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Comisión Interamericana de Derechos Humanos

ONG denuncian ante la CIDH persecución a defensores de derechos humanos 

ONG denunciaron en el marco del 189 Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Washington la persecución del régimen de Nicolás Maduro contra los defensores de derechos humanos en Venezuela

En la audiencia “Situación de las personas defensoras de derechos humanos”, miembros de FundaRedes, Defiende Venezuela, Un Mundo Sin Mordaza y Familia S.O.S Libertad, coincidieron en un patrón de hostigamiento contra activistas.  

“Vemos la existencia de una política sistemática estatal de represión de los defensores de Derechos Humanos”, dijo el Comisionado de la CIDH, Carlos Bernal Pulido.

Representantes de ONG en Venezuela colocaron como ejemplo de la política de hostigamiento la reciente detención de la presidente de Control Ciudadano, Rocío San Miguel y del director de FundaRedes, Javier Tarazona, próximo a cumplir 1.000 días encarcelado.

«Los defensores de los Derechos Humanos en Venezuela han enfrentado detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas y allanamientos ilegales en sus domicilios y sedes», dijo Rodrigo Diamanti, presidente de Un Mundo Sin Mordaza.

Diamanti aseveró que a las ONG se les han “fabricado pruebas falsas para respaldar acusaciones infundadas en contra de sus miembros”.

El fundador de Un Mundo Sin Mordaza indicó que el chavismo hace uso de las instituciones del Estado en complicidad con el sistema de justicia.

“Exigimos el cese inmediato de la persecución política en Venezuela dirigida hacia aquellos que expresan opiniones divergentes, en especial, hacia los defensores de los Derechos Humanos”, indicó Diamanti.

Además, solicitó el respaldo de la comunidad internacional para asegurar la liberación de activistas como Javier Tarazona, Rocío San Miguel y otros presos políticos: «Es esencial brindarles la solidaridad necesaria para restaurar la justicia y proteger el ejercicio legítimo de sus funciones en pro de la dignidad humana».

Estandarte de las ONG presa política 

A juicio de Génesis Dávila, presidenta de Defiende Venezuela la detención de Rocío San Miguel es un ejemplo de las adversidades a las que se enfrentan quienes luchan por los derechos fundamentales en Venezuela.

“A pesar de su compromiso con la transparencia y la justicia, esta se convirtió en blanco de represalias por parte del régimen venezolano”.

Dávila condenó la aprehensión de la activista sucedida  el pasado 9 de febrero en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía.

“Este castigo ejemplarizante, anunciado en cadena nacional bajo el título de Furia Bolivariana, no solo ha afectado a Rocío (San Miguel), sino también a su familia, que ha sido detenida arbitrariamente. La situación ilustra claramente el patrón de persecución que experimentan los defensores de Derechos Humanos en Venezuela”.

Por su parte, Clara Ramírez, directora (encargada) de la FundaRedes aclaró que las medidas de protección cautelares emitidas por la CIDH a defensores de DDHH han resultado insuficientes. 

“En el año 2020, previo a la detención de Javier Tarazona, la CIDH otorgó medidas cautelares debido a que había sido víctima de amenazas y actos de amedrentamiento. Sin embargo, el Estado hizo caso omiso a este resultado y aún permanece detenido”, denunció. 

Igualmente Franklin Caldera, coordinador del Comité de Víctimas Familia S.O.S. Libertad, denunció que ha sido víctima de amenazas por parte de agentes de seguridad del Estado y, por tal razón, el pasado 20 de julio de 2023 recibió una medida cautelar de protección por parte de la CIDH.

 

Claves | Población LGBTIQ+ en centros de reclusión se encuentra a la deriva
Un informe del Observatorio Venezolano de Prisiones evidencia que la comunidad LGBTIQ+ que está detenida sufre de abandono y discriminación
El Estado no garantiza el respeto a los derechos humanos de esta comunidad en las cárceles 
No se proporciona atención médica y mucho menos tratamientos especializados para las personas trans, incluyendo los hormonales  

 

De acuerdo con datos del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), para el primer semestre de 2023 en el país había una población reclusa superior a las 32 mil personas en sitios con una capacidad real instalada para 20.888, lo que representaba un hacinamiento de 154,15%.

