Héctor Faúndez archivos - Runrun

Héctor Faúndez

El Esequibo, el Caricom y cinco preguntas irrelevantes
Este referéndum es la consecuencia de que los abogados de Venezuela no hayan hecho su tarea, y de la necesidad que tienen de contar con un chivo expiatorio en caso de que las cosas salgan mal

 

Faltando menos de 6 meses para que venza el plazo que tiene Venezuela para presentar su contramemoria en el caso de la demanda incoada por Guyana ante la Corte Internacional de Justicia, el Consejo Nacional Electoral aprobó la realización de un referéndum consultivo, supuestamente “en defensa de la Guayana Esequiba”, el cual se realizará el 3 de diciembre próximo.

Asimismo, el CNE aprobó las preguntas que se formularán a los electores en dicho referéndum. Se trata de cinco preguntas largas y complejas, de naturaleza eminentemente jurídica, formuladas de manera enmarañada, que siempre nos remiten al derecho internacional, y que no se pueden responder simplemente con un sí o un no.

Sin perjuicio de que los sumisos y complacientes de siempre salgan a celebrarlo como una genialidad, el sentido de la responsabilidad obliga a examinar esas preguntas con seriedad, y a medir en qué forma contribuyen a salvaguardar el interés nacional.

Guyana ve este referéndum como un intento de anexión de una parte de lo que ella considera su territorio. Los países del Caricom lo han entendido como una amenaza del uso de la fuerza. Quien escribe estas líneas lo ve de manera diferente. Veamos esas preguntas, acompañadas de lo que sería mi respuesta, y de las consecuencias prácticas de un sí o un no respecto de esta controversia que está en sede judicial.

¿Está usted de acuerdo en rechazar por todos los medios conforme al Derecho, la línea impuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de París de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?

Respuesta: Por supuesto que sí. Eso es lo que está planteado en este momento en la Corte Internacional de Justicia, que tendrá que pronunciarse sobre la nulidad o validez del laudo, y que eventualmente tendrá que fijar la frontera terrestre definitiva entre Guyana y Venezuela. A diferencia de la lectura del Caricom, “rechazar por todos los medios” no debe entenderse como una amenaza del uso de la fuerza, puesto que eso va seguido de la expresión “conforme a Derecho”.

El uso de la fuerza armada –además de irresponsable– sería contrario al Derecho internacional, y sería rechazado por la comunidad internacional en su conjunto. En la pregunta no hay tal insinuación, y esa aventura está descartada (o debería de estarlo).

Parece innecesario subrayar que por todos los medios “conforme al Derecho” incluye, particularmente, la solución de esta controversia en una instancia judicial que determine que el laudo es nulo.

Para ese efecto, Venezuela tiene de plazo hasta el 8 de abril de 2024 para presentar su contramemoria en el juicio actualmente pendiente en la Corte Internacional de Justicia. Asumo que los abogados de Venezuela están trabajando en ese documento, y en los argumentos de Venezuela para sostener que el laudo es nulo. No haberlo hecho, o no estar trabajando en ello, en espera del resultado de esta consulta, sería una irresponsabilidad que el país no les podrá perdonar.

La cuestión es saber cuáles serán las consecuencias que el CNE, o los que mandan en Venezuela, extraerán de la respuesta que los ciudadanos den a esta pregunta. ¿Cuál será la consecuencia de que gane el sí o el no? Si gana el sí, se estará propiciando una salida legal, que pasa por lo que determine un Tribunal de justicia independiente e imparcial. Si gana el no, no es evidente si se está defendiendo la validez del laudo de París, o si se está sugiriendo el uso de vías no legales –incluyendo el uso de la fuerza armada– para recuperar el territorio en disputa.

¿Apoya el Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?

Respuesta: por supuesto que sí. El Acuerdo de Ginebra marcó la ruta para la solución de esta controversia. Es el Acuerdo de Ginebra el que, para el evento en que las partes no se pusieran de acuerdo en un medio de solución, le encomendó al secretario general de la ONU que “escogiera” uno de los medios de solución pacífica de controversias indicados en el artículo 33 de la Carta de la ONU.”

Entre esos medios de solución estaba el arreglo judicial, que fue el escogido por el secretario general de la ONU. Es por el Acuerdo de Ginebra que este caso está en la Corte Internacional de Justicia. Además, el arreglo judicial, que pondrá fin a esta controversia, es el arreglo práctico y satisfactorio para Venezuela y Guyana.

Una vez que la Corte dicte su sentencia, que será obligatoria para las partes, habrá una solución definitiva, acordada por una instancia judicial independiente e imparcial. Esa es una solución práctica, que debería ser satisfactoria para ambas partes. Eso es, también, lo serio y lo civilizado.

