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Claves | Análisis determina que la represión calculada del gobierno podría configurar un crimen de lesa humanidad
Las detenciones arbitrarias, y otros crímenes de derecho internacional, son cometidos como parte de un curso de acción que ha demostrado ser sistemático y generalizado. Esto lleva a creer que pueden constituir crímenes de lesa humanidad, según el Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ), el Foro Penal y Amnistía Internacional 

El Centro para los Defensores y la Justicia (CDJ), el Foro Penal y Amnistía Internacional publicaron una nueva investigación en la que se analizaron los datos de actos de represión en Venezuela.

El estudio identificó los distintos patrones en los que las detenciones arbitrarias por motivos políticos se correlacionan con las estigmatizaciones de ataques hacia personas defensoras de derechos humanos.

.»Nuestra investigación muestra que hay momentos de altísima correlación entre las estigmatizaciones públicas y las detenciones arbitrarias por motivos políticos. Esta coordinación es un nuevo indicador de la política sistemática de represión y apunta hacia el crimen de lesa humanidad de persecución, que debe ser investigado por la justicia internacional,” dijo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

La investigación, titulada: «Represión calculada: Correlación entre las estigmatizaciones y las detenciones arbitrarias por motivos políticos en Venezuela», se llevó a cabo a lo largo de más de un año.

El estudio analizó los registros del Foro Penal y el CDJ, ambas organizaciones defensoras de los derechos humanos basadas en Caracas. A estos datos de las organizaciones, que abarcan el período desde enero de 2019 hasta junio de 2021, se le aplicaron distintos modelos estadísticos como la correlación de Pearson, y otros de analítica descriptiva como análisis evolutivos y distribución de frecuencias porcentuales. Los modelos estadísticos fueron validados por un proceso de revisión de pares (peer review).

A continuación, algunas claves del análisis hecho por las organizaciones: 

Estigmatización para deslegitimar

Las estigmatizaciones son la caracterización de personas defensoras como “terroristas”, “enemigas del Estado” u “oponentes políticos” por parte de autoridades y medios de comunicación estatales. Estas se usan para deslegitimar su trabajo, incrementando su vulnerabilidad a sufrir abusos y violaciones a derechos humanos.

Medios del gobierno, canales de la estigmatización

El CDJ ha registrado eventos de estigmatización en contra de defensores de derechos humanos entre enero de 2019 y junio de 2021 en Venezuela, a través de medios de comunicación, públicos y privados, que tienen vínculos con el gobierno. Estos utilizan los espacios para atacar, exponer y hostigar a personas que son percibidas como críticas al gobierno de Nicolás Maduro.

El Mazo Dando fue la fuente que más emitió discursos con estigmatizaciones, ocupando 20,4% del total registrado. Le sigue Misión Verdad con 15,1% y Lechuginos con 9,8%.

Las fuentes mencionadas anteriormente son las que realizaron más estigmatizaciones tres días antes de que se llevaran a cabo detenciones arbitrarias entre enero de 2019 y junio de 2021.

En 486 detenciones arbitrarias, el portal web “Misión Verdad” había realizado estigmatizaciones tres días antes de que sucediera el arresto. En el caso del programa televisivo «Con El Mazo Dando» se registraron 481 casos donde ocurrió lo mismo, y en alrededor de 100 casos, los arrestos se producían tres días después de que el portal «Lechuguinos» publicara información estigmatizante.

Detenciones arbitrarias «sistemáticas y generalizadas» y con la discriminación política como trasfondo

Para que una detención sea considerada arbitraria se toma en cuenta la forma en que se practica, que suele ser sin orden judicial, y también la falta de garantías al debido proceso.

En Venezuela, las detenciones arbitrarias por motivos políticos han sido ampliamente documentadas por organizaciones nacionales e internacionales. Ellas, y otros crímenes de derecho internacional, son cometidos como parte de un curso de acción que ha demostrado ser sistemático y generalizado. Esto lleva a creer que pueden constituir crímenes de lesa humanidad.

La naturaleza arbitraria de las detenciones ha sido ampliamente documentada, pero los hallazgos de este informe indican con mayor certeza el carácter de discriminación política detrás de ellas.

En el período bajo análisis se documentaron más de 1200 detenciones arbitrarias.

Detenciones arbitrarias como consecuencia de las estigmatizaciones

La correlación entre detenciones arbitrarias por motivos políticos y las estigmatizaciones llegó hasta a 77% en 2021. Mientras que en 2020, era 42% y, en 2019 29%.

Las organizaciones consideran que la dependencia entre la narrativa discriminatoria (estigmatizaciones) y las violaciones a derechos humanos (detenciones arbitrarias) podría indicar la existencia del crimen de lesa humanidad de persecución, por lo que las autoridades venezolanas, incluido al más alto nivel, deben ser investigadas para determinar su responsabilidad penal en estos hechos.

FAES, el cuerpo de seguridad que más practica detenciones arbitrarias

Las detenciones arbitrarias por motivos políticos son practicadas por cuerpos de seguridad del Estado venezolano, entre ellos: la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) y la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM).

La DGCIM, de índole militar, se ubica como el segundo cuerpo de seguridad en realizar detenciones arbitrarias cada año.

Otra progresión importante ha sido cómo las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) de la PNB han aumentado las detenciones que han realizado. En 2019 ocupaban el quinto lugar de cuerpos de seguridad que detuvieron de manera arbitraria, para el 2020 fueron el tercero y en 2021 se coloca como la primera fuerza de seguridad en llevar a cabo las detenciones arbitrarias.

El SEBIN, que depende del Poder Ejecutivo, y la DGCIM, que depende funcionalmente del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, es decir del presidente de la República, y administrativamente del Ministerio de la Defensa, han fungido como órganos represores del gobierno de Maduro.

¿A quiénes afecta la dinámica represiva?

La dinámica de la represión en Venezuela se ha dirigido contra un grupo determinante de personas, que son aquellas percibidas como disidentes u opositoras al gobierno de Nicolás Maduro.

