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Asamblea Nacional

AN de Maduro actualizará las leyes penales incluyendo la que sanciona la tortura y tratos crueles
En 15 días se realizará una reunión con representantes del Ministerio Público (MP), del Ministerio para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, de la Defensa Pública (DP), del TSJ y de la Defensoría del Pueblo

La Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 anunció este viernes, 1 de septiembre, que actualizará las leyes penales incluyendo la que castiga la «tortura y otros tratos crueles».

De acuerdo con una nota de prensa de la AN oficialista, para efectuar esta acción se instaló una Mesa de Revisión Legislativa del Sistema de Justicia, cuyo objetivo será «evaluar y actualizar las leyes penales». Así lo informó el primer vicepresidente de la Comisión Permanente de Política Interior, Julio García Zerpa, desde el Palacio Federal Legislativo.

Asimismo, García Zerpa indicó que en 15 días se realizará una reunión con representantes del Ministerio Público (MP), del Ministerio para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, de la Defensa Pública (DP), del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y de la Defensoría del Pueblo (DP). Ese día se recogerán las propuestas para comenzar el debate jurídico de las leyes penales.

También, el parlamentario informó que revisarán el Código Penal (CP) y el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, Ley de Justicia Comunal, Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros.

Aseveró que la comisión trabaja en otras dos mesas de trabajo: la primera, referida a la sistematización y automatización de todos los procesos del sistema de justicia, y la segunda, sobre el protocolo de revisión de los cuerpos policiales y asuntos penitenciarios.

En la reunión estuvo presente el Daniel Ramírez, Defensor Público; la directora general de protección de los derechos humanos del Ministerio Público, Karin García Carrasco; y la segunda vicepresidenta de la Comisión de Política Interior, María Gabriela Vega y demás autoridades.

Súmate: AN dilata designación de rectores del CNE
La ONG reiteró que la AN debe excluir del proceso de selección de rectores a todos los candidatos que tengan alguna vinculación con partidos políticos

 

La ONG Súmate denunció que la Asamblea Nacional «dilata» la designación de los 15 nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyo plazo de «10 días continuos», contados desde el pasado 10 de agosto cuando recibió la lista definitiva de los 104 aspirantes, venció el el 20 de agosto.

«El Comité de Postulaciones Electorales aceleró la entrega de la lista de elegibles a rectores del CNE, ejecutando actividades de forma simultánea en un período de 10 días que tenían lapsos diferentes y requerían unos 30 días, y ahora la AN dilata su designación», dijo la ONG en su cuenta en la red social X.

La organización explicó que, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, este «20 de agosto vence el lapso de 10 días continuos para que la Asamblea Nacional designe a los rectores del CNE, una vez recibida la lista de los elegibles, que ocurrió el 10 de agosto».

Súmate reiteró que la AN debe excluir del proceso de selección de rectores a todos los candidatos que tengan alguna vinculación con partidos políticos.

Lista e informe definitivo de candidatos

El pasado 10 de agosto, el presidente del Comité de Postulaciones de la AN, Giuseppe Alessandrello, presentó la lista y el informe definitivo de los aspirantes a ser rectores del CNE ante la plenaria de la AN, luego de «56 días continuos de trabajo arduo», durante los cuales esta instancia recibió las hojas de vida, hizo entrevistas y depuró los nombres, para pasar de 153 postulados a 104.

Hasta el momento, la AN no se ha pronunciado sobre la fecha en la que anunciará los nombres de las personas designadas para ocupar los cargos vacantes desde junio, cuando el hasta entonces presidente del CNE, Pedro Calzadilla, y otros rectores informaron de su decisión de renunciar a la institución.

