El Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió hoy temporalmente la decisión de la Procuraduría General de destituir e inhabilitar por 15 años para ejercer cargos públicos al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, informó la defensa del burgomaestre.
De acuerdo con lo señalado por el representante de Petro, el exfiscal Mario Iguarán, el Tribunal admitió este martes una acción de tutela (amparo judicial) que fue interpuesta por un ciudadano en diciembre pasado, cuando el Ministerio Público profirió la medida de suspensión en primera instancia, destacó DPA.
Petro interpondrá hoy un recurso para el restablecimiento de sus derechos como mandatario de la capital colombiana, informó su defensa.
Iguarán indico que esta tarde “se presentará en la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá un recurso para el restablecimiento de los derechos del alcalde”.
La defensa busca con esta medida que se dé la suspensión del fallo ratificado por el Ministerio Público, que el 9 de diciembre pasado había anunciado en primera instancia la decisión.
Además, la administración espera que la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH) conceda las medidas cautelares solicitadas en octubre pasado por Petro “esta misma semana”.
Otro de los representantes del burgomaestre, Rafael Barrios, señaló que la decisión de la CIDH se debe conocer antes de que el presidente Juan Manuel Santos decrete el fallo, porque de no ser así, Petro deberá abandonar la Alcaldía, despacho que en el ordenamiento político colombiano es el segundo más importante después de la Presidencia de la República.
De acuerdo con la legislación, Santos debe acatar la decisión antes del próximo 2 de febrero y luego nombrar un alcalde encargado mientras llama a las urnas entre abril y mayo de 2014 para que el ganador complete el periodo de Petro, elegido para gobernar desde el 1 de enero de 2012 hasta la misma fecha de 2016.
Asimismo, las votaciones para revocar o reafirmar al alcalde en el cargo programadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil para el próximo 2 de marzo, en un proceso que se ha desarrollado paralelo al del Ministerio Público, quedarán anuladas en cuanto ese despacho sea notificado.
Entretanto, en diálogo con la cadena radial Caracol, el procurador general, Alejandro Ordóñez, dijo hoy que el fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, no tiene la facultad de “tumbar la destitución del alcalde”, como el jefe del ente acusador lo afirmó en los últimos días.
“No es posible que el fiscal directamente tumbe el fallo. El fiscal podría ir ante un juez de garantías a decirle que hay un delito y decirle que hay un delito y pedir la suspensión de la medida por ese mismo delito”, indicó Ordóñez.
El jefe del Ministerio Público dijo además sentirse confiado de “la diligencia del presidente” y reiteró que el concepto sobre el caso que dé la CIDH “no es vinculante”, es decir que sus argumentos no son de obligatorio cumplimiento para el Estado por lo que queda a discreción de la Procuraduría y el Gobierno aplicarlos o no.