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Claves | En 2023 Ipys Venezuela contabilizó 349 vulneraciones a libertades informativas

El Instituto Prensa y Sociedad (Ipys) informó que durante el año 2023 se produjeron 349 vulneraciones a las libertades informativas en Venezuela.

En su reporte anual titulado “En el laberinto de la censura”, Ipys presentó varios datos que ilustran las limitaciones que tuvo la prensa el año pasado. 

En un contexto de persecución, criminalización y violaciones a las garantías informativas, periodistas, medios de comunicación y actores de la sociedad civil, no solo se enfrentaron a bloqueos, persecuciones, restricciones al acceso a la información pública y la opacidad; también a agresiones físicas. 

A continuación las seis claves más importantes del reporte anual de Ipys sobre la libertad informativa en Venezuela:  

Entre enero y diciembre de 2023, el IPYS Venezuela registró 233 casos que sumaron 349 vulneraciones a las libertades informativas de trabajadores de la prensa y defensores de derechos humanos. 

Estos agravios fueron agresiones físicas o verbales (95), hechos de discurso estigmatizante (72), restricciones en internet (58), limitaciones de acceso a la información (43), actos de censura (33), restricciones administrativas (30), acciones de hostigamiento judicial (15) y en tres oportunidades se registró el indicador transversal de alerta de género.

libertades informativas

Mayo, con 30 casos, fue el mes en el que se registraron más incidentes, de los cuales seis ocurrieron en el marco de la detención de Ernesto Paraqueima, exalcalde de El Tigre, en Anzoátegui. Los demás sucesos se distribuyen de la siguiente manera: enero (23), febrero (18), marzo (22), abril (14), junio (17), julio (11), agosto (20), septiembre (22), octubre (18), noviembre (16) y diciembre (22).

El estado Trujillo y el Área Metropolitana de Caracas fueron las entidades donde ocurrieron más ataques contra la prensa, con 13 casos cada una. En el estado andino, ocho de ellos fueron agresiones verbales por parte del gobernador Gerardo Márquez, mientras que en la región capital hubo 7 hechos de hostigamiento judicial. Con 12 casos cada una, también destacaron Bolívar y Táchira, en las que cinco de sus incidentes fueron agresiones físicas o verbales.

Estas agresiones afectaron a 215 personas que incluyen a 142 reporteros, 12 locutores, 11 reporteros gráficos, 11 directivos de medios, ocho camarógrafos, ocho conductores de televisión, cuatro familiares de periodistas, tres editores, tres representantes gremiales, tres activistas por los derechos humanos, dos escritores, dos funcionarios públicos, un corresponsal extranjero, un articulista, un caricaturista, un coordinador, un productor y un trabajador administrativo de un medio de comunicación.

Los principales victimarios registrados durante 2023 fueron los actores desconocidos (47), presentes principalmente en casos de suplantaciones de identidad de periodistas o medios de comunicación, así como en insultos contra reporteros en entornos digitales; los cuerpos de seguridad del Estado (30), responsables en varios actos intimidatorios o de restricciones de acceso a la información, y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (19), ente que ordenó la salida del aire de 15 emisoras.

Esto dijo Nelson Bocaranda a su regreso a la radio

 

 

ESTIMADOS RADIOESCUCHAS:

Más de 20 años en los circuitos de Unión Radio contando con su confianza me obligan a ser muy sincero con ustedes ante la situación tan negativa que hoy tenemos por parte del gobierno venezolano contra las libertades constitucionales de todo tipo, incluyendo la Libertad de Expresión e Información.

En el caso mío han conllevado hasta el secuestro de mi pasaporte hace ya más de cinco meses por parte de un gobierno cobarde que no me ha dado la cara a pesar de mis insistentes visitas al SAIME.

La censura que el gobierno de maduro impone a los radiodifusores nos obliga a ser muy cautelosos en nuestras palabras pues regímenes así se valen de cualquier desliz en una de sus prohibiciones para cerrar medios y dejar sin empleo a miles de personas que dependen de nuestro trabajo.

