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La excarcelación del preso político Diego Sierralta llegó tras la muerte de su madre

El pasado 8 de noviembre Runrun.es publicó en su sección “DDHH Olvidados” el caso de Yenny Barrios, expresa política y paciente oncológica del estado Lara, que falleció esperando la liberación de su hijo, Diego Sierralta, detenido tan solo un mes y medio después de que a ella la excarcelaran luego de tres meses de injusta detención.

Durante días, distintas organizaciones clamaron por una medida humanitaria para que su hijo pudiera verla y darle un último abrazo. Pero el Estado impidió el último encuentro, y Barrios murió por complicaciones de salud sin cumplir el anhelo de poder estar cerca de su hijo.

Familiares y vecinos confirmaron que el joven fue excarcelado y asistió el sepelio de su progenitora: “Sí estuvo en su entierro fue un momento muy doloroso porque el mismo día del entierro, a Yenny la enterramos y le cantamos su cumpleaños número 53. Pero en medio de todo gracias a Dios y las presiones él logró su libertad. Ahora solo le toca salir adelante, ya que es hijo único y no tiene a nadie más”, narró una persona allegada a la familia.

Tras liderar una batalla pública por más de tres meses pidiendo la liberación de su mamá, expresa política operada de un cáncer, a Sierralta lo detuvieron el 22 de enero de 2025. Según narró la directora del Instituto Casla, Tamara Sujú, Diego necesitaba un medicamento para Yenny y no tenía dinero para comprarlo. Por eso, recurrió a un grupo de WhatsApp en donde pacientes del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) intercambiaban medicinas para ofrecer unos parches para el dolor a cambio de lo que su madre necesitaba. Pero la represión en Venezuela tampoco respeta este tipo de espacios.

Una doctora que estaba en ese chat para espiar y extorsionar a los que intercambian desesperadamente medicinas para sobrevivir se hizo pasar por una persona interesada en esos parches, mandó a una persona a buscarlos y, en ese momento, lo detienen y lo acusan de asociación para delinquir por tratar de cambiar dos parches”, narró Tamara Sujú.

Provea denunció que la negativa de las autoridades a responder la “medida urgente” solicitada por familiares y activistas para que Diego Sierralta pudiera acompañar a su madre en sus últimos días podría considerarse como un “acto de trato cruel, inhumano y degradante”.

Derechos humanos de Barrios, vulnerados hasta su muerte

El caso de Yenny Barrios expone una cadena consecutiva de violaciones a los derechos humanos.

Apenas 17 días de haber sido operada por un linfoma no hodking, a Yenny Barrios la detuvieron arbitrariamente dentro de su residencia el 9 de septiembre de 2024. La señalaron de supuestamente participar en actos vandálicos contra la sede del PSUV en Carora en el contexto de las protestas poselectorales Fue acusada de “terrorismo” e “instigación al odio” y estuvo recluida primero en la Estación Policial Municipal Torres y luego la trasladaron al Centro de Detención Pata e Palo en Barquisimeto. Todo esto ocurrió a pesar de que su hijo aseguró varias veces públicamente que ella ni siquiera votó en los comicios del 28 de julio de 2024 por lo afectada que estaba su salud.

Yenny Barrios pasó 93 días detenida. Durante ese tiempo, su tratamiento fue interrumpido y su salud se agravó, a pesar de las constantes denuncias de su hijo porque pudiera recibir la quimioterapia que necesitaba inmediatamente después de la operación. Sus condiciones de reclusión nunca fueron óptimas: compartía una celda de 4×2 metros con otras 18 mujeres y en los primeros días, por falta de espacio, debió dormir en el piso, a pesar de estar recién operada. No recibió atención para sus heridas posoperatorias y le permitieron iniciar las quimioterapias que necesitaba con dos meses de retraso.

La denegación a la atención oportuna de su salud contravino el Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que la salud es un “derecho social fundamental” y que es obligación del Estado, “que lo garantizará como parte del derecho a la vida”. La misma Carta Magna, en su Artículo 272, exige al Estado garantizar en los centros penitenciarios el respeto a los derechos humanos de quienes están en prisión, lo cual incluye la salud.

Cabe recordar también que las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) establecen que el Estado es responsable de la salud de los reclusos, quienes deben gozar de la misma calidad de atención que el resto de la población (Regla 24) y también ordena que los reclusos que requieran tratamiento especializado (como ameritan patologías como el cáncer) sean trasladados a “instituciones especializadas o a hospitales civiles” (Regla 27). Mantenerla en cárceles como Uribana -adonde fue enviada durante sus últimos días de reclusión junto a otras siete presas política- o en el Centro Pata e’ Palo violó esta última regla.

La detención arbitraria de su hijo fue un segundo golpe, ya que la dejó sin su figura de apoyo emocional y asistencia: él era hijo único, lo que la dejó en una situación de vulnerabilidad total.

