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TSJ multó a ciudadano que denunció demolición de su residencia para construir casa del PSUV
Funcionarios de la Alcaldía de Caracas lo citaron y le informaron que en ocho días demolerían su residencia para construir una sede del PSUV, el afectado acudió al TSJ, pero terminó multado con Bs. 2.000. 

 

El portal Suprema Injusticia, iniciativa de Transparencia Venezuela, denunció que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) multó a un ciudadano que denunció la demolición de su residencia para construir una casa del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv). 

Alexander José Martineau Cedeño tenía 12 años viviendo junto a su familia en una casa que construyó en el oeste de Caracas y debajo de ella también edificó unos locales comerciales, de los que obtenía sus ingresos.

Sin embargo, en mayo de 2020, funcionarios de la Alcaldía de Caracas lo citaron y le informaron que en ocho días demolerían su residencia para construir una sede del PSUV. El afectado acudió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), pero terminó multado con Bs. 2.000. 

La decisión la adoptó la Sala Constitucional del TSJ en su sentencia número 542 del 16 de mayo de 2023, en la cual se declaró “incompetente” para conocer el asunto, por cuanto el mismo no iba dirigido contra un alto funcionario del Estado, sino contra la entonces alcaldesa de Caracas, Erika Farias 

Según señala Suprema Injusticia, la Sala no remitió el asunto al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo, sino que lo desechó y de paso multó con Bs. 2.000 a Martineau Cedeño, unos 78 dólares al cambio y consideró que este ciudadano al no mostrar interés en obtener respuesta, había actuado de manera “maliciosa”. 

Denuncia a la basura 

El dictamen afirma que desde el  25 de mayo de 2020, fecha en la cual se interpuso la presente solicitud, el demandante no realizó actuación procesal válida con el fin de impulsar el proceso y obtener la tutela constitucional demandada, por lo que la Sala calificó el estatus del trámite como en «abandono». La instancia se demoró tres años en emitir semejante pronunciamiento.  

La Sala Constitucional del TSJ ignoró las denuncias de Martineau Cedeño en relación con que no le dieron ningún escrito donde se anunciara la medida en contra de su vivienda para así poder ejercer las acciones legales correspondientes. 

“No hay procedimiento administrativo con respecto a ese caso, es una orden directa de la alcaldesa Erika Farías ya que el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) necesita ese espacio para construir una sede”, denunció el accionante. 

 

Detenidos funcionario del Seniat y cajera de banco del Tesoro por cobrar multa en dólares a pasajero

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Un funcionario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y una cajera del Banco del Tesoro fueron arrestados luego de que le cobraran una multa calculada en 400 dólares a un pasajero chino en el Aeropuerto de Maiquetía.

El pasajero denunció a José Solorzano y Liskeyla Rodríguez luego de que le cobraran el dinero por no presentar la factura de un material de muestra que traía en su maleta, reseñó La Verdad de Vargas.

Ambos fueron imputados por los delitos de agavillamiento y peculado doloso. Solórzano fue enviado al Rodeo III y Rodríguez al Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF).

Vea la nota completa en La Verdad de Vargas 

Odebrecht deberá pagar 2.600 millones de dólares en multas a Brasil, Suiza y Estados Unidos

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El conglomerado brasileño de la construcción Odebrecht debe pagar 2.600 millones de dólares en multas para dirimir los cargos que pesan en su contra por sobornar a funcionarios en una decena de países, ordenó el lunes el juez Raymond Dearie en Nueva York.

La orden se dio después de que se llegó a un acuerdo en diciembre.

En una breve audiencia realizada en un tribunal de Brooklyn, el juez Dearie impuso los términos del acuerdo de diciembre entre la compañía y los fiscales.

Como resultado, Odebrecht pagará casi 2.400 millones de dólares a Brasil, 116 millones a Suiza y 93 millones a Estados Unidos. La compañía además mantendrá a un monitor independiente que supervise el acatamiento.

En diciembre, Odebrecht se disculpó por su involucramiento en escándalos de corrupción que condujeron al arresto de sus ex directores y de varios de sus ejecutivos.

 

Abogados de Capriles explican que su inhabilitación es inconstitucional y parte de una retaliación política”

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Los abogados del Gobernador del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, declararon este martes 11 que su inhabilitación, la cual es la sanción accesoria de una multa, es inconstitucional. Además, señalaron que el proceso estuvo plagado de irregularidades al no realizar un juicio o permitir la defensa del afectado.

