Venezuela no podrá dejar la OEA hasta pagar $8.7 millones y esperar dos años
Venezuela no podrá dejar la OEA hasta pagar $8.7 millones y esperar dos años

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Venezuela necesitaría esperar dos años y pagar el dinero que adeuda a la Organización de Estados Americanos (OEA), que asciende a 8,7 millones de dólares, antes de quedar desligada del ente, algo que amenaza que hará si se convoca una reunión de cancilleres sobre su crisis política sin su aval.

El artículo 143 de la Carta de la OEA, el documento fundacional de 1948, estipula que el país quedará desligado de la organización dos años después de que comunique su denuncia de la Carta, por lo que hasta entonces es “miembro pleno con todos sus derechos y obligaciones”, explicó hoy a Efe el secretario de Asuntos Jurídicos de la OEA, Jean Michel Arrighi.

Entre esas obligaciones está pagar la deuda pendiente de su cuota como miembro de la OEA, que hasta diciembre de 2016 ascendió a 8.764.449 millones, mientras que este año aún no ha pagado los 1.829.700 millones que le corresponden en función de criterios socioeconómicos.

Esa deuda que acumula Venezuela es anterior a cuando inicio el mandato de Luis Almagro como secretario general en mayo de 2015, con quien el Gobierno venezolano está enfrentado frontalmente por haber sido una de las voces internacionales más críticas con su gestión.

La canciller de Venezuela, Delcy Rodríguez, amenazó este martes con comenzar a tramitar la retirada de la OEA si hoy, en la sesión convocada en la organización, se aprueba la convocatoria de una reunión de cancilleres sobre la crisis venezolana, para lo que se necesitan 18 votos (la mayoría absoluta de los 35 Estados miembros).

El proceso para pedir la salida de la OEA, algo que ningún Estado ha hecho hasta ahora, comienza con que el Gobierno del país en cuestión presente una “comunicación escrita a la Secretaría General” en la que se anuncie la decisión de denunciar la Carta de la OEA, su documento fundacional.

“Esta Carta regirá indefinidamente, pero podrá ser denunciada por cualquiera de los Estados miembros, mediante comunicación escrita a la Secretaría General, la cual comunicará en cada caso a los demás las notificaciones de denuncia que reciba”, indica el artículo 143 de la Carta de la OEA.

“Transcurridos dos años a partir de la fecha en que la Secretaría General reciba una notificación de denuncia, la presente Carta cesará en sus efectos respecto del Estado denunciante, y éste quedará desligado de la Organización después de haber cumplido con las obligaciones emanadas de la presente Carta”, agrega.