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El Megafono

Una Ventana a la Libertad: En Venezuela hay 110 mil presos, de los cuales 65 mil están en calabozos
2021 cierra con balance negativo en las prisiones 

El coordinador de la ONG Una Ventana a la Libertad, Carlos Nieto, indicó que lo que ha ocurrido en materia de justicia y derechos humanos días previos a la visita del fiscal jefe de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, a Venezuela y posterior a haber anunciado una investigación contra funcionarios venezolanos, ha sido un «maquillaje«, porque en el caso de los privados de libertad siguen muriendo por el hacinamiento de los centros penitenciarios y los centros de reclusión policial, afirmando que se mantiene el retardo procesal. 

«El 21 de junio, el presidente, Nicolás Maduro, creó la Comisión Especial para atender el retardo procesal en los centros de detención preventiva, según el anuncio los parlamentarios de la Asamblea Nacional tenían que atender este problema en 60 días, a la fecha siguen trabajando en este tema, apenas se atendió al 20% de la población carcelaria, se abrieron algunas investigaciones de algunos privados, algunos quedaron en libertad o fueron trasladados a otras cárceles», dijo. 

Afirma que en Venezuela existe una población penitenciaria aproximada de 110 mil presos, de los cuales 65 mil están en centros policiales. 

«Otros de los cambios que se dio previo a la visita del fiscal, es que la sede del Sebin, en El Helicoide, pasó a manos del Ministerio de Asuntos Penitenciario, pero los problemas de fondo no se han atacado, como el caso de las muertes de los privados de libertad por desnutrición, no recibir atención médica a tiempo, o las enfermedades derivadas por las condiciones de hacinamiento en las que se encuentran», comunicó. 

Según registro de Una Ventana a la Libertad, el estado Lara es el que más presos muertos registra este año, estando bajo custodia del Estado. Han fallecido un total de 37, de los cuales 25 se encontraban en la cárcel de Fénix, en Uribana. 

La principal causa de muerte son enfermedades, como insuficiencia respiratoria, desnutrición y tuberculosis. Las cárceles del país tienen problema de mantenimiento, la gran mayoría carece de agua, no hay atención médica a tiempo y el 95% de la alimentación de los privados depende de los familiares.

Violencia sexual contra mujeres, niñas y adolescentes aumentó en Bolívar durante 2021
Hubo un aumento de agresiones sexuales durante el presente año

155 víctimas de violencia sexual, entre mujeres, niñas y adolescentes, se han cuantificado en el estado Bolívar entre enero y noviembre de 2021. La cifra representa un aumento de 15% de este tipo de violencia en comparación con los casos reportados en 2020, según informó el Observatorio Guayanés de Violencia de Género del Ateneo Ecológico de Bolívar en su último balance.  

La Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía (Codehciu), organización que también monitorea este tipo de situación, coincide en el mismo patrón: un aumento sostenido de agresiones sexuales durante el presente año.

Conforme aumentó la violencia sexual -especialmente en menores de edad- durante la cuarentena por Covid-19, también se incrementaron las cifras de suicidios e intentos de suicidio. El Observatorio Venezolano de Violencia (OVV) contabilizó 222 muertes por suicidio y 30 intentos de suicidio, entre enero y agosto de 2021, en todo el país. “En términos generales, la incidencia del suicidio de las mujeres es entre tres y cuatro veces menor que la de los hombres, pero este año, en Venezuela la tendencia va hacia las niñas y adolescentes, lo que podemos atribuir al aumento de la violencia de género y la violencia sexual como factores de riesgo”, explicó Gustavo Páez, investigador y coordinador del OVV Mérida, durante la presentación del informe relacionado con el tema.

En 16% de los casos, las víctimas son adolescentes entre los 12 y 17 años, y a eso se le suman cinco casos de intento de suicidio. El OVV resaltó que mujeres y niñas son las víctimas mayoritarias de la violencia autoinfligida y lo atribuye al aumento de la violencia de género durante el confinamiento por la pandemia de Covid-19, especialmente, el aumento de la violencia sexual.

Uno de los casos de violencia sexual más resaltantes, ocurridos en Bolívar, fue el de la violación de tres niñas, entre 1 y 5 años, durante una fiesta en una comunidad indígena de Gran Sabana. El victimario, José Luis Depablos Córdova, fue aprehendido a mediados de noviembre.

En otro hecho, por abuso sexual y práctica de actos lascivos a su vecina, de 11 años, y a sus dos hijas adoptivas, de 4 y 8 años, también fue aprehendido en agosto Manuel Jesús Silva Jaramillo, de 45 años, en Ciudad Guayana, municipio Caroní. Ese mismo día, el Servicio de Investigación Penal de la Policía del Estado Bolívar (Sipeb) reportó la detención de Javier José Guerra Castillo, de 28 años, por abusar sexualmente de su hermanastra, de 11 años.