En Venezuela, los medios de comunicación han sido sometidos a un control administrativo que ha implicado el cierre y la descontinuación de concesiones. En paralelo, los medios de comunicación públicos, financiados por el presupuesto estatal, y otros medios de comunicación de línea editorial cercana al partido de gobierno, han proliferado.


Puedes leer el análisis completo aquí.


Régimen niega detenciones arbitrarias y persecución a defensores de DDHH tras denuncias de Bachelet
El Mppre rechazó las «falsas aseveraciones» sobre «supuestas detenciones arbitrarias o persecuciones por el ejercicio o la defensa de los derechos humanos»

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela negó este lunes, 13 de septiembre, las detenciones arbitrarias y persecución a defensores de derechos humanos en Venezuela.

Esta aseveración llega luego que dicha situación fuera resaltada en el reciente informe de Michelle Bachelet, alta comisionada para las Naciones Unidas para los DDHH.

En el informe, Bachelet señaló que su despacho identificó «17 casos de violaciones de derechos humanos relacionadas con la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, que incluyen 4 casos de amenazas e intimidación (incluyendo dos mujeres) y 12 casos de detención arbitraria».

También, Bachelet expuso que su oficina registró «ocho casos de criminalización, amenazas, hostigamiento y detención de estudiantes debido a su participación en movimientos estudiantiles o a la documentación de violaciones de los derechos humanos».

Ante esto, el Mppre expresó en un comunicado: «Venezuela rechaza las falsas aseveraciones del informe sobre supuestas detenciones arbitrarias o persecuciones por el ejercicio o la defensa de los derechos humanos, por cuanto se inscriben en el guion político de quienes instrumentalizan esta materia para agredir a Venezuela».

A continuación el texto íntegro:

La República Bolivariana de Venezuela toma nota del informe publicado por la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos el 9 de septiembre de 2021, en relación con la situación de los derechos económicos, sociales y culturales en el país y las relaciones de cooperación entre el Estado venezolano y dicha Oficina.

El mencionado documento reafirma los efectos devastadores de las medidas coercitivas unilaterales adoptadas por el gobierno de los Estados Unidos de América contra el país a partir del año 2014, incluyendo la disminución del 99% del ingreso nacional, así como la existencia de elementos para considerar que dichas medidas implican la comisión de crímenes de lesa humanidad, de conformidad con lo previsto en el Estatuto de Roma y en sintonía con la Remisión realizada por Venezuela ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.

Sin embargo, resulta lamentable que el referido informe reproduzca las fallas metodológicas presentes en documentos previos de la Oficina e incorpore afirmaciones sin fundamento alguno, que no han sido debidamente contrastadas con las autoridades del Estado, tal como lo exige su propia metodología de trabajo. En ese sentido, Venezuela rechaza las falsas aseveraciones del informe sobre supuestas detenciones arbitrarias o persecuciones por el ejercicio o la defensa de los derechos humanos, por cuanto se inscriben en el guion político de quienes instrumentalizan esta materia para agredir a Venezuela.

La República Bolivariana de Venezuela ratifica que continuará cooperando con la Oficina de la Alta Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con base en el respeto a la verdad y a los principios de objetividad, no selectividad, imparcialidad, no injerencia en los asuntos internos y diálogo constructivo como un mecanismo que permita elevar la verdad de Venezuela ante esta instancia.

A tal efecto, se ha acordado la renovación por el período de un año de la Carta de Entendimiento entre Venezuela y la Oficina del Alta Comisionada, incrementando la presencia de funcionarios de la Oficina en el país y ampliando las áreas de asistencia técnica y cooperación.

La República Bolivariana de Venezuela ratifica su compromiso inexorable para garantizar la plena vigencia de los derechos humanos como único camino para la realización de la paz y la tranquilidad del pueblo venezolano.

#MonitorDeVíctimas | Detención de mujeres familiares de miembros de la banda del “Koki” viola la Constitución y es una agresión de género
A dos meses del incidente que mantuvo bajo fuego a la Cota 905 y siete parroquias de Caracas por tres días, las secuelas y el impacto que dejaron estos hechos de violencia y la intervención de los cuerpos de seguridad en las comunidades se manifiestan de distintas maneras: Las detenciones arbitrarias de mujeres familiares de algunos delincuentes es una de estas expresiones 

El viernes 9 de julio de 2021, Yaneimy Yenibett Suárez Coronado, de 38 años de edad, fue detenida sin una razón aparente por funcionarios de las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) de la PNB, que irrumpieron a las 7:00 pm en su casa, ubicada en la urbanización Gran Colombia, en El Cementerio, al suroeste de Caracas.

Las autoridades informaron que  a Suarez se la llevaron por ser, supuestamente, miembro de la megabanda del “Koki” y portar armas de fuego. A la mujer también se le acusó de transportar municiones que pertenecían a los integrantes de la organización delictiva. De acuerdo con la versión policial, al momento de su detención Suarez se disponía a abastecer a los delincuentes; por lo que fue atrapada en flagrancia. 

Sin embargo, el principal argumento para la detención de Suárez fue que la mujer había sido pareja sentimental de Carlos Luis Revete, alias “Koki”, uno de los líderes de la organización delictiva de la Cota 905. De inmediato las imágenes de su arresto minaron las redes sociales y su nombre fue vinculado al del “Koki”.

Se dijo que Suárez mantenía una relación sentimental con el delincuente que supuestamente es buscado por las autoridades. Sin embargo, sus familiares y allegados desmintieron la información divulgada por la policía y aseguraron que desde hace 15 años ella y Carlos Revete estaban separados. También negaron que perteneciera al grupo criminal liderado por su expareja.

En el contexto de estos enfrentamientos no solo fue detenida Suárez. También fueron encarceladas otras tres mujeres. Una de ellas es Cleinyerlis Damaris Barcelo Calderón, de 22 años de edad, supuesta sobrina de Carlos Calderón, alías “Vampi”, y quien es el líder de la banda de la Cota 905. 