Pero sería interesante saber qué consecuencias se pretenden inferir de un sí o un no a esta pregunta, que de ninguna manera debe interpretarse como una licencia para que los abogados de Venezuela no hagan su trabajo y no preparen los argumentos que hay que presentar a la Corte Internacional de Justicia.

Si la respuesta es afirmativa, debemos seguir trabajando para presentar nuestros argumentos en el proceso que está en curso en la CIJ. Si la respuesta es negativa, se estará sugiriendo que, además de la ruta trazada por el Acuerdo de Ginebra, hay otras opciones a las que puede recurrir Venezuela, que no excluyen el arreglo judicial, como podría ser una negociación o una mediación paralela al juicio.

¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?

Respuesta: mi respuesta es no, por las razones que paso a exponer. La pregunta da por sentado que históricamente Venezuela no ha reconocido la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia “para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba”. Eso no corresponde a la verdad.

En 1965, durante las negociaciones en Londres, previas a la firma del Acuerdo de Ginebra, Venezuela propuso el recurso a la Corte Internacional de Justicia, el cual no fue aceptado por Inglaterra. Sin embargo, esta última convino en una fórmula que no mencionara expresamente ese recurso, optando por una redacción que se refiere a “los medios de solución pacífica previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas”, en el cual está expresamente previsto “el arreglo judicial”.

Este es un asunto que no pasó inadvertido para nuestros negociadores y, de hecho, el entonces ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Ignacio Iribarren Borges, cuando presentó al Congreso Nacional el Acuerdo de Ginebra para su ratificación, advirtió que este asunto podría terminar en la Corte Internacional de Justicia.

Si había una “posición histórica” en cuanto al no reconocimiento de la competencia de la CIJ como instancia encargada de resolver las controversias en que Venezuela fuera parte, esta se rompió con el Acuerdo de Ginebra que, por voluntad común de las partes, expresamente convinieron en que –respecto de esta controversia– el secretario general de las Naciones Unidas podría escoger el recurso a la Corte Internacional de Justicia, como en efecto lo hizo.

Ahora, si la pregunta es si, como venezolano, estoy contento con que este asunto haya llegado a la CIJ, la respuesta es sí. El que la determinación de la nulidad o validez del laudo, así como la determinación de la frontera definitiva entre Guyana y Venezuela, haya llegado a una instancia judicial independiente e imparcial no lo veo como una amenaza para los derechos o intereses de Venezuela, sino como una tremenda oportunidad para que Venezuela demuestre que el laudo es nulo y que el territorio situado al oeste del río Esequibo es de Venezuela.

Esa es la oportunidad que Venezuela había estado esperando, y quisiera creer que quienes tienen la responsabilidad de defender los derechos e intereses de Venezuela en el Esequibo no la dejarán pasar.

Por otra parte, que se pregunte a los venezolanos si estamos de acuerdo con lo que, supuestamente, habría sido la posición histórica de Venezuela en relación con la competencia de la CIJ, es una pregunta ociosa, pues este asunto ya fue resuelto, con carácter definitivo, por la sentencia sobre jurisdicción dictada por la propia Corte.

Que nosotros estemos o no de acuerdo con esa sentencia no cambia la naturaleza de las cosas, pues este es un asunto ya zanjado, de manera vinculante para Venezuela. Debo recordar que, como miembro de las Naciones Unidas, Venezuela es parte en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, que forma parte de la Carta de las Naciones Unidas.

Y debo recordar que, de acuerdo con el artículo 36, párrafo 6, del Estatuto de la Corte, “en caso de disputa en cuanto a si la Corte tiene o no jurisdicción, la Corte decidirá”. Esta regla obedece a un principio clásico del Derecho Internacional, según el cual los tribunales internacionales tienen la competencia para decidir sobre su propia competencia; de lo contrario, los conflictos internacionales serían interminables.

Por otra parte, si el Acuerdo de Ginebra no lo hubiera dicho en forma suficientemente clara y explícita, mediante su conducta Venezuela ha aceptado la competencia de la Corte. Eso es lo que técnicamente se llama forum prorrogatum.

En este proceso, Venezuela designó un juez ad hoc, nombró a su agente y a sus agentes alternos para que la representen ante la Corte, interpuso una excepción preliminar de inadmisibilidad de la demanda, asistió a las audiencias para conocer de dicha excepción preliminar, y participó en el procedimiento. Todo eso supone un reconocimiento tácito de la competencia de la Corte, lo cual no va a cambiar con lo que piensen los venezolanos sobre esta materia.

