“No es un terrorista”: Hermana del adolescente sentenciado exige justicia ante injusta condena

Zharick Rodríguez, hermana mayor del adolescente Gabriel Rodríguez, ha alzado su voz para denunciar las graves irregularidades que rodearon la detención y posterior condena de su hermano de 17 años, a quien sentenciaron el pasado 16 de diciembre a 6 años de prisión y cuatro años de servicio comunitario.

Según el relato de Zharick, realizado en un video que la familia del adolescente envió a Runrun.es, Gabriel fue arrestado el 9 de enero de 2025 en Cabudare, estado Lara, cuando salía de su jornada laboral en una panadería artesanal durante su periodo vacacional. El joven se dirigía a un ambulatorio porque presentaba fiebre alta y malestar general, pero fue interceptado por una patrulla militar que lo detuvo arbitrariamente basándose únicamente en su vestimenta deportiva (bermuda y suéter), calificándolo de “guarimbero”.

En sus declaraciones, la joven enfatizó que a su hermano se le imputaron cargos de “terrorismo, incitación al odio y cierre de vías” sin pruebas sólidas. “Ese día le habían pagado 400 bolívares de haber terminado su jornada laboral y según los militares y el gobierno, con esos 400 bolívares iba a comprar gasolina”.

Su hermana también denunció que durante el primer mes de detención, la salud de Gabriel, que en ese momento tenía 16 años, se deterioró: además de la fiebre persistente seguía presentando malestares “por no tomar agua, se le presentaron llagas en su boca y muchas otras cosas”.

La joven enfatizó la calidad humana y el esfuerzo de su hermano, señalando que “no es un delincuente, mucho menos un terrorista”. Resaltó que Gabriel Rodríguez es un joven ejemplar que, a pesar de estar privado de libertad, “logró terminar desde adentro de la prisión su último año de bachillerato y sacó 18.39 puntos”, logro que le permitió ser “admitido en la universidad para estudiar ingeniería civil” en la UCLA.

Finalmente, la joven expresó que su hermano solo buscaba cumplir sus metas, como graduarse con sus compañeros y seguir su vida deportiva, por lo que exigió que “se haga justicia para mi hermano y para todos los adolescentes que están detenidos de manera arbitraria”.

El peso de una sentencia sin pruebas

El 16 de diciembre de 2025, tras 11 meses de detención y un proceso marcado por audiencias suspendidas, la jueza Dayana Castillo, del Tribunal Segundo de Juicio de Responsabilidad Penal de Adolescentes en Caracas, dictó una sentencia de 10 años de pena: seis de cárcel y cuatro de trabajo comunitario. Los cargos impuestos fueron terrorismo, incitación al odio y cierre de vías, a pesar de que organizaciones como el Comité por la Libertad de los Presos Políticos (Clippve) denuncian que no existió “una sola prueba sólida” en su contra.

Durante su reclusión en el Centro Socioeducativo “El Manzano”, la salud de Gabriel se vio seriamente comprometida. A pesar de haber escrito una carta al fiscal general Tarek William Saab pidiendo asistir a su graduación “sin grilletes en las manos”, su solicitud fue ignorada y no se le permitió participar en el acto académico con sus compañeros.

Un precedente alarmante para los derechos humanos

La Red por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA) manifestó su rechazo ante esta decisión, calificándola como el primer caso documentado de un adolescente sentenciado por terrorismo en el contexto postelectoral de 2024 en Venezuela. La organización advierte sobre una “peligrosa deriva punitiva” y el uso expansivo del derecho penal para criminalizar a menores en contextos de conflictividad política.

La REDHNNA sostiene que esta condena vulnera principios fundamentales como:

  • La excepcionalidad de la privación de libertad, la cual debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible.
  • El interés superior del niño, que debería orientar cualquier actuación judicial para garantizar una finalidad educativa y no punitiva.
  • El debido proceso, denunciando que el juicio se llevó a cabo sin garantías suficientes y exigiendo que la Defensa Pública ejerza de inmediato el recurso de apelación.
Su hermana también denunció que durante el primer mes de detención, la salud de Gabriel, que en ese momento tenía 16 años, se deterioró: además de la fiebre persistente seguía presentando malestares "por no tomar agua, se le presentaron llagas en su boca y muchas otras cosas"
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Zharick Rodríguez, hermana mayor del adolescente Gabriel Rodríguez, ha alzado su voz para denunciar las graves irregularidades que rodearon la detención y posterior condena de su hermano de 17 años, a quien sentenciaron el pasado 16 de diciembre a 6 años de prisión y cuatro años de servicio comunitario.

