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Tributo

 

El domingo 29 de abril, a las 5:00 p.m., Eddy Marcano  rendirá  un merecido tributo al genial creador de la Onda Nueva en  ¡Viva Aldemaro!, concierto que con el violín como eje, hará un un paseo por lo mejor del género legado al mundo por  Aldemaro Romero.

Temas como De RepenteQuienPoco a Poco o El Catire serán interpretados en esta edición del espectáculo, para la que el destacado violinista tendrá como base un cuarteto integrado por José Núñez, en la batería; Carlos Rodríguez en el contrabajo y Edepson González en el piano y dirección musical.

Como instrumentistas invitados participan Jesús Antón, en el saxo y clarinete; Grheri Barceló en la trompeta;  Kevin Marchán en el violín; Félix Farfán en el cuatro y Juan Leal en las maracas. Marcial Istúriz, Delia, Tomas Vivas, Fabiola José son los cantantes invitados.

Nacido en Valencia el 12 de marzo de 1928, Aldemaro Romero fue un músico y compositor versátil que en los años sesenta renovó la música venezolana con su Onda Nueva, género  que integra giros del joropo, el jazz y la bossanova. Según sus propias palabras: «La Onda Nueva no es otra cosa que la sustitución de una orquestación por otra. En vez de arpa, cuatro y maracas; piano, bajo y batería: el trío ideal para tocar música de jazz».

La música de este reconocido artista, quien falleció el 15 de septiembre de 2007, ha sido interpretada por grandes vocalistas e instrumentistas venezolanos como María Teresa Chacín, María Rivas, Henry Rubio, Simón Díaz, Cheo Hurtado, Rafael ¨El Pollo¨ Brito, Carlos Moreán, Los Cuñaos, Ensamble Gurrufío y C4 Trío,  entre otros.

Reconocido por su labor como violinista y director orquestal, Eddy Marcano, por su parte, ha sido comisionado musical para la UNESCO y OEA en la creación de orquestas juveniles e infantiles. Su larga trayectoria como en el campo de la música académica ha sido complementada por su trabajo dentro de la música popular venezolana, formando  parte de las agrupaciones Solo 3, Opus 4, Onkora y Arcano. Con sus producciones discográficas se ha esmerado en mostrar las diversas sonoridades del país teniendo al violín como instrumento líder. Con su cuarteto acústico se e ha presentado en importantes salas del mundo como el Carnegie Hall de New York y el Smithsonian de Washington.

Eddy Marcano: ¡Viva Aldemaro! será una irrepetible oportunidad para reencontrarse con el género que internacionalizó la música venezolana. Las entradas están a la venta en las taquillas del teatro y a través de www.ticketmundo.com.

Mayor información en centroculturalbod.com y por el 0800CCBOD00 (0800 22263 00) o por las redes sociales (Twitter, Instagram y Facebook) @cculturalbodcb. Para conocer más sobre el artista, @EddyMarcano (Twitter e Instagram).

Tributo a La Historia del Rock eclipsará Caracas el 28 de mayo

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La iniciativa musical La Historia del Rock reúne a tres bandas de la escena rock caraqueña tan distintas en estilo, como en subgénero y hasta edad, pero coinciden en un mismo objetivo: ¡rendir un homenaje único a la historia del rock! La parada inaugural de este espectáculo se hará el día 28 de mayo, a las 7:30pm, en la Sala Luisela Díaz del Caracas Theater Club, entre amigos y mucho rock n’ roll.

Las bandas organizadoras de este proyecto son Los Nasty Cats (de rockabilly y rock n’ roll), Zarik Medina (de retropop y poprock) y Calle Santiago (de rock progresivo y psicodelia rock). Juntos rendirán homenaje a aquellos artistas y hits que marcaron pauta en la definición del rock de finales de los años 50, 60 y principios de los 70. Durante 3 horas de espectáculo, el público asistente podrá deleitarse y corear éxitos de Elvis Presley, Chuck Berry, Buddy Holly, The Beatles, David Bowie, Emerson, Lake & Parker, Pink Floyd, Rush, Genesis, Edgar Alexander, Los Impalas, entre otros.

