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Poder Moral

#10DocumentosBolivarianos | El Poder Moral, o la Inquisición republicana

Ilustración de la Santa Inquisición. Imagen en rolmaster.com

@eliaspino

 

El proyecto para la creación de un Poder Moral es presentado por Bolívar ante los congresistas de Angostura en febrero de 1819, como parte de su propuesta de Constitución. Los diputados lo consideran “como de muy difícil establecimiento, y en los tiempos presentes absolutamente impracticable”. Se  conforman con ordenar su publicación, sin aprobarlo. Prefieren esperar opiniones calificadas sobre el asunto, que no llegan entonces. Hoy volvemos a sus páginas para cumplir el deseo de los representantes del pueblo, tal vez con las ideas que tuvieron ante la proposición sin atreverse a expresarlas. Según se verá a continuación, del plan bolivariano se desprende el designio de un tribunal parecido a la Santa Inquisición, que no pueden admitir con tranquilidad los destinatarios más ilustrados y liberales que lo reciben.

¿No es a una intolerable carga sobre la marcha del gobierno en ciernes, y una intromisión sin freno en la vida privada de los ciudadanos?

Dividido en dos secciones, la Cámara de Moral y la Cámara de Educación, el Poder Moral, también llamado Areópago, estaría formado por “los padres de familia que más se hayan distinguido en la educación de sus hijos, y muy particularmente en el ejercicio de las virtudes públicas”. Serían nombrados en una primera ocasión por el Congreso, pero después se renovarían de acuerdo con la decisión de sus integrantes. Su función esencial consistiría en la creación de una “policía moral”, cuya autoridad dependería del prestigio de naturaleza litúrgica que se daría a sus miembros a través de pormenores como estos que el proyectista sugiere:

Art. 7. Los miembros del Areópago se titularán Padres de la Patria, sus personas son sagradas, y todas las autoridades de la República, los tribunales y corporaciones les tributarán un respeto filial. 

 

Art. 8. La instalación del Areópago se hará con una celebridad extraordinaria, con ceremonias y demostraciones propias para inspirar la más alta y religiosa idea de su institución, y con fiesta en toda la República.

Art. 9. El Congreso reglará por un acta especial los honores que deben hacerse al Areópago, la precedencia que le corresponde en las fiestas y actos públicos, su traje, sus insignias y cuanto concierte al esplendor de que debe estar revestido este Poder Moral.

La pompa que prevé para los areopagitas se asemeja a la española de las ceremonias y las señales del Tribunal del Santo Oficio, exhibición de prendas de autoridad mezclada con anuncios de influencia ineludible, pero la semejanza se hace más evidente en el área de sus atribuciones. Por ejemplo, en lo respectivo a la Cámara de Moral:

Art. 4 Su jurisdicción se extiende no solamente a los individuos, sino a las familias, a los departamentos, a las provincias, a las corporaciones, a los tribunales, a todas las autoridades y aun a la República en cuerpo. Si llegan a desmoralizarse debe delatarlas al mundo entero. El Gobierno mismo le está sujeto, y ella pondrá sobre él una marca de infamia, y lo declarará indigno de la República, si quebranta los tratados o los tergiversa, si viola alguna capitulación o falta a algún empeño o promesa.

 

Art. 5 Las obras morales y políticas, los papeles periódicos y cualesquiera otros escritos están sujetos a su censura, que no será sino posterior a su publicación. La política no le concierne sino en sus relaciones con la moral. Su juicio recaerá sobre el aprecio o desprecio que merecen las obras y se extenderá a declarar si el autor es buen ciudadano, benemérito de la moral o enemigo de ella, y como tal, digno o indigno de pertenecer a una República virtuosa.

Art. 6 Su jurisdicción abraza no solamente lo que se escribe sobre moral, o concerniente a ella, sino también lo que se habla, se declama o se canta en público, siempre para censurarlo y castigarlo, jamás para impedirlo.