En mayo de 2021, autoridades reportaron la detención de J.A. Ortiz Montañez, acusado de hacerse pasar por pastor evangélico para violar a niñas y niños, entre 10 y 11 años. El caso trascendió, en principio, por el abuso sexual de una niña, de 11 años, con condiciones especiales; luego, las autoridades descubrieron que varios niños, niñas y adolescentes fueron agredidos sexualmente por el mismo presunto pastor.

Sin datos oficiales

De acuerdo al OVV Bolívar, la falta de información oficial sobre violencia sexual contra mujeres, niñas y adolescentes se mantiene. “Las organizaciones ejercen contraloría pública con base en los casos de violencia que trascienden a la prensa, por lo que la incidencia real de la violencia sexual en el estado Bolívar y su correlación con muertes violentas autoinfligidas en la niñez y adolescencia se desconoce en detalle”. Señaló el equipo.

Igualmente, resaltó el equipo de investigación que a casi 2 años de pandemia por Covid-19, el Estado no ha fortalecido los mecanismos de prevención y protección contra todos los tipos de violencia contra la mujer. “La violencia sexual impacta la salud física y mental de mujeres y niñas, que en su mayoría no tienen acceso oportuno a atención médica y legal por parte de los organismos públicos. Desde el OVV Bolívar, hemos validado la existencia de Fiscalías y Tribunales con competencia expresa para la protección de la mujer, del mismo modo el funcionamiento de las instancias que integran en el ámbito administrativo y judicial el sistema de protección de niños, niñas y adolescentes; sin embargo, en entrevistas realizadas, algunos de sus representantes sostienen que no cuentan con suficientes miembros en sus equipos disciplinarios para atender la cantidad de casos que se presentan”.   

Uno de los pasos necesarios para el proceso terapéutico de las víctimas, sobrevivientes y sus familiares, es la justicia, pero el primer obstáculo para obtenerla es precisamente reconocer el delito. Por eso, desde el OVV Bolívar, se considera imperante una mayor sensibilización en los órganos que son receptores de denuncias, al mismo tiempo que se garantice que el espacio de denuncias sea un entorno seguro.

En el caso de la violencia sexual, lo expertos sostienen que, en la mayoría de los hechos contra niños, niñas y adolescentes, el agresor es una persona cercana o perteneciente al entorno familiar de la víctima, de allí que, ante el aumento de estos casos durante la pandemia, los especialistas resaltan la importancia de identificar signos de violencia en la infancia y adolescencia, y de conocer los mecanismos de ayuda disponibles por región. “En ese sentido, desde la organización que representamos, hacemos un llamo al ejercicio de la corresponsabilidad que obliga este tipo de flagelos, a garantizar mecanismos de educación que permitan identificar la violencia sexual en el hogar, cómo prevenirla en tiempos de alarma sanitaria y las rutas de denuncia. Al mismo tiempo, exigimos la creación de políticas públicas de tolerancia cero a todas las formas de violencia de género”. Finalizó diciendo el equipo del OVV Bolívar.

Cinco casos que muestran que en Venezuela sentencia mata voto
Desde 2015, el Tribunal Supremo de Justicia se ha encargado de boicotear la voluntad popular 

«Acta mata voto». En las décadas de los 70, 80 y 90 los partidos políticos minoritarios hicieron de esta frase un lema para defender una profunda reforma del sistema electoral venezolano que garantizara el respeto a la voluntad popular. Décadas después, sin embargo, parece que ya no se necesita que los miembros de mesa modifiquen el documento donde se registran los sufragios contenidos en una urna, sino que basta con una sentencia emanada de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), o también vale con su silencio, para modificar la decisión de los ciudadanos, en especial cuando la misma no favorece al chavismo.

Las sentencias n.° 78 y 79 del pasado 29 de noviembre no son las primeras en las que el organismo rector del Poder Judicial deja sin efecto el deseo de la mayoría de los votantes. Estos fallos no están disponibles (solo lo está su parte decisoria), y en ellos la Sala Electoral primero ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) suspender inmediatamente «los procedimientos y/o procesos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación» del Gobernador del estado Barinas; y luego estableció que se repitiera la elección de dicho cargo el próximo 9 de enero, alegando que el eventual ganador (el candidato opositor Freddy Superlano) no podía asumir el puesto, pues había sido inhabilitado para ejercer funciones públicas por la Contraloría General de la República (CGR),

Sobre el reciente caso de Barinas llaman la atención algunos aspectos. Uno de ellos es que la acción presentada ante la Sala Electoral no fue introducida por un chavista, sino por un supuesto aspirante a la Gobernación, quien es un opositor disidente, Adolfo Superlano, quien fue sancionado por los Estados Unidos por formar parte del llamado grupo de los «alacranes», aquellos legisladores electos en 2015 que intercedieron por empresarios vinculados al chavismo ante gobiernos extranjeros, por lo que fueron expulsados de sus partidos.

El segundo aspecto que asombra del caso Barinas es la rapidez con la que la instancia dio respuesta. En cuestión de horas, la Sala ordenó al CNE suspender la totalización de los votos y ordenó repetir las elecciones por la inhabilitación a Freddy Superlano arriba mencionada.

