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Fiscal solicitará protección para periodistas y trabajadores de la prensa

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El presidente del CNP, Tinedo Guía, informó que sostuvieron una reunión con la fiscal  general de la República, Luisa Ortega Díaz, con quien conversaron sobre las agresiones que han sufrido periodistas y trabajadores de la prensa en las manifestaciones originadas desde abril.

La representante del Ministerio Público aseguró que pedirá que los comunicadores sociales no sean agredidos en sus funciones y protegidos en su trabajo. En ese sentido, Guía exhortó a quienes sufran de ataques a denunciarlos ante las instancias competentes con sus respectivas pruebas.

“Es un trabajo necesario, es una garantía constitucional buscar la información y entregarla. El periodista no se debe a un trabajo egoísta per se, es un trabajo que debe entregarse a la comunidad”, dijo.

Se llama Skarlyn Duarte, por Gonzalo Himiob Santomé

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Su nombre es Skarlyn Duarte y yo, que soy su abogado, no he podido visitarla. La última vez que logré entrar al SEBIN, a la sede de El Helicoide en Caracas, no habían pasado ni diez minutos cuando los funcionarios de golpe dieron por finalizada la visita de todos los abogados. Después de eso traté de volver, y tras identificarme ante el oficial de guardia y esperar cerca de una hora, unos funcionarios armados hasta los dientes me hicieron saber que la Dirección les había ordenado que me “escoltaran” fuera de las instalaciones, pues yo no tenía autorizado el ingreso a la sede. De nada valieron mis quejas ni el hecho de que estoy acreditado por los tribunales como abogado defensor de varios de los que allí se encuentran injustamente detenidos. La ilegal orden fue directa y clara: No tengo derecho a visitar a allí a mis representados, y ni siquiera puedo permanecer en la sede. Tras alegar en ese momento, infructuosamente, lo que la ley y la Constitución me permitían alegar, lo único que pude hacer fue decirles que yo no me movería de allí, y que si querían sacarme de allí tendrían que golpearme o que cargarme ellos mismos. No se atrevieron ni a lo uno ni a lo otro, pero allí se quedaron conmigo, rodeándome con esa cara que solo pone el que sabe que está sirviendo a quien no debe, hasta que el último de defensor que sí pudo entrar salió de su visita y no me quedó más que irme con él, lo cual hice, sobre todo, para que los demás colegas, y por encima de todo, los presos, no pagasen los platos rotos de mi rebeldía ante el evidente atropello del que estaba siendo objeto.

 

Pero Skarlyn sí está allí, desde agosto de 2014. La vinculan con unos mensajes supuestamente desestabilizadores que salieron de una cuenta en Twitter. La acusan por instigación, espionaje informático, acceso indebido y ultraje a funcionario público. En el expediente y formalmente, las “víctimas”, así entre comillas, de los que al menos a los ojos de la “revolución” son sus “graves pecados”, son Diosdado Cabello y Nicolás Maduro.

 

Este dato es importante. Los dos hombres más poderosos de Venezuela, los mismos que cuentan con infinitos recursos a su disposición para usar y abusar de ellos a placer, por temor a enfrentarse en el estrado a la verdad de una mujer, de una menuda y joven bailarina (en ese momento contaba poco más de 22 años), son los que desde hace casi tres años ya la mantienen encarcelada y sin derecho a que se realice siquiera su audiencia preliminar, que al día de hoy ha sido diferida 36 veces (sí, así como se lee) por “inasistencia de las víctimas”. Cabello y Maduro han sido citados todas las veces, las 36 veces, y si no han querido asistir o excusarse eso es su responsabilidad. La ley dice que el proceso debe continuar entonces, pero no continúa y sigue en el limbo. Así es la administración de injusticia en Venezuela.