El más sumiso de los miembros de la sociedad, entonces y ahora, o el menos perspicaz de los políticos, ayer y hoy, se da cuenta de los peligros encerrados en las decisiones que puede tomar la Cámara de Moral de los areopagitas.

Son atribuciones dirigidas a la parcela de la moralidad, es decir, sin vínculos con las conductas políticas, según el autor del proyecto, pero que  pueden deslizarse hacia un terreno peligrosamente resbaladizo.

No en balde deben separar a los bienaventurados de los villanos, a los santos de los pecadores. No en balde los angelicales areopagitas distinguidos con prendas de dignidad deben crear una “policía moral”, conviene recordar.

Pero los atrevimientos a que puede llegar la Cámara de Educación son especialmente alarmantes y dignos de rechazo por los ciudadanos a quienes se ha prometido una edad dorada de tolerancia y democracia, alejada de las tradiciones del imperio español. Entre ellos la indispensable cooperación que imponen a las madres para la educación de los niños de tierna edad. Veamos: 

Siendo absolutamente indispensable la cooperación de las madres para la educación de los niños en sus primeros años y siendo estos los más preciosos para infundirles las primeras ideas  y los más expuestos por la delicadeza de sus órganos, la Cámara cuidara muy particularmente de publicar y hacer comunes y vulgares en toda la República algunas instrucciones breves y sencillas, acomodadas a la inteligencia de todas las madres de familia sobre uno y otro objeto. Los curas y los agentes departamentales serán los instrumentos de que se valdrá para esparcir estas instrucciones, de modo que no haya una madre que las ignore, debiendo cada una presentar la que haya recibido y manifestar que la sabe el día que se bautice su hijo o se inscriba en el registro de nacimiento.

Estamos ante un designio de adoctrinamiento que se inicia en la pila bautismal, para involucrar a todas las madres de la flamante república. Podemos imaginar, sin caer en exageraciones, lo que hubiera pasado con las renuentes y las indiferentes, o con las partidarias del antiguo régimen. ¿Qué les sucedería ante la cercanía de un totalitarismo?   Baldón eterno, en el mejor de los casos.

El plan viene lleno de buenas y patrióticas intenciones, dirían los bolivarianos ciegos de la actualidad, pero no comete herejía quien los relacione con los planes ortodoxos del rotundo fray Tomás de Torquemada. Quizá pensaran así, sin atreverse a afirmarlo en la tribuna, los diputados de Angostura que dejaron el proyecto de Poder Moral  para la consideración del futuro. En algo se ha tratado de atender su invitación aquí.

Las opiniones emitidas por los articulistas son de su entera responsabilidad. Y no comprometen la línea editorial de RunRun.es

Tarek William Saab: Sentencia del TSJ no menoscaba competencias del Ministerio Público

TWilliamSaab

 

El defensor del Pueblo, Tarek William Saab, aseguró este miércoles que la Sala Constitucional hizo una aclaratoria de las competencias de los órganos del Poder Moral, y no con ello, afirmó, se menoscaban las competencias del Ministerio Público.

“Nosotros le solicitamos (al Tribunal Supremo) que aclare una serie de competencia nuestras, por ejemplo el 280 y el 281 de la Constitución, la misma sentencia dice que las atribuciones no menoscaban las competencias del Ministerio Público, todo lo contrario, hay reflectores sobre estos temas para poner en contradicciones, en pelea a las instituciones, se busca hacer daño de esa forma, hacer daño a la verdad”.

Reiteró que hay un fondo jurídico de la sentencia, “la solicitud es de aclaratoria al sistema de justicia que lo componen los tribunales civiles o militares, el Ministerio Público, la Defensa Pública y los órganos auxiliares que son la policía y la Guardia Nacional”.