Rafael Chavero y Bernardo Pulido, abogados de Capriles, aseguraron que ejercerán todos los mecanismos legales nacionales e internacionales para revertir esta decisión.

La multa e inhabilitación contra el gobernador de Miranda parten de cuatro faltas que la Contraloría le adjudicó sin demostrar, ni dejar ver, prueba alguna, explicó Chavero. Más allá, la decisión tomada resulta inconstitucional, puesto que las sentencias solo pueden ser dictadas por tribunales en un juicio y no por la Contraloría, señaló en rueda de prensa.

La sentencia de la Contraloría rompe con las leyes venezolanos al pretender inhabilitar a un funcionario de elección popular, cuando solo tiene potestad para aplicarla a funcionarios administrativos. Las inhabilitaciones políticas que permite la Constitución son solo aquellas por «una sentencia penal definidamente firme que se haya determinado que el hecho es un delito contra el patrimonio público», declararon los abogados. Chavero consideró que «es el pueblo el que debe decidir que funcionarios quien puede representar quien ocupe un cargo o no».

Otra irregularidad es la naturaleza de la inhabilitación y la multa que esta acompaña. “Es una pena accesoria y la pena principal es la multa. No hubo daño patrimonial. La multa es por un monto bajo (Bs. 40.000) y la inhabilitación es por el término más alto (15 años)» por lo cual Chavero lo consideró como «un acto de babarie y de retaliación política”.

Comunicado de la Contraloría

El organismo especificó, en un comunicado, que estas acciones emprendidas por Capriles comprometieron el presupuesto público de la Gobernación de Miranda y que la inhabilitación comenzará a surtir efecto cuando el mandatario regional cese funciones como gobernante.

En el texto, firmado por el contralor Manuel Galindo, se dice que el dos veces candidato presidencial fue negligente “durante los años 2011, 2012 y primer trimestre del año 2013 (…) al no presentar el proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2013 ante el Consejo Legislativo del estado”.

También que Capriles celebró “convenios de cooperación internacional entre la gobernación a su cargo y las Embajadas de la República de Polonia y de Gran Bretaña, sin la autorización legal requerida”.

Finalmente, la Contraloría cita el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en la que se especifica que dicha institución es la única que puede imponer sanciones a actores políticos.

 

*Con información de El Universal

 

Laverdad.com Nov 16, 2015 | Actualizado hace 8 años
Polar impugnará multa impuesta por Sundde

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Alimentos Polar ha informado oportunamente sobre el impacto negativo en la producción de lavaplatos líquido y en crema, debido al retraso en la liquidación de dólares a los proveedores de materia prima e insumos, el rezago en la revisión de precios regulados y la limitada capacidad de producción por parte de los proveedores

Polar impugnará la multa impuesta por la Superintendencia Antimonopolio, por considerarla excesiva y poco razonable.

“Con base en los parámetros establecidos en el marco legal vigente y teniendo en cuenta que la información solicitada por el organismo fue entregada en su totalidad, la empresa impugnará en los tribunales competentes la resolución mediante la cual se impuso la multa”, afirmó Mayela Rojas, Representante Legal de Alimentos Polar Comercial.

Rojas explicó que Alimentos Polar recibió, en el mes de octubre, una solicitud de información por parte de la Superintendencia Antimonopolio que fue respondida en su totalidad, a pesar de que parte de estos requerimientos ya habían sido entregados con anterioridad. Esta nueva solicitud se suma a los 7 requerimientos de información recibidos por la empresa este año, sólo en la categoría de productos de limpieza.

La empresa asegura que la reducción en la asignación y los retrasos en la liquidación de los dólares a los proveedores extranjeros de sulfato de sodio, materia prima del lavaplatos en crema marca Las Llaves, ha impactado la capacidad de producción en este rubro. Por su parte, la producción del lavaplatos líquido se ha visto interrumpida debido a que el proveedor que prestaba el servicio, de manera unilateral, decidió suspender la manufactura y envasado de dicho producto.

Adicionalmente, en cuatro años, esta categoría ha tenido un único ajuste de precios, a pesar de que la inflación acumulada a la fecha alcanza 480%. La falta de ajuste del precio regulado no permite cubrir los costos de producción y constituye una violación a lo establecido en la Ley Orgánica de Precios Justos, según la cual toda actividad productiva debe tener un margen de ganancia razonable.

