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Provea: Sin seguridad jurídica del inmueble no existe derecho a la vivienda digna

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[review]Ante el debate público sobre la propuesta de una normativa que regule la entrega de los títulos de propiedad a las familias beneficiarias de la Gran Misión Vivienda Venezuela, el Programa Venezolano de Educación en Derechos Humanos (Provea) recuerda que, según los estándares internacionales en derechos humanos, la seguridad jurídica de la tenencia del inmueble constituye un componente esencial del derecho a la vivienda digna.

El derecho humano a la vivienda no es otorgar a las familias cuatro paredes y un techo cualquiera. Por ello se han establecido, en diferentes tratados internacionales, las características que las casas deben tener para poder afirmar que se cumple con el derecho a la vivienda digna. Estos acuerdos, pertenecientes al sistema de Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA), fueron suscritos de manera soberana por el Estado venezolano, por lo que se encuentra obligado de cumplirlos.

En el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC) y en la Convención Americana de Derechos Humanos, se establece como obligación de los Estados  que para proteger a los ciudadanos frente a desalojos forzosos, los gobiernos deben adoptar medidas inmediatas a fin de conceder a todas las personas y familias de la sociedad la seguridad jurídica de la tenencia. Esta característica fue incorporada a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela cuando en su artículo 82 estableció, entre otras condiciones, que las viviendas deben ser “seguras” para sus habitantes. Además, el artículo 21 numeral 2 de la Carta Magna establece como obligación de las autoridades conceder a las personas y familias la seguridad jurídica de la tenencia de los inmuebles.

Sobre las competencias del órgano legislativo para hacer cumplir este componente del derecho a la vivienda digna, el párrafo 1 del artículo 2 del PIDESC exige a los Estados Partes que utilicen todos los medios apropiados, incluyendo la adopción de medidas legislativas, para promover todos los derechos protegidos por el Pacto. El Comité DESC de la ONU, por su parte, ha expresado que “esa legislación debería comprender máxima seguridad de tenencia posible para los ocupantes de viviendas y tierras”.

Desde el inicio de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV) Provea ha exigido la titularidad de todas las tierras y viviendas entregadas a las familias beneficiarias. En sus visitas a los urbanismos, Provea ha constatado la incertidumbre de las mismas sobre la propiedad del inmueble, sólo teniendo un “título de adjudicación” que les permitió habitar las casas. En un altísimo porcentaje, los núcleos familiares están dispuestos a pagar las viviendas, si les ofrecen facilidades para ello, para que les sean entregados “los papeles” y convertirse así en sus legítimos propietarios. Por otra parte la irregularidad en la ocupación de los inmuebles de la GMVV ha permitido violaciones a los derechos humanos, como por ejemplo los recientes desahucios a familias ocurridos en el marco de los Operativos de Liberación del Pueblo, calificados por las autoridades como “recuperación” de viviendas.

Provea apoyará cualquier medida legislativa que garantice el cumplimientos de los componentes del derecho a la vivienda digna, incluyendo el de la seguridad jurídica de la tenencia, y está dispuesta a cooperar y brindar todo sus conocimientos en derechos humanos para ello.

Hoy se reinicia juicio penal contra la jueza Afiuni

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Vía El Universal

Hoy inicia nuevamente el juicio penal que se lleva contra María Lourdes Afiuni, quien está acusada por los delitos de abuso de autoridad, corrupción propia  y favorecimiento a la evasión por dejar en libertad condicional al exbanquero Eligio Cedeño, siguiendo un pronunciamiento de la ONU. Su defensa, conformada por los abogados José Amalio Graterol y Thelma Fernández, asegura que el caso de la jueza se encuentra «en un limbo jurídico», luego que fue interrumpido en octubre de 2013.

«En mayo de 2014 debió reanudarse el proceso pero desde esa fecha hasta hoy ha sido suspendido en tres oportunidades porque la titular del Juzgado 17 de Juicio, Marilda Ríos, se encuentra en una asignación especial en la Sala 2 de la Corte de Apelaciones (…) Ya no hay excusas, el juez que empieza el juicio debe terminarlo», aseveró Fernández.

Asimismo, destacó la abogada que la prórroga solicitada por el Ministerio Público en diciembre de 2011 y aprobada por el Tribunal de mantener con medidas cautelares a Afiuni por dos años más, está vencida desde hace 11 meses. «Esa prorroga no podía ser mayor de un año por los delitos imputados; sin embargo, de manera ilegal se acordaron dos años. Eso está vencido y es una violación al debido proceso (…) No hay seguridad jurídica en este caso».

