Rodolfo González nunca tuvo derecho a defenderse
Rodolfo González nunca tuvo derecho a defenderse

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@AdrianitaN

La noche del 26 de abril del año 2014 efectivos del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) allanaron la casa de la familia González. El testimonio de un “patriota cooperante” llevó al capitán de la Aviación Civil, Rodolfo Pedro González Martínez, de 64 años de edad a la cárcel. Desde entonces era conocido como “El Aviador”. Su reclusión, extendida durante casi un año a pesar de no contar con una sentencia firme, concluyó el 13 de marzo de 2015, cuando su familia confirmó la noticia de su suicidio dentro de un calabozo de El Helicoide.

El 29 de abril de 2014 se llevó a cabo la audiencia de presentación en la que a González Martínez se le acusó por los delitos de tenencia de explosivos, tráfico de armas de fuego y asociación para delinquir, este último cargo compartido con el estudiante Douglas Morillo, recluido en «La Tumba».

El mismo día de la primera audiencia del sexagenario, el presidente Nicolás Maduro dio detalles del caso de “El Aviador” en cadena nacional e instó al Poder Judicial a tomar cartas en el asunto. El 4 de mayo de 2014, el para entonces Ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Miguel Rodríguez Torres, acusó a González Martínez de ser el “articulador logístico” de las “guarimbas” en Caracas y mostró su rostro en una transmisión del canal del Estado, Venezolana de Televisión.

 

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En esta comunicación, Rodríguez Torres vinculó al capitán de la Aviación con los estudiantes Rosmit Mantilla (preso desde el 2 de mayo de 2014), Douglas Morillo (preso desde el 26 de abril de 2014).

Fue el 16 de septiembre de 2014, cinco meses después de su detención, cuando se llevó a cabo la audiencia preliminar en la que le imputaron los tres cargos a González Martínez. Desde entonces, el acta de audiencia preliminar y el auto de pase de juicio permanecieron “engavetados”, según José Vicente Haro, abogado constitucionalista.

“Rodolfo González jamás pasó a juicio, por lo que no pudo defenderse nunca. Pasó casi un año preso sin poder ejercer su derecho a la defensa”, explicó Haro. El especialista alertó sobre la “excesiva dilación” en la resolución de los casos vinculados con crímenes políticos y señaló que “la espera es un estado que afecta la psique y desequilibra a cualquier persona”.

El caso estaba a cargo de la Juez 27 de Control, Verónica Soto de Ovalles, y la fiscal acusadora por parte del Ministerio Público fue Katherine Harrington, una de las siete funcionarias sancionadas por el gobierno de Estados Unidos por presuntas violaciones a los derechos humanos en Venezuela.

El testimonio de un “patriota cooperante” o agente encubierto -según la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo- en esta historia sí contó. El instrumento legal define, en su artículo 70, a esta figura como “un funcionario de seguridad del Estado que se infiltra en un grupo de delincuencia organizada con el fin de recabar información incriminatoria”.

El Ministerio Público comisionó a la fiscal 22° nacional, Raiza Sifontes, para que investigue las circunstancias de la muerte de Rodolfo González Martínez.

El terror a la cárcel “común” y los que aún quedan

Según la organización no gubernamental Provea, el Estado es responsable de preservar la vida y la integridad de todas las personas privadas de libertad en el territorio venezolano, de acuerdo con lo establecido en los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, suscritos por Venezuela al formar parte de la Organización de Estados Americanos (OEA).

La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes de la Organización de Naciones Unidas (ONU) refiere también la responsabilidad del Estado en estos casos, así como la necesidad de sancionar severamente a aquellos funcionarios que incurran en delitos de esta clase.

Para José Vicente Haro, el detenido González Martínez fue víctima de un “Crimen de Estado”, que se define como la comisión directa o indirecta de prácticas violatorias de los derechos humanos, empleando recursos estatales.

El abogado agregó que “El Aviador” estaba siendo sometido a “tortura psicológica”. Relató que desde hace aproximadamente dos semanas, y con especial énfasis desde el 11 de marzo de 2015, funcionarios del Sebin le decía con insistencia que lo iban a trasladar a la cárcel de Yare III para reunirlo con presos comunes.

El 12 de marzo de 2015 la ministra para el Servicio Penitenciario, Iris Varela, visitó El Helicoide y notificó a varios internos que serían transferidos a otros penales en el transcurso de la próxima semana. Fue el temor a que se hiciera efectiva esta medida, aunado al estado de depresión de González, lo que lo llevó a quitarse la vida.

Rafael Uzcátegui, coordinador general de Provea, advirtió que el traslado a cárceles de alta peligrosidad «se esta utilizando como mecanismo de tortura psicológica contra detenidos por manifestar».

El caso del capitán de la Aviación Civil tiene como antecedente el intento de suicidio cometido el 20 de diciembre de 2014 por Marcelo Crovato, abogado del Foro Penal Venezolano, preso desde el 22 de abril de 2014 en la cárcel de Yare III. Crovato actualmente cumple con una medida de arresto domiciliario.

Aún quedan 45 personas detenidas en el Sebin, según el abogado Haro. Varias de ellas presentan afecciones de salud, siendo de especial atención los de Eduardo Colmenares (sufre de cólicos nefríticos severos) y Pablo Estrada (tiene tuberculosis pulmonar).