Con información de EFE

Evangélicos marcharon para pedir a la AN desestimar anteproyecto de ley contra la discriminación
Inmediatamente que llegó la multitud a la plaza Diego Ibarra, una comisión de la Asamblea Nacional chavista se acercó al lugar para escuchar las peticiones de las organizaciones evangélicas que marcharon
«No a la ley de educación escolar de libertad de género», «no al matrimonio igualitario», «no al aborto» y «no a la normalización del pecado», eran algunas de las frases que contenían las pancartas de los asistentes a la marcha
La diputada Roraima Gutiérrez, que presentó el proyecto ante los parlamentarios, aseguró que se trata de una «ley necesaria para el pueblo de Venezuela», porque persigue «la protección de las personas víctimas de cualquier forma de discriminación»

Texto y fotos: @Andrea_GP21

Miembros de la iglesia evangélica venezolana se desplegaron en Caracas este jueves, 13 de julio, en una marcha a la que llamaron «Por la familia», para pedir a la Asamblea Nacional chavista desestimar anteproyecto de ley contra la discriminación.

La convocatoria fue pautada a las 2:00 de la tarde en la Plaza Morelos de la parroquia La Candelaria. A esa hora comenzaron a concentrarse los representantes de la iglesia evangélica con música y cánticos religiosos.

Los asistentes a la marcha caminaron por toda la avenida Universidad y bajaron hasta la plaza Diego Ibarra, frente a la sede administrativa de la AN, donde se instaló una gran tarima en donde recibirían a los diputados del Parlamento.

A diferencia de convocatorias políticas de la oposición, esta marcha contó con un amplio despliegue policial que acompañó a los participantes de principio a fin.

Quienes asistieron, incluyendo niños y adolescentes, llevaban pancartas que contenían proverbios de la biblia, así como mensajes que rechazan la educación sexual integral (ESI) y abogan por el «diseño original de la familia».

«No a la ley de educación escolar de libertad de género», «no al matrimonio igualitario», «no al aborto» y «no a la normalización del pecado», eran algunas de las frases que contenían las pancartas de los asistentes a la marcha.

Rechazo del anteproyecto de ley contra la discriminación

Inmediatamente que llegó la multitud a la plaza Diego Ibarra, una comisión de la Asamblea Nacional chavista se acercó al lugar para escuchar las peticiones de las organizaciones evangélicas que marcharon.

Pastores evangélicos entregaron un documento a los diputados Rodolfo Crespo (PSUV – Miranda), presidente de la Comisión permanente de Desarrollo Social Integral, y Asia Villegas (PSUV – Nacional), presidenta de la Comisión permanente de Familias, Libertad de Religión y Cultos.

Como dos primeras peticiones, según el comunicado leído ante los diputados presentes, la iglesia evangélica pide erradicar la «hipersexualización» de niños y adolescentes, así como frenar la «exposición a las pantallas».

«En dicho proyecto, no solo se contemplan definiciones en forma de derecho que no tienen asidero constitucional, como las mencionadas en los numerales 3 y 4 del artículo 7 del anteproyecto, sino que el artículo 5 menciona la obligatoriedad del mismo y el enfoque que se le pretende dar, clarificado en el numeral 1, es un enfoque de género. Aunado a ello, los tipos de discriminación que se mencionan no solo tienen reconocimiento constitucional, sino que existen leyes tanto orgánicas como especiales en dichas materias, que desarrollan los postulados constitucionales sobre tales derechos y garantías», señala el comunicado.

 

Además, los pastores evangélicos solicitaron al Parlamento que permita a las iglesias formar parte de las discusiones en las que se aborden temas de la familia.

El diputado Rodolfo Crespo, presidente de la Comisión permanente de Desarrollo Social Integral, recibió el documento y declaró en nombre del presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez.

En tal sentido, informó la aprobación de la instalación «de forma inmediata» de una comisión para que trabajen en conjunto la iglesia evangélica y la AN chavista.

El anteproyecto

A finales de marzo de 2023, la AN chavista recibió recibió luz verde del pleno para su desarrollo de un anteproyecto de ley contra todo tipo de discriminación.