Según el relato de Zharick, realizado en un video que la familia del adolescente envió a Runrun.es, Gabriel fue arrestado el 9 de enero de 2025 en Cabudare, estado Lara, cuando salía de su jornada laboral en una panadería artesanal durante su periodo vacacional. El joven se dirigía a un ambulatorio porque presentaba fiebre alta y malestar general, pero fue interceptado por una patrulla militar que lo detuvo arbitrariamente basándose únicamente en su vestimenta deportiva (bermuda y suéter), calificándolo de “guarimbero”.

En sus declaraciones, la joven enfatizó que a su hermano se le imputaron cargos de “terrorismo, incitación al odio y cierre de vías” sin pruebas sólidas. “Ese día le habían pagado 400 bolívares de haber terminado su jornada laboral y según los militares y el gobierno, con esos 400 bolívares iba a comprar gasolina”.

Su hermana también denunció que durante el primer mes de detención, la salud de Gabriel, que en ese momento tenía 16 años, se deterioró: además de la fiebre persistente seguía presentando malestares “por no tomar agua, se le presentaron llagas en su boca y muchas otras cosas”.

La joven enfatizó la calidad humana y el esfuerzo de su hermano, señalando que “no es un delincuente, mucho menos un terrorista”. Resaltó que Gabriel Rodríguez es un joven ejemplar que, a pesar de estar privado de libertad, “logró terminar desde adentro de la prisión su último año de bachillerato y sacó 18.39 puntos”, logro que le permitió ser “admitido en la universidad para estudiar ingeniería civil” en la UCLA.

Finalmente, la joven expresó que su hermano solo buscaba cumplir sus metas, como graduarse con sus compañeros y seguir su vida deportiva, por lo que exigió que “se haga justicia para mi hermano y para todos los adolescentes que están detenidos de manera arbitraria”.

El peso de una sentencia sin pruebas

El 16 de diciembre de 2025, tras 11 meses de detención y un proceso marcado por audiencias suspendidas, la jueza Dayana Castillo, del Tribunal Segundo de Juicio de Responsabilidad Penal de Adolescentes en Caracas, dictó una sentencia de 10 años de pena: seis de cárcel y cuatro de trabajo comunitario. Los cargos impuestos fueron terrorismo, incitación al odio y cierre de vías, a pesar de que organizaciones como el Comité por la Libertad de los Presos Políticos (Clippve) denuncian que no existió “una sola prueba sólida” en su contra.

Durante su reclusión en el Centro Socioeducativo “El Manzano”, la salud de Gabriel se vio seriamente comprometida. A pesar de haber escrito una carta al fiscal general Tarek William Saab pidiendo asistir a su graduación “sin grilletes en las manos”, su solicitud fue ignorada y no se le permitió participar en el acto académico con sus compañeros.

Un precedente alarmante para los derechos humanos

La Red por los Derechos Humanos de Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA) manifestó su rechazo ante esta decisión, calificándola como el primer caso documentado de un adolescente sentenciado por terrorismo en el contexto postelectoral de 2024 en Venezuela. La organización advierte sobre una “peligrosa deriva punitiva” y el uso expansivo del derecho penal para criminalizar a menores en contextos de conflictividad política.

La REDHNNA sostiene que esta condena vulnera principios fundamentales como:

  • La excepcionalidad de la privación de libertad, la cual debe ser el último recurso y por el menor tiempo posible.
  • El interés superior del niño, que debería orientar cualquier actuación judicial para garantizar una finalidad educativa y no punitiva.
  • El debido proceso, denunciando que el juicio se llevó a cabo sin garantías suficientes y exigiendo que la Defensa Pública ejerza de inmediato el recurso de apelación.
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