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Sustitución de candidatos: lo que establece la Ley de Procesos Electorales sobre el tema

El pasado 1 de abril, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptó la postulación de Edmundo González como candidato de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para las elecciones presidenciales, con el objetivo de que se haga su sustitución por Corina Yoris.

De acuerdo con un hilo que publicó en X la ONG Acceso a la Justicia, según el plazo que establece el artículo 63 de la Ley de Procesos Electorales (Lopre) la postulación de un candidato puede ser modificada por su partido hasta el 20 de abril, «sin necesidad de que haya una justificación legal determinada».

Tras vencerse ese plazo, es decir, después del 20 de abril, hasta el día 18 de julio (10 días antes de la elección presidencial) los candidatos solo podrán ser sustituidos por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad (física o mental) o renuncia (de acuerdo con el artículo 64 de la Lopre).

En ese sentido, si la sustitución es después del 20 de abril, el nuevo candidato no aparecerá en la boleta sino el anterior; pero los votos le serán endosados. Además, el CNE deberá informar a los electores la variación de esta oferta electoral, conforme a lo que establece el artículo 62 la Lopre.

También, la sustitución puede recaer en personas que no sean candidatas ya existentes, es decir, ya admitidas por el CNE (dice el 64 de la Lopre). En estos casos, «la sustitución debe cumplir con los requisitos y condiciones para la postulación de la nueva candidatura», añadió la organización.

«Es importante destacar que, los partidos políticos y de cara a un determinado proceso comicial, tienen el derecho a realizar los cambios necesarios en sus postulaciones, pues ello representa una forma de ejercer el derecho a la participación política», agregó la ONG. 

El pasado domingo, 31 de marzo, María Corina Machado sentenció que en julio la candidata será ella o la académica Corina Yoris. “Maduro no puede escoger el candidato que lo va a enfrentar en la elección presidencial, la pelea es peleando. Ahora es cuando hay tiempo”, expresó.

OEV: CNE busca generar dudas y desconcierto entre los electores este #15Oct

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En un comunicado emitido este martes, el Observatorio Electoral Venezolano denunció que la decisión del CNE de no permitir la sustitución de candidatos a gobernadores, fue «sorpresiva, tomada a última hora, luego de un prolongado suspenso, propicio para generar dudas y desconcierto entre los electores.»

“Esto perjudica el libre ejercicio del derecho al sufragio, al confundir al elector en el acto de votación”, advirtió esta organización, para la cual el CNE, de esta forma, “rompe con una práctica institucional, viola normas electorales vigentes que han sido aplicadas en ocasiones anteriores, enrarece el proceso electoral y, sobre todo, contradice el espíritu democrático”.

El pronunciamiento del Observatorio parte del hecho que a partir de una decisión del TSJ, dada a conocer apenas el día jueves 5 de octubre y en la que se interpreta el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, el CNE declaró “inadmisible, por extemporánea” la sustitución de candidatos para las próximas elecciones regionales. 

Mencionó el OEV que una cosa son las sustituciones contempladas en el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Electoral y otra las modificaciones (artículo 63). “Lo que han están solicitando varios de los partidos cuyos postulados no resultaron vencedores en las primarias y que, por ello, renunciaron a la candidatura, es que ellos sean sustituidos por otros”.

Aclaró que el artículo 62 no fija plazo para ello. “Una vez producido el vacío, y por solicitud del postulante, el candidato debe ser sustituido. El artículo 63, se refiere a situaciones distintas, regula el cambio de candidaturas decididas unilateralmente por el partido postulante, para el cual si hay un plazo que vence diez días antes de la elección misma”.

“El CNE y el TSJ no solo violaron el derecho de las organizaciones políticas a sustituir candidatos, luego de producida su ausencia por renuncia, sino que atentaron en contra del derecho de los electores a estar debidamente informados de los candidatos que podrán escoger. Todavía hoy no hay certeza sobre el destino de los eventuales votos a favor de candidatos renunciantes que siguen en el instrumento de votación”, puntualizó el Observatorio.

En el comunicado se resalta que el país tendrá el domingo 15 de octubre unos comicios que, en la difícil coyuntura política actual, revisten una enorme significación.

“El Observatorio Electoral Venezolano considera que decisiones como éstas no ayudan, ciertamente, para que las cosas ocurran con normalidad, esto es, conforme a los principios de transparencia, equidad e imparcialidad, que deben regir cualquier evento electoral. Sin embargo, ello no debe ser impedimento para que los ciudadanos dejen constancia de su opinión, sabiendo que la superación pacífica de la presente crisis de nuestra sociedad pasa en buena medida por los votos”.

 

Lucena sobre sustitución de candidatos: CNE cumplió reglamentos y fechas establecidas

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La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) Tibisay Lucena señaló acerca de las sustituciones de candidatos para las elecciones de gobernadores del próximo 15 de octubre que el organismo electoral “cumplió con los reglamentos y fechas establecidas en el cronograma”.

Este domingo dijo que “hubo 199 modificaciones que fueron procesadas por el CNE hasta el día 16 de agosto, tal como lo establece el cronograma electoral”, reseñó Tal Cual.

En la semana el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) le abrió las puertas al CNE para desechar la petición que el pasado 25 de septiembre le hiciera la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), para sustituir sus candidatos en los 19 estados en los que celebró elecciones primarias. De acuerdo con las normativas el plazo era hasta el pasado jueves.