Saab recalcó este miércoles que la sentencia marca un presidente positivo y debe ser difundida porque la Defensoría no es una entelequia, no imputa. “Yo en lo personal no he tenido ocasión de ser Fiscal, su labor es meter presa a quienes cometen un delito”.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este martes nula la designación del vicefiscal General de la República, Rafael González Arias, quien fue designado el pasado 17 de junio por la fiscal General, Luisa Ortega Díaz.

 

52 personas han muerto según balance de protestas del defensor del Pueblo

WilliamSaab

El Defensor del Pueblo, Tarek William Saab, ofreció un balance de los dos meses de protestas antigubernamentales en que, según sus cifras, murieron 52 personas y 1119 fueron lesionadas.

Saab resaltó que el 78% de los fallecidos se concentran en los estados Barinas, Lara, Miranda, Táchira y Carabobo. A estas 52 personas sumó 13 fallecidos durante saqueos. Informó también que cinco personas murieron en barricadas, dos de ellas en intento de robo en la barricada, y señaló la muerte del juez Nelson Moncada ocurrida la noche del miércoles.

Asimismo, entre los victimarios hay al menos 35 efectivos de cuerpos de seguridad del Estado detenidos o solicitados, indicó el defensor.

El defensor contabilizó también a tres personas fallecidas por crímenes de odio, específicamente Almeliina Carrillo Virgüez, Pedro Josué Carrillo y Danny José Subero, mientras que hay 17 personas lesionadas por este motivo.

20 de los 52 ciudadanos han muerto por arma de fuego en las manifestaciones, añadió el dirigente del Poder Moral, y exhortó al sistema de justicia celeridad en las investigaciones y detenciones al denotar que solo hay detenidos por dos de estos casos. Sin embargo, esto es falso, pues el Ministerio Público ha detenido a personas por al menos 13 casos. 

 

Contó además a cuatro fallecidos por armas caseras, cuyas municiones han sido metras o rolineras, y 16 fallecidos que no participaban en las manifestaciones.

De las 1119 personas lesionados, al menos 340 son miembros de cuerpos de seguridad del Estado. 172 son funcionarios policiales, de los cuales 164 fueron lesionados con objetos contundentes, seis heridos con armas de fuego, y dos con artefactos explosivos; y 146 de la GNB, de los cuales hay 22 heridos con arma de fuego.

 

Justicia militar

 

Sobre la Justicia Militar, Saab declaró que debe limitarse a delitos de naturaleza militar cometidos tanto por militares como por civiles, siempre y cuando no se trate de violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad. Sin embargo, recomendó que en caso de delitos militares cometidos por civiles, pero también tipificados en el código penal, debe prevalecer la jurisdicción penal ordinaria.

 

 

 

Recomendaciones a cuerpos de seguridad

El máximo funcionario del Poder Moral instó a los cuerpos de seguridad del Estado a proteger los derechos humanos de los ciudadanos que participen en manifestaciones, apegándose a los estándares internacionales respecto al uso progresivo, proporcional y proporcionado de la fuerza para el control del orden público, así como que los funcionarios cuenten con la formación necesaria para la protección de los derechos humanos.

Solicitó también la realización de inspecciones regulares de los equipos que usan los cuerpos de seguridad para asegurar que no oculten y disparen materiales prohibidos, como metras, rolineras, tuercas, tornillos, entre otros. Estos materiales han sido disparados por funcionarios en diversas ocasiones y han quedado registrados en videos e imagenes por ciudadanos.

 

Ministerio Público: su obligación no es observar, es garantizar | Por Alejandro Rebolledo

AlejandroRebolledo

 

 

Por Alejandro Rebolledo

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela surge como instrumento jurídico supremo de la voluntad del constituyente, expresada a través del sentimiento del pueblo como poder originario, y por tanto, ninguna ley, institución o persona, está por encima de ella, por el contrario, todos se encuentran sometidos o supeditados a sus normas, las cuales son básicas y de obligatorio cumplimiento para la organización del Estado y la protección de las libertades individuales y colectivas.

