Tribunales militares solo deben atender delitos de naturaleza castrense
Tribunales militares solo deben atender delitos de naturaleza castrense

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Abogados constitucionalistas explicaron que los casos de los manifestantes detenidos llevados a tribunales militares son procesos inconstitucionales. Aseguraron que solo un soldado que haya cometido un delito de naturaleza militar debe ser juzgado en jurisdicciones castrenses.

Los abogados constitucionalistas José Vicente Haro y Fortunato González coincidieron en que las declaraciones dadas por la inspectora general de tribunales, Marielys Valdez, son falsas. La funcionaria afirmó que toda persona que agreda a un funcionario del orden público (GNB) deber ser juzgada en un tribunal militar.

De acuerdo con el  artículo 261 de la Constitución, la comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad serán juzgados por los tribunales ordinarios y no militares.

Haro explicó que las personas que no pertenezcan a la Fuerza Armada deben ser juzgadas en tribunales ordinarios y recluidas en cárceles comunes. “El hecho de que Leopoldo López esté recluido en Ramo Verde es irregular”.

El 20 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos emitió una sentencia en la que advirtió que Venezuela debía limitar la jurisdicción militar únicamente a soldados activos.

Haro citó el numeral 4 del artículo 49 de la Constitución, que establece el derecho al debido proceso y expone que toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias o especiales (tribunales de asuntos mercantiles, de protección al niño y adolescente, laborales, agrarios, entre otros), con las garantían establecidas en la Carta Magna y la ley.

De acuerdo con las declaraciones ofrecidas el 26 de abril por la fiscal general Luisa Ortega Díaz, existen irregularidades en las detenciones de personas durante las protestas contra el gobierno. Explicó que cuando un ciudadano es detenido, en el acta policial deben estar narrados los hechos de cómo ocurrió la aprehensión en flagrancia.

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