Sobre la supuesta sanción, el rector Roberto Picón ha dicho «Dejo constancia que la inhabilitación del ciudadano Freddy Superlano era desconocida para el CNE para el momento de su postulación; de más está recordar que, de haber sido notificada, hubiera sido imposible procesar la solicitud». La divulgación de un acto de un organismo público mediante su publicación en la Gaceta Oficial es un requisito indispensable para su eficacia, es decir, para su conocimiento y exigibilidad, como lo impone la Ley de Publicaciones Oficiales. La rapidez demostrada por la Sala Electoral en este caso prueba que el TSJ está presto a actuar, en cualquier momento y hora, cuando los intereses del chavismo están en riesgo.

Otro elemento llamativo de este caso es que los magistrados Indira Alfonzo, Malaquías Gil, Jhannett Madriz, Fanny Cordero y Carmen Alves recurrieron a la figura de la «ponencia conjunta» para dejar en claro que la decisión tiene unanimidad.

Llama la atención que el texto del fallo no fuera publicado de inmediato, sino simplemente anunciado el 29 de noviembre en la web del máximo juzgado y difundido mediante un escueto comunicado de prensa.

También sorprende la inmediatez con la que la Sala Constitucional resolvió negativamente la revisión solicitada por Freddy Superlano contra las dos decisiones de la Sala Electoral, mediante la sentencia n.° 732 del 8 de diciembre, en la que ratifica la constitucionalidad y vigencia del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional del Control Fiscal, y por ende desecha la petición de Superlano. Este fallo sí aparece publicado con su texto completo en la página web del TSJ.

Es más, la Sala Constitucional refuerza esta posición al expresar que

«ha dado un tratamiento deferente y respetuoso de la voluntad popular, cuando se trata de un funcionario electo, pero en el caso del peticionario, el proceso electoral no culminó con la respectiva totalización, adjudicación y proclamación, al advertirse su inhabilitación administrativa para participar en el proceso. Sin duda, el planteamiento del solicitante en el sentido de que se le violaron sus derechos particulares, choca con el privilegio que esta Sala ha dado en caso de contradicciones o antinomias, a las normas que favorecen el interés general y el bien común, debiendo aplicarse las disposiciones que privilegian los intereses colectivos sobre los intereses particulares».

Aunque en el caso de Barinas el proceder del TSJ ha sido ajeno a la Constitución y a los principios básicos de la democracia y del Estado de derecho, ya desde 2015 Acceso a la Justicia ha analizado al menos otros cuatro casos en que se ha dado el patrón de que «sentencia mata voto».

Liquidando a la AN opositora

El 30 de diciembre de 2015, a menos de un mes de los comicios legislativos en los que la oposición consiguió las 2/3 partes de la Asamblea Nacional (AN), la Sala Electoral decidió interrumpir su receso navideño y de fin de año para recibir una serie de recursos contenciosos electorales llevados por candidatos derrotados del chavismo. Ese día admitió siete, pero no solo decidió anular el que le presentó la derrotada aspirante a diputada por el estado Amazonas, sino que además les ordenó a los cuatro legisladores electos por el estado mencionado que se abstuvieran de asumir sus cargos hasta tanto la Sala determinara la veracidad de los vicios denunciados por la abanderada del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y exministra de Pueblos Indígenas.

La demandante sostenía en su recurso que había habido irregularidades en la elección, tales como la compra de votos y amenazas para los electores, las cuales fueron orquestadas por el entonces gobernador de oposición, Liborio Guarulla. Para ello presentó una grabación cuyo origen y legalidad nunca fueron determinados durante el período de la anterior AN (2016-2020), teniendo cinco años para emitir una sentencia definitiva sobre el caso y, eventualmente, llamar a nuevas elecciones.

De hecho, la Sala solo dio por válidos los señalamientos temporalmente, al declarar con lugar una medida cautelar mediante la sentencia n.° 260 del 28 de diciembre de 2015 en plenas vacaciones judiciales, y obvió la jurisprudencia que mantuvo a lo largo de casi tres lustros al suspender la posesión de los legisladores que ya habían sido proclamados por el CNE, dejando así a la oposición sin la mayoría calificada en el Parlamento recién electo.

En cambio, la instancia había señalado en su sentencia n.° 59 de 2005 lo siguiente:

«El sufragio, tanto en sentido activo –elegir– como pasivo –ser elegido–, no se agota en el simple hecho de votar o resultar electo, sino que debe extenderse a su reconocimiento y, en algunos casos, a la entrega misma del poder al magistrado que ha sido electo, puesto que su desconocimiento o negativa de entregar el poder al funcionario electo, resulta, a efectos prácticos, una flagrante violación del referido derecho constitucional».

A ello agregó que: «La fase de proclamación, no sólo debe entenderse como un pronunciamiento del órgano electoral competente sobre el conocimiento de un determinado resultado electoral, sino que, necesariamente, debe incluir la investidura del elegido, cualquiera sea la modalidad de ésta: juramentación, entrega de credencial, posesión efectiva del cargo, etc».