El Ministerio Público, como parte integrante del Sistema de Justicia, así como del Poder Ciudadano, que a su vez, constituye el Poder Público Nacional, no escapa de esta realidad constitucional, por el sólo hecho que la Carta Fundamental crea y organiza esta institución pública, asignándole una serie de facultades u obligaciones las cuales debe cumplir para el correcto funcionamiento del Estado.

En consecuencia, dentro de las atribuciones del Ministerio Público está garantizar el respecto de los derechos y garantías constitucionales, así como los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República, salvaguardando los derechos humanos, para así garantizar la paz, la celeridad y la buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso, para lo cual, tendrá de manera autónoma y exclusiva, la potestad de ejercer en nombre del Estado la acción penal, en aquellos casos donde no fuere necesaria la instancia de parte, donde deberá ordenar y dirigir la investigación penal de estos hechos punibles, determinando así su perpetración haciendo constar su comisión con todas las circunstancias que influyan en la calificación jurídica y la identificación de los autores o partícipes, así como el aseguramiento de los objetos relacionados con el delito, sin que ello obste la facultad de intentar cualquier acción para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral, militar, penal, administrativa o disciplinaria en que hubieren incurrido los funcionarios del sector público, con motivo del ejercicio de sus funciones.

Ahora bien, las funciones constitucionales del Ministerio Público expuestas anteriormente, contrastan en demasía con las declaraciones y actuaciones emprendida por la Fiscal General de la República en las últimas horas, toda vez que, pareciera, y así quisiéramos pensar, que la titular del Ministerio Público, no se ha dado cuenta de la magnitud o naturaleza jurídica de las funciones constitucionales prescritas en el artículo 285 de la Carta Fundamental expuestas anteriormente, pues pretende comportarse bajo las tímidas facultades constitucionales que prescribía el artículo 220 de la derogada Constitución de 1961, cuando sólo se le concedía al Ministerio Público, la atribución constitucional de “Velar por el respeto de los derechos y garantías constitucionales”.

De modo tal, que “Velar” dista mucho de lo que hoy día es facultad de “Garantizar”. Según la Real Academia de la Lengua Española, se entiende por “Velar”, lo siguiente: “Observar atentamente algo; cuidar solícitamente algo”, mientras que “Garantizar”, se entiende por “Dar garantía sobre una cosa que se asegura y protege contra algún riesgo o necesidad”. En este sentido, no es lo mismo vigilar el cumplimiento de la Constitución Nacional, así como los derechos humanos y todo lo que implica el texto constitucional, que asegurar y proteger el cumplimiento de la norma fundamental.

Por esta razón, y así se desprende de la exposición de motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al Ministerio Público se le atribuyen todas aquellas funciones necesarias para el cumplimiento de los fines que debe gestionar ante la administración de justicia, garantizando en los procesos judiciales el respeto de los derechos y garantías constitucionales, la celeridad y la buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y debido proceso, con lo cual se persigue la paz social.

Por estas razones, no basta con señalar o reconocer la existencia de dos partes en conflicto por ideologías políticas divergentes, que ocasiona sin lugar a dudas, una crisis política e institucional, para posteriormente exhortar a la solución de sus “diferencias”, como si se tratase de dos “Venezuelas” distintas, o como si el Ministerio Público no formara parte de la organización de la República tal y como lo prevé la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por tanto, no le atañe ni afecta tal situación de conflictividad, cuando lo que se quiere es que la Fiscalía General de la República cumpla con sus funciones constitucionales y garantice el cumplimiento de la Constitución y la Ley.

Asdrúbal Aguiar Abr 08, 2017 | Actualizado hace 7 años
El poder inmoral, por Asdrúbal Aguiar

PoderMoral

 

Era predecible, según el catecismo de amoralidades diseñado por Hugo Chávez, Nicolás Maduro, Diosdado Cabello, Tarek El Aissami y hasta el juez supremo Maikel Moreno, entre otros tantos, el desconocimiento por éstos de la nueva Asamblea Nacional. Y es que les disgrega el “todo” revolucionario, de estirpe bolivariana. Se empeña en reconstituir ésta una moral pública distinta de la forjada en el curso de los últimos 17 años. La más vieja y anterior, con sus falencias, al menos censura a mandatarios, castiga a ministros, expone a la miríada de funcionarios corruptos y sus cómplices a la reprobación social.