La diputada Roraima Gutiérrez, que presentó el proyecto ante los parlamentarios, aseguró que se trata de una «ley necesaria para el pueblo de Venezuela», porque persigue «la protección de las personas víctimas de cualquier forma de discriminación».

«La finalidad es garantizar el goce y el libre desenvolvimiento humano en todos los ámbitos sociales, a través del principio de la no discriminación por motivos de origen étnico, religioso, condición social, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, opinión política, nacionalidad u origen», expuso en aquel momento.

 

También, el anteproyecto de ley espera garantizar la no discriminación por edad, posición económica, «condición de discapacidad o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social».

AN presentará informe sobre posible responsabilidad penal de Trump por crímenes de lesa humanidad
El diputado Pedro Infante adelantó que se «dará a conocer un expediente con pruebas y argumentos organizados, de forma cronológica, de las acciones contra Venezuela y las medidas coercitivas unilaterales por parte del gobierno de los Estados Unidos, sobre todo» de las que fueron «impuestas por Donald Trump» 

 

Una comisión de diputados de la Asamblea Nacional (AN) presentará la próxima semana un informe preliminar de una investigación sobre la posible «responsabilidad penal» del expresidente de Estados Unidos Donald Trump por «crímenes de lesa humanidad», debido a las sanciones que impuso contra Venezuela mientras fue mandatario.

«La comisión especial (…) tiene previsto presentar la próxima semana un informe preliminar ante la plenaria del Parlamento nacional, además de la lista de ciudadanos y organizaciones responsables de violar el ordenamiento jurídico nacional», señaló la AN en una nota de prensa.

El presidente de la comisión, Pedro Infante, adelantó que se «dará a conocer un expediente con pruebas y argumentos organizados, de forma cronológica, de las acciones contra Venezuela y las medidas coercitivas unilaterales por parte del gobierno de los Estados Unidos, sobre todo» de las que fueron «impuestas por Donald Trump».

Aseguró que personas «naturales y jurídicas han violado la Constitución», el Código Penal, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, y la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, entre otras normativas.

La comisión, instalada el pasado 6 de julio, construirá una agenda de trabajo que incluirá reuniones y acciones coordinadas con otras instituciones como la Defensoría del Pueblo y los órganos de Justicia, de acuerdo con Infante.

Los resultados de estas investigaciones, agregó Infante, deberían ser llevados ante organismos como Naciones Unidas o la Corte Penal Internacional (CPI).

Europarlamento pide sanciones ante amenazas contra primarias

El Parlamento Europeo advirtió el 30 de junio que no se descartan las sanciones ante las amenazas de inhabilitación que habían circulado días atrás contra  María Corina Machado, candidata a la primaria opositora.

Cerca del mediodía de ese día, el diputado José Brito presentó la respuesta de la Contraloría a una solicitud que hizo el pasado 26 de junio. En el documento de la Contraloría se indica que la dirigente de Vente Venezuela inhabilitada desde 2015 y por 15 años  por supuesto «daño patrimonial» al Estado. 

Mediante un comunicado, el Europarlamento señaló que las instituciones «deben reafirmar su liderazgo en la defensa de la democracia y el Estado de Derecho».

Los miembros del Europarlamento expresaron que  renovaban su compromiso «con un proceso electoral de primarias que logre formalizar la candidatura de la oposición venezolana para devolver la democracia y la dignidad a un pueblo hermano en las elecciones previstas para 2024″.

 

Por todo ello, exigieron el cese de acusaciones contra Machado, así como que las autoridades no sucumban «ante los intentos de manipulación por parte del régimen dictatorial» del proceso de las primarias.

«Condenamos la injerencia del dictador y criminal Nicolás Maduro en el proceso electoral de primaria violando los acuerdos recogidos en los procesos de diálogos abiertos», añade el comunicado.