Alimentos Polar considera que esta medida forma parte de los ataques y el ensañamiento en contra de la empresa y reitera su llamado a las autoridades para que se atienda la problemática que actualmente afecta al sector, mediante la fijación de un precio justo y la garantía de acceso oportuno y suficiente a las materias primas e insumos que no se consiguen en el país, con el fin de incrementar la producción nacional.

Sundde sancionó a Makro por casi 4 millones de bolívares

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La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) sancionó con 25.000 Unidades Tributarias (U.T.), equivalentes a Bs. 3.750.000, al establecimiento Makro, ubicado en el municipio Araure del estado Portuguesa, por condicionar la venta de artículos regulados.

La coordinadora de la entidad, Selua Daboin explicó que llegaron al sitio a través de una denuncia de un usuario. De inmediato se envió un grupo de fiscales, quienes procedieron a hacer un recorrido por el establecimiento (vitrinas y depósitos), donde evidenciaron el condicionamiento de la venta de artículos regulados.
“A los usuarios con carnet comercial los obligaban a realizar compras mixtas para así lograr adquirir los productos de primera necesidad (arroz y caraotas al mayor), puntualizó la titular regional de la Sundde.
La comercializadora incumplió el artículo 63 (Condicionamiento) de la Ley Orgánica de Precios Justos, por ello la medida preventiva aplicada fue la venta inmediata sin ningún condicionamiento, informó la Sundde en un comunicado de prensa.

 

Broma sobre explosivo le costó a este venezolano $89.000

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El viajero venezolano que en octubre de 2014 bromeó con que llevaba explosivos en su equipaje en el Aeropuerto de Miami y provocó que las autoridades declarasen una alerta de seguridad en dos terminales, pagó hoy una multa de más de $89.000.

Manuel Alvarado entregó un cheque de $83.500 al aeropuerto de Miami y otro de $5.600 a la policía del condado de Miami-Dade.

Alvarado se disculpó por escrito de sus acciones, que obligaron a cerrar partes del aeropuerto durante unas 3 horas y causaron demoras en los vuelos de 5 líneas aéreas

“La gente hace estos comentarios estúpidos todo el tiempo, y piensan que es gracioso, pero si quieren ser graciosos en este aeropuerto, les vamos a mostrar lo que ser gracioso significa“, dijo Emilio González, director de MIA.

Sudeban impuso multa a Bancaribe por estimar incumplimientos con la gaveta agropecuaria

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La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) decidió mantener una multa por Bs. 2,81 millones a Bancaribe, al estimar incumplimientos con la gaveta agropecuaria a las fechas 30 de Mayo y 30 de Junio de 2014 y no asumir los alegatos expuestos por la entidad.

Según los análisis, Bancaribe presentó en Mayo 2014 un cumplimiento de 18,04%, frente al 22% exigido; en Junio 2014, el cumplimiento fue de 20,3%, frente al 23% exigido. En términos absolutos, el déficit fue de Bs 1,14 millardos y Bs 778 millones, respectivamente.

Sudeban no acogió los planteamientos presentados por la entidad, a saber la falta de demanda por parte del sector, motivada entre otros factores por la no disponibilidad de insumos para la producción, con la consecuente reducción de las áreas de cosecha agrícola. A su vez, el sector ganadero tampoco contó con disponibilidad de alimentos para el ganado, causando igualmente una caída en la demanda de crédito.

Sudeban tampoco acogió la especial circunstancia de un efecto restrictivo causado por la baja disponibilidad de repuestos para reparar máquinas dañadas lo que, además de mermar la producción, la ejecución de muchos créditos ya aprobados tuvieron que ser diferidos y reprogramados dentro de las prácticas de minimización del riesgo, para ser liquidados meses después.

El proceso fue abierto por Sudeban el 28 de Octubre de 2014, pero el organismo desestimó el hecho demostrado de que Bancaribe cumplió por encima de los límites exigidos entre Julio y Octubre, al desaparecer las causas que le condujeron al incumplimiento causado por la desmotivación de la demanda de crédito.

La decisión de Sudeban, aparecida en Gaceta Oficial No. 40.652 del 4 de Mayo de 2015, hoy en circulación, es apelable mediante recursos de Reconsideración o Anulación, pero la historia judicial de la última década indica, invariablemente, todos los fallos a favor del Estado y ninguno a favor del recurrente.