La visión “ética” de quienes integran el actual Poder Moral venezolano, a saber, el Contralor de la República, la Fiscal General, y el Defensor de Pueblo, muestra, por ende, signos que perturban, visto el saldo de sus ejecutorias.

Me refiero, justamente, a lo que con coraje describe el Secretario de la OEA, Luis Almagro, en su Informe de actualización sobre el gobierno de Nicolás Maduro y que el Poder Moral acalla: “La implicación en actividades de narcotráfico llega a los niveles más altos del Gobierno venezolano, así como al círculo familiar del Presidente.”

Si se trata del Contralor Manuel Galindo Ballesteros, compadre de Maduro, su empleado antes, como lo fuera de la primera combatiente y consorte de éste, Cilia Flores, y encargado a la sazón de vigilar el comportamiento y virtudes de su mismo compadre, se ocupa de perseguir a quienes desafían a la narco-aristocracia que éste comanda. Henrique Capriles, es su más reciente víctima.

Transparencia ha acusado a Galindo de la práctica de nepotismo, que despliega a profundidad y sin miramientos, pues la califica de “nepotismo positivo” al ser sus familiares, según él, competentes y eficaces a la hora de no vigilar la falta de probidad pública de su compadre.

En el caso de la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, recién abona en su beneficio el coraje – puesto en duda por la opinión – de declarar como ruptura del orden constitucional y democrático el golpe de Estado ejecutado desde un Tribunal Supremo que dirige el ex convicto juez Moreno. Parece ser, se dice, que no acompaña a sus pares del Poder Moral en la decisión de no aceptar sean removidos por la Asamblea los jueces venales quienes participan de la felonía. No obstante, la duda sobre aquélla no se despeja, pero podrá despejarse, si asume la iniciativa penal que sólo ella tiene, para que éstos sean castigados con una pena que oscila entre 12 y 24 años de prisión. Ya se verá.

Lo de Tarek William Saab, Defensor del Pueblo, es de otra catadura y clama a los cielos. Se dice poeta y defensor de derechos, desde cuando me visita en mi Despacho como gobernador de Caracas, en 1994, sirviéndole al Alcalde Aristóbulo Istúriz, mi vecino de plaza.

Le dije el manido 11 de abril que lamentaba el desprecio que sufriera por sus vecinos amotinados, pues junto a él estaban sus hijos, pequeños, padeciendo sin ser responsables, sin comprender lo que ocurría. Le insistí, días después, que mirase más allá de los árboles patentes. Que en beneficio de sus hijos y también de los míos, se preguntase sobre el porqué de la severa censura social que recibiera y con rabia contenida. No me hizo caso.

De defensor del pueblo Tarek se ha hecho su represor. Algo insólito. Así lo registrará la historia, para su vergüenza. La violencia de los cuerpos armados y paraestatales contra quienes marchaban hasta su oficina para demandarle, como cabeza del Poder Moral, castigo para los jueces al servicio de un Estado transformado en asociación de criminales, quedará para la memoria de la infamia.

Habrá de escribir Tarek poemas fúnebres. Acaso llorar en silencio pasada la tormenta que sufre Venezuela, mientras, desde la distancia, le observarán entonces sus hijos, y mis hijos, y los hijos de nuestros hijos a lo largo de las siguientes generaciones, sin comprender el porqué de la hora de inmoralidades e impunidades que anegara a la república.

La figura o institución del poder moral, de origen bolivariano entre nosotros, tiene raíces en la llamada “costumbre de los ancestros” romanos (mores maiorum), preservada por los Censores. Es célebre el edicto de éstos que guarda Suetonio para la posteridad: «Todo lo nuevo que es realizado de manera contraria al uso y costumbres de nuestros antepasados no parece estar bien».