Las otras dos aprehendidas fueron Miller Andreina Ochoa, supuesta pareja de alías “Obrayan”; y una adolescente de 17 años, hija de uno de los cabecillas de la megabanda del “Koki”.

Extraoficialmente, se conoció que el objetivo de estas detenciones era ejercer presión y coaccionar a los integrantes del grupo criminal para que se entregaran a las autoridades. Sin embargo, eso no ocurrió. Todas las mujeres permanecen detenidas y solo la adolescente fue liberada.

La detención de mujeres y adolescentes pertenecientes a la familia del “Koki” y de otros miembros de su banda, es una de las consecuencias de los tiroteos ocurridos en la Cota 905 entre el 8 y 9 de julio en la Cota 905. Se trata de acción arbitraria e ilegal, que viola la Constitución, vulnera y violenta los derechos de estas ciudadanas aprovechándose de su condición de mujeres. Algunas de las detenidas han sido expuestas al escarnio público, maltratadas físicamente y abusadas por los funcionarios de los cuerpos de seguridad. 

Expertos consultados por Monitor de Víctimas explicaron que la responsabilidad penal es individual. Lo que significa que los familiares de presuntos delincuentes no tienen responsabilidad sobre las acciones ilícitas que estos realicen. Los delitos no se heredan a las familias, hijos, parientes cercanos ni a las parejas, según lo establecido en el artículo 44 de la Constitución.

“Las buscan por ser parejas sentimentales de líderes negativos. Ser familiar consanguíneo o afín de una persona buscada o delincuente no es delito alguno. La responsabilidad es individual. El delincuente es la persona, no el entorno familiar. No se puede heredar a sus hijos, ni forma parte del patrimonio de nadie. Es una medida usada para presionar a los delincuentes. Eso es una privación ilegítima de la libertad”, explicó Joel García, abogado penalista y profesor universitario.

 

No fue en flagrancia

Días después de la detención de Yaneimy Suárez, sus familiares denunciaron los hechos ante Monitor de Víctimas, tras no ver cambios en su situación.

No solo desmintieron los señalamientos hechos contra Suárez por los funcionarios de seguridad, sino también aportaron detalles sobre su encarcelamiento, que constituye una detención arbitraria. “No solo se la llevaron detenida, también le robaron el carro y destrozaron su casa”, explicó uno de los allegados, quien pidió reservar su identidad.

Suarez se dedicaba al comercio de prendas y artículos de belleza. Viajaba frecuentemente a Colombia donde compraba los productos para revenderlos en Venezuela. “Ella no es ninguna delincuente”, enfatizó el familiar.

Desde hacía 15 años, Suárez y Carlos Luis Revete no tienen ningún tipo de relación. “Ellos fueron pareja hace años, pero cuando comenzó el asunto de la delincuencia… se separaron”, reveló el familiar de Suárez, que pidió no publicar su nombre por razones de seguridad.

“Los funcionarios llegaron a las 6:00 pm del 9 de julio a la casa de Yaneimy. Comenzaron a tocar de forma insistente exigiendo que abriera la puerta o la tumbarían. Eran entre siete y ocho funcionarios, todos hombres. No tenían orden de allanamiento”, relató el familiar de la mujer a Monitor de Víctimas.

Al entrar a la casa, los oficiales de las FAES revisaron el apartamento y obligaron a Yaneimy Suárez a desnudarse y a que se bañara frente a los oficiales de seguridad. Su hija mayor intentaba interponerse entre los funcionarios y su madre, pero “la comenzaron a jamaquear y le decían que no se metiera”, dijo.

“Los funcionarios le gritaban cosas feas a la niña relató el familiar. La hija, al ver este tipo de agresión, intentó proteger el orgullo de su madre al interponerse frente a los oficiales, quienes la agredieron físicamente”, describió.

La irrupción en el hogar duró alrededor de una hora, en el allanamiento se llevaron dinero en efectivo, joyas y aparatos electrónicos. Asimismo, incautaron el automóvil de Suárez, un Aveo, dos puertas color azul.

Suárez quedó detenida desde las 7:00 pm, cuando los oficiales se la llevaron en su automóvil. Fue llevada hasta la sede de la FAES ubicada en la Quebradita. Pero, sus familiares desconocían su paradero. No fue sino hasta las 11:00 pm del sábado 10 de julio que lograron encontrarla.

Suárez fue procesada judicialmente. Sus familiares desconocían el momento en el que fue trasladada a un juzgado, los cargos que le imputaron y cuál fiscalía realizaba la imputación. “Nunca nos dijeron nada. Nos enteramos casi cinco días después de que la detuvieron”, sostuvo el familiar que conversó con Monitor de Víctimas.

Luego se conoció que a Suárez le atribuyeron la presunta comisión de los delitos de terrorismo, tráfico de explosivos y tráfico de municiones, y fue imputada ante el tribunal 4to de Control con competencia en Terrorismo, el mismo que el gobierno de Nicolás Maduro usa para imputar a los presos políticos.

 

La pareja de Obrayan Romero

Miller Andreina Ochoa, de 29 años de edad, fue detenida la mañana del 29 de julio de 2021, en San Josecito Municipio Torbes, Estado Táchira, cuando supuestamente intentaba cruzar la frontera colombo-venezolana, desde el estado Táchira. 

El “delito” que se le atribuye es ser la pareja sentimental de Obrayan Adams Romero de la Rosa, alias “Obrayan”, miembro de una organización delictiva de la Cota 905, en Caracas.

Según el acta policial de la aprehensión, a la cual tuvo acceso Monitor de Víctimas, la joven supuestamente iba a huir del país. Se escribió que: “se presume que la misma emprendiera huida hacia la frontera de la región andina, con la finalidad de salir del territorio nacional (…)”.

Sin embargo, el abogado Joel García aclaró que no es posible que se diga que Ochoa intentaba huir. Pues es imposible que judicialmente se diga que alguien que no ha cometido un delito, ni está solicitada por las autoridades, está tratando de huir. 