Asimismo, desde el año 2000 la instancia venía sosteniendo que «las actas de escrutinio sólo pueden ser impugnadas, una vez que se ha producido la proclamación del candidato vencedor por el Consejo Nacional Electoral, pues es éste el acto que pone fin al proceso electoral y como tal comprende todas las fases  del mismo, incluyendo lógicamente a la de escrutinio, la cual es documentada en las actas de esa clase».

Con su decisión del 28 de diciembre de 2015, la Sala Electoral contradijo sus propios criterios y despojó a la oposición de la mayoría calificada, y abrió las puertas a un conflicto institucional que terminó con el Parlamento anulado, gracias a la tesis del supuesto desacato de los diputados a los designios del TSJ. Algo llamativo es que seis años después los magistrados no se han pronunciado sobre el asunto, pese a que desde hace más de dos años el caso está visto para sentencia.

Complicando el revocatorio

Un año después, en 2016, cuando la oposición intentaba poner en marcha el referendo revocatorio contra Nicolás Maduro, la Sala Electoral volvió a salir en rescate del Gobierno, y en su sentencia n.° 147 del 17 de octubre complicó al extremo las condiciones para activar la figura prevista en el artículo 72 constitucional al señalar:

«La convocatoria del referendo revocatorio requiere reunir el veinte por ciento (20%) de manifestaciones de voluntad del cuerpo electoral en todos y cada uno de los estados y del Distrito Capital de la República. La falta de recolección de ese porcentaje en cualquiera de los estados o del Distrito Capital, haría nugatoria la válida convocatoria del referendo revocatorio presidencial».

El fallo del TSJ no tenía sustento en la carta magna, en la cual claramente se señala: «Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del 20% de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato. Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y la ley».

Para el momento en que el TSJ dictó su polémico fallo, siete de cada diez electores aseguraban que votarían a favor de revocarle el mandato a Maduro.

Enterrando el caso del estado Bolívar

En octubre de 2017 se celebraron las anteriores elecciones regionales y el candidato opositor a la Gobernación de Bolívar, Andrés Velásquez, con actas en mano denunció fraude en las mismas. No obstante, el CNE declaró ganador de los comicios al abanderado chavista, Justo Noguera, por apenas 1.471 votos de diferencia.

Semanas después, Velásquez acudió a la Sala Electoral, pero esta aún no ha respondido a su recurso contencioso electoral, a pesar de las revelaciones que hiciera en 2020 Juan Carlos Delpino, entonces directivo del CNE.

«Ahora lo puedo decir porque soy rector. El CNE estuvo a punto de proclamar a Andrés Velásquez en Bolívar. Se comprobó que hubo fraude (…) Casi desproclaman al actual gobernador. Se demostró que (Andrés Velásquez) había ganado las elecciones, estuvieron a punto de ordenar su proclamación».

Hasta los centros de estudiantes

En noviembre de 2018 el estudiante Marlon Díaz, vinculado a la oposición, lucía como el casi seguro presidente de la Federación de Centros Estudiantiles de la Universidad de Carabobo. Sin embargo, la Sala Electoral se interpuso en el medio y en su sentencia n.° 102 del 27 de noviembre ordenó a las autoridades de dicha casa de estudios que reconocieran como ganadora de dicho proceso a la abanderada chavista Jessica Bello.

Asimismo, a lo largo de la última década esta instancia ha impedido a distintas instituciones de enseñanza superior que puedan renovar sus autoridades, alegando supuestas violaciones al principio de la proporcionalidad y de la igualdad, como es el caso de las elecciones de la Universidad Central de Venezuela (UCV), suspendidas desde hace más de trece años.

Otro golpe a la voluntad popular y a la descentralización en Venezuela: el caso de las gobernaciones de Zulia y de Cojedes
Ambas gobernaciones fueron despojadas de poderes

El pasado 29 de junio, Nicolás Maduro pretendió convencer a los partidos de oposición, y al electorado de participar en las «megaelecciones» del 21 de noviembre bajo la promesa de eliminar la figura de los protectorados en los estados y municipios. Aunque hasta el momento ha cumplido su promesa de no imponer una figura paralela a los gobernadores y alcaldes recién electos, ha apelado a otra táctica que tanto él como el fallecido Hugo Chávez ya aplicaron en el pasado en aquellos lugares cuyo control perdieron: vaciarlos de competencias y dejarlos sin presupuesto.

Apenas tres días después de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunciara que Manuel Rosales, candidato de oposición para la gobernación del estado Zulia, obtuvo más de 590.000 votos (54,82%), el Ejecutivo central decidió arrebatarle la gestión, conservación y administración del Aeropuerto Internacional de La Chinita (Maracaibo), el Aeropuerto Miguel Urdaneta Fernández (Santa Bárbara) y el Aeropuerto Oro Negro (Cabimas); así como del Puente General Rafael Urdaneta.