Según el OVP, 69% de los centros de reclusión en Venezuela se encuentran en condiciones de hacinamiento

A este dato hay que agregar que no existen cifras oficiales en cuanto a la población LGBTIQ+ que permanece en los centros de reclusión.

A propósito de esta incógnita y el estado de indefensión en el que se encuentra este segmento, el OVP elaboró el informe Personas privadas de libertad LGBTIQ+: el derecho a la salud es una ficción en los centros penitenciarios de Venezuela.   

El director del OVP, Humberto Prado, indicó que la opacidad en torno a la cantidad de personas LGBTIQ+ en los centros de reclusión, dificulta la implementación de medidas adecuadas para su bienestar y garantía de derechos.

Prado aseveró que no hay personal capacitado para atender las demandas sanitarias, específicas de la gente que conforma este segmento de la sociedad.

“Todo este problema tiene su base en la falta de personal debidamente formado, lo cual no es imposible porque hay un mandato constitucional que establece que las personas que trabajan en las cárceles deben ser penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias”, dijo Prado.  

El activista de DDHH sostuvo que el objetivo del informe es exigir al Gobierno venezolano el cumplimiento de la posición de garante frente a toda persona que se encuentre bajo su custodia y el cese de las violaciones a los derechos humanos de los grupos vulnerables como el LGBTIQ+.

Prado indicó que en 2015 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un informe donde expone que las personas LGBTI enfrentan un mayor riesgo de violencia sexual, otros actos de violencia y discriminación.

Por su parte, el OVP expuso en el 187 período de sesiones de la CIDH que Venezuela posee un sistema penitenciario colapsado por los elevados índices de hacinamiento, retardo procesal, violaciones al debido proceso, proliferación de enfermedades, falta de medicamentos, atención médica y alimentación inadecuada, una crisis de la que no escapa la población LGBTIQ+.

Estas son los principales puntos que plantea el informe:

-La situación de las personas LGBTIQ+ que se encuentran detenidas en Venezuela se agrava debido a la falta de legislación que reconozca el cambio de identidad para las personas trans.

 

-La homofobia y la transfobia se agudizan en contextos de privación de libertad debido al hacinamiento, la corrupción y el autogobierno de las cárceles.

 

-Las personas LGBTIQ+ enfrentan violencia física, verbal y psicológica, así como persecución por parte de autoridades y grupos sociales conservadores en las prisiones y centros de detención preventiva.

 

-No existen áreas establecidas por diferenciación de género para la comunidad LGTBIQ+ en los centros de reclusión, exponiendo a esta a situaciones de peligro.

 

-Las personas LGTBIQ+ son víctimas de esclavitud por parte de otros privados de libertad y de funcionarios de quienes reciben maltrato físico y psicológico, en muchos casos se les obliga a prostituirse y a sufrir abuso sexual.

 

-Las personas trans son ingresadas a los centros según lo que dice su cédula y no su identidad de género.

 

-Las mujeres trans están recluidas con hombres y son forzadas a realizar labores de limpieza como lavar la ropa de otros reclusos bajo amenaza de muerte o castigos.

 

-No hay una legislación que les garantice a la comunidad LGTBIQ+ detenida atención médica general, salud reproductiva, programas de educación, información referente a tratamientos hormonales y cuidado de la salud mental, pese a que el artículo 15 del Código Orgánico Penitenciario expresa el derecho a la salud de la persona privada de libertad.

 

-Las cárceles venezolanas no cuentan con personal médico ni espacios adecuados para la atención médica, en cada recinto hay entre 2 y 4 personas encargadas de la salud, lo cual no sirve para atender ni al 0,2 % de la población reclusa.

 

-Los traslados a los centros de salud, solo se realizan por decisión arbitraria de las autoridades penitenciarias.

 

-No hay programas de despistaje de atención primaria de salud, diagnóstico temprano y prevención del VIH, tuberculosis, cáncer y otras patologías.

 

-No se proporcionan tratamientos especializados a la población trans, incluyendo los hormonales.

 

-El personal carcelario no está capacitado para atender  a las personas con VIH, especialmente a las que forman parte de la comunidad LGQBTI+.

 

-Las prisiones se han convertido en espacios carentes de salubridad y con escasez o ausencia total de agua potable. Asimismo los reclusos no gozan de una alimentación adecuada.

 

-Las mujeres embarazadas en las cárceles venezolanas no reciben la atención médica adecuada durante el embarazo y el parto.