Los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) constituyeron una comisión con 14 efectivos policiales para aprehender a Ochoa. Una vez identificado el automóvil donde iba la joven, los funcionarios efectuaron la detención. En ninguna parte del acta policial se habla de alguna orden de aprehensión expedida por un juez.

Ochoa fue detenida junto al taxista que la transportaba y ambos fueron llevados a la delegación de la División Nacional contra Secuestros Eje Táchira, donde les exigieron dar declaraciones. “Seguidamente los referidos Ciudadanos fueron trasladados por la comisión hacia la sede de este Eje. Una vez en este Despacho se le preguntó a los ciudadanos en referencia que si tenían alguna relación con la banda delictiva del KOKI,  de la COTA 905, de la Caracas, Distrito Capital, o alguno de sus integrantes; respondiendo la ciudadana luego de ser impuesta del precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5, manifestó LIBRE DE APREMIO Y SIN COACCIÓN ALGUNA, ser la ciudadana en mención y que efectivamente mantiene una relación sentimental con el Ciudadano OBRAYAN ADAMS ROMERO DE LA ROSA con quien hacía vida en la Cota 905 en la Ciudad de Caracas, antes de que los mismos huyeran del sitio por los fuertes enfrentamientos que hubieron en el sector los primeros días del corriente mes motivado al gran despliegue policial que se realizó en la Cota 905 con la operación GRAN CASIQUE GUAICAIPURO”, se lee en el acta de aprehensión.

Ochoa fue detenida, por la presunta comisión de delitos contemplados en la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. Sin embargo, los delitos nunca se especificaron en el acta. “(…) Se encuentra detenida por estar incursa en uno de los delitos contemplados en LA LEY  CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, de conformidad con lo establecido en el artículo 234° del Código Orgánico Procesal, siendo impuestos de sus derechos contemplados en los artículos 44° ordinal 01 y 49° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y del artículo 127° del Código Orgánico Procesal Penal, a quien luego de ser leídos los mismos, firmó conforme”, se lee en el documento.

La imputación de los delitos quedó a cargo del fiscal vigésimo noveno del Ministerio Público, Luis Ernesto Dueñes Reyes, del Estado Táchira.

Ante el hecho, el abogado Joel García explicó que existen muchas arbitrariedades en la detención de Ochoa, y por lo escrito en el acta, se puede hablar de una privación ilegítima de la libertad.

García puntualizó que, según los hechos descritos en el acta policial, las declaraciones hechas por Ochoa ante la policía también están al margen de la ley, debido a que, en el Código Orgánico Procesal Penal, en su artículo 132, se establece las condiciones y oportunidades de un imputado para dar su testimonio. “La declaración será nula si el imputado no está en presencia de su abogado defensor; asimismo, será nula la aprehensión arbitraria. Está claro, en este caso, que estamos en presencia de una privación ilegítima de la libertad”, señaló.

García recordó el principio del artículo 49 de la Constitución que establece, en su numeral 5, que: “ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su cónyuge, concubino o concubina, o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad”.

El experto agregó que “no es punible el encubridor de sus parientes cercanos. Entonces tampoco es un delito”, agregó, con base en el artículo 257 del Código Penal.

 

La sobrina de Carlos Calderón, alias “Vampi”

Otra detención similar fue la de Cleinyerlis Damaris Barcelo Calderón, de 22 años de edad, quien fue aprehendida por funcionarios del Cicpc, la mañana del 28 de julio de 2020, en la troncal 5 de la parroquia La Concordia, municipio San Cristóbal, estado Táchira.

Según el parte policial, la joven presuntamente intentaba huir hacía Colombia, con un arma de fuego y varias municiones. “Al lograr la retención del vehículo y efectuar la respectiva inspección, le fue ubicada un arma de fuego tipo pistola, 30 municiones, dos celulares y un bolso, con lo que pretendían huir al vecino país; siendo encarados por los sabuesos, por lo que Barcelo manifestó ser sobrina del líder hamponil apodado El Vampi, integrante del grupo hamponil de la Cota 905, dedicada a cometer múltiples delitos, entre ellos: secuestros, homicidios, extorsiones y robos en la ciudad de Caracas”, publicó Douglas Rico, director General del Cicpc, el 28 de julio.

Pero, como en el caso de Ochoa, no se puede decir que Barcelo Calderón intentaba huir pues tampoco tenía solicitudes por parte de las autoridades. Por esta razón los hechos descritos por Rico ponen en duda la legalidad de la detención; sobre todo porque el argumento principal fue que Barcelo fue detenida por ser sobrina de alias “Vampi”, líder de la megabanda del “Koki”.

 

Una adolescente hija de un miembro de la banda también fue víctima 

Una adolescente fue arrestada el sábado 10 de julio, a las 3:00 pm. Ella sería la hija de un integrante de la megabanda del “Koki” y ese parentesco fue la razón de su detención.

Personas allegadas a la familia de la joven detallaron que luego de las detenciones arbitrarias en El Cementerio, entre el jueves 8 y viernes 9, a la adolescente la fue a buscar una comisión de la FAES, con la excusa de que llevara comida a un familiar.

“A ella la engañaron y la metieron en el carro para llevarle la comida a una familiar. Cuando llegó al sitio, la detuvieron. No dijeron por qué, solo se la llevaron”, sostuvo una de las fuentes, quien aseguró que a la adolescente la obligaron a grabar un testimonio.

En la Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna), en su artículo 88 se estipula que: “todo adolescente tiene derecho a la defensa en todo estado y grado de cualquier proceso administrativo o judicial. Asimismo, tienen derecho al debido proceso, en los términos consagrados en esta Ley y el ordenamiento jurídico”.

Los adolescentes al ser sujetos a una investigación o detención tienen derecho a la dignidad, proporcionalidad y presunción de inocencia.

En la Convención de los Derechos de los Niños, adoptada y ratificada por Venezuela, se establece en la parte I, artículo 2, numeral 2, que: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”.

Gracias a las garantías desarrolladas por el sistema de protección universal los actos cometidos por el padre de la adolescente, no pueden ser un condicional para la detención, procesamiento e investigación de su hija.