Ambas decisiones fueron adoptadas por el Ministerio de Transporte, según consta en la Gaceta Oficial n.º 42.261, publicada el 23 de noviembre. A partir de ahora, la empresa estatal Bolivariana de Aeropuertos (BAER) será la que administrará las tres terminales aéreas, mientras que la vía que atraviesa el Lago de Maracaibo será gestionada por el Fondo Nacional del Transporte Urbano (Fontur).

Esta situación no se presentó solo en el Zulia, sino que un día después el también recién electo gobernador del estado Cojedes, el opositor Alberto Galíndez, se enteró por Gaceta Oficial que su despacho se quedó sin el control sobre el Aeropuerto Nacional Ezequiel Zamora, ubicado en la ciudad de San Carlos.

¿Y el entendimiento?

El despojo que sufrieron las gobernaciones no controladas por el chavismo se produjo horas después de que las autoridades recién electas acudieran al Palacio de Miraflores para reunirse con Maduro, quien informó lo siguiente:

«He recibido a los tres gobernadores electos en las filas de la oposición. Me reuní por separado con los gobernadores Manuel Rosales del Zulia, con Morel Rodríguez de Nueva Esparta y con Alberto Galíndez de Cojedes. Puedo decir que fueron tres útiles y fructíferas conversaciones, de entendimiento, con la idea del trabajo conjunto y de resolver los problemas del pueblo. Celebro estas tres reuniones, me parecen extraordinarias. Si nosotros avanzamos en esa dirección, del diálogo para la acción creo que vamos a entregar buenos frutos a la gente en materia de servicios públicos, de la seguridad y de la salud»

Sin embargo, las acciones del Poder Ejecutivo nacional van a contracorriente de lo afirmado por Maduro y parecen ser una suerte de sanción contra las entidades que no optaron por los candidatos del partido de gobierno, lo cual supone una nueva violación a la soberanía popular. Hasta ahora ninguna gobernación chavista ha visto perder alguna competencia o fuentes de recursos.

Además, las medidas van a contracorriente del espíritu y letra de la Constitución. «La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad», señala el artículo 4 del texto fundamental.

Por su parte, el artículo 16 de la carta magna ordena que la ley garantice la descentralización político administrativa, y el 158 estipula claramente que «la descentralización, como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales».

No obstante, las resoluciones del Ministerio del Poder Popular para el Transporte lejos de acercar el poder a la población lo alejan y lo centralizan en Caracas.

Viejas mañas

El despojo del que han sido víctimas los estados Zulia y Cojedes no es algo nuevo. En 2008, tras perder varias gobernaciones, entre ellas las de Miranda, Carabobo, Nueva Esparta, Táchira, Lara y Amazonas, así como la extinta Alcaldía Metropolitana de Caracas, el chavismo emprendió una ola recentralizadora, sin precedentes hasta el momento. Los gobernadores salientes comenzaron a entregarle al Gobierno Nacional sus competencias.

Al Ejecutivo central esto no le bastó y por ello en 2007 acudió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para pedirle interpretar el numeral 10 del artículo 164 de la Constitución. Dicha norma establece que es competencia de las entidades federales «la conservación, administración y aprovechamiento de carreteras y autopistas nacionales, así como de puertos y aeropuertos de uso comercial, en coordinación con el Ejecutivo Nacional».

La Sala, en su fallo n.º 565 del 15 de abril de 2008 , señaló que la norma constitucional

«debe interpretarse en el sentido que sólo los estados como entes político territoriales pueden ser objeto de una descentralización territorial sobre dichas materias, lo cual no excluye la descentralización funcional o la cogestión, sobre bienes y servicios cuya titularidad originaria mantiene la República (…) de ello resulta pues, que deba diferenciarse entre la titularidad de tales bienes y servicios (…) la cual puede estar atribuida al Poder Público Nacional a través del Ejecutivo Nacional o cualquier ente descentralizado funcionalmente, o a nivel estadal en los mismos términos».

Asimismo, en esta sentencia se abrieron las puertas a la intervención o directamente a la reversión del proceso de descentralización en materia de autopistas, carreteras, puertos y aeropuertos si se determina que las autoridades regionales incumplen con su función de conservarlos y se pone en riesgo su funcionamiento, por cuanto «la titularidad originaria de los mismos le corresponde a la República, conforme al ordenamiento jurídico vigente».

El pronunciamiento del TSJ orientó la reforma de la Ley Orgánica de Descentralización, que el 17 de marzo de 2009 sancionó la mayoría chavista de la Asamblea Nacional. Este instrumento legal faculta al Ejecutivo Nacional a revertir por razones estratégicas, de mérito, oportunidad o conveniencia, la transferencia de las competencias concedidas a los estados, lo cual obviamente es inconstitucional.

Gracias a este instrumento, el estado Zulia durante la gestión de Pablo Pérez, candidato de oposición, perdió por primera vez el aeropuerto de La Chinita y el puente. Sin embargo, en 2018 el Gobierno decidió devolvérselo al entonces gobernador chavista Omar Prieto.