Desde el 14 de junio de 2013, María Lourdes Afiuni, quien estuvo recluida por un año en el Ibnstituto Nacional de Orientación Femenina INOF y más de dos años con arresto domiciliario,  se encuentra en libertad con medidas cautelares de presentación cada 30 días, prohibición de salida del país, de hablar a los medios de comunicación nacionales e internacionales y de escribir en las redes sociales Facebook y Twitter.

«El próximo 10 de diciembre se cumplen cinco años de la detención de Afiuni y sigue sometida a medidas de coerción personal. Ni se le hace un juicio ni se le acuerda el cese de las medidas cautelares», dijo en entrevista a El Universal Fernández, quien precisó que la magistrada Ríos decidió la interrupción del juicio, alegando ausencia de la fiscal del Ministerio Público, Emilse Ramos. «La juez podía perfectamente designar a otro fiscal para continuar».

Recordó la representante legal que desde el 28 de noviembre de 2012 que comenzó formalmente el juicio se realizaron 8 audiencia en las cuales el propio Ministerio Público hizo comparecer a 43 testigos, 20 de ellos tuvieron como denominador común de las declaraciones «que el proceso que realizó la jueza –quien ocupaba el Tribunal 31 de Control- contra Cedeño, estuvo ajustado a derecho; que hubo allanamiento sin orden; que aparte de los objetos propios de un tribunal, no se encontró algún elemento de interés criminalístico que dieran cuenta de algún delito».

Además, «aseguraron los testigos que hubo boleta de excarcelación; no hubo promesa de dinero ni comunicación alguna entre la jueza y el empresario antes, durante y después de su encarcelamiento y lo más grave, que todos coincidieron en que la detención contra Afiuni fue arbitraria».

Otras de las razones por la cual hubo interrupción, según la defensa, fue la decisión del tribunal de realizar un careo entre los 10 funcionarios del Sebin que participaron en el allanamiento del Tribunal 31 de Control el 10 de diciembre de 2009 y el fiscal William Guerrero, quien ordenó la detención de Afiuni Mora. «El Tribunal no iba a someter nunca a un careo a Guerrero con funcionarios del Sebin porque quedaría al descubierto las injusticias que se cometieron contra Afiuni y la juez Marilda Ríos tendría que declarar la absolutoria a nuestra defendida».

«Esta claro la molestia que le causa este juicio al Gobierno donde está incriminado todo el mundo, funcionarios del Ministerio Público, el Sebin, personalidades del Poder Judicial menos Afiuni. Esperamos que este proceso inicie» precisó la abogada.

Denuncia contra Berthé por difamación

Por otra parte, Thelma Fernández consideró una «irresponsabilidad» las declaraciones de la fiscal de Derechos Fundamentales del Ministerio Público, María Mercedes Berthé, sobre el caso Afiuni en Ginebra durante la evaluación de los informes sobre Derechos Humanos correspondientes al período 2002-2012, donde la representante del Estado venezolano pidió al Comité Contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas «despreocuparse» por las denuncias de abuso sexual, pues aseguró que la jueza «no denunció nada».

Dijo que son «absolutamente falsas» las afirmaciones de que la magistrada haya recibido ganancias del libro que publicó el periodista Francisco Olivares sobre el caso e indicó que la Defensa evalúa una acción contra Berthé por difamación. «Vamos a evaluar una acción en su contra por hacer señalamientos de esa naturaleza de la cual no tiene pruebas de nada», dijo.

Libro sobre Afiuni fue «iniciativa propia»

Al respecto, Francisco Olivares explicó que desde el primer momento que se publicó el libro «Afiuni la Presa del Comandante», se lanzó una campaña desde medios oficiales «poniendo en duda la honorabilidad de la jueza María Lourdes Afiuni, entre ellas que era falsan las agresiones de las que fue víctima mientras estuvo recluida en el INOF, alegando que durante ese tiempo ella no interpuso denuncia alguna sobre esos hechos».

Precisó que uno de los puntos resaltantes en esas campañas señalaban que Afiuni había inventado las «supuestas agresiones» para «vender el libro». Recientemente en la ONU el Gobierno volvió sobre el mismo tema sin pruebas.  Olivares aclaró, además, que el proyecto de escribir esa historia «fue iniciativa personal» como parte del trabajo que realiza en El Universal desde hace muchos años.

«Con mis propios recursos y tiempo realicé la investigación de la historia, recopilación de documentos y las entrevistas. El proyecto fue avalado y acordado por la Editorial La Hoja del Norte como una iniciativa editorial privada entre esa empresa editorial y el autor. Tanto gastos como ingresos que se obtuvieron en ese proyecto están perfectamente documentados incluyendo las sucesivas declaraciones ante el Seniat».