Declarada inconstitucional reforma de Ley Orgánica del TSJ
Declaran inconstitucional reforma de Ley Orgánica del TSJ

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró como inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del TSJ, sancionada por la Asamblea Nacional el 7 de abril, por lo que sigue en vigencia de la Ley de 2010.

En su análisis, la Sala Constitucional considera que la Ley no cumplió el presupuesto de iniciativa legislativa que corresponde al Máximo Tribunal, «de manera exclusiva y excluyente», ni tampoco fue solicitada su intervención «útil y obligatoria» en el procedimiento de formación de ley.

En la sentencia, se reiteró el criterio de que, tal como lo exigió el Constituyente, se requiere la mayoría calificada de las dos terceras partes de los integrantes de la Asamblea Nacional, antes de la discusión del respectivo proyecto de ley, aun cuando se trate de la modificación de una ley orgánica, sea cual fuere su tipo o modalidad.

En cuanto al incremento de magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se advirtió que, atendiendo a la razón jurídica, no fue moderado, ni racional, ni justificado, y tampoco se consideró el equilibrio que debe mantenerse entre las Salas que integran la Plena ni la necesaria previsión presupuestaria; por tanto, la reforma en este aspecto no es razonable ni congruente con el ordenamiento jurídico constitucional.

La Sala Constitucional considera que la pretensión de la Asamblea Nacional de incrementar su c, era «claramente políticos», podría entorpecer la labor del tribunal y buscaba el «detrimento de la autonomía e independencia del Poder Judicial».

En la sentencia también se determinó «el vicio de desviación de poder» en el que incurrió la Asamblea Nacional al modificar la conformación de la Sala Constitucional, «atendiendo a objetivos políticos».

Puede leer la sentencia completa aquí: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/187589-341-5516-2016-16-0396.HTML