Más amenazas en el horizonte

El despojo sufrido recientemente por los estados Zulia y Cojedes podría ser apenas el comienzo de una nueva ola recentralizadora. No hay que olvidar que Maduro le presentó a la AN electa en 2020 dos proyectos de leyes, el de Ciudades Comunales y el del Parlamento Comunal.

Ambos textos, que como ha advertido Acceso a la Justicia contienen disposiciones inconstitucionales, crean figuras no previstas en la carta magna a las que se les prometen dar fondos y competencias que en la actualidad ejercen instancias como los estados y, sobre todo, los municipios.

Las decisiones contra los dos estados dirigidos por gobernadores de oposición, electos por la opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD), y los proyectos legales que tiene el Poder Legislativo en sus manos parecen revelar que el chavismo no cesará en su intento de construir el llamado Estado comunal que el fallecido Hugo Chávez pretendió incorporar al texto fundamental en su fallida reforma de 2007, que no es más que un golpe de estado a la descentralización y a la federación.

Cuerpos de seguridad no aplican medidas de prevención en calabozos
Denuncian que no hay siquiera como tomar la temperatura de las personas detenidas

21 meses han transcurrido desde que se dictó la medida de cuarentena en el país, producto de la llegada del virus pandémico COVID-19, desde entonces, los más de 400 detenidos que están en los ocho calabozos de los cuerpos de seguridad en la región de Altos Mirandinos en el estado Miranda, conviven sin medidas de bioseguridad y en hacinamiento. La mayor parte de la población detenida fue vacunada durante la campaña a las elecciones de las alcaldías y gobernación de Miranda, pero no se han mantenido medidas de bioseguridad en estos recintos.

La región de Altos Mirandinos comprende los municipios Carrizal, Los Salías y Guaicaipuro, este último donde se ubica la capital del estado Miranda, con ocho centros de detención preventiva; siete de carácter civil y uno militar.

Durante los casi dos años que han transcurrido entre restricciones de visitas, se han presentado fallas de servicios públicos y la incertidumbre de la pandemia se ha visto desmejorado, aún más, la condiciones en las que están privados de libertad unos 283 detenidos, de acuerdo al último monitoreo presentado por la ONG Una ventana a la Libertad.

La ausencia de información oficial sobre las medidas a tomarse para el cuidado de la salud de los internos, muchos de ellos hasta con dos o tres años detenidos en esos calabozos preparados solo para albergar personas por 48 horas, mantiene, luego de 15 meses, a los familiares en peligro de contagio y aún más a los detenidos. Los privados de libertad no tienen distanciamiento en los calabozos, tampoco tienen agua para el aseo personal y no se les suministran tapabocas. 

Las autoridades locales municipales, regionales y nacionales no han suministrado cifras oficiales sobre los posibles casos de contagio, y con el monitoreo realizado por la ONG Una Ventana a la Libertad, solo se han confirmados seis casos que fueron detectados en detenidos del Bloque de Búsqueda del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas en el mes de junio de 2020.

Tampoco se conoce sobre si algún privado de libertad presentaba algún síntoma asociado con el coronavirus.   Las familias que tienen a un privado de libertad en los calabozos señalan que han pedido a las autoridades, en innumerables ocasiones, operativos de desinfección de esos espacios, pero solo se han realizado uno o dos jornadas de desinfección con hipoclorito de sodio, en uno de los centros de detención.

Carmen Utrera, quien tiene a su hijo y su esposo detenidos en los calabozos de la Policía municipal de Guaicaipuro, en Los Teques, detalló que no hay ni siquiera como tomar la temperatura de las personas detenidas en esa sede, para evitar contagios provocados por la COVID-19, al ser la fiebre uno de los indicadores de la enfermedad. “Si un preso tiene tos ni siquiera es aislado del resto”, dijo.

El hacinamiento es la constante en estos calabozos, donde cohabitan aproximadamente 289 privados de libertad -22 de ellos mujeres-, en espacios cuya capacidad de albergue es para aproximadamente 176 personas.   

Señaló Utrera que: “en este lugar los presos están sin tapabocas y solo han recibido una jornada de salud durante la pandemia”. Detalló que solo llegan centros cristianos y otras organizaciones que llevan solo una comida cuando la prioridad es constatar el estado de salud de los 36 detenidos en esa sede, al cierre del mes de noviembre de 2021.

Operativos y pruebas 

A pesar de la situación en la que están los privados de libertad en los CDP, las autoridades no han comenzado operativos de desinfección y tampoco se ha realizado ni un solo despistaje del virus pandémico en los ocho centros. 

Tras los monitoreos de las ONG y medios de comunicación se reflejó que tampoco se aplicaron medidas de tomar pruebas de descarte a detenidos antes de ingresar a los calabozos.

Ese hermetismo ha impedido confirmar cuántos casos de COVID-19 se han contabilizado entre los privados de libertad que se encuentran en los CDP de los Altos Mirandinos. Si algún privado de libertad presenta síntomas asociados a la enfermedad, las autoridades son celosas con la información. Mientras tanto, los parientes de los presos aseguran que la falta de agua es el principal factor que impide a los presos prevenir esta enfermedad. Tampoco pueden mantener un metro de distancia entre ellos, porque el área de los calabozos es reducida.