Bolívar, artesano de un Poder Moral que replica casi 200 años después el causante, Chávez, lo imagina distinto, centralista y totalitario; busca la forja de una ética social sin historia, que permita la fusión y amalgama del pueblo con su Estado en igual forja.

Cree que todo ciudadano debe amar a sus magistrados – léase a Nicolás Maduro y sus compinches – y a la patria, que no sería hoy otra distinta de la bolivariana: “Todas nuestras facultades morales no serán bastantes, si no fundimos la masa del pueblo en un todo; la composición del gobierno en un todo; la legislación en un todo; y el espíritu nacional en un todo”.

Es llegada, pues, la hora de enmendar el camino. Por falta de referentes moralizadores inmediatos, la trinchera de lucha ha pasado a manos de nuestros hijos y de los nietos, los estudiantes. Son ellos la esperanza segura.

 

@asdrubalaguiar

correoaustral@gmail.com

Un golpe mal llamado impasse”... por Orlando Viera-Blanco

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“El desenfado y marcaje de la FGR, comporta otra ruptura: la del oficialismo, cuya descomposición es irreversible”

 

El pronunciamiento de la FGR, Abog. Luisa Ortega Díaz, tiene una relevancia política y jurídica incuestionable en el giro que tomarán los acontecimientos en Venezuela. Analicemos en términos de legitimidad, gobernabilidad y desobediencia ciudadana, como repercutirá la muletilla nada despreciable “ruptura del hilo constitucional”, calificada por la máxima custodia de la legalidad en Venezuela.

La FGR tocó con su sentencia-entre otras categorías jurídicas-la tecla del 350-C o rebelión legitimada- como la cita el propio Hernán Escarrá -promotor de la legitima defensa constitucional desde el congresillo constituyente de la CBR/1999. Y puso de carrera a Miraflores. Los gazapos no se hicieron esperar. A las 12:20 AM del 1A/17, Maduro presentó las conclusiones del Consejo de Defensa de la Nación (CDN) ante la “controversia” relacionada con las sentencias Nro. 155 y 156 de la Sala Constitucional (SC). Este CDN, sin autoridad, exhortó “revisar” los fallos con el propósito de mantener la estabilidad institucional y el equilibrio de poderes. Como bien lo señalan colegas Constitucionalista, (Hernández, Mármol, Fernández) «tal comunicado evidencia cómo esa ruptura se mantiene hoy día … y confirma la existencia de un golpe de estado continuado, cuyo delito debe ser sancionado (Dixit Duque Corredor, Arteaga Sánchez)».

A raíz de la declaración de la FGR, la SC del TSJ intentó sazonar las sentencias N° 155 y 156, corroborando que la soga constitucional no sólo se ha roto con esas sentencias, sino con otras 46 que colocaron a la AN en cesantía institucional. La 155 y la 156 no son más que la extensión de un vilipendio permanente. Vale recordar las sentencias de la SC que han desconocido las competencias de la AN: Las # 1.778/2015; 7/2016; 9/2016; 184/2016; 225/2016; 259/2016; 264/2016; 269/2016; 274/2016; 327/2016; 341/2016; 343/2016; 411/2016; 460/2016;473/2016; 478/2016;614/2016; 615/2016; 618/2016; 797/2016; 808/2016; 810/2016; 814/2016; 893/2016; 907/2016; 938/2016; 939/2016; 948/2016; 952/2016; 1.012/2016; 1.103/2016;1.014/2016; 1.086/2016; 2/2017; 3/2017; 4/2017; 5/2017; 6/2017; 7/2017; 88/2017; 90/2017 y 113/2017. De la Sala Electoral (SE): 260/2015; 1/2016; 108/2016 y 126/2016, más las sentencias sobre el inconstitucional proceso de renovación de nómina de los partidos, y la decisión de la SE que suspendió del RR. EL Poder Moral representado en Ortega Díaz, reconoció a los Venezolanos y al mundo que los magistrados de la SC incurrieron en una falta grave, por lo que el 265-C habilita a la AN votar la remoción de esos magistrados.

