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¿Venezuela está a punto de toque de queda?

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@boonbar

 

En días de caos, violencia e incertidumbre, rondan los fantasmas de la suspensión de garantías constitucionales y la aplicación del toque de queda nacional a las que podría recurrir el gobierno de Nicolás Maduro como medidas de control del estado de agitación política y social que sacude a Venezuela desde el primero de abril de 2017 tras el golpe del TSJ a la Asamblea Nacional.

El presidente sí tiene la atribución de decretar un estado de excepción, que incluye la restricción más no la suspensión de las garantías constitucionales, recuerda Liliana Ortega, directora de la organización de Derechos Humanos Cofavic. Pero tiene que estar justificado por una razón de peso: en circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico afecten “gravemente” la seguridad de la Nación, las instituciones y los ciudadanos.

Ortega advierte que, de hecho,  ya en Venezuela existe un estado de excepción que se ha venido prorrogando sucesivamente desde que Maduro decretara por primera vez la emergencia económica el 15 de enero de 2016, basándose en la necesidad de enfrentar “la guerra económica” y “garantizar el acceso de la población a medicinas, servicios y alimentos”. Al mismo se le agregó el carácter de Estado de Excepción nacional el 13 de mayo de ese mismo año.

Pero los estados de excepción no son cheques en blanco sino que implican un control constitucional. Aunque haya sido decretado, el gobierno de Maduro ha violado las modalidades contempladas en la Constitución de 1999 y el marco legal que rigen los estados de excepción: tanto sus prórrogas como la restricción de garantías deben ser aprobadas por la Asamblea Nacional y notificadas ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Ninguna de las dos obligaciones se cumplen en Venezuela, alerta Rocío San Miguel, directora de la organización Control Ciudadano.

Ortega va más allá y afirma que ese decreto de Estado de Excepción prorrogado consecutivamente  es nulo al saltarse la obligación de ser aprobado por la Asamblea Nacional, tal como la Constitución establece.

Ni el término “toque de queda” ni “suspensión de garantías” están incluidos en la Constitución venezolana de 1999, no así la “restricción temporal” de garantías consagradas en la Carta Magna, enmarcada dentro de los estados de excepción decretados por el presidente de la República.

Esa restricción de garantías amplía el catálogo de derechos que no se pueden suspender, explica Ortega. “Incluso con el Estado de Conmoción tanto nacional como externo se protege el núcleo duro de los derechos intangibles, como el de la vida, a la información y prohibición de incomunicación o tortura. No implica la suspensión de todas las garantías constitucionales sino que otorga una protección adicional al Estado de derecho. Es como cuando una persona gravemente enferma es ingresada a terapia intensiva para curarla, usando los métodos más intensivos sofisticados”.

En este sentido, las fuerzas de seguridad de Estado no pueden torturar, reprimir o matar a los ciudadanos que participan en las protestas mientras está vigente el estado de excepción. “Ni siquiera en el estado de conmoción interior o exterior no deben suspenderse los 14 derechos fundamentales, entre los cuales está el derecho a la vida y el debido proceso”, subraya San Miguel. “Esto entra en contradicción absoluta con los tribunales militares ante los cuales se están presentando civiles relacionados con las manifestaciones en contra del gobierno. Está prohibido tanto por la Constitución como por el Pacto Interamericano de DDHH”.

Para San Miguel, Venezuela se encuentra bajo un Estado de conmoción interior no declarado. “Si el gobierno lo oficializa, pasaríamos –dentro de la calificación internacional- del estadio de disturbios y tensiones internas al conflicto interno, lo cual es un borde muy peligroso”, afirma San Miguel. “Allí pudieran entrar elementos de derecho de guerra que implica una escalada de tensiones. La única vez que Venezuela ha declarado Estado de conmoción exterior fue durante la crisis de los misiles cubanos en 1962”. Agrega que hay que encender las alarmas porque el país “está aplicando de facto métodos de guerra”.

“Todos estos mecanismos de excepción podrían ayudar a controlar una situación que afecte al país y sus ciudadanos. Pero si son tomados para perseguir, profundizar medidas represivas, para usar la jurisdicción militar, no son mecanismos de estado de excepción sino de la destrucción del estado de derecho y la ruptura del hilo constitucional”, sostiene Ortega.

Toque de queda

Toque de queda y suspensión de garantías son términos que se incrustaron en la memoria del venezolano desde los sucesos del Caracazo en 1989, luego de que el gobierno de Carlos Andrés Pérez prohibiera el libre tránsito en personas y vehículos en todo el territorio nacional en horas de la noche, con el fin de restablecer la estabilidad del país luego del caos desatado por la ola de saqueos y disturbios tras el aumento de la gasolina. Quienes infringieran ese decreto, serían sancionados o detenidos.

La medida del gobierno de CAP II logró apaciguar la crispación nacional en 1989 pero también promovió la violación de derechos humanos mediante ejecuciones, torturas y las desapariciones forzadas por parte de las fuerzas de seguridad del Estado.

Desde 1989 ningún gobierno ha ordenado un toque de queda nacional, salvo en la administración de Maduro que la aplicó en los estados fronterizos el 21 de agosto de 2015. En julio de 2016, fue aplicado en Ciudad Bolívar y Tucupita por las respectivas alcaldías de Heres y Tucupita tras disturbios y saqueos que estallaron después del “billetazo”, como se le llamó a la decisión de Nicolás Maduro de sacar de circulación el billete de 100 bolívares sin haber aplicado un nuevo cono monetario.  

Las filas del chavismo se jactan de que durante la gestión de Hugo Chávez nunca se decretó el toque de queda y suspensión de garantías constitucionales, incluso en crisis que lo ameritaban como el golpe de estado del 11 de abril de 2002.

Pero de aplicar Maduro esta medida, se convertiría en el primer presidente que decretaría un toque de queda desde CAP II.

En Venezuela existe el consenso de que muchas ciudades están sometidas a un toque de queda tácito impuesto por el hampa. Resulta arriesgado estar en la calle después de que cae el sol por el acecho de los delincuentes. Incluso el propio Maduro declaró el 10 de mayo de 2016 sobre la Operación Liberación del Pueblo (OLP) que “hay lugares donde estas bandas imponen toque de queda”.