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Gaceta oficial

38% de las leyes sancionadas por la AN en 2022 todavía no han aparecido en Gaceta Oficial
Ocho de las 21 leyes sancionadas el año pasado no han entrado formalmente en vigor

 

La Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 sancionó veintiún leyes el año pasado. Sin embargo, ocho de ellas todavía no han entrado formalmente en vigor. ¿La razón? No han sido publicadas en la Gaceta Oficial.

Acceso a la Justicia obtuvo la información al revisar la información disponible en el sitio web del Parlamento. En este sentido, en la página oficial del organismo, específicamente en el resumen legislativo que ofrece la AN, se lee «APROBADAS EN LA ASAMBLEA NACIONAL, AÚN NO PUBLICADAS EN GACETA OFICIAL» sin ofrecer  mayor explicación de por qué en el caso de estos ocho instrumentos, que equivalen al 38% de las leyes realizadas por los diputados, no se ha cumplido con el último e indispensable requisito para considerarlos vigentes.

El artículo 215 de la Constitución de 1999 es claro al señalar que «la Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela». En el mismo sentido, el artículo 1 del Código Civil establece que «La Ley es obligatoria desde su publicación en la GACETA OFICIAL o desde la fecha a posterior que ella misma indique». La nueva Ley de Publicaciones Oficiales también ratifica esta disposición en su artículo 10. Así, mientras este trámite no se realice el texto no se puede considerar vigente y, por lo tanto, ni las autoridades ni los ciudadanos están obligados a acatar sus disposiciones.

No hay información disponible que indique que el presidente de la República haya vetado alguna de las leyes que integran este grupo. Lo cierto es que ninguna de las leyes sancionadas entre octubre y diciembre de 2022 ha sido publicada en la Gaceta Oficial, pese a que el texto constitucional en su artículo 214 da un plazo de diez días al presidente de la República para la promulgación de las leyes.

Esta práctica opaca no es novedosa. A finales del año pasado, desde Acceso a la Justicia denunciamos que a partir de 2021 hay dieciocho números de la Gaceta Oficial cuyo paradero se desconoce, así como su contenido, a lo que hay agregar once gacetas de número extraordinario, presumiblemente del último trimestre de 2022 y comienzos de este año, que tampoco son de conocimiento público.

Sin dinero ni derechos

Entre los instrumentos que no han entrado definitivamente en vigor figuran las leyes de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2023 y de Endeudamiento. Ambas normas son de gran trascendencia e impacto para los ciudadanos, por cuanto prevén los fondos que el Estado destinará a servicios como la educación, salud, seguridad y al pago de pensiones o jubilaciones, así como a inversiones en infraestructuras y servicios públicos.

La Ley Especial de Trabajadoras y Trabajadores a Domicilio y la reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora son otras normas que, pese a haber sido aprobadas por los diputados y previsiblemente refrendadas por Nicolás Maduro, tampoco están en vigor.

No obstante, mientras el texto no aparezca en la Gaceta Oficial, ninguna de estas disposiciones se podrá aplicar ni su incumplimiento sancionarse.

¿Misión cumplida?

En una reciente entrevista con la estatal Venezolana de Televisión (VTV), el diputado oficialista Juan Carlos Alemán confirmó que el año pasado el Parlamento sancionó veintiún leyes. La cifra representa el 91% de la meta que el Parlamento se había trazado en su Agenda Legislativa para 2022, la cual estaba conformada por veintitrés proyectos.

El parlamentario, quien es presidente de la Comisión del Poder Popular y Comunicación de la AN, admitió que «nos quedamos cortos» en comparación con 2021. En el primer año de la actual legislatura fueron sancionadas 35 leyes, 40% más que en 2022. En realidad, fueron 38 los textos aprobados en 2021, apuntó el reelecto presidente de la AN, Jorge Rodríguez.

Sin embargo, Alemán recordó que el año pasado 39 leyes fueron aprobadas en primera discusión y «este 2023 esas 39 leyes que ya fueron aprobadas en primera discusión se van a convertir en leyes de la República».

Los objetivos para 2023

Las reformas de las leyes del Poder Popular o la aprobación de otras nuevas como la del llamado Parlamento Comunal y la de la Comunicación son algunas de las prioridades del Parlamento para el año que recién comienza, según lo aseguró Juan Carlos Alemán.

«Queremos darle más poder a la gente. Nosotros no queremos no sé cuantas más alcaldías, sino los 40.000 consejos comunales e incluso más», dijo.