Con información de EFE

Acceso a la Justicia: Oficialismo en Venezuela implosiona al Consejo Nacional Electoral
Renuncia de la directiva del Consejo Nacional Electoral puede ser una estrategia del Gobierno de Maduro

 

En el oficialismo pareciera que alguien ha leído al poeta romano Ovidio, quien con su relato del rey Pigmalión que se negaba a enamorarse de una mujer que no fuera perfecta, sentó las bases para eso que hoy se conoce como las «profecías autocumplidas». Al menos ese es el sabor de boca que deja la sorpresiva renuncia de la directiva del Consejo Nacional Electoral (CNE) y el subsecuente anuncio de la Asamblea Nacional (AN) de que iniciará un nuevo proceso para elegir a otros integrantes del árbitro comicial.

«Que Venezuela termine de enrumbarse hacia la prosperidad económica, y la estabilidad política y social de las que fuimos ilegalmente desviados, depende en mucho del compromiso y de la vocación nacional de todos, quienes hacemos vida en nuestro país. Es por ello que, en aras de contribuir con este noble objetivo, quienes suscribimos esta declaración hemos puesto nuestros cargos a la orden de la Asamblea Nacional, para que sea el Poder Legislativo, facultado constitucionalmente, el que, una vez más, designe a un Consejo Nacional Electoral que represente el consenso y las aspiraciones de los sectores democráticos del pueblo venezolano».

Esta fue la escueta razón que el pasado 15 de junio esgrimieron los dos rectores principales y los seis suplentes vinculados al chavismo para dejar sus puestos de manera anticipada.

Sin embargo, las explicaciones del saliente presidente del CNE, Pedro Calzadilla, se antojan como una excusa sin asidero. ¿Por qué? Desde principios de año, altos funcionarios venían asomando la posibilidad de reemplazar al actual organismo comicial, el cual había sido considerado como el menos desequilibrado en años dentro y fuera del país.

Esto afirmó en enero pasado el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez:

«En la ronda de conversaciones que el presidente (Nicolás) Maduro emprendió con distintos sectores de la oposición, en las reuniones privadas que se hicieron con personeros de la Plataforma Unitaria, en algunas de estas conversaciones, en no pocas, apareció el planteamiento de la conformación de un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE). Esta Asamblea Nacional, visto que participamos en todos estos procesos de diálogo, va a considerar serena y atentamente, estas propuestas de la oposición».

Provocando una crisis institucional

Las palabras de Rodríguez no tenían sustento a la luz del artículo 296 de la Constitución de 1999, que señala claramente que «los integrantes del Consejo Nacional Electoral durarán siete años en sus funciones». Lo máximo que podría hacer el Legislativo es cubrir la vacante absoluta dejada por la designación, en abril de 2022, de la entonces rectora Tania D’Amelio como magistrada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), en su artículo 32, solo permite a los diputados remover a los rectores electorales por cuatro motivos:

«Quedar sujeto a interdicción o inhabilitación política, adscribirse directa o indirectamente a organizaciones con fines políticos, recibir directa o indirectamente beneficios de cualquier tipo de persona u organización que comprometa su independencia (o) haber sido condenado penalmente con sentencia definitivamente firme por la comisión de delitos dolosos o haber sido declarado responsable administrativamente por decisión firme de la Contraloría General de la República».

No obstante, la ola de dimisiones registrada en los últimos días le ha dado a la AN la excusa perfecta para designar un nuevo árbitro, una medida que parece destinada a torpedear las primarias que la oposición tiene previsto celebrar en octubre próximo y para las cuales había pedido asistencia técnica del CNE hace solo dos semanas.

A la renuncia de Calzadilla y de los rectores oficialistas le siguieron los días 19 y 20 de junio las del rector principal y experto en temas electorales, Roberto Picón, y la de Enrique Márquez, quien ocupaba la vicepresidencia del organismo.

