Don Cipriano Y El Petróleo - Runrun
Redacción Runrun.es Jul 06, 2011 | Actualizado hace 13 años

«Siempre en apuros financieros, (escribe Edwin Lieuwen en su libro Petroleum in Venezuela) Cipriano Castro sospechó que los depósitos del subsuelo venezolano podrían constituir una fuente de ingresos, y por ello otorgó las primeras concesiones importantes de hidrocarburos», aunque hubiesen sido principalmente para la explotación del asfalto. Bajo Castro, la legislación minera comenzó a regular el petróleo. En la Ley minera del 23 de enero de 1904  se fijaron de modo específico las normas para la explotación de hidrocarburos: asfalto, petróleo, alquitrán, etc. El dictador reafirmó  el principio de que «el Presidente podía administrar y otorgar estas concesiones sin consentimiento del Congreso».

En 1907, el general andino otorgó seis concesiones a amigos personales. La mayoría para la explotación del asfalto, y sólo dos expresamente para petróleo. La primera de ellas le correspondió a Andrés Jorge Vigas, el 31 de enero de 1907; comprendía 2 millones de hectáreas, en el distrito Colón, del estado Zulia. Esta concesión fue traspasada luego por Vigas a la Colon Development Company, una filial de la Shell.

El 28 de febrero Antonio Aranguren obtuvo una concesión para explotar asfalto en los distritos Bolívar y Maracaibo del mismo estado Zulia, con una extensión de 1 millón de hectáreas. 5 años después (ya en la época de Juan Vicente Gómez), Aranguren logró que se le añadiera la palabra «petróleo». En 1913, transfirió esta concesión a la Venezuelan Oil Concessions, filial también de la Shell. Francisco Jiménez Arráiz obtuvo el 3 de julio la tercera de esta serie, la cual comprendía 500.000 hectáreas en los distritos Acosta y Zamora del estado Falcón, y Silva del estado Lara. Esta fue traspasada a otra empresa británica, la Venezuelan Petroleum Company. A Bernabé Planas el Presidente le otorgó el 22 de julio otra que abarcaba el distrito Cochivacoa, en Falcón, la cual pasó muy pronto a manos de la British Controlled Oilfields.

Las condiciones de los contratos de explotación contemplaban un impuesto de 2 bolívares por hectárea del área asignada, y un canon de 4 bolívares por tonelada extraída. Tenían una duración de 50 años. El concesionario disfrutaba, además, de la libre importación de maquinaria, y el gobierno se obligaba a «ejercer su poder regulador dentro de los límites de la ley minera, y a no exigir otros impuestos».

Dado que se trataba de un privilegio para los amigos personales del Presidente, se añadió en las normas que los títulos podían ser vendidos o traspasados a voluntad del poseedor, pero nunca a gobiernos extranjeros. Una condición fue expresamente consagrada, y tendría relieve con el tiempo: «Las personas o compañías adjudicatarias eran consideradas como nacionales, quedando sujetas a las leyes del país, y las disputas que surgieran tendrían que ser juzgadas por los tribunales venezolanos».

De modo que 1907 se consagró como un año clave en el proceso de la explotación petrolera en Venezuela, aun cuando no se tenía entonces ni la idea más remota de sus proyecciones, y se confiaba con mayor interés en el asfalto.

SIMÓN ALBERTO CONSALVI