagina con ambas manos y debes pujar tres veces”, describió esta señora que a sus 60 años debe someterse a esta “revisión” porque de oponerse, no se le permitirá el acceso”.

Resulta inconcebible que en pleno signo XXI, aun en nuestras cárceles se empleen prácticas como desnudar a las mujeres que visitan lo recintos penitenciarios, hacerles dar saltos de rana para que expulsen cualquier sustancia que puedan tener introducida en su vagina y en muchos casos la incursión de dedos para hacer tocamientos vaginales para ver si algo ilegal llevan las damas en sus zonas íntimas.

No estamos en contra que se hagan requisas a las personas que entran a los recintos carcelarios, forma parte de la seguridad que debe haber en esto sitios, lo preocupante es que existiendo mecanismos modernos como detectores de metales, perros que encuentran droga escondida y cantidad de avances tecnológicos, en Venezuela se sigan implementando practicas dignas de la prehistoria violatorias por completo los derechos humanos.

No podemos pretender hacerle creer a la gente que en nuestras cárceles se respetan los derechos humanos y se construye al hombre nuevo, cuando las damas que acuden de visita son maltratadas en su honra con tratos inhumanos, crueles y degradantes, son miles de mujeres que reciben este trato por los funcionarios del Ministerio para el Servicio Penitenciario y la Guardia Nacional.

Ya todo el mundo sabe cómo entran las armas, drogas y demás sustancias prohibidas a los recintos carcelarios y no son precisamente los familiares que los meten en sus vaginas, son los mismos funcionarios del Ministerio para el Servicio Penitenciario y la Guardia Nacional quienes lo hacen abiertamente con absoluta impunidad y complicidad de quienes deberían de castigar estos actos.

El Defensor del Pueblo seguramente nada va a decir, nada debe saber al respecto, como no sabe del caos que se vive en las cárceles venezolanas y de lo cual se ha hecho el loco, ya con más de un año en sus funciones ha puesto sus costuras rojitas al descubierto y a sus camaradas ni con el pétalo de una rosa.

 

@cnietopalma

cnietopalma@gmail.com