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Ginyveth Soto

TSJ establece criterio sobre doble maternidad en casos de reproducción asistida y familias homoparentales

 

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado José Manuel Simons Domínguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Migdely Miranda Rondón, y de su hijo, y anuló las decisiones dictadas el 29 de julio de 2015, por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional propuesta por la representación judicial de la misma ciudadana; así como todas las actuaciones realizadas con posterioridad.

En el fallo la Sala del Alto Juzgado establece que, en los casos de reproducción asistida donde la madre gestacional es una mujer distinta a la biológica, el niño o la niña, tiene el derecho de estar inscrito con los apellidos de sus progenitoras.

Además, en dicha sentencia se interpreta el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el sentido de que la jefatura de las familias pueden ejercerlas las familias homoparentales, y por ende el Estado brindará protección sin distinción, a la forma de conformación de la familia, incluyendo a los niños, niñas y adolescentes nacidos en estas familias, gozando de todos los derechos y garantías consagradas a favor de las personas en el ordenamiento jurídico al igual que cualquier otro niño que haya nacido dentro de una familia tradicional.

Comunidad gay consternada por asesinato de activista Giniveth Soto

Foto Gini Soto matrimonio

Ginyveth Soto y Migdelys Miranda el día de su matrimonio en Rosario, Argentina, 13 de junio de 2013

 

 

Impotencia, rabia, indignación, dolor. Y reclamo por justicia. Son los sentimientos que estallan en las redes sociales entre la comunidad LGBT  (sigla que identifica al colectivo de lesbiana, gay, bisexual y transexual) de Venezuela por el asesinato de Giniveth (Gini) Soto, activista de derechos civiles, sobrina del expresidente de la Asamblea Nacional, Fernando Soto Rojas, ocurrido en la madrugada del sábado 13 de diciembre en La Candelaria, Caracas.

Símbolo de la lucha por el matrimonio igualitario, Soto y su pareja Migdelys Miranda (ambas psicólogas), se casaron en junio de 2013 en Argentina (donde el matrimonio igualitario es legal desde 2010) por la inexistencia de leyes en Venezuela que reconocieran su unión. El Registro Civil en Venezuela rechazó registrar su matrimonio, como si ocurre con las parejas heterosexuales que se casan en el extranjero. Su hijo (concebido mediante técnica de reproducción in vitro), que también debió nacer en Argentina, ahora se encuentra en un limbo legal: sólo puede llevar el apellido Miranda y sus derechos no son reconocidos.

 

Gini beso

 

Las reacciones en las redes sociales no se hicieron esperar:

 

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La esgrimista venezolana y ex ministra de Deporte, Alejandra Benitez, también expresó su estupor por el asesinato de Soto.

 

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El Ministerio Público confirmó vía Twitter la designación de fiscales para investigar la muerte de Soto.

 

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Estos fueron los últimos tuits de Gini Soto, quien además de activista respaldaba el proceso chavista, aunque con críticas. Particularmente denunció la posición de Socorro Hernández, quien amparada en su religión cristiana, negaba la posibilidad de discusión y aprobación del matrimonio igualitario, a juicio de Soto. No obstante, el último motivo de sus desvelos fue el reconocimiento legítimo del bebé que dio a luz su esposa.

 

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