Este breve paseo musical por el rockabilly, el pop-rock hasta la psicodelia y el progresivo se inaugurará en la Sala Luisela Diaz del Caracas Theater Club, en San Román, el sábado 28 de mayo a las 7:30 pm. Las entradas podrán adquirirse a través de www.ticketmundo.com

 

Sobre las bandas

The Nasty Cats, formada en Caracas a comienzos de la segunda década del siglo 21, ha logrado imponerse en Venezuela como la banda líder en el cultivo del sonido de las raíces del rock. Rock around the clock, Summertime Blues, Johnny B. Goode son algunas de las canciones del repertorio que se pasea por los éxitos de Elvis Presley, Buddy Holly, Little Richards, Carl Perkins, Chuck Berry , Bill Haley & Comets, Imelda May y Brian Seltser, entre otros.

Zarik Medina es un cantautor, pianista y compositor venezolano, exponente característico de la música pop de su país conocida como RetroPop. Su carrera musical la inició desde pequeño en shows de televisión, para luego integrarse a Los Beat3, banda dirigida por el baterista Alejandro Pérez, y finalmente consolidándose como solista.Con poco más de una década de carrera musical, ha escrito al menos ciento cuarenta y ocho canciones y publicado dos álbumes: Dibujo Imposible (2012) y RetroPop (2016).

Calle Santiago es una banda de rock progresivo en español fundada en el 2007 en el seno de un colegio del oeste caraqueño, bajo el nombre de Otherside. En el periodo de grabación de su primer álbum, Ad Hominem, Otherside cambia su nombre a Calle Santiago, como homenaje a su ciudad: Santiago de León de Caracas. Su propósito se centra en enaltecer el rock progresivo e impulsar la movida del rock hecho en español.

VIDEO El Crooner de Venezuela, Gian Faraone, celebra los 100 años de Sinatra


Gian Faraone, conocido como el Crooner de Venezuela, regresa a su tierra natal para rendir tributo al cantante popular más influyente del siglo XX, Frank Sinatra titulado “SINATRA 100”.

El show se paseará por los grandes éxitos de Sinatra, donde clásicos como “My Way”, “New York, New York, “Strangers In The Night”, entre otros, recobrarán vida en la voz de Faraone. El jóven cantante estará acompañado de una BIG BAND de lujo. Bajo la dirección musical del maestro Gregory Antonetti, la banda estará conformada por grandes músicos venezolanos, entre los que se destacan, Pedrito López, Gerardo Chacón, Gustavo Carucí, Jorge Arias, Gerald “Chipi” Chacón, Rodolfo Reyes, Eric Chacón, Jorge Rivera, entre otros.

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Impuesto sobre la renta en Venezuela: ¿recaudación o confiscación? por Gustavo Serrano

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En Gaceta Oficial N° 6.210 Extraordinario, de fecha 30 de diciembre de 2015, fue publicado el Decreto N° 2.163, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Impuesto sobre la Renta, esto dentro del marco de la Ley Habilitante otorgada al Presidente Nicolás Maduro y que tenía como fecha de expiración, el 31 de diciembre de 2015.

 

Es el hecho que los venezolanos fuimos sorprendidos con una nueva reforma, sobre un texto normativo que había sido modificado apenas un año atrás, con el Decreto Ley de noviembre de 2014 que, según el ejecutivo nacional, reunía todos los aspectos cualitativos y cuantitativos que ellos necesitaban, para así asegurarse un incremento en los niveles de recaudación de este tributo y según ellos, evitarla evasión fiscal.

 

El Impuesto sobre la Renta en Venezuela, tuvo sus orígenes bajo el gobierno del entonces Presidente Medina Angarita, en el año 1942, con entrada en vigencia el 1° de enero de 1943. Desde su primigenia Ley hasta la reforma del año 2014, se procuraba la observancia y resguardo de los principios constitucionales de Capacidad Contributiva, Progresividad, Igualdad y No Confiscación, al igual que sus características naturales de impuesto personal, directo, periódico y complejo.

