Contravoz: La fuga, por Gonzalo Himiob Santomé
Contravoz: La fuga, por Gonzalo Himiob Santomé

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“…El derecho a evadirse, a escapar de sus captores, es un derecho sagrado de toda persona que esté en detención preventiva…”. Confieso que cuando escuché esta frase por primera vez, allá por 1993, cuando cursaba mi primera especialización en Ciencias Penales y Criminológicas, me chocó un poco ¿Cómo es eso? –pensé, asombrado- pero de inmediato, al ver las caras de perplejidad de nosotros, sus alumnos, el maestro que la había pronunciado, uno de los mejores penitenciaristas que ha pisado esta tierra, el profesor Elio Gómez Grillo, nos la explicó y la entendimos. Todo se resume en esto: Mientras una persona no ha sido condenada por una sentencia definitiva y firme, tiene dos derechos incuestionables e inalienables: El de ser juzgada en libertad y el de que se la tenga, y se la trate, como inocente. A lo primero se le conoce como Favor Libertatis, y a lo segundo como la Presunción de Inocencia. En aquel momento estaba aún vigente la Constitución de 1961, que no contemplaba expresamente estos derechos, pero después, con el concurso y seguramente a instancias del propio Gómez Grillo, la de 1999 recogería textualmente estos postulados. Los encontramos en los artículos 44, numeral 1º y 49, numeral 2º, de nuestra Carta Magna vigente.

Es por eso que, en nuestro Código Penal, la fuga de un detenido cuando aún no ha sido condenado, solo se castiga, como lo ordena el artículo 258, cuando el evadido ha hecho uso de violencia “contra las personas o las cosas”. Caso distinto es el de los que ya han sido sentenciados, pues quebrantar su condena, aún sin haber ejercido violencia contra personas o cosas, sí merece castigo, tal y como lo dispone el segundo párrafo del artículo 259 del mismo Código Penal. La razón de esta diferencia de trato legal es comprensible: Como ya se dijo, el que no ha sido aún condenado está amparado por el Favor Libertatis y por la Presunción de Inocencia, mientras que el que ya ha sido condenado, pese a que debería procurarse que cumpla su pena, en general y cuando las circunstancias lo permitan, bajo una modalidad de castigo no reclusoria, (Art. 272 de la Constitución) ya no está amparado, al menos, por la Presunción de Inocencia, ya que el Estado, se supone, ha demostrado a través del Poder Judicial, de manera definitiva y firme, que no era inocente, sino culpable.

En este sentido, y aunque esto le “arda” a muchos, si no se demuestra que Ledezma incurrió en violencia contra las personas o las cosas, o en un acto de corrupción, al momento de evadirse de su arresto domiciliario, lo cierto es que no habría cometido delito alguno, y esto es así por una sencilla razón: No había sido formalmente condenado y, en consecuencia, estaba amparado, como lo dispone nuestra Constitución, por el Favor Libertatis y por la Presunción de Inocencia.

Esto es quizás lo único que cabe adelantar, sobre la información que tenemos hasta ahora, sobre los aspectos legales de este sonado incidente. Quedan por comentar las repercusiones políticas, y también las humanas, del hecho.

Con respecto al impacto político quizás otros analistas, más versados en estos temas que yo, puedan tener un mucho mejor criterio que el mío. Yo solo puedo decir que, si nos guiamos por las experiencias recientes, en general el exilio de un líder político venezolano no es ni implica necesariamente el fortalecimiento de su liderazgo, al menos no en la percepción que de él queda en la ciudadanía que sigue y seguirá en el país. Yo estoy seguro de que Ledezma ponderó, con la sensatez e inteligencia que en mi criterio lo caracterizan, y sobre la base de variables que él directamente, y nadie más, manejaba, todas sus opciones, y también, estoy seguro de que así será, ya en el exilio se convertirá en la voz, una muy importante, de los que hoy quedan en nuestras cárceles, injustamente condenados o detenidos, de los perseguidos políticos y de los exiliados. Ledezma es, en mi criterio, un hombre coherente y consecuente, raras cualidades en muchos políticos opositores de ahora, y no ha salido del país para tomarse unas “vacaciones” ni mucho menos, pero la verdad es que, sin restarle importancia, más allá de lo que pueda hacer en la arena internacional, aunque sea mucho, el hecho de no estar acá, de alguna manera, lo “desconecta” de nuestra realidad diaria y, por encima de todo, lo sitúa en la incómoda posición, no siempre justa, de estar continuamente bajo la lupa de quienes, por no haber “abandonado el barco”, no se sienten cómodos con quienes intentan que no naufrague dándoles instrucciones desde “afuera”, desde la seguridad de otras costas en las que las tormentas que nosotros padecemos acá, y que están ya a punto de hundirnos, no existen. Reitero: No digo que esta percepción de muchos sea positiva, justa o certera, pues la lucha por la reconquista de la libertad de Venezuela puede y debe darse en todos los escenarios posibles, adentro o afuera, pero no todos acá, y destaco que no me cuento en esas filas, lo entienden o lo aceptan en toda su real dimensión.

En lo que atañe a lo humano, más allá de la tranquilidad que nos deja, así de primera mano, el hecho de que un líder como Ledezma ya no esté limitado por su injusto arresto domiciliario, me preocupa el impacto que tendrá esta evasión, ya no en Ledezma, sino en los demás presos y perseguidos políticos. En todo secuestro (y la prisión política es equiparable a un secuestro) cuando son varias las víctimas (como ocurre con nuestros presos políticos, que hasta la semana pasada eran más de 340), si una de ellas logra burlar y escaparse de sus captores, la primera reacción de los que estamos afuera, viendo esos toros desde la barrera, es la alegría. Nos embarga una sensación de logro, de victoria frente al opresor, y eso es humano y normal. Pero esto es así, y lamento ser el aguafiestas del día, hasta que nos detenemos a pensar en las consecuencias que entonces tendrán que afrontar los que no han querido o no han podido escapar y siguen a merced de quienes, sobre ellos, tienen el poder de la vida y de la muerte, y el de liberarlos o no.

Al gobierno (a menos que haya estado involucrado en el lance, que lo dudo) no puede haberle caído bien que se le haya ido de las manos un preso político del peso de Antonio Ledezma, por muchas razones, y ya estará, seguramente, buscando la manera de emparejar los tantos. El oficialismo no “se va a quedar con esa”, como decimos acá. Probablemente (y así ha ocurrido antes, como cuando Carlos Ortega se escapó en 2006 de Ramo Verde) el gobierno ahora, al menos por un tiempo, cerrará con más ímpetu, con más candados y mayor determinación las rejas del oprobio, se hará el sordo, aún más, al clamor generalizado por la libertad y se cuidará mucho, por simple venganza, de conceder nuevas medidas cautelares o arrestos domiciliarios a otros presos políticos. Si actúa como lo ha hecho antes en situaciones similares, de alguna manera tratará de sacarse esta gruesa espina del costado, y lo hará extremando su postura intransigente y cargando, a terceros, el costo de las fallas de su aparato represivo y de sus cuerpos de seguridad. Y en esto, aunque nos disguste, también tenemos que pensar. Dios quiera que me equivoque, que esta vez sea distinto y que no se obligue a ningún preso o perseguido político a pagar lo que, a final de cuentas, no debe.

@HimiobSantome