Por último, el legislador anunció que otra prioridad será la aprobación de una ley para regular las redes sociales. En todo caso, habrá que esperar la publicación en los próximos días de la agenda legislativa para 2023.

Acceso a la Justicia reporta 18 gacetas oficiales desaparecidas entre 2021 y 2022
Entre los ejemplares perdidos hay dos en los que figuraban los proyectos de Ley de Presupuesto y de Endeudamiento de 2022

La ONG Acceso a la Justicia reportó este martes, 6 de diciembre, que hay al menos 18 gacetas oficiales desaparecidas entre 2021 y 2022.

De acuerdo con la organización, 10 de las gacetas corresponden al año 2021, mientras que ocho son de este 2022.

Además, advirtieron que 15 de las gacetas oficiales son extraordinarias, lo que a juicio de la ONG, «confirma que esta práctica se ha consolidado».

«De los dieciocho números de la Gaceta Oficial de los que no hay rastro, se desconoce totalmente su contenido en trece de ellos«, añadió Acceso a la Justicia.

Según la organización, en 2019 constataron que 15 gacetas extraordinarias que se dictaron entre diciembre de 2018 y mayo de 2019, no se publicaron en papel ni en forma digital. Tampoco se podían consultar en la sede de la Imprenta Nacional.

Por su parte, en una investigación de EsPaja.com se determinó que 64,22% de 47 documentos oficiales que contempla el estudio, los cuales debieron publicarse entre 2010 y 2022, no se han difundido aún.

Ley o no ley

De acuerdo con Acceso a la Justicia, lo que ocurre con las gacetas oficiales tiene consecuencias en la vida de los ciudadanos, pues el artículo 215 de la Constitución establece que una ley solo entrará en vigor una vez que salga en dicha publicación.

Pero no solo las leyes comienzan a aplicarse cuando aparecen en Gaceta Oficial, sino también «actos administrativos de carácter general o que interesen a un número indeterminado de personas y actos administrativos de carácter particular cuando así lo exija la ley”.

Asimismo, las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que establecen criterios vinculantes, así como las decisiones que adopte la Sala Plena o la directiva del organismo, también deben aparecer en esta publicación.

También deben aparecer en gaceta los actos del Consejo Moral Republicano o del Consejo Nacional Electoral (CNE).

«Sin el cumplimiento de este formalismo se puede asumir que el acto o decisión no tiene valor legal», advirtió la organización Acceso a la Justicia.

Entre los ejemplares perdidos hay dos en los que figuraban los proyectos de Ley de Presupuesto y de Endeudamiento de 2022, los cuales debían estar en las gacetas extraordinarias 6.670 y 6.671, ambas del 20 de diciembre de 2021.

A su vez, de otras dos Gacetas se supo de su contenido porque fueron reimpresas por un error material. En una de ellas se ordenaba a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) trasladar a las personas presas en su sede a cárceles ordinarias.

De las ocho gacetas correspondientes a 2022 se ignora el contenido y hasta el momento no hay rastro de ellas, agregó Acceso a la Justicia.

Inseguridad jurídica a la orden del día en Venezuela: las gacetas perdidas
Desde 2021 hay dieciocho números cuyo paradero se desconoce

 

Una investigación de Acceso a la Justicia sobre la publicación de la Gaceta Oficial arrojó que desde 2021 hay dieciocho números cuyo paradero se desconoce: diez corresponden al año 2021 y ocho a 2022. La inmensa mayoría de los números desaparecidos (quince) son extraordinarios, lo cual confirma que esta práctica se ha consolidado. De los dieciocho números de la Gaceta Oficial de los que no hay rastro, se desconoce totalmente su contenido en trece de ellos.

Previamente, en 2019, Acceso a la Justicia constató que quince gacetas extraordinarias dictadas entre diciembre de 2018 y mayo de 2019 no habían sido publicadas en papel ni digitalmente ni se podían consultar en la sede de la Imprenta Nacional.

Por su parte, en la más reciente investigación del portal de verificación EsPaja.com, promovido por Transparencia Venezuela, titulada Opacidad en Venezuela, una forma de gobernar, se concluyó lo siguiente:

«El Estado venezolano está en deuda en lo que se refiere a la publicación de la data pública. Más de la mitad (64,22%) de los 47 documentos oficiales contemplados en este estudio, que debieron ser publicados entre 2010 y 2022 no se han difundido aún. A eso hay que sumar que 4,9% se presentaron a destiempo».