Pero una vez más debo preguntar sobre las consecuencias prácticas que el CNE, o los que mandan en Venezuela, querrán atribuir a una respuesta afirmativa o negativa a esta pregunta. Lo cierto es que, cuando se presentó la demanda de Guyana en la CIJ, Venezuela alegó que no reconocía la competencia de la Corte para conocer de este caso, y la Corte, motu proprio, decidió examinar si tenía o no jurisdicción para conocer de esta controversia, para lo cual invitó a las partes a presentar alegatos y las convocó a una audiencia pública.

Aunque Venezuela hizo llegar un memorándum, decidió no presentar alegatos en la fase escrita, tampoco compareció en la audiencia convocada para ese efecto, y perdimos. Debido a esa estrategia equivocada, no se escuchó nuestra voz, y no tuvimos la oportunidad de responder a los argumentos de Guyana. Por eso estamos en este punto.

Pero lo cierto es que la Corte ya se pronunció sobre su competencia, y poco importa si nosotros estamos o no de acuerdo con lo que históricamente haya sido la posición de nuestra Cancillería. A menos que queramos retirarnos de la cancha en la mitad del partido, porque tenemos la sensación de que, como vamos, vamos a perder. Pero eso no sería inteligente.

Cualquiera que sea la respuesta de los venezolanos a esta pregunta, el proceso seguirá adelante, hasta culminar con una sentencia que será obligatoria. Otra cosa es que, en medio de su ignorancia y desconcierto para abordar este asunto, los que mandan quieran dejarle la cancha libre a Guyana, renunciando a presentar nuestros argumentos y a que se escuche nuestra voz.

¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios conforme a Derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del Derecho Internacional?

Respuesta: la respuesta es un rotundo sí. Y, de nuevo, discrepo de la interpretación del Caricom, que pone énfasis en “por todos los medios”, dando por sentado que eso incluye el uso de la fuerza armada. No creo que sea así. En realidad, tal interpretación no corresponde con el sentido de la pregunta, que está calificada por la expresión “conforme a Derecho”.

Y la forma de defender –conforme a Derecho– los derechos de Venezuela en la proyección marítima del territorio en disputa es pidiendo medidas provisionales a la Corte Internacional de Justicia, para que, a fin de preservar los derechos de las partes mientras se decide esta controversia, se disponga el cese de todas las operaciones de exploración y explotación de los recursos naturales que hay en la zona en disputa y en su proyección marítima.

Eso es lo que habría que hacer si –haciendo uso del Derecho Internacional– realmente pretendiéramos oponernos a las medidas unilaterales de Guyana en una zona de mar sin delimitar.

No estoy de acuerdo con la forma como Venezuela ha manejado este asunto. El gobierno considera que basta con protestar por el llamado a licitaciones; pero no siempre lo ha hecho, y más bien llegó a celebrar el que Guyana llamara a licitaciones.

En febrero de 2004, siendo presidente de la República, Hugo Chávez señaló que Venezuela no se opondría a ninguna medida que se adoptara en beneficio del pueblo de Guyana.

Ahora, haciendo honor a ese compromiso, sus herederos políticos no hacen uso de los recursos procesales que podrían poner fin a eso que hoy se denuncia de la boca para afuera y que, en su momento, Hugo Chávez permitió: las concesiones otorgadas por Guyana para explorar y explotar los recursos naturales de la zona en reclamación y de la proyección marítima de la misma.

Cuesta entender por qué, quienes tienen la representación del Estado, no piden medidas provisionales; ¿porque no lo saben hacer? ¿O porque hay razones para que no lo quieran hacer?

De nuevo, no es evidente cuál es la consecuencia práctica de una respuesta afirmativa o negativa a esta pregunta. Oponernos retóricamente a las licitaciones recientes de Guyana en la llamada fachada atlántica, como se ha hecho con sendos comunicados oficiales, no va a cambiar nada.

Con una respuesta afirmativa a esta pregunta, concretamente, ¿qué es lo que propone hacer el gobierno? Por el momento, los que mandan no están haciendo lo único que podría tener un efecto práctico: pedir a la CIJ la adopción de medidas provisionales.

La pregunta es inútil y nuestra respuesta –afirmativa o negativa– no tendrá ninguna consecuencia, pues este es un asunto que depende de quienes tienen la responsabilidad de gobernar.

¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral de la población actual y futura de ese territorio que incluya, entre otros, el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?

Respuesta: Son varios asuntos los que se mezclan en esta muy larga pregunta, y que inquietan a Guyana y el Caricom, pues entienden que ella supone la intención de anexarse el territorio en disputa.