El desacato es otro concepto muy abusado por el TSJ. Cómo lo señala el comunicado de nuestra Federación de Colegios de Abogados de Venezuela «en los 18 años de vigencia de la actual Constitución Nacional, jamás el TSJ había calificado el desacato a sus sentencias como causal de cesación de las funciones de organismo alguno. La propia Ley Orgánica del TSJ, pauta en sus artículos 121 y 122 que las únicas sanciones por desacato, son las multas establecidas en los citados preceptos legales ( TSJ/ sentencias SC #: 795 de 19/8/2016; 284 de 26/4/2016; S.E: sentencias #107 de 17/7/2012; 149 de fecha 1/11/2016, y 7/12/2010, caso: Jorge Perozo vs. Guillermo Dolani)” Esta flagrante violación al principio de legalidad consagrado en el Artículo 11 de la Declaración Universal de los DDHH, y  sistemática agresión a la AN, colman el continente de transgresiones constitucionales que la FGR confirma con su confesa «ruptura del hilo constitucional«. Es la transgresión del  artículo 187-C sobre reserva legal de sanciones a la AN. Es la violación del CPC sobre el alcance estrictamente material del  derecho de aclaratoria (Art 250).  Es la usurpación de poderes consumada en las pretensiones legislativas del TSJ, y es el delito de «insubordinación del orden republicano y constitucional “( art 132 del CPV) que prevé hasta 16 años de cárcel. En pocas palabras, Ortega proclamó lo que tanto ha denunciado Almagro: En Venezuela cesó la democracia.

La FGR además por primera vez cita cifras de muertes violentas acaecidas en el país. En lo político estas denuncias tienen un impacto enorme. Es «la rebelión en la granja» de la “oveja” que se encabrita y rehúsa  escoltarlos  al esquilme, abriendo un boquete en el chavismo sin Chávez. Es la fractura del denominado CDN, sin autoridad para redimir el golpe a la AN…Comprendo el desencuentro emocional (opositores) que produce la tiza que lanzó la fiscal. Pero no es hora de avezados teoremas de diseminación y especulación vicaria (de matar al mensajero). El desenfado y marcaje de la FGR, comporta otra ruptura: la del oficialismo, cuya descomposición es irreversible.

A los señalamientos de la FGR, Maikel Moreno sostuvo: “Lo dicho por la Fiscal es respetable y así demostramos el talante democrático que existe en el país”. Maduro agregó: «se resolvió el «impasse«. Pues no presidentes. Los delitos en derecho «no son impasses”; no toleran arrepentimientos, ni resisten aclaratorias. El mal está hecho, el golpe se consumó.  Toca rendirle cuenta a la justicia, al país y a la historia. Distinguidos diputados, tienen la palabra…

 

@ovierablanco

Héctor Rodríguez solicitó investigación contra diputados de la MUD

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El jefe de la fracción parlamentaria del Gran Polo Patriótico (GPP), Héctor Rodríguez solicitó este miércoles ante el Poder Moral, que se abra una investigación contra los diputados de la MUD por sus actuaciones en la Asamblea Nacional.

Rodríguez repudió la declaratoria de la responsabilidad política del presidente Nicolás Maduro, al señalar que la misma «no existe en la Constitución» ni  el «juicio político».

«La Asamblea Nacional intentó dar un golpe de Estado parlamentario», expresó.

Asimismo, indicó que el Poder Legislativo se mantiene en desacato, por lo tanto dijo que la decisión del TSJ de designar a los rectores del CNE fue acertada, al argumentar que el Parlamento tenía hasta el 04 de diciembre, pero en su opinión no se hizo por «irresponsables».