“No es irresponsable sostener que la vida, la salud, y la dignidad de ella fue vulnerada en todas las formas y sin piedad“, afirmaron voceros de Justicia, encuentro y perdón . Sobre Diego, la ONG sentenció: “Literalmente, está encerrado el dolor”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

Familiares y vecinos confirmaron que el joven fue excarcelado y asistió el sepelio de su progenitora. Días antes, distintas ONG clamaron por una medida humanitaria para que pudiera acompañar a su madre en sus últimos días de vida
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El pasado 8 de noviembre Runrun.es publicó en su sección “DDHH Olvidados” el caso de Yenny Barrios, expresa política y paciente oncológica del estado Lara, que falleció esperando la liberación de su hijo, Diego Sierralta, detenido tan solo un mes y medio después de que a ella la excarcelaran luego de tres meses de injusta detención.

Durante días, distintas organizaciones clamaron por una medida humanitaria para que su hijo pudiera verla y darle un último abrazo. Pero el Estado impidió el último encuentro, y Barrios murió por complicaciones de salud sin cumplir el anhelo de poder estar cerca de su hijo.

Familiares y vecinos confirmaron que el joven fue excarcelado y asistió el sepelio de su progenitora: “Sí estuvo en su entierro fue un momento muy doloroso porque el mismo día del entierro, a Yenny la enterramos y le cantamos su cumpleaños número 53. Pero en medio de todo gracias a Dios y las presiones él logró su libertad. Ahora solo le toca salir adelante, ya que es hijo único y no tiene a nadie más”, narró una persona allegada a la familia.

Tras liderar una batalla pública por más de tres meses pidiendo la liberación de su mamá, expresa política operada de un cáncer, a Sierralta lo detuvieron el 22 de enero de 2025. Según narró la directora del Instituto Casla, Tamara Sujú, Diego necesitaba un medicamento para Yenny y no tenía dinero para comprarlo. Por eso, recurrió a un grupo de WhatsApp en donde pacientes del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) intercambiaban medicinas para ofrecer unos parches para el dolor a cambio de lo que su madre necesitaba. Pero la represión en Venezuela tampoco respeta este tipo de espacios.

Una doctora que estaba en ese chat para espiar y extorsionar a los que intercambian desesperadamente medicinas para sobrevivir se hizo pasar por una persona interesada en esos parches, mandó a una persona a buscarlos y, en ese momento, lo detienen y lo acusan de asociación para delinquir por tratar de cambiar dos parches”, narró Tamara Sujú.

Provea denunció que la negativa de las autoridades a responder la “medida urgente” solicitada por familiares y activistas para que Diego Sierralta pudiera acompañar a su madre en sus últimos días podría considerarse como un “acto de trato cruel, inhumano y degradante”.

Derechos humanos de Barrios, vulnerados hasta su muerte

El caso de Yenny Barrios expone una cadena consecutiva de violaciones a los derechos humanos.

Apenas 17 días de haber sido operada por un linfoma no hodking, a Yenny Barrios la detuvieron arbitrariamente dentro de su residencia el 9 de septiembre de 2024. La señalaron de supuestamente participar en actos vandálicos contra la sede del PSUV en Carora en el contexto de las protestas poselectorales Fue acusada de “terrorismo” e “instigación al odio” y estuvo recluida primero en la Estación Policial Municipal Torres y luego la trasladaron al Centro de Detención Pata e Palo en Barquisimeto. Todo esto ocurrió a pesar de que su hijo aseguró varias veces públicamente que ella ni siquiera votó en los comicios del 28 de julio de 2024 por lo afectada que estaba su salud.

Yenny Barrios pasó 93 días detenida. Durante ese tiempo, su tratamiento fue interrumpido y su salud se agravó, a pesar de las constantes denuncias de su hijo porque pudiera recibir la quimioterapia que necesitaba inmediatamente después de la operación. Sus condiciones de reclusión nunca fueron óptimas: compartía una celda de 4×2 metros con otras 18 mujeres y en los primeros días, por falta de espacio, debió dormir en el piso, a pesar de estar recién operada. No recibió atención para sus heridas posoperatorias y le permitieron iniciar las quimioterapias que necesitaba con dos meses de retraso.

La denegación a la atención oportuna de su salud contravino el Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que la salud es un “derecho social fundamental” y que es obligación del Estado, “que lo garantizará como parte del derecho a la vida”. La misma Carta Magna, en su Artículo 272, exige al Estado garantizar en los centros penitenciarios el respeto a los derechos humanos de quienes están en prisión, lo cual incluye la salud.

Cabe recordar también que las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela) establecen que el Estado es responsable de la salud de los reclusos, quienes deben gozar de la misma calidad de atención que el resto de la población (Regla 24) y también ordena que los reclusos que requieran tratamiento especializado (como ameritan patologías como el cáncer) sean trasladados a “instituciones especializadas o a hospitales civiles” (Regla 27). Mantenerla en cárceles como Uribana -adonde fue enviada durante sus últimos días de reclusión junto a otras siete presas política- o en el Centro Pata e’ Palo violó esta última regla.

La detención arbitraria de su hijo fue un segundo golpe, ya que la dejó sin su figura de apoyo emocional y asistencia: él era hijo único, lo que la dejó en una situación de vulnerabilidad total.

“No es irresponsable sostener que la vida, la salud, y la dignidad de ella fue vulnerada en todas las formas y sin piedad“, afirmaron voceros de Justicia, encuentro y perdón . Sobre Diego, la ONG sentenció: “Literalmente, está encerrado el dolor”.

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa, con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes “contra el odio”, “contra el fascismo” y “contra el bloqueo”. Este contenido está siendo publicado teniendo en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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