Por otra parte, Monitor de Víctimas conoció que la adolescente fue procesada judicialmente, luego de pasar más de 48 horas detenida. Esto representa una violación a su derecho al debido proceso, en el que se establece un máximo de 48 horas para ser presentada ante un juez.

El 15 de julio de 2021, Tribunal Supremo de Justicia a través de una nota de prensa informó sobre el arresto de una adolescente, seis días después de la detención arbitraria.

El Tribunal Especial Primero de Primera Instancia en Funciones de Control Penal de Responsabilidad del Adolescente con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional ordenó medida preventiva privativa de libertad, por la presunta comisión de los delitos de terrorismo agravado en grado de cooperador inmediato, asociación para delinquir y tráfico de armas en modalidad de ocultamiento, “por los mismos hechos ocurridos en la Cota 905”.

Por otra parte, en la misma nota de prensa del TSJ dice que la presentación de Yaneimy Suárez fue hecha ante el juez del Tribunal Estadal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con Jurisdicción Nacional y Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo, instancia que decretó la medida privativa preventiva de libertad “contra un grupo de ciudadanas y ciudadanos aprehendidos en la Cota 905 de Caracas durante la Operación ‘Cacique Indio Guaicaipuro’». Se trata de otras 15 personas detenidas, todas de sexo masculino.

 

Una aspirante a aeromoza 

Erilin Alejandra Lugo Semeco, de 19 años de edad, fue detenida en su casa, ubicada en El Cementerio, por funcionarios de la Brigada de Acciones Especiales (BAE) del Cicpc, a las 2:00 pm del viernes 9 de julio. Ella estaba con su madre cuando alrededor de 10 funcionarios se la llevaron por presuntamente pertenecer a la banda del “Koki”.

Lugo es una aspirante a azafata. “Ella no es ninguna malandra. A Erilin la detuvieron malamente”, comentó uno de sus allegados, quien mantiene su nombre en anonimato por razones de seguridad.

La información difundida en Venezolana de Televisión, el canal de Gobierno, el 16 de julio de 2021, señaló a Lugo como la presunta secuestradora de una sexagenaria en la parroquia Santa Rosalía, durante el tiroteo entre la megabanda delictiva y la policía.

“El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) capturó a cuatro (4) hombres y a una (1) mujer que habían tomado como rehén a una señora sexagenaria en el sector El Cementerio, parroquia Santa Rosalía, Caracas, todos integrantes de la banda de ‘El Koki’, de la Cota 905, duramente golpeada luego de un operativo que se extendió entre los días 8 y 9 de julio”, se lee en el portal web.

En el supuesto hecho, fueron detenidos Ricardo José Velásquez Acosta, de 26 años, Yosmar Adrián Medina, de 19, Daniel José Torres Mijares, de 29, Eliecer David Barreto Rodríguez, 28, y Erilin Alejandra Lugo Semeco, de 19 años de edad.

Pese a que la familia desmintió los hechos, a la joven se le imputaron delitos relacionados con terrorismo y al porte ilícito de armas. No obstante, sus allegados y abogados, hasta el momento de la entrevista, no tuvieron acceso a su expediente.

“No puedo comentar más de los hechos, porque no tenemos el expediente en la mano. Los abogados nos aconsejaron no hablar con la prensa. Pero de algo sí estoy segura, ella no es ninguna criminal”, sostuvo.

La joven sigue privada de libertad en una dependencia de la policía judicial.

Luis Izquiel, abogado criminólogo, señaló que las detenciones efectuadas a los familiares del “Koki” y los miembros de la banda, tienen por finalidad presionarlos. Señaló que las detenciones se deben hacer cuando se comete un delito. “Ser familiar de un delincuente no es un delito. Tampoco las familias están obligadas a declarar en contra de sus familiares”, sostuvo.

Izquiel enfatizó que las detenciones hechas a los familiares de los integrantes de la megabanda del “Koki”, constituyen una privación ilegítima de la libertad. 

 

Provea: Excarcelan a dirigente social Jairo Pérez
Esta fue la segunda detención del líder comunitario en lo que va de año

 

El dirigente social de la parroquia La Vega de Caracas, Jairo Pérez, fue excarcelado este sábado, 24 de julio, luego de pasar 10 días detenido en los calabozos del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) del sector La Quebradita, en San Martín. Así lo informó la ONG Programa Venezolano Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) en su cuenta en Twitter, donde detalló que el líder comunitario continuará bajo régimen de presentación ante los tribunales.

«Ningún líder social debe ser procesado penalmente por ayudar a su comunidad. Libertad plena para Jairo #LaVegaSinJairoPérez», publicó Provea en la red social.

Pérez había sido arrestado por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y el Sebin el pasado 14 de julio, mientras proyectaba una película infantil en su casa para niños de la comunidad, actividad que solía hacer todos los miércoles en las tardes. Los uniformados arribaron al sitio con armas largas y apuntaron a quienes estaban allí, pese a la presencia de niños y adolescentes en el sitio.

Esta fue la segunda detención de Pérez en lo que va de año. La primera ocurrió en marzo pasado cuando participaba en una protesta por la falta de agua en La Vega.

Los que no se rinden | Un terremoto originó el nacimiento de Fundaredes
La tragedia de Cariaco fue el detonante para la aparición de la ONG que ahora lucha por la reivindicación de los derechos humanos de los venezolanos 

@franzambranor 

73 muertos dejó el terremoto en Cariaco, estado Sucre, el 9 de julio de 1997. De acuerdo a Javier Tarazona, el suceso que enlutó a Venezuela fue el detonante para que en el estado Táchira, él junto a un grupo de liceístas crearon dos años después Fundaredes, una organización encargada de formar a personas para la prevención de desastres naturales.    