 

Skarlyn es hija de Virginia y de Óscar. Su padre murió hace unos meses, se lo llevó el cáncer, o la tristeza, nunca se sabrá, y Skarlyn no pudo despedirlo. Si le preguntas a Skarlyn, ella te dice que el momento más difícil de su encierro comenzó cuando su madre le informó que su papá estaba enfermo y que su condición era irreversible, y que su mayor dolor, que guardará toda su vida, es que no pudo estar con él en sus últimos momentos. No la dejaron tampoco asistir a su funeral. Yo, como padre de una niña, que conozco muy bien ese vínculo especial que nos une a los padres con nuestras hijas, no quiero siquiera asomarme a la tristeza que debió haber sentido también Óscar al saber que tendría que irse sin haber podido abrazar, así fuera una última vez, a su pequeña danzarina. Seguro es que desde donde esté vela por ella, los nos aman así nunca se van realmente, pero nada más escribir sobre esto trae lágrimas a mis ojos. Es la muestra clara de que las consecuencias de la injusta prisión no se quedan solo en quienes están tras las rejas, sino que se extienden, perversas, a todos los que les son cercanos.

 

Ella es una muchacha emprendedora, enfocada en sus metas y para nada conformista. Es bailarina profesional, especializada en Salsa Casino y yo, que no bailo ni “pasito tun tun”, siento admiración y hasta una sana envidia de ella. Desde chiquita quiso serlo, me cuenta su mamá, Virginia, y su familia siempre la apoyó. Su sueño era destacar en la danza y representar a Venezuela dejando siempre el nombre de nuestra nación bien en alto, y se daba con ahínco a ello. Para Skarlyn, los recuerdos más hermosos que guarda tienen que ver con eso, con la danza, con los concursos que ganaba y con los triunfos que compartía con su familia, que se siente orgullosa de ella. Y tienen buenas razones para ello. Aún desde la oscuridad de su encarcelamiento, Skarlyn se anima a sacar lo mejor de lo malo, a crecer como mujer y como ser humano. Se ha descubierto mucho más fuerte de lo que creía ser, ha aprendido a ser más tolerante y a valorar más a sus seres amados. Su llamado es a no rendirse, pide que nos reencontremos con las luces de lo que fuimos y que, aunque solo ella sino todos nosotros estemos de alguna manera también encarcelados, no perdamos la Fe. Ella no pierde sus esperanzas, a pesar de todo lo que ha pasado sigue pensando que Venezuela es el mejor país de mundo, y que a nosotros nos toca rescatarlo.

 

Sin embargo, Skarlyn ya no baila. El breve espacio entre los barrotes de la indignidad no da para eso. En su casa, su cuarto sigue vacío y las vistosas y sensuales galas que lucía cuando danzaba sonriente su pieza favorita, “De qué estamos hablando” de “Elito Revé y su Charangón”, siguen esperando ansiosas su regreso a las tablas. Dos hombres poderosos, y todos sus secuaces, vestidos de intolerancia y de odio han puesto, por ahora, el sueño de una joven mujer en puntos suspensivos ¿Qué está pasando? Sean ustedes los jueces, porque los que están encargados de su causa no se atreven a darle la libertad que le corresponde legalmente a Skarlyn porque los nombres de las supuestas “víctimas” de sus pretendidas felonías pesan demasiado. Y el miedo, lamentablemente, es por ahora la regla.

 

Yo sigo soñando con que algún día, ojalá no muy lejano, la libertad de todos los injustamente encarcelados se haga realidad. Sueño con que Skarlyn pueda volver a ver la luz del sol y pueda de nuevo abrazar a su familia y danzar al ritmo de la libertad. Quisiera verla cumpliendo sus sueños y los nuestros. No sé, quizás entonces ella pueda curar o al menos aliviar sus heridas, seguir creciendo como mujer y como persona y también se anime a enseñarme, si es que me tiene paciencia, uno o dos pasos de Salsa Casino, tal vez al son de alguna pieza de Elito Revé.

@HimiobSantome

Exigen que Venezuela y Ecuador respeten la libertad de prensa

Prensa2

 

La directiva de la Asociación Mundial de Periódicos y Editores de Noticias (WAN-IFRA, en inglés) exhortó a los presidentes de Ecuador y Venezuela, y especialmente al presidente de la Asamblea Nacional venezolana, Diosdado Cabello, a poner fin inmediatamente toda forma de intimidación en contra de la prensa independiente en sus respectivos países.