En una de las jornadas, 15 detenidos en el centro de detención preventiva de la comandancia General de la Policía del Estado Bolivariano de Miranda (Polimiranda) en los Teques, municipio Guaicaipuro recibieron la primera dosis de la vacuna antiCOVID-19.

El personal de la Dirección Estadal de Salud, en compañía del Secretario de Asuntos Penitenciarios de Gobierno de Miranda, Yahir Muñoz, visitó la sede para atender a la población que se encuentra recluida en los calabozos.

Destacó Muñoz que las jornadas se efectuaron en todas las Salas de Retención de la Policía de Miranda, para prevenir el contagio del personal administrativo, obrero y policial, también se efectuó la inmunización a quienes se mantienen en la primera línea de atención de los privados de libertad.

En una semana atendieron a los detenidos en la sala de custodia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), Policía del municipio Guaicaipuro y la policía regional, donde se inmunizan unos 200 privados de libertad.

Entre octubre y noviembre comerciantes carabobeños figuran como víctimas de secuestros
Cuerpos de seguridad no suministran datos estadísticos sobre secuestros que acontecen en la entidad

El secuestro es uno de los delitos que pocas veces es denunciado por las víctimas y sus familiares ante las autoridades policiales en la entidad carabobeña, bien sea porque temen que la persona secuestrada sea asesinada o porque acceden al pago de grandes sumas de dinero a los captores. Estos individuos son, por lo general, miembros de bandas organizadas que buscan acumular capital, controlar la zona donde operan y llevar a cabo otras actividades ilícitas.

A través del monitoreo de prensa del mes de noviembre, el Observatorio Venezolano de Violencia en Carabobo (OVV Carabobo) registró el secuestro de un comerciante de origen lusitano en la población de Morón del municipio costero Juan José Mora. La víctima fue sometida frente a su negocio por unos hombres que utilizaban vestimenta de un cuerpo policial y quienes lo mantuvieron por 14 días en cautiverio hasta que sus familiares pagaron por su liberación.

Igualmente, durante un operativo realizado en noviembre por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) fue rescatado un ciudadano, de 78 años, a quien habían secuestrado en el mes de octubre en el sector La Floresta de la zona industrial en el municipio Guacara.

En octubre también se registró el caso de un comerciante que fue secuestrado en el sector los Chaguaramos I de la parroquia Central Tacarigua del municipio Carlos Arvelo, según las versiones preliminares, por miembros de una banda delincuencial que opera en la zona. El ciudadano fue rescatado sano y salvo por funcionarios del CICPC y del Comando Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional Bolivariana durante un procedimiento en el que murieron tres de los secuestradores, quienes enfrentaron con armas de fuego a los efectivos.

Los cuerpos de seguridad no suministran datos estadísticos sobre los secuestros que acontecen en la entidad, lo que imposibilita conocer la incidencia en la región más allá de los casos publicados. Sin embargo, se han reportado en los medios de manera frecuente enfrentamientos entre funcionarios de los cuerpos de seguridad e integrantes de bandas delincuenciales identificadas por las autoridades como grupos delictivos dedicados al secuestro, entre otros delitos. “Esto indica que debe haber una alta ocurrencia de secuestros y también desinformación de la realidad al respecto, lo que es muy grave porque a las víctimas en cautiverio se les vulnera el derecho a la libertad individual, se amenaza la integridad personal y la vida misma”, detalló la coordinadora del OVV Carabobo, Giannina Fusco.

La investigadora reiteró que las autoridades deben garantizar la seguridad de todos los ciudadanos, además de diseñar y aplicar medidas de protección para combatir la violencia en todas sus expresiones.

Riñas encabezaron homicidios en Falcón durante noviembre
Tres muertes se produjeron por intervención policial

Once muertes violentas fueron registradas por el equipo del Observatorio Venezolano de Violencia en Falcón (OVV Falcón) durante el mes de noviembre. Ocho homicidios (72,72%) y tres muertes por intervención policial (27,27%) es el saldo de la revisión de medios de comunicación de la entidad. El 50% de los homicidios fueron producto de riñas o altercados, donde las armas utilizadas fueron cuchillos, picos de botellas y machetes, representando la cantidad más alta de muertes, por este motivo, en un mes.

Según los reportes de prensa, uno de los casos que más impactó en el colectivo fue el asesinato de un peluquero transgénero, de 37 años, cuyo victimario fue su pareja sentimental, un joven, de 19 años, quien utilizó un pico de botella para atacarlo. Discutían por la intención del peluquero de irse del país. Este hecho se produjo en el sector de Bella Vista en Punto Fijo, municipio Carirubana.

En otra reyerta, ocurrida en el Puerto de Zazárida al occidente de Falcón, un hombre, de 32 años, fue asesinado cuando se negó a pagar una deuda, lo que provocó que su agresor lo acuchillara en el tórax. Igualmente, otras dos muertes violentas tuvieron como motivación estos altercados. Las armas utilizadas por los victimarios en estos eventos fueron los cuchillos, que representan el 62% de armas usadas en los asesinatos de noviembre.

