Cárceles venezolanas examinadas en el EPU, por Carlos Nieto Palma
Cárceles venezolanas examinadas en el EPU, por Carlos Nieto Palma

Cárcel8

 

Como ya lo explique en mi artículo de la semana pasada, el próximo primero de noviembre Venezuela participara por segunda vez en el examen periódico universal (EPU) ante el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, en el pasado mes de marzo las organizaciones de la sociedad civil nos tocó presentar nuestro informe sobre la situación de los derechos humanos en el país, cada una desarrollándolo desde el área de trabajo de cada organización.

Desde Una Ventana a la Libertad, organización que dirijo y que desde hace 19 años se dedica a la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas privadas de libertad presentamos nuestro informe desarrollando la situación de las cárceles venezolanas con sus recomendaciones respectivas, a ese informe me voy a referir en la entrega de hoy.

Quiero antes comentarles que en el EPU 2011, Venezuela recibió 14 recomendaciones en referencia a la situación de las cárceles y los derechos de las personas reclusas. De éstas, el Estado venezolano acepto 12 en las que se le propuso: (a) mejorar las condiciones generales de detención y las instalaciones penitenciarias, y poner fin al hacinamiento; (b) aumentar el número de prisiones en el país, y aplicar una política de mantenimiento y construcción de prisiones; (c) invertir en formación de alta calidad para el personal penitenciario y aumentar el número de funcionarios; (d) aplicar las normas constitucionales sobre el sistema penitenciario, para regular y utilizar con más eficiencia los recursos disponibles; (e) reforzar la coordinación del Consejo Superior Penitenciario, para mejorar el estado de las prisiones, en particular el hacinamiento y la violencia; (f) reformar el sistema sanitario y adoptar medidas de emergencia para garantizar el respeto de las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos; (g) mejorar las políticas y los programas relativos al tratamiento de las personas privadas de libertad y agilizar los procesos penales. El Estado no aceptó las recomendaciones dirigidas a permitir el acceso del Comité Internacional de la Cruz Roja a todas las prisiones del país, garantizando la seguridad de sus delegados durante las visitas; y proporcionar al poder judicial recursos humanos y financieros suficientes para su funcionamiento efectivo, y respeto de la legislación relativa a la prisión preventiva. Sin embargo, hasta la fecha el Estado venezolano ha incumplido sistemática mente cada una de estas recomendaciones.

Me llama mucho la atención que en el informe que presento el Estado venezolano para este examen periódico universal, entre los avances que resalta que se realizaron en los últimos 4 años, cita lo siguiente “Se creó el Fondo Nacional para Edificaciones como medida para la erradicación del hacinamiento, inaugurándose 26 obras que benefician aproximadamente a 37.286 privados de libertad adultos y adolescentes. Actualmente existen 39 establecimientos penitenciarios para hombre, 18 para mujeres y 32 Entidades de Atención al Adolescente”, esto es completamente falso, el Estado venezolano una vez más miente ante organismos internacionales, El Fondo Nacional para Edificaciones Penitenciarias (FONEP), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, fue creado por Ley el 21 de junio de 1995 (Gaceta Oficial N° 35.737) como Instituto Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio independiente del Fisco Nacional.

A modo de síntesis, el informe de Una Ventana a la Libertad denuncia cinco problemas fundamentales que se viven en las cárceles venezolanas: 1) El ingreso de armas de fuego y armas de guerra a los recintos carcelarios; 2) El Hacinamiento Carcelario; 3) En relación a los Centros de Detención Preventiva, expresa que los retenes policiales no tienen condiciones de tener detenidos de larga permanencia porque no fueron hechos para eso, sino como meramente de tránsito; 4) Señala que las vejaciones en las requisas a las mujeres que visitan los recintos carcelarios con revisiones de tipo invasivas es una práctica común en las cárceles venezolanas y 5) En torno a la alimentación en las cárceles, expone las denuncias de reclusos y familiares de varios penales, que dan a conocer la falta de comida para los privados de libertad.

Igualmente como parte de este informe se realizaron las recomendaciones siguientes: 1.- Respetar y dar cumplimiento a las diferentes recomendaciones que han sido hechas por diferentes organismos internacionales para mejorar la situación de las prisiones venezolanas; 2.- Eliminar el uso de retenes policiales como centros de reclusión por no reunir estos las condiciones para tener prisioneros por más de 48 horas; 3.- Implementar mecanismos modernos y no invasivos para las requisas que se practican a las personas que visitan los recintos penitenciarios y de manera especial las damas. 4. Controlar el ingreso de armas de fuego a los recintos carcelarios y que las personas incursas en esos delitos sean debidamente sancionadas; 5.- Dar una alimentación balanceada y nutritiva a los reclusos de las diferentes cárceles del país; 6.- Dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República de Venezuela en lo referente al sistema penitenciario. De manera especial en lo referido a la descentralización de los recintos carcelarios y a utilizar a penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias.

Ahora solo resta esperar que pasara el próximo martes primero de noviembre en la sesión que está pautada para evaluar los derechos humanos en Venezuela, nuevamente ratifico que el gobierno venezolano no saldrá muy bien parado.

@cnietopalma

El Nacional