En primer lugar, ningún país pregunta a sus ciudadanos cuál es el territorio que debe incluir como suyo en los mapas. A la inversa, es el gobierno el que le informa a sus ciudadanos cuál es el territorio del Estado.

En el caso del territorio situado al oeste del río Esequibo, este figura en los mapas de Agustín Codazzi, figura en varios de los mapas que, en 1896, Venezuela presentó a la Comisión Cleveland, y también figura en varios de los mapas que, en 1899, Venezuela presentó ante el Tribunal arbitral. Después del Laudo de París, en 1965, la zona en reclamación se incorporó en el mapa oficial de Venezuela, acompañada de unas rayas verticales.

En 2012 eso se eliminó, para volver a retomarlo en 2018. Que ahora se nos pregunte esto es como si se nos preguntara si el estado Apure –o el estado Bolívar–, hoy controlados por la guerrilla colombiana, debieran seguir figurando en los mapas oficiales como territorio venezolano, o si habría que quitarlos.

De acuerdo con la Constitución, corresponde a las autoridades del Estado defender la soberanía nacional, sin perder el tiempo en preguntar obviedades. Ese es su deber.

En segundo lugar, también es el deber de las autoridades nacionales desarrollar planes para atender a toda la población venezolana, y proporcionarle documentos de identidad a todos sus nacionales, hayan nacido en el estado Miranda, en Tucupita, o en cualquier parte del territorio nacional.

Según la Constitución, quienes hayan nacido en el territorio venezolano son venezolanos por nacimiento, a quienes no hay que “otorgarles” la ciudadanía venezolana, sino que, simplemente, reconocérsela. El Acuerdo de Ginebra no dice nada sobre este particular; pero, si Venezuela considera que el territorio Esequibo es parte del territorio de Venezuela, la consecuencia lógica es que los nacidos en ese territorio son venezolanos y que deben ser tratados como tales.

En tal caso, es la Constitución nacional la que manda que se les otorgue documentos de identidad. Por supuesto, el cumplimiento de ese mandato depende de los que tienen el poder, y de que tengan ganas de cumplir con la Constitución. Menos realista es que quienes hoy están registrados como nacionales de Guyana –un país con la economía que crece al ritmo más acelerado en el mundo– tengan interés en ser venezolanos. El flujo migratorio es a la inversa y, de hecho, ya más de treinta mil venezolanos han emigrado a Guyana.

En tercer lugar, si el territorio situado al oeste del río Esequibo es un territorio en conflicto, que reclaman como suyo tanto Venezuela como Guyana, ¿qué efecto tendría el que se cree un estado que comprenda el territorio en disputa? ¿Acaso, por ese hecho, se va a acabar la controversia?

¿Se está sugiriendo que esta controversia se puede resolver con una simple reforma constitucional? Esa sugerencia, ¿puede ser tomada en serio? ¿Alguien cree que podría servir de precedente para resolver otros problemas territoriales de Venezuela? Que Argentina incluya en sus mapas a Las Malvinas no ha cambiado la circunstancia de que estén bajo el dominio británico. Que Venezuela incluya en sus mapas, como territorio venezolano, un territorio que está en disputa, no elimina la disputa.

Por supuesto, no puedo dejar de preguntar cuál será el efecto práctico de la respuesta afirmativa o negativa a esta pregunta. La estructura del Estado, o los cambios constitucionales que podamos experimentar, pasarán inadvertidos para la Corte Internacional de Justicia, y no tendrán ningún efecto en un proceso judicial que está en marcha, y que no se detendrá.

Para los tribunales internacionales, el Derecho interno es un hecho, y no es parte de las reglas del Derecho Internacional aplicables en esta controversia. Además, en términos prácticos, ¿cuál sería el efecto de crear un nuevo estado, con un territorio que está en poder de otra nación? ¿A quién queremos engañar con esa fantasía? Lo sensato es luchar para que, judicialmente, se determine que ese territorio es de Venezuela, y no inventar artificios inútiles.

El referéndum en sí no tendrá ningún valor en el Derecho Internacional, y no interferirá de ninguna manera con el proceso que está en marcha en la Corte Internacional de Justicia. Más que una ayuda, en realidad, alguna de sus preguntas podría tener un efecto pernicioso para los derechos de Venezuela respecto de otras controversias internacionales pendientes.

En lo interno, esas cinco preguntas son lo que son, y valen lo que el sentido común y la racionalidad política indican; las respuestas se las llevará el viento, porque no le interesan a los que mandan, excepto para distraer la atención de la población de problemas internos que le resultan más apremiantes.