Ley o no ley, he allí el dilema

Lo que ocurre con la Gaceta Oficial es un hecho que tiene consecuencias directas y muy importantes en la vida de los ciudadanos. ¿Por qué? El artículo 215 de la Constitución establece claramente que una ley solo entrará en vigor una vez que salga en dicha publicación.

Pero no solamente las leyes comienzan a aplicarse una vez que aparecen en la Gaceta Oficial, sino también

«los actos administrativos de carácter general o que interesen a un número indeterminado de personas y actos administrativos de carácter particular cuando así lo exija la ley”, “los decretos del Presidente de la República” o las “resoluciones y demás actos jurídicos de efectos generales del Vicepresidente Ejecutivo, Procurador General de la República, de los ministros, así como las providencias de sus entes y órganos».

Las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que establecen criterios vinculantes, así como las decisiones que adopte la Sala Plena o la directiva del organismo, también deben aparecer en esta publicación, lo mismo que los actos del Consejo Moral Republicano o del Consejo Nacional Electoral (CNE). Sin el cumplimiento de este formalismo se puede asumir que el acto o decisión no tiene valor legal.

La investigación de Acceso a la Justicia arrojó que entre los ejemplares perdidos hay dos en los que figuraban los proyectos de Ley de Presupuesto y de Endeudamiento de 2022, los cuales debían estar en las gacetas extraordinarias 6.670 y 6.671, ambas del 20 de diciembre de 2021. Esta información fue obtenida porque figura en otras ediciones de la Gaceta Oficial.

De otras dos Gacetas se supo de su contenido porque fueron reimpresas debido a un error material. En una de estas figura el decreto presidencial n.º 4.510 del 12 de mayo de 2021, en el cual se ordenaba a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) trasladar a las personas presas en su sede a cárceles ordinarias.

De las ocho gacetas correspondientes a 2022 se ignora qué contenían y hasta el momento no hay rastro de ellas.

Avanzando en la opacidad

La institucionalización de la no publicación de todos los números de la Gaceta Oficial es un paso más en el cierre de las fuentes de información pública. No se puede ignorar que, pese a la aprobación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público, su contenido es letra muerta, porque tanto los funcionarios administrativos como la justicia se niegan a aplicarla y así facilitarle a los ciudadanos acceder a datos en poder del Estado.

Tampoco se puede pasar por alto que en los últimos años el TSJ viene recurriendo a la práctica de anunciar sentencias, pero no publicarlas, o incluso, ha llegado a anunciar alguna de sus decisiones mediante notas de prensa, sin luego publicar la decisión correspondiente.

Desde 2017 el Gobierno no publica el presupuesto nacional y el Banco Central de Venezuela (BCV) por años dejó de publicar sus indicadores económicos, en lugar de regularmente como ordena la Constitución.

Todo esto explica por qué Venezuela quedó en el puesto 137 de entre 140 países evaluados en el último informe del World Justice Project en el reglón relacionado con Gobierno abierto.

¿Y dónde queda la nueva Ley de Publicaciones Oficiales?

En febrero de este año, la Asamblea Nacional (AN) aprobó una nueva Ley de Publicaciones Oficiales —derogando la que venía rigiendo desde 1941, cuyo artículo 2° se refiere a sus objetivos en los siguientes términos:

«Contribuir a garantizar la seguridad jurídica a través de la publicación diaria, sencilla, uniforme, eficaz y eficiente de los actos jurídicos del Estado.

Garantizar a las personas el derecho a ser informados de forma oportuna y veraz de los actos jurídicos del Estado, para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica.

Desarrollar los principios de honestidad, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública dotando de seguridad y publicidad a los actos jurídicos del Estado».

Desde luego, el que existan dieciocho gacetas ocultas pone en entredicho el nuevo instrumento normativo, al quedar comprometidos todos los objetivos antes mencionados.

Así el TSJ cubrió la vacante temporal del magistrado Calixto Ortega
La Sala Plena le concedió un «permiso temporal» al magistrado

Como si la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de concederle un «permiso temporal» al magistrado Calixto Ortega para que pueda desempeñarse como embajador ante la Corte Penal Internacional (CPI) no generase suficientes dudas, la forma como ha cubierto su vacante en la Sala Constitucional añade otras interrogantes.

El pasado 28 de julio, la Asamblea Nacional (AN) avaló por unanimidad la decisión de Nicolás Maduro de encomendarle al miembro del máximo juzgado la tarea de representar al Estado ante el juzgado con sede en La Haya (Países Bajos).

