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Javier Gorriño y Luis Izquiel

Celulares en las cárceles por Carlos Nieto Palma

Télefono

 

Muchos son los problemas que se viven en las cárceles venezolanas y a las cuales me he referido muchas veces en este espacio semanal, aunado a los altos niveles de hacinamiento, armas en poder de los reclusos, control de los recintos carcelarios por la población reclusa a quien el Estado les ha cedido su responsabilidad, también hay un grave problema que es la tenencia de teléfonos celulares y conexiones a Internet por parte de los privados de libertad, desde donde se cometen gran cantidad de delitos como extorsiones, secuestros, etc.

Recientemente la Comisión de Política Interior conjuntamente con la Comisión de Cultos y Régimen Penitenciario de la Asamblea Nacional presentó un proyecto de Ley de Limitación de la Telefonía Celular y la Internet en el Interior de los Establecimientos Penitenciarios que fue elaborado por los doctores Fermín Mármol García, Javier Gorriño y Luis Izquiel, grandes conocedores y estudiosos del tema de la seguridad en Venezuela.

Dicho proyecto, presentado recientemente ante la plenaria de la Asamblea Nacional, fue aprobado por la mayoría absoluta de los miembros de este ente legislativo, lo que pone en evidencia que tanto el gobierno como la oposición coinciden en lo grave de la situación que se vive en nuestras cárceles y que se trata de un problema que todos debemos abordar de manera seria y sin darle matices políticos que en nada ayudaría a su solución.

La exposición de motivos de este proyecto de ley resalta lo siguiente “Cada día se hace más frecuente que desde las cárceles y penitenciarias de nuestro país los privados de libertad empleen teléfonos celulares y medios tecnológicos dependientes de la Internet para realizar extorsiones, secuestros virtuales, trata de blancas, operaciones de narcotráfico, cobros de secuestros, ordenar sicariatos y hacer solicitudes de pago por la recuperación de vehículos robados o hurtados, entre otros delitos graves. Los casos y las denuncias por estas razones se han hecho innumerables”…“Durante años los venezolanos han  observado con asombro cómo bandas delictivas, que mantienen el verdadero dominio dentro de la mayoría de nuestros centros penitenciarios, poseen innumerables armas de fuego, inclusive de las consideradas de guerra, las cuales son utilizadas para crear zozobra en las comunidades aledañas y para asesinar, lesionar y someter al resto de la población reclusa. Buena parte del financiamiento para poseer este arsenal proviene de los distintos hechos delictivos cometidos desde el interior de los recintos carcelarios mediante la utilización de la telefonía celular o la Internet, por ello es imprescindible que el Estado ejecute con urgencia acciones preventivas para que esta realidad no continúe ocurriendo”.

Tal realidad no puede ser ocultada y a pesar que desde el Ministerio para el Servicio Penitenciario pretenden hacernos creer que esto no existe ya en nuestras cárceles, sabemos que no es así y el uso de teléfonos celulares y la Internet se ha convertido en uso común de la población reclusa y en otro de los muchos negocios que funcionarios inescrupulosos utilizan para lucrarse ilícitamente dentro de las cárceles. El ingreso por parte de funcionarios civiles y militares de teléfonos celulares, computadoras, modem inalámbricos para el uso de Internet, son junto al ingreso de armas, drogas, alcohol y otras sustancias ilicitas, algunos de los negocios que las mafias carcelarias manejan desde esos recintos.

Esta Ley de Limitación de la Telefonía Celular y la Internet en el Interior de los Establecimientos Penitenciarios establece en su primer artículo lo siguiente “Esta Ley tiene por objeto prevenir que desde el interior de los establecimientos penitenciarios del país se ejecuten delitos a través de la utilización de la telefonía celular, la Internet y, en general, de todos los servicios de voz y datos que ofrecen las compañías de telecomunicaciones”.

Posteriormente explica el mecanismo para evitar el uso de teléfonos celulares e Internet en las cárceles y nos dice “El Ministerio para el Servicio Penitenciario deberá adquirir e instalar equipos destinados a inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía celular y la Internet en el interior de los establecimientos penitenciarios  del país”.

Igualmente la ley establece sanciones a “Quien introduzca o facilite la introducción de teléfonos celulares u otros equipos tecnológicos de comunicación personal a los establecimientos penitenciarios con la finalidad de que sean utilizados por los reclusos, será sancionado con prisión de 3 a 5 años. La pena será de 4 a 6 años de prisión cuando el autor del delito sea funcionario o empleado público”.

Igualmente “Quien intencionalmente dañe, apague o de alguna forma obstruya, aun de forma temporal, el funcionamiento ordinario de alguno de los equipos destinados a anular la señal de los teléfonos celulares y la Internet en los establecimientos  penitenciarios del país, será sancionado con prisión de 4 a 6 años. La pena será de 6 a 8 años de prisión cuando el autor del delito sea funcionario o empleado público”.

Hay que destacar que el motivo de esta ley ha sido una propuesta que desde hace muchos años hemos presentado las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos que trabajamos el tema penitenciario y que ahora está a punto de ser una realidad.

La inhibición de señales de celulares e Internet en las cárceles, entre otras cosas eliminaría el problema de hacer una requisa para incautar teléfonos y computadoras, simplemente no lo pueden usar y por lo tanto no lo necesitan en las cárceles.

Tal vez el único problema a tomar en cuenta, aun y cuando el proyecto de ley lo establece, es que las compañías de telefonía acondicionen dentro de los recintos carcelarios una buena cantidad de teléfonos públicos que funcionen con tarjetas o con llamadas con cobro al destinatario para garantizar la comunicación de los privados de libertad dentro de los recintos carcelarios con el mundo exterior. Esto tendría que trabajarse conjuntamente con la colocación de inhibidores de señal, previamente a su instalación deben estar preparadas y acondicionadas las áreas para teléfonos públicos en las diferentes cárceles del país.

Adicionalmente la aplicación de esta ley no ocasiona grandes costos pues los inhibidores de señal en realidad no son muy costosos y más si tomamos en cuenta los miles de millones de bolívares que desde el Ministerio para el Servicio Penitenciario se han despilfarrado en cosas innecesarias y en corrupción de sus funcionarios.

Aun y cuando el Código Orgánico Penitenciario, recientemente en vigencia, establece expresamente esta prohibición, es necesario una ley que amplié y establezca claramente los mecanismos y sanciones para eliminar el uso de teléfonos celulares e Internet en los recintos carcelarios.

Esperamos que pronto sea aprobada esta ley y que así como se aprobó por mayoría absoluta en la primera discusión de los Diputados de la Asamblea Nacional, la veamos igualmente aprobaba en la segunda discusión, definitivamente contribuiría mucho a solucionar uno de los muchos problemas que tiene nuestro sistema penitenciario, un buen comienzo para salir del caos.

 

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@cnietopalma

El Nacional