Entendiendo la necesidad de comunicarles información privilegiada, información y noticias de nuestros colegas compañeros en la radio como siempre hemos venido haciendo. No podemos hablar en cuti ni en Papiamento, mucho menos por señas a no ser que sea por Skype. Debemos ignorar los acontecimientos de los últimos días y sobretodo lo que tenga que ver con las acciones y trabajo de los diputados demócratas.

Sin embargo haremos los esfuerzos para seguir informando pues a Ustedes nos debemos.

Sabemos que nos disculparán y que volveremos a poder hablar como siempre lo hemos hecho.

Gracias de nuevo a Ustedes y a nuestros compañeros en Éxitos.

IPYS presentó su informe 2016 sobre la censura y autocensura en Venezuela

IPYS Informe 2016

 

Por tercer año consecutivo, el Instituto de Prensa y Sociedad de Venezuela presentó su informe sobre el ejercicio de periodismo en el país. La presentación de los hallazgos estuvo a cargo de la directora ejecutiva de IPYS, Marianela Balbi y de la directora de libertades informativas de la organización, Mariengracia Chirinos.

El estudio contó con una muestra de 252 periodistas de medios privados, independientes y comunitarios. Abarcó las principales tendencias y patrones del ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información durante el año pasado.

«Esta investigación comprende las 10 categorías de monitoreo e investigación de IPYS Venezuela, que se inspiran en los estándares nacionales e internacionales de libertad de expresión acceso a la información pública, las normativas que afectan libertad de expresión, las agresiones contra periodistas y los ataques a los medios de comunicación, las obstrucciones de la libertad en la red, el uso abusivo del poder estatal en materia de comunicaciones, la censura previa, la censura interna, la censura indirecta y la impunidad», explican en su página web.

 

IPYS Estudio 2016

 

Principales hallazgos 

 

86% de los consultados llegó al consenso de que el principal problema para el periodismo en Venezuela lo representa el cierre de las fuentes de información de interés público, manejadas por instancias estatales y no estatales. Este grupo ha enfrentado la opacidad a ritmos diferentes. Para 51% de los periodistas el cierre de fuentes de información fue una dificultad de alta frecuencia, mientras que para 23% ocurrió medianamente y para 12% fue poco frecuente.

Con alta, mediana y poca regularidad, 87% los periodistas fueron afectados por las negativas de funcionarios a ofrecer declaraciones sobre informaciones de interés público. A 48% de este grupo, esta situación le ocurrió con una alta frecuencia. Esta misma práctica fue asumida en el sector no estatal de la sociedad, pues 75% de los consultados indicó que también recibió negativas constantes de voceros de instituciones privadas e independientes a ofrecer declaraciones sobre asuntos de interés público.

Mientras tanto, 82% evidenció que el fenómeno de la opacidad se manifestó a través del ocultamiento y las dificultades para acceder a documentos y datos oficiales relacionados con el acontecer de la política, la economía y el ámbito social del país.

La opacidad tomó diversos matices y copó los espacios de la deliberación pública. Tanto así que llegaron a ser recurrentes las restricciones para el acceso y la consulta de contenidos en internet, de acuerdo con la opinión de 57% de los consultados, quienes refirieron haber tenido este tipo de impedimentos en diversas frecuencias.

Censura 2016

 

De acuerdo a la percepción de 74% de los periodistas que participaron en esta investigación, los organismos de salud pública están entre las principales instituciones que aprietan el tornillo de la opacidad en Venezuela. Al menos 45% de ellos tuvieron obstáculos con alta frecuencia para hacer su labor periodística en centros de asistencia médica en el país.

Esta práctica de opacidad también involucró a otros actores de la salud del sector privado. Las empresas de la industria farmacéutica también se negaron a rendir cuentas sobre el manejo de medicamentos en el país, según la percepción de 54% de los encuestados.