El nombramiento, sin embargo, no provocó la salida automática de Ortega del máximo juzgado, tal y como lo exige el artículo 39 de la Ley Orgánica del TSJ (LOTSJ), el cual establece que los magistrados deben dedicarse exclusivamente a sus funciones jurisdiccionales durante su mandato de doce años y que solo

«podrán ejercer cargos académicos y docentes siempre y cuando no sea a tiempo completo o no resulten incompatibles con el ejercicio de sus funciones, y ser miembros de comisiones codificadoras, redactoras o revisoras de leyes, ordenanzas y reglamentos que, según las disposiciones que las rijan, no constituyan destinos públicos remunerados».

Por el contrario, la Sala Plena le concedió un «permiso temporal», tal como desde hace un par de años ha otorgado a otros de sus miembros para que desempeñen funciones diferentes en contra de la Constitución y de la ley. En el caso de Ortega, esto quedó reflejado en una sentenciala n.º 665 que la Sala Constitucional publicó el 14 de octubre.

En dicho fallo también se anuncia que la silla de Ortega será ocupada por la magistrada Michel Adriana Velásquez Grillet, otro asunto que siembra dudas sobre la correcta integración de la instancia encargada de interpretar la letra y espíritu de la carta magna.

Incumpliendo la ley

La convocatoria de Velásquez Grillet contradice lo previsto en el artículo 48 de la LOTSJ. Dicha norma señala que para la suplencia de las faltas de los magistrados «se convocará a los suplentes en el orden de su designación», y agrega lo siguiente:

«Se entiende por orden de designación, el que aparezca establecido en las listas de suplentes que sean elegidas por la Asamblea Nacional para cada Sala. Se considerará que dichas listas forman una sola, y se convocará a sus integrantes, comenzando por el primer suplente de la lista correspondiente a la Sala en que se haya producido la falta».

Velásquez Grillet no encabeza la lista de magistrados suplentes designados por el Parlamento en abril pasado. Este puesto lo ocupa Cristóbal Cornieles Perret, tal y como consta en el comunicado de prensa que el Legislativo remitió el día que realizó los nombramientos y en la Gaceta Oficial respectiva.

El TSJ no explicó los motivos por los cuales no convocó a Cornieles. La posibilidad de que fuera por algún problema de salud o de otra naturaleza que le impidiese ejercer el cargo queda descartado, pues el 29 de octubre el TSJ lo juramentó como miembro de la Corte de Apelaciones de Caracas y presidente del Circuito Judicial Penal de la capital.

El salto de un suplente a otro es un asunto de dudosa legalidad, pero el nombramiento de un magistrado suplente en otro cargo del Poder Judicial pone en duda los principios que postulan la independencia e imparcialidad, sobre todo porque no se siguieron los requisitos constitucionales y legales exigidos en la materia.

 

Codhez advierte sobre aumento de precios en 25 alimentos
El alto costo de la vida azota a los larenses

 

La Comisión para los Derechos Humanos del estado Zulia (Codhez), informó que persiste el aumento en el precio de 25 alimentos de la canasta básica en Lara.

“Esta situación se evidencia con el incremento del valor promedio del litro de aceite vegetal en los mercados barquisimetanos. Este producto de la cesta básica venezolana se valoró en la primera quincena de junio en Bs. 11,39 (USD 2,14), mientras que a finales de ese mes se fijó en Bs. 18,65 (USD 3,40), es decir, una variación de +63,79% en bolívares y +58,54% en dólares estadounidenses, en atención a una tasa promedio de Bs/USD 5,49”, explicó Codhez en una nota de prensa.

Por otra parte, la  comisión detalló que el costo del kilogramo de yuca sigue en alza, ya que a mediados de junio se encontraba en los establecimientos monitoreados en Bs. 4,88 (USD 0,92), mientras que al cierre de mes se ubicó en Bs. 7,29 (USD 1,33). Su variación fue de +49,55% en bolívares y +44,75% en dólares.

A su vez, los frijoles, una de las proteínas de origen vegetal consumidas por los barquisimetanos en sustitución de las carnes de res y las diversas presentaciones del pollo, elevó su costo +24,12% en bolívares y +20,14% en dólares estadounidenses, pasando de promediar Bs. 8,49 (USD 1,60) por kilogramo, a valorarse en Bs. 10, 52 (USD 1,92) en un período de quince días.