 

Estos principios y características eran atendidos a través de la forma en que se estructuraba el elemento cuantitativo del tributo, denominado base imponible; el cual se materializaba en el Enriquecimiento Neto Gravable.

 

Es así como la Ley ha establecido en su historia, que los ingresos brutos son gravados atendiendo al momento en que las rentas se consideraban disponibles. Algunos se gravan al momento en que se causa la operación que origina el ingreso (disponibilidad sobre lo causado), otros en la oportunidad en que la renta se devenga y, por último, cuando la renta es cobrada.

 

La nueva Ley de reforma, establece en su artículo 5, una predicción a la disponibilidad de la renta sobre la base de lo causado y restringiendo o disminuyendo, los supuestos en que las rentas son gravados sobre lo cobrado. Un ejemplo de esta restricción, es en el caso de las rentas obtenidas por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles, las cuales anteriormente eran gravadas al momento en que se cobraban y con la reforma, pasan a sergravadas en el momento en que se causan.

 

Este cambio representa una eliminación al diferimiento del gravamen, generando que rentas que no hayan sido percibidas por el contribuyente, sean gravadas y, por ende, se pague impuesto sobre ellas.

 

Por otra parte, se reforma el artículo 32 de la Ley, estableciéndose que el enriquecimiento neto gravable se determinara, atendiendo a los preceptos de la disponibilidad de la renta, eliminando la posibilidad de imputar como gastos deducibles, egresos acumulados y no pagados al cierre del ejercicio gravable, todo en el marco de los gastos normales y necesarios establecidos en el artículo 27. De esta manera, no se permite en el caso de rentas que son gravadas sobre la base de lo cobrado, la deducción de gastos devengados inherentes a las indemnizaciones laborales por antigüedad, siendo deducibles únicamente cuando los mismos sean pagados.

 

Los principios de progresividad, igualdad y no confiscación del tributo, eran velados entre otras formas, a través de la alícuota, como elemento cuantitativo de en este impuesto. En la actual reforma, vemos como se establece en el artículo 52 de la Ley, una violación a estos principios, mediante el establecimiento de una alícuota única y proporcional del 40%, dirigida a las actividades bancarias, financieras, de seguros o reaseguro, realizadas por personas jurídicas o entidades domiciliadas en el país.

 

De igual forma, el nuevo Decreto-Ley, elimina la normativa inherente a las Rebajas por Nuevas Inversiones, establecidas en los artículos56 y 57, que eran dirigidas a las actividades industriales y agroindustriales, construcción, electricidad, telecomunicaciones, ciencia y tecnología, turismo, agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas. Si bien es cierto, estas disposiciones han mantenido su vigencia alternada en el tiempo, siempre han representado un incentivo al desarrollo y explotación de ciertos sectores económicos de interés para el Estado.

 

En otro orden de ideas, la Ley de Impuesto sobre la Renta siempre ha establecido los mecanismos necesarios para la recaudación anticipada del tributo, siendo uno de ellos la retención en la fuente del impuesto, por parte del sujeto pagador de la renta.

 

La retención del impuesto se realizaba en el momento del pago o abono en cuenta, entendiéndose este término, de acuerdo al artículo 82 del reglamento General de la Ley de Impuesto sobre la Renta, como aquellas cantidades que los deudores del ingreso acrediten en sus registros contables, a favor de sus acreedores por tratarse de créditos exigibles jurídicamente a la fecha del asiento.

 

La nueva Ley, modifica esta definición en su artículo 84, señalando expresamente que se entenderá por abono en cuenta, las cantidades que los deudores o pagadores acrediten en su contabilidad o registros. Esto significa, que basta que un agente de retención registre la obligación en su contabilidad, para que tenga la obligación de practicar la retención, sin importar si el acreedor tiene el derecho de exigir su pago o no.