Opacidad 2016 IPYS

 

 

Los periodistas -en distintas escalas- se toparon con prácticas de opacidad, principalmente, en grupos de manifestantes violentos (58%); partidos políticos (58%) y también en empresas productoras, distribuidoras o comercializadoras de alimentos (57%).

Los periodistas percibieron las dificultades más reiteradas de acceso a la información entre los proveedores de la industria petrolera e industrias básicas (22%); bancos y casas de bolsa (20%); las empresas importadoras (19%); y los movimientos paraestatales (15%).

Los periodistas que contribuyeron con este estudio, ubicaron en primer lugar a los organismos de salud pública. Con altas recurrencias aparecieron las instituciones del poder ejecutivo: los ministerios (42%); los organismos tributarios (31%); la Presidencia de la República (30%); las gobernaciones (29%); la Fiscalía General de la República (29%); la Contraloría General de la República (22%); y la Defensoría del Pueblo (22%).

 

IPYS 2016 Opacidad

 

 

Puede consultar el informe completo siguiendo este enlace.

EPU: Gobierno aceptó 20 de las 34 recomendaciones que recibió en materia de libertad de expresión

Libertad-de-expresión

Tras el Examen Periódico Universal que presentó Venezuela en noviembre de 2016, el mayor número de recomendaciones que recibió el Estado (34) fueron relativas a la protección del derecho humano a la libertad de expresión e información

 

El jueves 16 de marzo de 2017 vence el plazo para que el Gobierno venezolano se pronuncie en torno a las 274 recomendaciones que hicieron los 102 países que participaron en el Examen Periódico Universal -EPU-, presentado por Venezuela en noviembre de 2016 ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra.

No obstante, ya se conoce el borrador del documento que presentará la delegación venezolana a las 4 a.m. (hora venezolana), ante dicho Consejo.

En materia de libertad de expresión, protección a periodistas y acceso a la información, el gobierno de Maduro aceptó 20 de las 34 recomendaciones recibidas. En el texto se argumenta que dichas recomendaciones se aceptaron porque «ya se están implementando».

«En Venezuela está prohibida toda restricción al libre ejercicio de derechos consustanciales con nuestra vida democrática, tal es el caso del derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información que no pueden restringirse, ni siquiera bajo las normas del estado de excepción constitucional», sostiene el Gobierno venezolano en el texto.

Esta es la segunda vez que Venezuela presenta el examen en derechos humanos de la ONU. La primera vez, en 2011, Venezuela rechazó las 13 recomendaciones recibidas en este tema.

 

 

¿Realmente el Estado defiende la libertad de expresión?

Pese a lo que argumenta la delegación venezolana en el documento que presentará ante la ONU, la realidad arroja un balance distinto. El Instituto de Prensa y Sociedad revela que solo en 2016 se registraron 763 violaciones a la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información. Esa es una de las razones por las cuales 33 países se pronunciaron sobre este tema en noviembre de 2016.

IPYS indica que entre las violaciones más recurrentes (194 de las 763) está el uso abusivo del poder estatal para ejercer censura. El limitado acceso a internet y los bloqueos a páginas de información también se cuentan como violaciones al derecho a la libertad de expresión e información. 18 países hicieron recomendaciones específicamente sobre este punto.

10 Estados se pronunciaron sobre las agresiones y ataques contra periodistas y medios de comunicación, al tiempo que 6 naciones recomendaron a Venezuela garantizar el acceso a la información pública.

En la siguiente infografía se detallan cuáles son las violaciones a la libertad de expresión que ha registrado IPYS durante los últimos años.

EPU Libertad de Expresión

 

Periodista Maolis Castro notificó en Fiscalía amenaza del jefe del Ceofanb

 

MinisterioPúblico2

 

Este martes 13 de septiembre, la periodista Maolis Castro acudió a la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales del Ministerio Público para notificar lo que considera una amenaza del jefe del Estado Mayor Conjunto del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb).