Combatir la indefensión por Claudio Fermín

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Los asuntos públicos están a cargo de una rosca. Centenares de organismos están dedicados a cuanta tarea se pueda imaginar y la Constitución de 1999 alude a cuatro poderes en vez de los clásicos legislativo, judicial y ejecutivo, pero es una gran mentira. Todo depende de un clan.
Aquí no se cumple aquello del gobierno del pueblo y para el pueblo. Un grupete de vivos mantiene control absoluto de la economía y de la política.
Diecisiete estados viven de la actividad agropecuaria pero la dirigencia campesina, los productores y los industriales del agro, son ignorados a la hora de tomar decisiones. e Numerosas comunidades universitarias están ancladas a lo largo y ancho del territorio nacional. En ellas se estudia nuestra realidad y se forman centenares de miles de jóvenes. Tampoco esos rectores, profesores y estudiantes tienen influencia alguna en la conducción del país.
Los empresarios, verdaderos sobrevivientes, generan y distribuyen los pocos bienes que todavía circulan, pagan la nómina, son los responsables de récords de recaudación de impuestos de los que el SENIAT se jacta, pero son tratados como delincuentes y viven perseguidos por el gobierno, con el agravante de que a los partidos políticos les da vergüenza defenderlos, no vayan a llamarlos derechistas.
Desde hace dieciséis años miles de trabajadores desconocen lo que es un contrato colectivo y no hay quien le gane un juicio laboral a organismo público alguno. Mucho menos a las empresas rusas, chinas, brasileñas e iraníes que comparten los contratos de obras públicas y otras operaciones financieras. Las Inspectorías del Trabajo son una burla y la dirigencia sindical es atropellada.
Radioemisoras y estaciones de televisión salen del aire a cada rato, al igual que decenas de periódicos han bajado las santamarías. Priva la autocensura. La libre expresión vive bajo amenaza y ninguna atención se presta a los reclamos de los periodistas.
Dirigentes locales y regionales, quienes forman las bases de los partidos políticos democráticos, son el motor de la movilización popular. Para nada son consultados. Sólo son instruidos sobre las líneas políticas que desde arriba se imponen.
A esos productores agropecuarios, dirigentes campesinos, líderes del profesorado, periodistas, capitanes de empresas, dirigentes sindicales, gremiales y políticos regionales, les han vedado defender sus intereses. Están obligados a inclinarse ante los cogollos, embudos del sistema.
En esta hora, cuando se inicia el debate para elegir una nueva Asamblea Nacional, sus nombres no forman parte del llamado consenso, reservado para una élite que se reparte la “representación nacional” en una mesa.
Urge romper ese monopolio político. Por eso hemos llamado a celebrar consultas a los ciudadanos. Que de las necesidades y voluntad de las comunidades salgan los postulados a una Asamblea Nacional que tendrá como reto prioritario revertir leyes que asfixian la economía y acabar con la impunidad que sirve de soporte a violaciones a los Derechos Humanos.
Las consultas a los ciudadanos no son accesorias en la lucha contra el autoritarismo. Son fundamentales. No es un capricho fastidioso de unos descontentos ni una presión para recibir migajas. Es darle el derecho de palabra y el protagonismo al pueblo indefenso. 
No se trata de torpedear a nadie ni de montar otra mesa para desde allí hacer otro tipo de reparto. Se trata de involucrar a cada venezolano, de convertirlo en protagonista de la acción política, de incentivarlo para que rompa la apatía que hoy se refleja en una mayoritaria franja de indecisos y de renuentes a apoyar lo que emana de los dos cogollos que se esmeran en polarizar.
Se trata de quitarle poder a quienes hoy abusan de él. No se debe desperdiciar esta oportunidad de derrotar a los arbitrarios que hoy desgobiernan, a quienes les beneficiaría la gigantesca abstención producida por unos candidatos que no residen en los circuitos por los que son postulados y que son impuestos a juro.

@claudioefermin