Esto explicó Picón en un comunicado difundido vía Twitter:

«Tras un amplio proceso de consulta con los factores que apoyaron nuestra participación en el Consejo Nacional Electoral, he decidido renunciar ante la AN al cargo que detento como Rector Principal. No para convalidar una situación que a todas luces es irregular, sino para facilitar un proceso que debe ser conducido transparentemente por la AN»,

En similares términos se pronunció Márquez, lo que refuerza la tesis de que el oficialismo implosionó al organismo y debido a que los funcionarios no alineados al chavismo están en minoría (en el entendido de que la LOPE en su artículo 14 establece 3 rectores como mínimo para la toma de decisiones) no podían garantizar su funcionamiento.

No desde el principio

Pese a la cascada de renuncias, no se puede considerar que el organismo esté totalmente acéfalo, pues hasta ahora los suplentes León Arismendi, Griselda Colina y Conrado Pérez no han anunciado si dejarán sus puestos, por lo que la AN no podría calificar de faltas absolutas sus casos.

En virtud de esta situación, la decisión del Parlamento de designar una Comisión Preliminar del Comité de Postulaciones Electorales y así iniciar desde cero el proceso para remodelar al CNE parece no estar ajustada a la Constitución ni a la ley. De hecho, en Gaceta Oficial n.º 42.652 del 16 de junio se publicaron los nombres de la nueva Comisión Preliminar, en la que repiten nueve de los once diputados que integraron la Comisión en enero de 2021.

La parte final del artículo 12 de la LOPE señala claramente que

«cuando faltare en forma absoluta una rectora o un rector electoral y sus suplentes, la Asamblea Nacional hará la designación del principal y sus suplentes de la lista de los seleccionados que le fuere presentada por el Comité de Postulaciones, tomando en cuenta el orden correspondiente».

Es decir, los diputados no debían convocar un nuevo proceso de designación, sino que debían revisar la lista que recibieron en marzo de 2021 del anterior Comité de Postulaciones Electorales, y de ese listado, conformado por 75 seleccionados, escogerían a los reemplazos de los dimisionarios.

Protección de activos en el extranjero: excusa para el despojo
El chavismo se apresta a incorporar una nueva arma a su arsenal contra sus opositores: el despojo de sus bienes

 

Como si el encarcelamiento, las campañas de desprestigio y el exilio no fueran suficientes, el chavismo se apresta a incorporar una nueva arma a su arsenal contra sus opositores: el despojo de sus bienes. El nuevo castigo está previsto en la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, que la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 aprobó, por unanimidad y de manera exprés, el pasado 16 de mayo.

El instrumento, en su artículo 12, señala lo siguiente:

«toda persona que, usurpando o atribuyéndose la representación de la República o sus entidades en contravención de lo previsto en la Constitución y la ley, participe de cualquier modo en actuaciones, negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de administración, enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero o en el territorio nacional, será sancionada penalmente conforme a lo establecido en la Constitución y la ley. Los bienes y efectos de personas a que hace referencia este artículo serán objeto del procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia».

Como explicamos recientemente, la extinción de dominio es una figura legal, reconocida por la Organización de Naciones Unidas (ONU), que permite

«transferir al Estado la titularidad de los bienes relacionados con actividades consideradas como delito en la legislación contra la corrupción, la delincuencia organizada, el financiamiento del terrorismo, la legitimación de capitales y tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes, aun cuando no se haya dictado sentencia en el proceso penal correspondiente».

Sin embargo, ahora las autoridades quieren aprovechar a la recién aprobada Ley Orgánica de Extinción de Dominio para convertir a esta herramienta, diseñada para combatir la corrupción, el narcotráfico y el crimen organizado, en otro instrumento para atacar a sus adversarios, en particular aquellos que formaron parte del llamado Gobierno interino o que contribuyeron a la imposición de sanciones por parte de gobiernos extranjeros contra funcionarios o exfuncionarios señalados de violar los derechos humanos o de atentar contra la democracia venezolana.