La comunicadora llegó al referido organismo asistida por la abogada Rocío San Miguel, presidente de la Organización No Gubernamental (ONG) Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional.

De acuerdo con lo denunciado por la ONG, la periodista recibió la amenaza el día domingo 11 de septiembre de 2016, a través de dos mensajes directos a su cuenta personal de Twitter,  enviados por el Contraalmirante Ceballos Ichaso desde su cuenta @CeballosIchaso, luego de publicar un reportaje de su autoría en el sitio web www.armando.info (Armando Info), en el que se dan a conocer presuntas irregularidades administrativas, que habría cometido el oficial durante su gestión en la Primera Brigada de Infantería de Marina CN. Manuel Ponte Rodríguez de la Armada, entre los años 2010 y 2012.

Ese mismo día, el Contraalmirante Ceballos Ichaso le envió a la reportera los siguientes mensajes: “Todo eso es falso no me interesa”, “Todo en esta vida se paga el tiempo de Dúos es perfecto” (SIC).

A través de un comunicado difundido ayer, Control Ciudadano afirma que Castro sustentó su reportaje en documentos a los que tuvo acceso en su condición de periodista.  «Realizó su trabajo periodístico de forma responsable, sustentada en los artículos 57 y 58 de la Constitución, que garantizan los derechos a la información y a la libertad de expresión y 28 que protege el secreto de las fuentes de información periodística. Dos semanas antes de la publicación del trabajo intentó contactar vía telefónica y por correo electrónico al Contraalmirante Ceballos Ichaso, para obtener su versión sobre los hechos, pero no recibió respuesta»,  agrega el texto.

La ONG insta al  Ministerio Público a investigar las amenazas recibidas por Maolis Castro y a tomar acciones para que se garantice su integridad, conforme al artículo 46 de la Constitución que establece: “Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral” y el artículo 55 que contempla: “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes”. De igual forma a que se establezcan sanciones en caso de determinarse responsabilidad por violación de derechos humanos, tomando en cuenta la perspectiva de género, que impone una obligación reforzada al Estado venezolano de actuar con debida diligencia a partir de las disposiciones existentes en materia de los derechos de las mujeres, como los establecidos en la Convención Belém do Pará.

Control Ciudadano hace un llamado al Contraalmirante Remigio Ceballos Ichaso para que cesen las amenazas e intimidación contra la periodista y a que, de considerarlo necesario, siga la vía constitucional y haga uso del derecho a réplica garantizado en el artículo 58 de la Carta Magna. Sin embargo, le recuerda que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad.

 

Reporte de Espacio Público: La difícil tarea de informar antes y durante el #1S

 

periodismo

Como cada principio de mes, Espacio Público, Organización No Gubernamental (ONG) dedicada a la promoción y defensa de la libertad de expresión, el derecho a la información y la calidad de los medios de comunicación, emitió el balance correspondiente a su monitoreo de los treinta días previos.

De acuerdo con el informe de la agrupación, difundido este viernes 9,  agosto transcurrió marcado por la gran expectativa en torno a la agenda desarrollada por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) para empujar la activación, este mismo año, del proceso revocatorio al mandato del presidente Nicolás Maduro, y cuya principal acción fue la denominada Toma de Caracas el 1 de septiembre.

Espacio Público indicó que los casos registrados estuvieron asociados a los preparativos para la cobertura noticiosa de las manifestaciones opositoras:

«El primer paso fue  impedir la entrada de la prensa internacional al país. El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) se convirtió en el brazo ejecutor de algunos de estos impedimentos, pues solicitaron a los reporteros de CNN en Español la nacionalización de sus equipos; es preciso señalar que este proceso no es necesario porque son equipos que están en uso y que saldrán del país al terminar la cobertura», afirma la ONG.