Pero a raíz del espiral de polarización que significó la llegada de Hugo Chávez al poder en 1998, Fundaredes decidió incursionar en aspectos correspondientes a la defensa de los derechos civiles y constitucionales del venezolano. “Los fundadores éramos líderes de la juventud católica y de movimientos de boys scouts. Durante tres años estuvimos creando la red de brigadas de seguridad escolar en Táchira y el 21 de febrero de 2002 decidimos darle personalidad jurídica a Fundaredes. En el liceo y posteriormente en la Universidad Pedagógica Experimental Libertador éramos dirigentes estudiantiles opuestos al gobierno de Chávez. En principio nuestra lucha se centraba en el contexto de acompañar a víctimas y familiares de secuestro por parte de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN)”, dijo Javier Tarazona, director de Fundaredes. 

De acuerdo con Tarazona, la misión principal de Fundaredes es promover la democracia y los derechos humanos en procura de rescatar la convivencia, el desarrollo del país y la movilidad social.

Además Fundaredes organiza a ciudadanos para defender sus derechos constitucionales y en ese sentido cuenta con un observatorio en los estados de Amazonas, Apure, Bolívar, Falcón, Táchira y Zulia. No solamente incentiva a la sociedad civil sino también a los defensores de los DDHH con programas de formación para que puedan realizar la labor de documentación, promoción y denuncia.

“Nuestra organización ha ido creciendo con una particular incidencia e instancias locales e internacionales de denuncia. Trabajamos en un contexto de derechos civiles y de vida, valores distintos a los que se promueven desde el poder”, sostuvo Tarazona.

El director de Fundaredes manifestó que las mayores denuncias que reciben son de víctimas de grupos irregulares armados, cuerpos policiales y Fuerzas Armada.

“El mayor reto es proteger a la gente y darle rigurosidad a las denuncias, superar los miedos, el contexto opresivo, la censura del régimen para ocultar la actuación de grupos armados en Venezuela”, indicó Tarazona.

Fundaredes sostiene alianzas con la red nacional de defensores humanos junto a organizaciones como Civilis, Provea, Caritas y Proyecto 860, además pertenece a la iniciativa de Movilidad Humana Colombo-Venezolana 

Uno de sus miembros preso

Tarazona denunció la arbitraria detención del coordinador operativo de Fundaredes, Alexis Bustamante, recluido en la cárcel de Ramo Verde desde 2020 y quien es acusado de rebelión militar y traición a la patria. 

Bustamante fue funcionario de la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim), pero pidió la baja y se hizo defensor de los derechos humanos. Su esposa y madre han denunciado que Bustamentante ha sido víctima de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes en el recinto carcelario. 

“Hemos solicitado medidas humanitarias y a estas alturas todavía no se  ha hecho juicio, el asunto es que en los discursos de Diosdado Cabello, Jorge Rodríguez y Nicolás Maduro siempre hay un mensaje contra los defensores de los derechos humanos”, dijo Tarazona. 

El propio Tarazona ha sido víctima de hurtos, atracos y amedrentamiento por parte de cuerpos policiales. “Criminalizan nuestra labor. Toda iniciativa que cuestione y pretenda socavar las bases del régimen es judicializada y asfixiada, esto es algo que ya vivieron los partidos políticos”, indicó Tarazona.  

 Covid-19: otro enemigo

La pandemia del Covid-19 ha socavado los cimientos de Fundaredes. Según Javier Tarazona, el coronavirus y la escasez de gasolina han generado problemas de comunicación y movilidad. “Los estados fronterizos tienen muchos problemas de conectividad y servicios públicos”.

Tarazona sostuvo que otro problema ha sido la migración masiva, que ha desmembrado al equipo de trabajadores de Fundaredes. “Actualmente somos alrededor de 30 personas y 180 voluntarios a nivel nacional”. 

Ante la amenaza latente del coronavirus y la diáspora, Tarazona indicó que es importante hacer un esfuerzo por fortalecer a organizaciones como Fundaredes y especialmente a aquellas regionales que no cuentan con los requerimientos para acceder a cooperaciones internacionales.

“Lo importante es aumentar los esfuerzos de articulación para superar la fragmentación que se promueve siempre por parte del régimen. Una manera adecuada de hacerle frente a esto es elevar la incidencia local, nacional e internacional en conjunto, es perentorio criminalizar los actos del gobierno ante instancias como la Corte Penal Internacional y las relatorías de la Organización de las Naciones Unidas”.

China condena a 4 años de prisión a infociudadana que cubrió inicio del brote de coronavirus en Wuhan
Zhang Zhan, abogada de 37 años fue detenida en mayo y lleva varios meses en huelga de hambre. Sus abogados dicen que se encuentra en mal estado de salud.

Zhang Zhan, una reportera ciudadana china que cubrió el inicio del brote de coronavirus de Wuhan, ha sido condenada a cuatro años de prisión. Zhan fue declarada culpable de «buscar altercados y provocar problemas», un cargo que se usa frecuentemente en ese país contra activistas.

La exabogada de 37 años fue detenida en mayo y lleva varios meses en huelga de hambre. Sus abogados dicen que se encuentra en mal estado de salud. Zhang es una entre varios periodistas ciudadanos que han enfrentado problemas por informar sobre lo que estaba ocurriendo en Wuhan, la localidad china donde comenzó el brote de SARS-CoV-2.

En China no hay medios de comunicación que no sean oficiales y se sabe que las autoridades toman medidas drásticas contra activistas o informantes cuyas denuncias consideran socavan la respuesta del gobierno al brote. El presidente de China, Xi Jinping, ha insistido en varias oportunidades en que su gobierno manejó correctamente el brote.

«Zhang Zhan parecía devastada cuando se anunció la sentencia», dijo Ren Quanniu, uno de sus abogados defensores, a la agencia de noticias AFP. Ren agregó que la madre de Zhang, que estaba en el tribunal, sollozó en voz alta cuando se leyó el veredicto.

Otras detenciones

Zhang había viajado a Wuhan en febrero para informar de forma independiente sobre el brote.

Sus informes transmitidos en vivo y sus escritos se compartieron ampliamente en las redes sociales, lo cual llamó la atención de las autoridades chinas.