Al respecto, esto afirmó el diputado Diosdado Cabello al defender el texto:

«Como parte de estas medidas coercitivas unilaterales se ha intentado, de manera reiterada, despojar a la República y a sus entidades de sus activos, derechos e intereses en el extranjero buscando con ello afectar negativamente al patrimonio nacional y a la economía del país. A la fecha importantes activos de la República han sido de actos de despojo o inmovilización (…) nada se ha hecho sin participación de ciudadanos venezolanos como parte de eso que se agrupó en algún momento en la oposición».

Más cárcel y persecución

Las palabras del legislador oficialista dejan en claro que las propiedades de quienes hayan formado parte del llamado interinato, así como de quienes desempeñaron cargos en las directivas ad hoc de organismos públicos o filiales internacionales de empresas públicas, están en la mira.

Sin embargo, esto no es lo único que trae la nueva ley, pues ella también prevé largas condenas de cárcel para personas como las antes mencionadas.

Así, el artículo 13 castiga con entre 15 y 20 años de prisión a

«toda persona que participe directa o indirectamente, en actuaciones, negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de administración, enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, en acuerdo, apoyo o por mandato de personas o entidades que actúen atribuyéndose o pretendiendo atribuirse ilegítimamente la representación de la República o sus entidades, en contravención de lo previsto en la Constitución y la ley».

El hecho de que haga alusión a participación directa o indirecta viola el principio de tipicidad de los delitos en la medida en que no se hace alusión a qué debe entenderse como una actuación indirecta, pudiéndose entonces condenar a alguien por cualquier actividad que haya realizado, aun cuando no tuviera conocimiento de que sería utilizada en los manejos de los activos en el exterior. Así entonces, un dictamen de un abogado sobre la interpretación de una norma pudiera ser suficiente para condenarlo, aunque dicho estudio no tuviese vinculación con los ilícitos allí señalados.

La misma pena se les impondrá a

«quienes ejecuten o colaboren en la ejecución de actos mediante los cuales se pretenda el desconocimiento de los Poderes Públicos del Estado venezolano, con fines de simular la celebración o ejecución de actos jurídicos mediante los cuales se afecten o pretendan afectar bienes o intereses de la República o de sus entidades».

Una vez más, debemos llamar la atención sobre el hecho de que todos los delitos que se crean para perseguir a la disidencia política tienen penas exorbitantes y mucho más graves que las que se aplican a los casos de corrupción, poniendo en evidencia cuáles son las verdaderas prioridades del gobierno.

Por su parte, el artículo 11 crea un registro de las personas y entidades, nacionales o extranjeras, que pretendan ejecutar o realicen actos contrarios a lo dispuesto en el texto. Quienes figuren en dicho registro «no podrán contratar con el Estado venezolano, ni podrá otorgárseles ventaja o beneficio alguno, en el marco de procesos de negociación o reestructuración de acreencias».

Aunque este artículo no establece una sanción tan grave como la anterior, no es menor, en la medida en que establece una sanción que impone directamente el Ejecutivo sin que haya una condena judicial previa y solo por la mera apreciación de que «pretenda» realizar algún acto contrario a las disposiciones de la ley bastaría para ser sancionado, sin que se indique que deba haber un procedimiento previo, o el mínimo ejercicio del derecho a la defensa antes de imponer la sanción.

Como si fuera poco, la norma no indica cuánto durará esta sanción, que puede ser, por tanto, indefinida, violando la prohibición de penas perpetuas establecida en la Constitución (artículo 44.3)

AN aprueba ley para proteger los activos en el exterior
Diosdado Cabello explicó que el texto legislativo declara como nulo cualquier intento o acción de «organismos internacionales» contra bienes del Estado, «que le pertenecen al pueblo de Venezuela, no le pertenecen a los Estados Unidos ni le pertenecen a ningún grupo político de la oposición venezolana» 

 

La Asamblea Nacional aprobó el 16 de mayo la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, que busca recuperar bienes del país en el exterior, donde son administrados por un sector de la oposición.