Lo siguiente fue la deportación. Ocho periodistas pertenecientes a Al Jazeera (5), Radio Caracol Radio (1), Le Monde (1) y NPR (1), fueron expulsados de Venezuela apenas llegaron para hacer la cobertura de las mencionadas manifestaciones. Espacio Público pudo comprobar que en algunos casos las autoridades de Migración ya sabían que estas personas eran periodistas, antes de que ellos se lo dijeran.

La ONG  explica que cuando un equipo de prensa internacional se dispone a realizar un trabajo periodístico en Venezuela no existe un mecanismo de acreditación transparente que impida la arbitrariedad.  «Hay un conjunto de requisitos que aún cuando los periodistas o sus medios los completan, no reciben respuesta por parte del Ministerio de Comunicación e Información; en otros casos se les incluye una solicitud de visa que deben tramitar en el Consulado venezolano en el país de origen, donde tampoco obtienen respuesta», denuncian.

Espacio Público asevera que el mes pasado el Gobierno también se esforzó en inducir censura previa, esto a través de un comunicado del Directorio de Responsabilidad Social de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), «parecido al que en 2014 provocó la salida del aire del canal NTN24».    En vísperas del 1S, además de expresar su completo respaldo al presidente Maduro, el organismo regulador advirtió: «No se tolerarán irresponsabilidades mediáticas destinadas a reproducir un escenario similar al del 11 de abril de 2002 y de principios de 2014, cuando se avaló la agresión al pueblo venezolano mediante el uso de los medios de comunicación.

 

Atropellos en cifras

El conteo de Espacio Público indica que en el contexto de las movilizaciones del 1S se registraron 20 casos, 29 violaciones a la libertad de expresión y 32 víctimas, 31 de éstas periodistas.

Los ataques contra medios de comunicación se registraron en agosto en dos oportunidades, la primera de ellas contra el Diario de Los Andes, en la celebración de su 38 aniversario. Contra la sede del diario El Nacional lanzaron excremento y bombas molotov, así como un papel con un mensaje dirigido a Miguel Henrique Otero, director editor del diario.  Ambos eventos ocurrieron en horas de la madrugada.

 

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El hostigamiento judicial mostró otra cara. El Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas, hizo saber mediante comunicación escrita a los directores de los impresos El Diario de Los Llanos, La Prensa y La Noticia la prohibición de publicar, a partir del 23 de agosto, toda información que haga público cualquier señalamiento o indicio de corrupción atribuible al gobernador de la entidad, Adán Chávez.

 

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Durante el mes pasado, Espacio Público documentó 11 casos de intimidación.  En 7 de éstos observó que los victimarios fueron funcionarios de los distintos órganos de seguridad del Estado.

La ONG elaboró un informe detallado del 1S.

La ‘doctrina Cabello’ y la difamación, por Ibsen Martínez

DCabello

 

El capitán Diosdado Cabello, hombre fuerte del régimen de Nicolás Maduro, y notorio por hallarse en la lista de los capos del narcotráfico global más buscados por la DEA, ha demandado al diario Wall Street Journal por difamación. Declararse difamado en su honor ante obsecuentes jueces penales venezolanos ha permitido a Cabello acorralar a numerosos medios de prensa, condenar a arresto domiciliario indefinido al editor Teodoro Petkoff, director del diario Tal Cual, enviar al destierro a Miguel Henrique Otero, editor del matutino El Nacional, y someter a juicio penal a periodistas y directivos de estos y otros medios del país. Los medios imputados no hicieron más que reproducir bien averiguadas noticias, publicadas en medios extranjeros, tales como las que justamente publicó el diario de la calle 44 de Manhattan, del cual espera Cabello una indemnización que, según el texto de la demanda, excede los 75.000 dólares.