Otro de los tipos de armas empleadas en los homicidios fueron las de fuego. Hubo tres asesinatos donde las muertes ocurrieron por disparos. La primera, motivada por un ajuste de cuentas, cuya víctima fue un joven, de 25 años. En segundo lugar, un hombre, de 32 años, quien fue ultimado de un disparo en la nuca por resistirse al robo y, finalmente, una muerte producto de un sicariato, en la cual la víctima fue un hombre, de 33 años.

Durante el mes de noviembre, Carirubana fue el municipio que presentó más muertes violentas (4), seguido por Miranda (2) y Píritu, Silva, Buchivacoa, Mauroa y Federación, con un caso cada uno.

Muertes por resistencia a la autoridad

De igual manera, el OVV Falcón registró en noviembre tres muertes por intervención policial. La primera, de un hombre, de 33 años, quien disparó contra una comisión policial que le dio la voz de alto. El hecho ocurrió en Punto Fijo, municipio Carirubana. La segunda muerte sucedió en Sauca, municipio Píritu, donde un individuo, de 36 años, presuntamente vinculado a una banda de secuestradores en el oriente de la región, se enfrentó a una comisión policial.  El tercer caso ocurrió en Brisas de La Sabana, municipio Federación. Allí, un hombre, de 34 años, murió al enfrentarse a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) cuando intentaban detenerlo por ser parte de una banda delincuencial que opera en la sierra y en el occidente falconiano.

Para el equipo del OVV Falcón, el incremento de la violencia y la inseguridad no contribuye a sostener el Estado de derecho que está plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). “Enfrentar la criminalidad es un desafío para las autoridades que requieren de acciones más efectivas para controlar este fenómeno social, por lo que se hace necesario construir estrategias para disminuir la violencia con mecanismos de prevención, vigilancia y control de la violencia”, señaló Jesús Rodríguez, coordinador del observatorio en la entidad. 

Para Rodríguez, en este contexto es imperativo establecer políticas más eficientes en materia de seguridad ciudadana que garanticen la vida de los falconianos y que, a su vez, se traduzcan en alcanzar un nivel de vida adecuado. “Es necesario potenciar los operativos de desarme voluntario y afrontar los factores que causan y reproducen la violencia en esta entidad federal, además de contemplar un aumento a la inversión presupuestaria por parte del Estado venezolano destinada a los servicios de seguridad y defensa”. Finalizó diciendo el representante del OVV Falcón.

Adultos mayores y niños: principales víctimas de violencia intrafamiliar en Amazonas
Las agresiones ocuparon el 62,3% de los 57 casos contabilizados en el primer semestre de 2021

Una acalorada discusión entre madre e hijo desencadenó en varios golpes con un palo de escoba sobre una mujer, de 85 años, producto de algunas diferencias y llamados de atención que el hombre no toleró. La agresión le ocasionó a la anciana hematomas en todo el cuerpo, que ameritaron revisión médica, además de la detención del ciudadano. Otro hecho similar se suscitó en contra de una dama, quien fue maltratada por su hijo, quien se encontraba en estado de embriaguez. El hombre destrozó algunos objetos en el comedor y sala de su casa, al punto de atacar a su madre, quien pudo gritar y pedir ayuda a unos vecinos. Estos hechos y otros similares, fueron registrados por el Observatorio Venezolano de Violencia en Amazonas (OVV Amazonas), a través del monitoreo a los medios de comunicación social de la entidad. 

En los primeros seis meses del año 2021, los medios de la región reportaron agresiones a personas de la tercera edad y a niños, en el seno de hogares disfuncionales. Un caso resaltante fue el ocurrido a tres hermanos, quienes fueron maltratados por su padrastro con un trozo de hierro. El hombre arremetió contra los niños, ocasionando lesiones en las piernas y varias partes del cuerpo.

De acuerdo con el Informe Semestral realizado por el equipo del OVV Amazonas, en este período, las agresiones ocuparon el 62,3% de los 57 casos contabilizados, de los cuales 12 registros -el 21% de las víctimas- involucraron a adultos mayores, niños, niñas y adolescentes, afectando predominantemente al sexo femenino (80%). En 10 de los casos, la persona responsable del delito fue un familiar; los 2 restantes se trataron de personas desconocidas. Las edades de los afectados oscilan entre 6 y 14 años, para el caso de los niños y jóvenes; mientras que, para el grupo de los adultos, se encuentra entre 57 y 85 años. Llama la atención la práctica recurrente del maltrato físico y verbal, lo que pudiera estar evidenciando el aumento de la violencia intrafamiliar.

Para el coordinador del OVV Amazonas, Héctor Escandell García, la violencia contra los grupos etarios más vulnerables de la población es evidencia de la continua erosión del tejido social que, en el marco de la crisis multidimensional que afecta al país, parece acentuarse en las entidades más desfavorecidas en términos de condiciones de vida, como es el caso del estado Amazonas.