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Decretan que los extranjeros en Venezuela deben pagar trámites y documentos en dólares

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El Ejecutivo Nacional decretó el pasado 22 de septiembre que los extranjeros en Venezuela que estén en condición de “no migrantes” o “transeúntes” deberán cancelar en moneda extranjera todos los trámites de actos o documentos vinculados a migración y extranjería. Así lo establece el decreto número 3.090 publicado en Gaceta Oficial 41.242.

La Gaceta indica que “se establece el cobro en moneda extranjera de todos los actos o documentos vinculados a migración y extranjería, aplicable a todos los extranjeros y extranjeras que se encuentran en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela en condición de no migrantes o de transeúntes que perciban ingresos comprobables en divisas,  de conformidad con las disposiciones previstas en la normativa legal que rige en materia de migración y extranjería”.

Las transacciones se harán con operaciones electrónicas a través de instituciones financieras que pertenezcan a la banca pública nacional. “Los montos exigidos en moneda de curso legal de los trámites en materia de migración y extranjería deberán reconvertirse en el equivalente al tipo de cambio vigente para el pago de obligaciones tributarias y precio público fijado por el Banco Central de Venezuela”, detalle el texto legal.

Ya en abril de 2016 el Gobierno estableció una medida para el cobro de servicios en moneda extranjera, como fue el Convenio Cambiario número 36 del Banco Central de Venezuela, en el cual se establecen las normas para las operaciones en divisas efectuadas por prestadores de servicios turísticos que operen turismo receptivo, así como los pagos de mercancías destinadas a la venta de a pasajeros.

En el Convenio de la Gaceta Oficial 40.881 de fecha jueves 07 de abril de 2016, se autorizó a los hoteles con categorías de 4 estrellas y a los pertenecientes a la Red de Hoteles de  (Venetur) a la adquisición de divisas en moneda nacional para la compra de billetes extranjeros a los visitantes no residentes.

Maduro ordena rebajar 2% del IVA a quienes realicen operaciones electrónicas

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El ministro para la Comunicación, Ernesto Villegas, informó este martes que desde ahora se hará el 2% de descuento del Impuesto de Valor Agregado (IVA) para todas las operaciones bancarias por vía electrónica, esto incluye el uso de tarjeta en puntos de venta y transferencias online.

Villegas leyó en un comunicado las nuevas decisiones financieras en el marco de los cambios económicos que ejecuta desde el pasado domingo 11 de diciembre el Gobierno nacional, cuando indicó la recolección en 72 horas siguientes del billete de 100 bolívares en todo el país.

“El presidente ha ordenado a la Superintendencia de Bancos la máxima simplificación de los trámites necesarios para la apertura de cuentas bancarias, por parte de nuestro pueblo, manteniendo el más estricto control para la prevención y combate a la legitimación de capitales. Asimismo, como estímulo para el uso de las operaciones de banca electrónica, instruyó al Seniat y a la Superintendencia de Bancos a fijar de inmediato una rebaja del 2% al Impuesto de Valor Agregado (IVA) para las compras canceladas electrónicamente mediante tarjeta bancaria o transferencia electrónica”, dice el escrito.

Por otro lado indicó el comunicado que se crearán tres nuevos productos financieros que remunerarán con 10% mensual depósitos por 30, 60 y 90 días.