Cualquiera que sea el resultado del referéndum, se interpretará a conveniencia de quienes tienen la tarea de defender la soberanía nacional. Lo que no está claro es cómo es que esas preguntas –o sus respuestas– podrían fortalecer la defensa de los derechos de Venezuela en el Esequibo.

Mientras tanto, quienes se devanaron los sesos formulando estas asombrosas y desconcertantes preguntas han contribuido a que perdamos dos meses preciosos para la preparación de una contramemoria que debe contener los argumentos jurídicos de Venezuela en esta controversia.

No nos distraigamos con fuegos artificiales ni tratando de averiguar el sexo de los ángeles. Lo que está por delante es explicar por qué el laudo de París es nulo, y por qué el territorio situado al oeste del río Esequibo es de Venezuela. Eso no es una tarea difícil de realizar; pero requiere un compromiso genuino con Venezuela y capacidad profesional para hacerlo.

Este referéndum es la consecuencia de que los abogados de Venezuela no hayan hecho su tarea, y de la necesidad que tienen de contar con un chivo expiatorio en caso de que las cosas salgan mal, como ocurrirá si persistimos en esa estrategia equivocada. Así, si perdemos, la culpa será de los venezolanos. No de unos abogados y burócratas incompetentes.

La Sala Constitucional del TSJ tiene la oportunidad de parar esta insensatez, y evitar que liquidemos la última oportunidad de lograr que se haga justicia en lo que ha sido una reclamación histórica. Aunque pueda sonar ingenuo, es de esa instancia que depende el futuro de la reclamación venezolana del Esequibo. Como dicen los venezolanos, ¡Amanecerá y veremos!

Artículo publicado previamente en Cambio 16, se publica en Runrunes con la autorización del autor.

Las opiniones emitidas por los articulistas son de su entera responsabilidad y no comprometen la línea editorial de RunRun.es

CIDH convoca dos audiencias para tratar crisis en Venezuela este #24Oct

CIDH_1

 

La crisis en Venezuela mantiene a gobiernos y organismos internacionales preocupados y una evidencia de ello es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos convocó, de oficio, dos audiencias: una sobre la institucionalidad democrática y otra  sobre la violencia, seguridad ciudadana y libertad de expresión el país. Se llevarán a cabo el 24 de octubre, durante el 165° Período de Sesiones de la CIDH,  en Montevideo, Uruguay.

Usualmente las audiencias temáticas son solicitadas por víctimas de violaciones de derechos humanos, organizaciones no gubernamentales  o por los propios Estados. Aunque  la CIDH tiene entre sus competencias solicitarlas, son muy pocas las oportunidades en que lo ha hecho por iniciativa propia. Así lo explicó Héctor Faúndez, abogado y experto en los procedimientos que rigen el sistema interamericano de derechos humanos.

“Lo notable es que no se trata de una audiencia solicitada por una organización de la sociedad civil, una víctima o un Estado miembro de la OEA. Se trata de una que ha sido pedida por la misma Comisión y esto no lo hace con frecuencia. Si no estuviera especialmente preocupada, con información sólida que sugiera violaciones de derechos humanos, la CIDH no las convocaría”, señaló.

Faúndez informó que la intención de estos encuentros es escuchar a las partes, tanto las víctimas como al país, recabar y analizar la información. Una vez que obtiene estos datos la Comisión deberá determinar si las denuncias son ciertas, si se justifica incorporar al país al capítulo IV del Informe Anual de la CIDH (la llamada lista negra, en la cual se incluyen a los países donde no está plenamente garantizados los derechos humanos, como es el caso de Venezuela, de forma consecutiva a partir de 2002), si debe elaborar un informe especial acerca del país, redactar un comunicado expresando su preocupación o, incluso, tomar acciones preventivas a favor de las víctimas.

La información recabada y verificadas podría implicar la emisión de medidas cautelares si existe la posibilidad de que una persona se encuentre en situación de daño irreparable, aún sin que se requiera una solicitud de algún interesado. “La información no es para fines académicos es para que la Comisión pueda tomar medidas en relación con esos hechos”, insistió.

Nizar El Fakih, abogado y director de la organización no gubernamental Proiuris, calificó de particular las dos convocatorias. “La decisión del órgano es discrecional y pudo estar condicionada por el número de peticiones por parte de la representación del Estado venezolano o de la sociedad civil ante la coyuntura que se vive en el país”, dijo.

El Fakih señaló que las audiencias públicas comprenden un esfuerzo de la CIDH para promover mecanismos de encuentro que conduzcan a soluciones a la crisis a través de mecanismos de mediación de conflictos, encuentros de diálogo entre los Estados y posibles víctimas de derechos humanos.

*Con información de Prensa Proiuris