Todo esto me ha llevado a pensar en L. B. Sullivan, quien fue comisionado de policía de la ciudad de Montgomery, Alabama, en los tiempos en que el doctor Martin Luther King Jr. desafiaba valerosamente el racismo estadounidense. En enero de 1964, The New York Times publicó un aviso pagado por una organización activista de la lucha por los derechos civiles. El aviso afirmaba que el arresto del reverendo Martin Luther King Jr., acusado de perjurio en Alabama, formaba parte de una conjura contra los esfuerzos del reverendo por poner fin a la segregación en el registro electoral en los Estados del sur.

El comisionado Sullivan demandó ante un tribunal de su Estado al gran diario neoyorquino, y a cuatro ministros protestantes negros que firmaban el aviso, por considerar que las denuncias que el mismo hacía contra el departamento de policía de Montgomery lo difamaban en lo personal.

El tribunal de Alabama falló a favor del comisionado Sullivan y fijó una indemnización de 500.000 dólares. The New York Times y los reverendos apelaron el fallo y el pleito llegó hasta la Corte Suprema de Estados Unidos. Esta, en una decisión histórica, encontró que, en virtud de la llamada Primera Enmienda (que garantiza plena libertad de expresión), la Constitución protegía todo tipo de afirmación, incluso aquellas que resultasen falsas, en torno al desempeño de cualquier funcionario público.

Hacía una sola excepción con aquellos asertos hechos con plena consciencia de su falsedad, o con claro e imprudente desprecio de su veracidad o falsedad. Pero aún en estos casos, la corte ratificó la doctrina del derecho anglosajón de circunscribirlos a la jurisdicción civil y no a la penal. Los magistrados de la corte americana juzgaron que la defensa de la libertad de expresión debía prevalecer en los juicios por difamación incoados contra la prensa por cualquier funcionario público en el desempeño de su trabajo.

La Corte Suprema dictaminó, pues, que la protección de la reputación personal, entendida como un bien privado susceptible de daño y perjuicio, no debía inhibir o coartar el escrutinio público. Con ello, no solo la acción del comisionado Sullivan contra The New York Times fracasó ruidosamente, sino que, literalmente, cambió el curso de la historia mundial del Derecho comparado. En efecto, la argumentación, digamos filosófica, de los nueve magistrados gringos influyó determinantemente para que legisladores y juristas del mundo entero propugnasen reformas encaminadas a la despenalización de los llamados “delitos contra la honra”.

La materia, sin duda, da para muchas páginas porque el bien jurídico a proteger es inaprehensible. Ya el célebre penalista estadounidense Clarence Darrow afirmaba que el honor es como la felicidad: algo muy difícil de describir para fines legales. Lo cierto es que, desde 1964 hasta la fecha, son muchísimos los países que han venido incorporando esta doctrina despenalizadora a sus constituciones o a sus leyes específicas. Puede decirse que hoy la protección de la libertad de información, tradicionalmente fundada en la “verdad objetiva”, se estima inconveniente en muchos países. Con lo que la tutela penal al honor del funcionario público se ha hecho cada vez más débil, desplazándose, a su vez, el peso de su protección hacia el recurso civil.

Según la sentencia de la querella Sullivan versus The New York Times que vengo comentando, las opiniones y valoraciones no están sujetas al límite de la veracidad. Tampoco son susceptibles de una comprobación objetiva, por lo que, respecto a ellas, no rige la exceptio veritatis.

¿Qué rayos es la exceptio veritatis? La exceptio veritatis es eso que suelen invocar los abogados de los imputados por difamación: “Si demuestro que los horrores que dije de Fulano son verdad, demuestro que no he incurrido en delito y me absuelven”.

En cierta forma, la exceptio veritatis es la doctrina penal contra la que falló la Corte Suprema estadounidense. Lo peor que tiene dicha doctrina es que muchos malhechores funcionarios latinoamericanos la invocan a su modo ante tribunales complacientes, y exigen del periodista pruebas que en muchos casos se han cuidado muy bien de destruir ellos mismos.