La organización Defensores Chinos de los Derechos Humanos (CHRD, por sus siglas en inglés Chinese Human Rights Defenders) señaló que sus reportes también incluyeron las detenciones de otros periodistas independientes y el acoso que estaban sufriendo las familias de algunas víctimas que pedían una rendición de cuentas.

En una entrevista en video con un cineasta independiente antes de su arresto, Zhang dijo que decidió visitar Wuhan después de leer una publicación en línea de un residente sobre la vida en la ciudad durante el brote.

Lee la noticia completa en BBC Mundo

 

Roland Carreño: otro caso más de persecución política en Venezuela
El periodista fue arrestado luego de la fuga de Leopoldo López

Pese a que hace menos de dos meses la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos de Naciones Unidas denunció que en Venezuela se cometen crímenes de lesa humanidad como las detenciones arbitrarias y las desapariciones forzadas para silenciar a la disidencia, la administración de Nicolás Maduro continúa utilizando estas prácticas contra sus opositores.

Así ha ocurrido en el reciente caso del periodista y dirigente del partido Voluntad Popular (VP), Roland Carreño, a quien se le ha aplicado el mismo patrón denunciado por el grupo de investigadores designado por el Consejo de Derechos Humanos, que consta por lo menos de cinco prácticas.

Detención violenta sin orden judicial o en supuesta flagrancia

Los familiares y amigos de Carreño perdieron contacto con él en la tarde del 26 de octubre de 2020; es decir, casi 48 horas después de que se conociera que el líder fundador de VP y exalcalde de Chacao, Leopoldo López, había dejado la Embajada de España, donde se encontraba en condición de huésped desde los sucesos del 30 de abril de 2019.

Pese a que la Constitución de 1999, en su artículo 44, es muy clara al señalar que «ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti», vecinos del dirigente político habrían asegurado a sus familiares que este fue abordado mientras viajaba en un vehículo por unas personas sin identificación, las cuales le obligaron a entrar en una camioneta negra, también sin identificación.

Ausencia de información sobre el motivo de la detención e incomunicación del detenido

Durante casi 24 horas los familiares, abogados y allegados a Carreño no tuvieron certeza de dónde se encontraba ni quién lo tenía, aunque se trasladaron hasta las sedes de organismos como el cuestionado Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y hasta el Palacio de Justicia para tener noticias de él. No fue sino hasta casi 24 horas después de su desaparición, y producto de la campaña por redes sociales, que las autoridades anunciaron que lo tenían en su poder. No obstante, la información no fue completa, porque en ningún momento precisaron dónde estaba, quién lo tenía ni por qué.

La ausencia de la información antes mencionada representa otra violación al artículo 44 de la Constitución, el cual señala lo siguiente:

«Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza, y éstos o éstas, a su vez, tienen el derecho a ser informados o informadas del lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida, ya sea por sí mismos o con el auxilio de especialistas. La autoridad competente llevará un registro público de toda detención realizada, que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios que la practicaron».

Además, esta actuación irregular es la base para considerar que esta detención fue arbitraria y se constituyó en una desaparición forzada, aunque de corta duración, a la luz de la Convención Internacional contra la Desaparición de Personas, tal y como lo advirtió la Misión en su informe sobre Venezuela, que afirmó:

«La desaparición forzada implica la privación de libertad contra la voluntad de la persona y la participación de agentes del Estado, ya sea por comisión, tolerancia o aquiescencia, y el ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida. No existe un plazo mínimo, con arreglo a las normas internacionales de derechos humanos, durante el cual una persona detenida deba ser sometida a desaparición forzada para que se produzca la violación».

En su informe, la Misión de la ONU verificó también que esta es una práctica rutinaria de los cuerpos de seguridad del estado venezolano; como muestra mencionó los casos del dirigente Yon Goicoechea y los diputados Gilber Caro y Juan Requesens, por mencionar algunos en que hubo desapariciones  de corta duración; así como otros más graves, como los ocurridos en la masacre de Barlovento de octubre de 2016, donde las víctimas fueron desaparecidas y ajusticiadas.

El Foro Penal Venezolano, en un informe publicado en junio pasado, contabilizó 724 casos similares entre 2018 y 2019. Estos datos revelan que hay un patrón en Venezuela, una verdadera política de Estado.

Siembra de evidencias y confesiones forzadas

El mismo 27 de octubre, minutos después de que el ministro de Comunicación, Freddy Náñez, confirmara la detención de Roland Carreño el fiscal designado por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, anunció en Twitter que el dirigente político estaría planificando actos «conspirativos contra la paz democrática» y aseguró que al momento de su captura, por parte de agentes de la Policía Nacional Bolivariana, le incautaron un fusil y dólares en efectivo.

Sobre Goicoecha, Gilber Caro y Requesens, por solo mencionar algunos casos, las autoridades hicieron afirmaciones parecidas.

La defensa del periodista y dirigente de Voluntad Popular ha puesto en duda la versión oficial. La abogada Ana Leonor Acosta indicó:

«Hay múltiples irregularidades en el expediente, empezando por el acta policial de detención donde ni siquiera se siguió el procedimiento adecuado. El régimen le sembró elementos. No contó con los dos testigos correspondientes según la ley, y además no se le informó a Roland sobre un procedimiento de chequeo. Todas son actuaciones montadas para incriminar a Roland Carreño».

En el allanamiento a la residencia de Carreño también se verificaron las mismas irregularidades que se vienen registrando desde hace un tiempo en otros casos: la ausencia de testigos confiables que certifiquen su transparencia.

Otro vicio de este proceso fue la difusión de un video el 30 de octubre por parte del exministro de Comunicación, Jorge Rodríguez, en el cual el dirigente político una vez detenido explica su trabajo y «confiesa» que el dinero para financiar su partido lo recibiría desde la Fundación Simón Bolívar que la junta ad hoc designada por la Asamblea Nacional nombró en Citgo, la filial estadounidense de Petróleos de Venezuela (PDVSA).