 

Por último, el artículo 171 de la Ley reformada, excluye del sistema de ajuste por inflación, a los contribuyentes que realicen actividades bancarias, financieras, de seguros, reaseguros y los sujetos pasivos calificados como especiales por el SENIAT.

 

Con el contenido de esta norma, se estaría dejandode considerar en la determinación de la base imponible de estos sujetos, un elemento esencial de la realidad económica de los contribuyentes, como lo es la inflación, generando una capacidad contributiva ficticia y una situación desigual, con los otros contribuyentes que deben considerar la corrección monetaria señalada en el Título IX de la Ley, en la determinación de su enriquecimiento neto gravable.

 

Un ejemplo evidente de este supuesto, es que el sector financiero tiene una estructura patrimonial, representado principalmente en partidas monetarias, que en la mayoría de los casos generan pérdidas por inflación y disminuyen su renta neta gravable.

La presente reforma, en los términos en que se materializo y en apenas un (1) año después de la anterior, demuestra la necesidad de un incremento sustancial y urgente, de los niveles de recaudación de este impuesto, con miras a buscar disminuir los niveles preocupantes de déficit fiscal, sin importar que con ello, se estén violando principios constitucionales de la tributación y se esté incurriendo en unos niveles de presión tributaria, que hagan que este impuesto y posiblemente el sistema, sean confiscatorios.

@gserrano94

Reeditarán la última película de Robin Williams para rendirle tributo

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Vía La Nación 

El actor Robin Williams, quien se suicidó el pasado mes de agosto a los 63 años, era una de las figuras más queridas y respetadas de la industria del cine, por eso Tristram Shapeero -director de ‘A Merry Friggin’ Christmas’- no ha dudado ni un momento a la hora de reeditar el filme original con el fin de rendir tributo al desaparecido artista, publicó BangShowbiz.

“Hablamos con la productora y les dijimos: ‘Necesitamos reeditarla, tenemos que hacer algunos cambios. Queremos hacer un tributo a Robin Williams’”, señaló el cineasta a la sección Confidenti@l del diario New York Daily News.

Para su compañero de reparto en dicha película, Joel McHale, trabajar junto a Robin en ‘A Merry Friggin’ Christmas’, donde el desaparecido actor interpretaba a un padre imperfecto que se está rehabilitando de sus problemas con el alcohol, fue una emotiva experiencia que nunca olvidará.

Otro de sus compañeros de reparto, Clark Duke, que interpreta al hijo de Robin en la película, tampoco quiso perder la oportunidad de alabar al desaparecido intérprete.“Su personaje en la película no era una persona superseria ni tampoco era un perturbado. Yo creo que en la vida real la gente es así, tiene gracia tal y como es. Hay una escena que para mí fue especialmente emotiva. Era la primera vez que yo tenía que llorar amargamente ante la cámara, lo hicimos los dos. Tuvimos que hacerlo una y otra vez y pude ver como Robin realmente se emocionaba”, añadió el actor.

“Cuando conoces a uno de tus héroes te preparas para sentirte decepcionado, pero a mí no me pasó con Robin. Era una persona genial, para mí fue sorprendente comprobar lo buena persona que era”, reveló Clark. 

‘A Merry Friggin’ Christmas’, que llegará a la cartelera estadounidense a finales de esta semana, es una de las cuatro películas en las que Robin trabajó antes de morir y que aún no han sido estrenadas.

El próximo 19 de diciembre se estrenará ‘Noche en el museo: El secreto del Faraón’, donde el actor da vida al expresidente de los Estados Unidos Theodore Roosevelt. Además también colaboró en ‘Absolutely Anything’, una comedia cuya fecha de estreno aún se desconoce y en la que el intérprete puso voz a un perro llamado Dennis.

La cuarta película es ‘Boulevard’, un filme que compitió en el Festival de cine de Tribeca este año, pero que aún no ha encontrado un hueco en los cines.