Entablar juicios penales por difamación e injuria ha sido la estratagema favorita de quienes, como Diosdado Cabello, se han ganado con sus desmanes la atención de la prensa. El juicio penal por difamación contra un periodista ha envenenado secularmente la vida republicana en Hispanoamérica desde el siglo XIX. La Venezuela de la era chavista no ha sido una excepción. Es por ello que una de las iniciativas más loables de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sido, justamente, promover la despenalización de los casos de difamación en nuestro continente.

Sin embargo, la solicitud de protección penal para el “honor” del funcionario público que se considere difamado, prevista en la reforma chavista de nuestro Código Penal, canceló en Venezuela los avances jurídicos planetarios que, en materia de libertad de expresión, comenzaron en 1964 con el caso Sullivan versus The New York Times.

Los abogados que representan al capitán Cabello ante la corte del distrito sur de Nueva York son un afamado bufete de Nueva Jersey, de esos que traen varios apellidos en la placa, y un abogado de Miami, apellidado Pérez y especializado, entre otras cosas, en infracciones de tránsito.

Preguntas: ¿Se impondrá la jurisprudencia sentada en el caso Sullivan versus TheNew York Times? ¿Alcanza el sueldo de Diosdado Cabello como diputado a la Asamblea Nacional para pagar honorarios profesionales dignos de la serie Boston Legal o The Practice?

Fiat justitia et ruat caelum.

@ibsenmartinez

El Nacional

El mensaje detrás de la sentencia contra el Correo del Caroní

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El abogado defensor de David Natera, Morris Sierraalta Peraza, y la experta en Opinión Pública, Mariana Bacalao, argumentan que la condena de 4 años por los delitos de difamación e injuria impuesta al director de Correo del Caroní, buscaría amedrentar a todo aquel medio que haga periodismo de investigación y, en consecuencia, cercenar el derecho a la libertad de expresión e información.

He aquí el contexto: una condena que se anunció a la 1:06 de la madrugada, tras un juicio apresurado que se reanudó luego de más de dos años paralizado, privó de libertad al director de un medio de comunicación que realizó una investigación de un caso de corrupción, por el cual fue preso el propio querellante, quien a su vez es dueño de un medio de comunicación que es competencia del anterior.

Las repercusiones para los periodistas y directores de medios de comunicación son gravísimas, afirma Sierraalta. “La decisión sienta un precedente terrible porque cada vez que se haga un trabajo de investigación sobre un caso de corrupción, en el que se menciona a persona determinadas, hará que esas personas se sientan envalentonadas para hacer persecuciones penales en contra de periodistas y medios de comunicación”.

Si bien no se conocen los motivos que llevaron a reactivar el juicio contra Natera, justo en un momento en el que noticias como la presunta masacre de Tumeremo han hecho que el país mire de cerca la situación del estado Bolívar, sí es posible identificar hechos que se salen de lo rutinario en el proceso penal venezolano.

“No sé cuáles sean los motivos que hayan justificado tanta premura para reactivar el juicio, pero sí es evidente que el tribunal realizó un juicio de manera apurada y atropellada; quiso celebrar todas las audiencias una detrás de otra, lo cual es inusual en los juicios penales, los cuales suelen celebrarse tras múltiples diferimientos; este se realizó durante 3 días seguidos; repito, eso es inusual”, explica Sierraalta.

“Nuestro poder no tiene límites”

Ante la pregunta de si la premura de la condena a Natera se deba a un intento por “cambiar el tema” dentro de la opinión pública nacional, Mariana Bacalao argumenta que “mucho más que querer cambiar el tema, el mensaje es otro, es que nuestro poder no tiene límites; nosotros podemos hacer lo que sea; quien se ponga a informar, a investigar y a señalar es enemigo del Estado y nosotros podemos hacer lo que queramos. Es un mensaje clarísimo para amedrentar a todo aquel medio que haga periodismo de investigación”.