Lucena indicó que ya se ha completado más del 50 % de las auditorías al sistema informático. “El CNE está listo, vamos a garantizar que los electores puedan expresar su voluntad soberana”.

Para este lunes finaliza el proceso de entrega de equipos a los centros de votación del país, indicó la titular del CNE quien agregó que las auditorías pueden verse en vivo en la página web del CNE para ver el protocolo y todo lo referente al proceso electoral, lo cual aseguró que se ha hecho con total éxito.

Destacó que el acompañamiento internacional que se viene haciendo hace algunos días para las elecciones, se instalará oficialmente el día 11 de octubre.

TSJ ratifica que el plazo para las sustituciones venció este jueves

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La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia ratificó este jueves que la sustitución de candidatos a las elecciones regionales podrán realizarse hasta este jueves: 10 días antes de los comicios, previstos para el 15 de octubre, como lo establece el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Luego de que el diputado de la Asamblea Nacional Omar Ávila consignara un recurso de interpretación para los artículos 62 y 63 de la la referida ley, la Sala Constitucional del TSJ se declaró incompetente para decidir sobre el recurso de interpretación, por lo que lo hizo la Electoral.

El Máximo Tribunal publicó este jueves la sentencia 165 en el cual ordenó “la publicación del fallo en la Gaceta Judicial de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en cuyo sumario se debe indicar: “Sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se interpreta el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”.

Por su parte, el representante de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ante el CNE, Vicente Bello, aseguró que el ente comicial no ha habilitado el proceso para la sustitución de candidatos para generar abstención durante las regionales.

A continuación la sentencia completa:

N° SENTENCIA: 165 N° EXPEDIENTE: 2017-000107

Procedimiento: Recurso de Interpretación

Partes:

Por recibido Oficio N° 17-0848, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remitió escrito contentivo del recurso de interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, interpuesto por el ciudadano OMAR ALEXANDER ÁVILA HERNÁNDEZ, aludiendo el carácter de Secretario General de Unidad Visión Venezuela, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño. Remisión esta que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha 04 de octubre de 2017, conforme a la cual la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró INCOMPETENTE para conocer y DECLINÓ en esta Sala Electoral la competencia del presente asunto.

Decisión:

La Sala declaró:

1. COMPETENTE para conocer del recurso de interpretación interpuesto por el ciudadano OMAR ÁVILA HERNÁNDEZ, identificado, asistido por el abogado Enio José Campos Cedeño, actuando en su condición de Secretario General y representante de la organización con fines políticos Unidad Visión Venezuela, a los fines de solicitar interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales “…el cual regula el derecho de las organizaciones con fines políticos de sustituir o modificar las postulaciones de candidatos en un proceso electoral”. 2. ADMITE el recurso de interpretación incoado en cuanto ha lugar en derecho.

3. Declara de MERO DERECHO la causa contentiva del recurso de interpretación.

4. RESUELTA la interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el sentido que el Consejo Nacional Electoral puede establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso electoral de que se trate.

5. Se ORDENA la publicación del fallo en la Gaceta Judicial de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y en cuyo sumario se debe indicar: “Sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se interpreta el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales”.

Jefe de campaña de la MUD, Gerardo Blyde, exige al CNE acatar ley que permite sustitución de candidatos

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Gerardo Blyde, jefe de campaña de la coalición opositora frente a las venideras elecciones regionales, informó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene hasta el jueves 05 de octubre para abrir el sistema que permitirá la sustitución de candidatos, lo que han exigido al ente electoral.

El también alcalde de Baruta consideró que el objetivo de no realizar las sustituciones “es el de tratar vergonzosamente de ganar algunas gobernaciones por la confusión que se pueda generar en algunos electores que quieran votar por un partido determinado».

Al no permitirse el cambio de los candidatos primarios por el candidato unitario, el elector deberá “buscar la cara y el nombre de su candidato más allá del partido en el estado en que esté y allí vote. No vaya a votar en una tarjeta donde no esté el nombre y la cara del candidato de la Unidad”, explicó Blyde durante una entrevista este miércoles en Globovisión.

Indicó que los rectores del CNE han mantenido silencio ante un hecho que constituye un delito electoral “porque están impidiendo el ejercicio libre de la postulación».

Afirmó que el voto será nulo si los electores escogen un candidato que no haya sido sustituido. “El CNE tiene hoy y mañana para abrir el sistema, eso es lo que ordena la ley”, agregó

Luis Emilio Rondón: “Es ilegal impedir sustituciones de candidatos”

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El rector principal de Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón, denunció que el Poder Electoral viola la Ley Orgánica de Procesos Electorales, ya que hasta la fecha no se ha abierto el sistema de modificaciones.

Rondón señaló que desde el directorio al cuál pertenece se estaría coartando el derecho a la participación política.

“Estamos hablando del incumplimiento de la ley y en este caso es de obligatorio cumplimiento por parte de del CNE. En estos momentos el mejor aporte que puede hacer el árbitro es el cumplimiento estricto de la ley”, expresó Rondón.

A través de su cuenta de Twitter, Rondón recordó que es “ilegal impedir sustituciones de candidatos”. Destacó que en tres días vence el lapso para la sustitución de candidatos y el CNE estaría incurriendo en delito por violar la ley electoral: “Este incumplimiento de la LOPRE causa un gravamen irreparable a los ciudadanos y partidos al impedirles conocer una oferta electoral clara”, destacó.