«Esta ley tiene como objeto fundamental la recuperación de nuestros bienes», indicó en la plenaria el diputado Diosdado Cabello.

Asimismo, dijo que el texto legislativo declara como nulo cualquier intento o acción de «organismos internacionales» contra bienes del Estado, «que le pertenecen al pueblo de Venezuela, no le pertenecen a los Estados Unidos ni le pertenecen a ningún grupo político de la oposición venezolana».

Cabello señaló que esta ley se complementa con la recién aprobada de Extinción de Dominio, que busca recuperar bienes y recursos del país vinculados a casos de corrupción.

«Partimos de las medidas coercitivas unilaterales, sanciones, del bloqueo criminal, de la persecución contra los funcionarios venezolanos que ha llevado al despojo de algunas propiedades e intereses de nuestro país», sostuvo.

La ley, de acuerdo con el texto, tiene como finalidad «proteger el patrimonio» venezolano frente a cualquier «intento o acción de expolio, protagonizado desde el extranjero, con o sin la participación de personas o entidades venezolanas».

Lee también: «La Plataforma Unitaria está detrás del robo de Citgo» y otras perlas de Maduro

Caso Citgo

A principios de mayo, el Departamento del Tesoro estadounidense decidió, a través de la licencia general número 42, no adoptar «medidas coercitivas» para bloquear la subasta o un acuerdo negociado sobre Citgo, filial de la venezolana petrolera Pdvsa en EE.UU.

La licencia autoriza al Parlamento del período 2016-2021, formado por una amplia mayoría opositora, a efectuar «ciertas transacciones» en relación con «cualquier deuda del gobierno de Venezuela», Pdvsa o «cualquier entidad» en la que la estatal posea «una participación del 50 % o más».

La decisión también permite la «negociación de acuerdos de conciliación» con personas designadas por este Legislativo, considerado por EE.UU. como la última institución elegida democráticamente en Venezuela.

Maduro acusa a la oposición de «robar» Citgo

Un día antes de la sesión en la AN, Nicolás Maduro afirmó que la «ultraderecha» venezolana es la responsable de que Estados Unidos esté «robando Citgo», filial de Pdvsa en ese país, y aseguró que Venezuela ha dejado de percibir «más de 900 millones de dólares mensuales» por el «despojo» de este activo.

«Todos esos servicios (…) necesarios para el funcionamiento del país los cortaron secuestrando Citgo y, ahora, este gobierno de Estados Unidos ha pretendido ya dar la estocada final (…) a todos los venezolanos. ¿Por culpa de quién? De la ultraderecha (…) esa ultraderecha bandida son los responsables de que nos estén robando Citgo».

Maduro aseguró que Venezuela, a través del Proyecto de Ley de Protección de los Activos de la República en el Extranjero, podrá «dar un paso en la protección» de los bienes venezolanos en el exterior.

Con información de EFE

Acceso a la Justicia: Ley en Venezuela castiga con mayor dureza criticar al Gobierno y protestar que desfalcar al erario
Ley contra el Odio castiga con penas de entre 10 y 20 años de cárcel

 

La corrupción vuelve a ser tema de debate en Venezuela. Desde que el pasado 17 de marzo las autoridades lanzaran su última operación contra las tramas que se han instalado en Petróleos de Venezuela (PDVSA), la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), el Poder Judicial y otros organismos públicos, este flagelo ha vuelto a copar la atención. No obstante, también ha expuesto una realidad: en el país se castiga con más dureza salir a protestar o ejercer el derecho a la libertad de expresión que atentar contra los dineros públicos.

Así lo revela una simple comparación entre las sanciones previstas en la Ley contra la Corrupción y las contenidas en la cuestionada Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, dictada por la extinta Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de 2017.