Un continuo ascenso

Como también ha reportado Codhez a lo largo de su estudio quincenal, realizado en las regiones occidentales Lara, Táchira y Zulia, el corte de primera de la carne de res sigue siendo el alimento más costoso, ubicándose en Bs. 46,39 (USD 8,46), es decir, +4,53% en bolívares y +1,17 en dólares respecto de la primera quincena de junio.

En general, y como consecuencia de la espiral inflacionaria persistente en Venezuela, el valor de la lista de alimentos monitoreados en Barquisimeto se cifró durante esta quincena de junio en Bs. 380,68 (USD 69,39), equivalentes a 292,83% del salario mínimo mensual, fijado en Bs. 130,00 en Gaceta Oficial desde el 15 de marzo de 2022. 

En este sentido, en dos semanas, la canasta Barquisimeto (CBQT) aumentó +5,72% en bolívares, y +2,32% en USD, debido a que durante la primera quincena de junio rondó los Bs. 360,09 (USD 67,81).

Este monto, a su vez, marca una diferencia promedio global de 8.983%, en comparación con los precios acordados por el gobierno nacional, desde abril del año 2020, (para los cortes de carne de res de primera, de segunda y costillas; pollo entero; caraotas, arvejas, lentejas y frijoles; cartón de treinta huevos, queso blanco semiduro, harina precocida de maíz, pasta, arroz blanco de mesa, margarina, aceite vegetal, y sardinas en lata).

Reforma de Código Penal cubano prohíbe financiamiento externo a ONG
Estipula una pena de hasta 10 años de prisión

La Asamblea Nacional de Cuba aprobó un nuevo Código Penal que incluye 37 nuevos delitos, entre ellos el financiamiento externo de medios de prensa.

Activistas y opositores advirtieron que la reforma del Código acallará la protesta social y el periodismo independiente.

La reforma prevé sancionar con hasta 10 años de prisión a toda persona que “apoye, fomente, financie, provea, reciba tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros de organizaciones no gubernamentales o instituciones internacionales, y que puedan ser usados para sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional”.

La nueva norma, probada por unanimidad en la sesión extraordinaria del Parlamento, este domingo 15 de mayo, a casi un año de las protestas antigubernamentales del 11J, entrará en vigencia dentro de 90 días a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República, informó EFE.

 

“El medio petro se extravió en algún lugar”: Publican en Gaceta Oficial aumento del salario mínimo
Tras publicarse la Gaceta, en redes sociales comenzaron los comentarios sobre el Decreto, que no menciona que el salario será de medio petro, tal y como lo había anunciado Maduro

La noche de este miércoles, 16 de marzo, se publicó la Gaceta Oficial que contiene el decreto del aumento del salario mínimo en Venezuela, que ya había sido anunciado por Nicolás Maduro el pasado 3 de marzo.

En ese momento, Maduro aseguró que el salario mínimo sería de medio petro (126,32 bolívares en ese momento), y que el bono de alimentación subió a 45 bolívares.

«Vamos a salarizar los bonos que entregamos a la clase obrera, el salario mínimo de los trabajadores se subirá a medio petro, impactando todas las tablas salariales», dijo Maduro en sus declaraciones.

Sin embargo, de acuerdo con la Gaceta Oficial que publicó en Twitter el Ministerio del Proceso Social de Trabajo, los montos son diferentes y no se menciona en ningún lado que el salario esté anclado al petro.

 

La Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.691, con fecha del 15 de marzo de 2021, a través del Decreto 4.653 estableció el aumento del salario mínimo, así como el monto de jubilaciones y pensiones. Además, se estableció que el cestatícket se fijaría en 45 bolívares.

Con respecto al monto del salario mínimo, el artículo 1 de la Gaceta expresa lo siguiente:

«Se incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores públicos y privados, sin perjuicio en el artículo 2° de este Decreto, a partir del 15 de marzo de 2022, estableciéndose la cantidad de ciento treinta bolívares sin céntimos (Bs. 130,00) mensuales.

«El medio petro se extravió»

Tras publicarse la Gaceta, en redes sociales se expresaron varios comentarios sobre el Decreto, que no menciona que el salario será de medio petro, tal y como lo había anunciado Maduro.

Daniel Betancourt, especialista en derecho financiero, aseguró en Twitter: «El medio petro se extravió en algún lugar entre el discurso oficial y el imaginario popular».

A juicio de Betancourt, nuevamente «se niega una dolarización implícita del salario mínimo en una economía dolarizada».