Tras su reunión celebrada el 31 de mayo en Washington, durante el 67º Congreso Mundial de Medios Informativos, el 22º Foro Mundial de Editores, el 25º Foro Mundial de Publicidad, la WAN-IFRA emitió un comunicado en el que expresa su preocupación por la sistemática falta de respeto a la opinión crítica en Venezuela y en Ecuador. «El uso de herramientas judiciales y regulatorias destinadas a crear una atmósfera de intimidación y miedo revela la naturaleza autoritaria de estos gobiernos».

En consecuencia «exhortan al presidente Nicolás Maduro y al presidente de Ecuador Rafael Correa a que pongan fin inmediatamente a toda forma de hostigamiento, violencia y presión judicial para garantizar un ambiente de debate público que sea independiente, donde se puedan expresar libremente y sin miedo alguno las opiniones críticas y disidentes».

Señalaron que a principios de mayo de este año, un tribunal de Venezuela prohibió que 22 ejecutivos de medios de noticias salieran del país. Dichos ejecutivos fueron mencionados en un juicio por difamación que entabló, el 23 de abril, Diosdado Cabello, el presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, en respuesta a la publicación por parte de tres medios de comunicación (El Nacional, un diario de Caracas, Tal Cual, un semanario, y La Patilla, un sitio de noticias en línea) de una noticia tomada del diario ABC sobre los vínculos deCabello con un cártel de tráfico de drogas.

Diosdado Cabello dijo en su programa de televisión que él había pedido específicamente al poder judicial que impusiera la prohibición a los profesionales de los medios. La situación preocupa al directorio de WAN-IFRA ya que dicha medida parece ser «desproporcionada y absolutamente irregular pues ninguno de los ejecutivos de los medios afectados había sido convocado por los tribunales en ese momento».

Por su parte, en Ecuador, el gobierno está imponiendo multas sistemáticamente a los medios que no publican rectificaciones o noticias de «interés público». El 13 de mayo, la «Supercom» (Superintendencia de Comunicaciones), que es el ente regulador creado por la Ley de Comunicaciones, impuso una multa de 3.540 dólares estadounidenses al diario La Hora por no publicar las cuentas públicas de un alcalde local, lo que era considerado un tema de «interés público». Habiendo recibido más de diez denuncias similares en los últimos años, el diario se negó a pagar y se declaró «en oposición» a la medida.

Corte-IDH: No es delito reproducir información de otros medios

MediosNacionales

 

En 1776, 239 años antes de que la posibilidad de reproducir información elaborada o divulgada por terceros comenzara a ser una práctica tan sencilla y habitual como retuitear, los tribunales británicos determinaron que ello no constituye delito.

La sentencia correspondiente al caso Curry vs Walter es el germen de la doctrina del reporte fiel. Un juez del Reino Unido determinó que la publicación de una información que dos magistrados consideraron injuriosa era legal, pues correspondía a un relato de dominio público.

La doctrina del reporte fiel se ha desarrollado vigorosamente en todos los países democráticos del mundo, en beneficio del derecho ciudadano a informar y a estar informado, sobre todo sobre asuntos de interés públicos. Sin embargo, el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, actuó en sentido contrario al acusar de difamación agravada continuada a 22 directivos de El Nacional, Tal Cual y La Patilla, por hacerse eco de las noticias publicadas por el diario español ABC que vinculan al funcionario con el tráfico de drogas, a partir de declaraciones de Leamsy Salazar, ex jefe de seguridad de Cabello.

El expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Comisión Internacional de Juristas Pedro Nikken considera que “en un mundo globalizado es  absurdo pretender que se castigue a un periodista o a un medio por reproducir fielmente, sin agregar nada o hacer juicio de valor,  lo que un medio extranjero ha publicado sobre un funcionario público”.

En opinión de Nikken la demanda de Cabello amenaza el derecho de saber, por parte de los venezolanos, y el derecho de hacer saber por parte de los medios venezolanos.

“Lo que procura este tipo de demandas  o este tipo de sentencia, (pues en Venezuela uno puedo presumir que lo que demando Cabello va a ser acogido por los jueces) es acallar a la prensa, la autocensura. Lo peor que puede pasar en una sociedad en es cunda el miedo a informar”, expresó Nikken.

La Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también ha reivindicado la doctrina del reporte fiel. “La democracia requiere que el debate público sea fluido y amplio. La publicidad de información proveída por terceros no debería verse restringida por la amenaza de responsabilizar al informador simplemente por reproducir lo manifestado por otro. Indudablemente esto implicaría una restricción innecesaria que limita considerablemente el derecho de todas las personas a estar informado”, se indica en el informe anual correspondiente a 1999.

Nikken considera imprescindible tener en cuenta el contexto: “No solo se trata de la demanda de Cabello contra El Nacional, Tal Cual y La Patilla; ni  la anterior que interpuso contra Carlos Genatios y los directivos de Tal Cual. Se trata del desprecio a todos los estándares y obligaciones internacionales relativas a democracia y derechos humanos”.

El jurista asegura que las bases de esta política de Estado las echó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente a través de las sentencias 1013 y 1942 de la Sala Constitucional (ambas elaboradas por Jesús Eduardo Cabrera), según las cuales cualquier sentencia internacional requería una especie de pasavante, a efectos de su ejecución en Venezuela.

Con fundamento en una controversial interpretación del principio de soberanía, el Estado venezolano ha desconocido las sentencias de la Corte Interamericana  y, en 2013, denunció la Convención  Americana sobre Derechos Humanos. “Y más recientemente –acotó Nikken- esta política se ha ejecutado con  los insultos a los autoridades de Naciones Unidas, por su exigencia del cese de la represión en Venezuela y la liberación de los presos políticos”.

El estándar. El reporte fiel constituye un estándar del sistema interamericano de protección de los derechos humanos establecido mediante el caso Mauricio Herrera Ulloa vs Costa Rica.

En 1995, Herrera Ulloa, periodista del diario La Nación hizo una reproducción parcial de reportajes de la prensa escrita belga que atribuían al diplomático Félix Przedborski, representante ad honorem de Costa Rica en la Organización Internacional de Energía Atómica en Austria, la comisión de  delitos vinculados con el tráfico de armas. Cuatro años más tarde, un tribunal penal costarricense condenó a Herrera Ulloa “porque éste no logró probar la veracidad de los hechos atribuidos por diversos periódicos europeos al señor Félix Przedborski”.

El 2 de julio de 2004, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentenció que “el efecto de esta exigencia resultante de la sentencia conlleva una restricción incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana, toda vez que produce un efecto disuasivo, atemorizador e inhibidor sobre todos los que ejercen la profesión de periodista, lo que, a su vez, impide el debate público sobre temas de interés de la sociedad”.

El fallo precisa que “el periodista Herrera Ulloa se limitó básicamente a la reproducción de estas informaciones que atañían, como se ha dicho, a la conducta de un funcionario público en el extranjero”.

El expresidente de la Comisión Interamericana de derechos Humanos Carlos Ayala Corao, quien junto con Nikken intervino en el caso como representante de Herrera Ulloa, recuerda los alegatos a favor de Herrera Ulloa y La Nación.

“Al imponer sanciones penales para proteger la honra y reputación del señor Przedborski, cónsul honorario de Costa Rica, dicho Estado provocó un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión y sobre la emisión de información referente a asuntos de interés público que involucra a funcionarios públicos”, se razonó.

“El derecho a buscar información debe ser entendido en el más amplio sentido. Nada más normal, dentro de la comunicación social, es que los diferentes medios se hagan eco de lo publicado por otros; y mucho más aún, que el medio de comunicación de un país determinado, busque, halle y difunda lo que en la prensa extranjera se publica sobre temas relacionados con ese país, tanto más si involucran a funcionarios públicos”, se refiere en el fallo.

Contra el autoritarismo

Luego de aclarar que no era el caso de Costa Rica, el juez de la Corte Interamericana Sergio García Ramírez, advirtió a través de un voto concurrente que acompaña la sentencia del caso Herrera Ulloa que “en un ‘ambiente político autoritario’ se recurre con frecuencia al expediente punitivo: éste no constituye el último recurso, sino uno de los primeros, conforme a la tendencia a ‘gobernar con el Código penal en la mano’, una proclividad que se instala tanto sobre el autoritarismo, confeso o encubierto, como sobre la ignorancia, que no encuentra mejor modo de atender la legítima demanda social de seguridad”.