Los treinta y tres delitos que prevé el primer instrumento, el cual fue reformado en 2022 por la Asamblea Nacional (AN), castigan con un promedio de poco más de tres años de cárcel cualquier acción dirigida a afectar el patrimonio público. Este tipo de sanciones ni siquiera implicarían el paso del condenado por una prisión, salvo muy contadas excepciones.

La promesa de soborno a funcionario público es la conducta que la Ley contra la Corrupción castiga con más dureza. En su artículo 90 se establece lo siguiente:

«quien por sí o por persona interpuesta prometa, ofrezca u otorgue a un funcionario público de otro Estado, directa o indirectamente, por parte de sus nacionales, personas que tengan residencia habitual en su territorio y empresas domiciliadas en él, cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios, como dádivas, favores, promesas, ventajas a cambio de que dicha funcionaria o funcionario realice u omita cualquier acto, en el ejercicio de sus funciones públicas, relacionado con una transacción de naturaleza económica, comercial o de cualquier otra índole, será penada o penado con prisión de seis (6) a doce (12) años».

Los delitos de apropiación de fondos (artículo 59) y de incremento injustificado del patrimonio (artículo 80) son castigados con penas de entre 3 y 10 años; mientras que el de distracción de fondos públicos (artículo 81) se penaliza con 2 a 10 años de prisión.

En contraposición, la Ley contra el Odio castiga con penas de entre 10 y 20 años de cárcel a

«quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio».

Esta norma, cuestionada por instancias internacionales, se les ha aplicado en el último lustro a decenas de personas que han ejercido su derecho constitucional a la libertad de expresión y han emitido opiniones por las redes sociales fundamentalmente. Hasta 2021, la organización Espacio Público había contabilizado que 60 venezolanos habían sido detenidos y se le habían abierto procesos penales al amparo de este instrumento.

Caso emblemático es el de los exbomberos del estado Mérida, Ricardo Prieto y Carlos Varón, quienes en 2018 fueron aprehendidos y se les abrió un proceso por instigación al odio tras difundir un video en el que se paseaban sobre un burro. Casi cinco años después, los exfuncionarios continúan presentándose ante un tribunal, porque tienen la libertad restringida.

Protestar se paga caro

Como si lo anterior no fuera suficiente, no se puede ignorar que a cientos de venezolanos más se les han abierto procesos por conspiración o por asociación para delinquir. ¿La razón? Atreverse a salir a las calles a reclamar sus derechos políticos o exigir reivindicaciones salariales o mejoras en los deficientes servicios públicos.

El Ministerio Público (MP) no ha dudado en aplicarles el artículo 132 del Código Penal a manifestantes, algunos tan jóvenes como estudiantes universitarios. Dicha norma señala que «cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la nación será castigado con presidio de ocho a dieciséis años».

Cuando no se ha recurrido al delito de conspiración, se ha apelado al de asociación para delinquir, previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo y que se castiga con hasta 10 años de prisión.

El hecho de que los delitos relacionados con la corrupción estén castigados con menor severidad contradice el espíritu y letra de la Constitución de 1999. La carta magna deja en claro que las faltas contra el erario son muy graves y por ello, en el artículo 271 señala expresamente: «No prescribirán las acciones judiciales dirigidas a sancionar los delitos contra los derechos humanos, o contra el patrimonio público o el tráfico de estupefacientes».

El mandato constitucional buscaba servir de disuasivo para los corruptos. No obstante, no ha sido acompañado por el resto del marco jurídico.

La levedad de la legislación contra la corrupción explicaría por qué el fiscal general impuesto por la ANC, Tarek William Saab, ha anunciado que los exfuncionarios procesados por las últimas tramas desmanteladas en PDVSA, en la CVG y en el Poder Judicial se les aplicará el delito de traición a la patria, el cual se castiga hasta con 30 años de prisión.