Por su parte, Charles Newbury Tomas, quien es abogado y coordinador de la ONG Motivo Vinotinto en el estado Yaracuy, resaltó la disparidad entre lo dicho por Maduro y lo publicado en Gaceta.

«Dicho Decreto no habla por ningún lado del medio petro de salario como se anunció el #3Mar (…) Se estableció el salario mínimo en 130 Bs, lo que equivale al día de hoy #16Marzo según la tasa del BCV a treinta dólares con cuarentena y cuatro centavos ($30,44) mensuales, lo que representa un dólar con cero centavos ($1,0), diarios», explicó en su publicación.

 

En ese sentido, según explica, los trabajadores siguen devengando «salarios de pobreza extrema».

«Recordemos que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), clasifica a los ingresos inferiores a un dólar con nueve centavos diarios ($1,9), como pobreza extrema», añadió el especialista.

Además, resalta que en ninguna parte del Decreto aparece la «salarización de bonos», por lo cual esta salarización no existe. «Para los pensionados y jubilados de la Administración Pública, se fijó el monto de la pensión en 130 Bs», añadió.

 

*También puede leer: Trabajadores, jubilados y pensionados rechazan aumento de Maduro y exigen salario de $900 mensuales

Foro Penal: Mayoría de traslados de presos políticos se han dado antes del decreto
Gonzalo Himiob informó que desde antes de que se publicara la Gaceta Oficial se dieron traslados de presos políticos

El vicepresidente del Foro Penal, Gonzalo Himiob aseguró que el traslado de presos políticos se venía haciendo desde mucho antes de que se publicara la Gaceta Oficial 42.125 donde se ordena el traspaso de custodia de presos del Sebin y la Dgcim al Ministerio de Servicio Penitenciario.

En rueda de Prensa, Himiob indicó que eso «ya tiene mucho tiempo haciéndose» y que hasta el 5 de mayo, habían llevado desde la Dgcim hasta cárceles comunes, a 48 presos, 17 de ellos presos políticos.

«El llamado que hacemos es a no generar una alarma innecesaria con una situación que no es nueva y que no tiene vinculación con la Gaceta», solicitó.

El defensor de derechos humanos, también dijo que después de que se publicó la Gaceta Oficial no ha habido una gran cantidad de traslados de presos políticos, y que el jueves, 20 de mayo, recibieron la confirmación de que se dieron 4 nuevos traslados. «La mayoría de los traslados se han dado antes del decreto». 

Agregó que el hecho de que se trasladen desde estos organismos a cárceles comunes, no implica que dejen de ser presos políticos y que su detención sea arbitraria y en condiciones precarias. «Salvo en algunos casos puntuales, que puede haber cambios para mejor o para peor, pero básicamente se mantendrá igual».

Himiob indicó que el problema con los traslados, es que se está violando el Código Orgánico Penitenciario, y que no se le está informando a los familiares y a la defensa. «No implica una mejoría en sus condiciones, porque en Venezuela no hay una sola cárcel o centro de reclusión que cumpla con las Reglas Mandela, que son los estándares internacionales», añadió.

Fichas de negociación

Sobre un posible nuevo proceso de negociación, entre el gobierno de Nicolás Maduro y la oposición, Alfredo Romero, presidente del Foro Penal, dio su visto bueno, pero pidió que no se utilicen a los presos políticos como una ficha de negociación. «Esto lo hemos repetido en múltiples ocasiones, cada preso político es un ser humano, que tiene familia, hijos, que sufren su prisión», recalcó. 

Romero aseguró que dan la bienvenida a la liberación, aunque sea de una sola persona, pero que el Foro Penal no se prestará a apoyar o utilizar a los presos políticos como piezas de negociación. «Creemos que los diálogos son necesarios. Cómo no aceptar un proceso que lleve a la transición y claro que el Foro Penal se haría parte, pero hay que comprender la situación humana de los presos políticos, hay que saber y conocer la situación de cada uno», explicó.

Por eso dijo que una negociación debe contemplar que no se encarcelen más personas. «El Foro Penal abierto a cualquier posibilidad y da la bienvenida a la liberación de presos políticos y que el país tenga un proceso real de paz, eso sí, paz sin impunidad», expresó.

Igualmente indicó que hasta la fecha se registran 306 presos políticos, de los cuales solo el 15% ha recibido una condena, mientras que 53% llevan dos años sin juicios, por lo cual denunció que deben ser liberados, porque el Código Orgánico Penal señala que una persona no puede estar detenida por más de dos años sin condena.