La experta en Opinión Pública señala que a nivel comunicacional, esa acción “va en la misma línea de querer apagar la protesta de unos familiares que aún no saben nada de sus seres queridos; cómo es posible que tus familiares desaparezcan y que no puedas ni siquiera protestar. Todas esas acciones son un gran mensaje de un gobierno que busca imponerse por la fuerza, porque evidentemente ya no cuenta con las simpatías ni con la mayoría. Vemos que existe un sistema judicial que está siendo utilizado para ir en contra del derecho a la libertad de información de todos los venezolanos; estamos frente a una forma de violencia institucionalizada”.

Bacalao apunta que “estamos viendo una fase en la que el poder se asume por la fuerza, sin costuras ni reparos”. Agrega que si bien eso es preocupante, también desvela que desde el poder se saben perdidos en materia de opinión pública. “Ya no captan las simpatías de la gente y han decidido ir de frente y por la calle del medio con la violencia”.

¿Esa estrategia de amedrentamiento le funciona al Gobierno?

“Hay un sector de la población que, a pesar de todo, se va a mantener firme y de pie, pero por supuesto, sí logra varios objetivos, como sumar otro preso político y propinarle otro golpe a la prensa libre al criminalizar a un periodista por hacer su trabajo”, opina Bacalao.

La experta describe que la relación comunicacional del gobierno con los ciudadanos pasó de la persuasión al chantaje emocional, y de allí, al amedrentamiento judicial.

“La condena a Natera ocurre horas después de haber sido desmantelado por la fuerza la protesta legítima de los familiares de los mineros desaparecidos, por lo que no hay dudas de que el mensaje es que están dispuestos a llevarse por el medio a quien sea”, argumenta Bacalao.

Tigre no come tigre

Sierralta apunta un hecho al que calificó de “llamativo”. El querellante, Yamal Mustafá, es dueño del diario Primicia, que circula en el estado Bolívar y se considera competidor de Correo del Caroní. “A nosotros nos llamó mucho la atención que un director de un medio de comunicación emprenda una demanda por los delitos de difamación e injuria contra otro medio, es inusual, quienes defienden la libertad de expresión e información no suelen tratar de obtener condenas por expresarse”.

Los hechos en torno a la condena a David Natera:

Explica Sierraalta que: “En julio de 2013, David natera recibió una notificación en la que se le indicaba que un empresario de la zona se querelló en su contra por un delito de difamación e injuria; alegó la publicación de unas notas periodísticas realizadas por el equipo de investigación de Correo del Caroní, publicadas durante 3 días consecutivos, sobre el caso de corrupción de Ferrominera Orinoco. Esta investigación se dio en el marco de un escándalo a nivel nacional, sobre el que hasta el presidente de la República hizo referencia. Durante los siguientes dos años y ocho meses, ese juicio ha tenido períodos de actividad e inactividad, ya que el querellante que dice ser difamado, estuvo preso por ese caso de corrupción en Ferrominera; fue puesto en libertad en diciembre de 2015 y desde entonces ha venido solicitando al tribunal la reactivación del proceso.

Esta semana, el Dr. Natera recibió notificación de que debía presentarse al juicio oral y público; hoy, viernes 11 de marzo a la 1:06 de la madrugada, se condenó a Natera -con violación al debido proceso como la evacuación de pruebas a su favor, el abandono de la causa por parte del querellante, e incluso, contra la prescripción de la acción-, a 4 años de prisión; además le impuso una multa de 1.137 unidades tributarias, y mantuvo una medida cautelar impuesta a Correo del Caroní en la que le prohíbe hablar del querellante y del caso Ferrominera; adicionalmente, le prohíbe salir del país, y le impone la presentación cada 30 días; también existe una tercera medida cautelar en contra de sus bienes y los de Correo del Caroní, por lo que creo que están preparando una especie de demanda civil que pretende atacar el patrimonio del periódico”.