La grabación, de la cual los abogados de la defensa aseguran que se realizó sin estar ellos presentes y bajo coacción, debería además estar reservada, por cuanto forma parte de las evidencias que el Ministerio Público utilizará en un eventual juicio contra el imputado. Esto representa una violación al debido proceso.

Declaración de altos funcionarios antes o poco después de la detención

Distintos voceros gubernamentales se han dedicado a vincular a Carreño con sucesos como la fallida incursión de Macuto de 2020 y otros movimientos que presuntamente tenían por propósito desalojar a Nicolás Maduro del Palacio de Miraflores.

En estos casos, también es un patrón la ejecución de una campaña mediática por parte de los principales voceros oficiales para desprestigiar a la persona detenida. Tales actuaciones al margen del proceso judicial buscan culpabilizarla ante la opinión pública y la condenan antes que un tribunal se pronuncie, en clara violación del principio de presunción de inocencia que la Constitución le otorga a toda persona en este tipo de situación. Esto es confirmado, entre otros aspectos, por el hecho de que en tales declaraciones nunca se usa el «presunto» o «presuntamente», ante la ausencia de una sentencia condenatoria, lo que pone en evidencia que el fin perseguido es destruir la imagen y el prestigio del detenido con independencia de lo que pase en la vía judicial.

A la cárcel y sin garantías

El 29 de octubre, Roland Carreño fue presentado ante el Tribunal Estadal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con competencia contra el Terrorismo a Nivel Nacional, que admitió la imputación por financiamiento al terrorismo; conspiración contra la forma política y tráfico ilícito de armas de guerra contra el periodista.

De tal forma, la acusación de terrorismo sirve para que el caso sea conocido por un pequeño grupo de jueces que son los que se encargan de estas causas, pero que, como la mayoría, son designados arbitrariamente obviando el proceso de concurso público de oposición establecido en la Constitución.

El Tribunal contra el Terrorismo antes mencionado acordó dejar preventivamente detenido al dirigente político, por considerar que existe peligro de fuga y obstaculización de la justicia. De nada valió en este sentido que se demostrara que Carreño realiza sus labores profesionales como periodista en el país, donde además residen sus hijos y madre; y que no se conocía de ningún otro proceso judicial en su contra.

Por el mismo camino

El caso de Carreño revela que el Gobierno de Maduro ha hecho caso omiso a las recomendaciones de la Misión de la ONU. Dicha instancia en su informe exigió a las autoridades «acabar con las desapariciones forzadas y permitir que las personas detenidas informen inmediatamente a sus familiares u otras personas de su detención y su paradero» y «permitir el acceso inmediato a la representación legal». Asimismo, exigió que «ninguna persona sea arrestada o detenida excepto en cumplimiento de una orden judicial o en el acto de cometer un delito» y «llevar a cabo una revisión judicial sistemática de la legalidad de las detenciones».

Los funcionarios parecen no haber entendido que estas prácticas, por ser parte de un patrón sistemático como se ha evidenciado, son delitos de lesa humanidad, por los cuales desde quienes los planificaron hasta quienes los ejecutaron y toleraron pueden terminar siendo procesados por la Corte Penal Internacional (CPI), la cual tiene potestades para procesar a individualidades por la comisión de estos delitos. De hecho, su Fiscalía acaba de reconocer su presunta existencia en Venezuela.

Provea denuncia más de 150 detenciones arbitrarias durante la cuarentena
La ONG indicó que «otras 442 (personas) fueron detenidas en el contexto de manifestaciones en el país» entre marzo y septiembre, cuando se produjeron varias protestas por escasez de gasolina y retrasos en la entrega de alimentos subsidiados, lo que eleva el número total de detenciones denunciadas a 601

La ONG Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) denunció, en un informe divulgado el 12 de noviembre, la detención arbitraria de al menos 159 personas entre marzo y septiembre pasado, cuando se completaron los primeros seis meses de la cuarentena por la covid-19 en el país.

«Los primeros seis meses de vigencia del estado de alarma se caracterizaron por un contexto que agravó las consecuencias de la ausencia de institucionalidad (en Venezuela)», dijo Provea en un documento de 107 páginas.

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«Además, 159 personas fueron detenidas de manera arbitraria, sobresaliendo como perfiles de víctimas los periodistas, políticos e integrantes del gremio médico que intentaban cuestionar y visibilizar situaciones irregulares bajo cuarentena», añadió la ONG.

Asimismo, Provea indicó que «otras 442 (personas) fueron detenidas en el contexto de manifestaciones en el país» entre marzo y septiembre, cuando se produjeron varias protestas por escasez de gasolina y retrasos en la entrega de alimentos subsidiados, lo que eleva el número total de detenciones denunciadas a 601.

«La ausencia de lineamientos claros sobre las políticas de cuarentena y distanciamiento social (…) ocasionaron diversas interpretaciones de las autoridades en las cuales se priorizó el mantenimiento del orden sobre el respeto a los diferentes derechos humanos», continuó el documento.

Estas detenciones, concluyó Provea, se produjeron «como mecanismo de disciplinamiento e intimidación de la población bajo la emergencia sanitaria», y tenían «el objetivo de mantener la primacía de la narrativa oficial para informar sobre la evolución de la pandemia» en el país.

Asimismo, en el informe se detallan las muertes de cinco personas, catalogadas como «asesinatos», en medio de enfrentamientos con las autoridades durante manifestaciones, un hecho que la ONG aseguró «reitera la ausencia de una política democrática de control del orden público en el país».

Según los datos oficiales, en Venezuela 95.750 personas se han contagiado de la covid-19, aunque solo 4.169 casos se cuentan como activos.

Del total de afectados, 840 fallecieron por complicaciones relacionadas con el virus SARS-CoV-2, que causa la covid-19, aunque la oposición venezolana cuestiona estos datos.

Para frenar la expansión del virus, el Gobierno venezolano implementó desde mediados de marzo pasado una cuarentena que se cumplió de forma «radical» las primeras semanas, pero que en los últimos meses combinó periodos de «flexibilización» para permitir un «respiro» a la economía.