 

-Prevalece la inexistencia de canales de monitoreo, seguimiento y denuncia de posibles casos que pudieran afectar los derechos de las personas LGBTIQ+.

 

-Venezuela no cuenta con una política pública en materia de salud mental, se evidencia escasa información, desconocimiento y pocos mecanismos de protección al preso. No hay información oficial sobre registros de depresión, ansiedad, estrés post traumático, y otros trastornos del estado de ánimo que podrían afectar a la población reclusa.

 

Un deber del Gobierno en las prisiones 

El artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expresa que el Estado tiene el deber de “Garantizar un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto de sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación”.

Ante el estado de indefensión en el que se encuentra la población LGBTIQ+ que permanece en centros de reclusión, el OVP alertó que es perentorio que dentro de las prisiones venezolanas se organicen sesiones de sensibilización y concienciación para el público general y para los profesionales que trabajan allí.

“El Estado venezolano debe atender la necesidad de fortalecer procesos de capacitación y sensibilización con enfoque de derechos humanos”, reza el informe.

Igualmente exigió capacitación y asesoramiento a funcionarios de prisiones, personal médico y psicológico y abogados en cuanto a los derechos de la población reclusa y las necesidades específicas de las personas LGBTIQ+.

Enfatizó que es importante establecer alianzas con organizaciones de derechos humanos, grupos LGBTIQ+ y otras entidades para evitar más opacidad y discriminación.

 

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Estado venezolano enfrentará otro juicio en la CIDH por violación de DDHH a activista
La CIDH señaló al Estado venezolano de incurrir en ocho violaciones en el caso de este activista

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó un nuevo caso contra el Estado venezolano por la detención y procesamiento de Carlos Enrique Graffe Henríquez, defensor de derechos humanos.

De acuerdo con una nota de Suprema Injusticia, iniciativa de Transparencia Venezuela, el organismo adoptó la decisión el pasado 20 de diciembre de 2023. Sin embargo, la anunció fue el pasado 2 de febrero, cuando adelantó la acción por “la detención ilegal y arbitraria, y afectaciones a la salud” en perjuicio del activista, “así como las vulneraciones a las garantías judiciales y protección judicial en el proceso seguido en su contra”.

Graffe fue detenido en julio de 2017 en Valencia, estado Carabobo, días después de que el vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, lo señalara de ser un “terrorista” y de presuntamente orquestar una serie de hechos violentos que ocurrieron en la capital carabobeña.

Entre abril y agosto de 2017 Venezuela se sumió en una nueva ola de protestas antigubernamentales en rechazo a las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que en la práctica restaron competencias a la Asamblea Nacional electa en 2015.

Aquellas movilizaciones fueron duramente reprimidas por las autoridades, dejando más de un centenar de fallecidos, miles de heridos y de detenidos, de acuerdo con el recuento del Ministerio Público.

El activista se dio a conocer como uno de los líderes estudiantiles que se opuso a la fallida reforma constitucional que el fallecido Hugo Chávez impulsó en 2007 y luego fundó la asociación Asoesfuerzo, centrada en la defensa de la libre empresa, las libertades económicas y la propiedad privada. Asimismo, estableció la Fundación Futuro Presente y ß para la defensa de la libertad de expresión en el país.

Una larga lista de violaciones

La CIDH señaló al Estado venezolano de incurrir en ocho violaciones en el caso de este activista, entre ellos la vulneración de sus derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales, a la honra y dignidad, a la libertad de expresión, a la protección judicial y a la salud.

El organismo con sede en Washington (Estados Unidos) denunció que la aprehensión de Graffe se produjo sin orden judicial y sin estar en situación de flagrancia.

Además, denunció ante la Corte IDH que el activista fue acusado de instigación a la rebelión y sustracción de bienes militares y sometido a un proceso judicial ante un juzgado militar, algo que está expresamente prohibido en la Constitución de 1999.

La CIDH constató que el defensor estuvo detenido en el Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde en un régimen de aislamiento, donde no le permitió ser visitado por sus familiares.

Debido a estas condiciones inhumanas que incluyeron la reclusión en un sitio “sin ventilación, luz solar, servicios sanitarios y de higiene adecuados”, la salud del activista se deterioró. Pero no recibió atención médica adecuada.

La CIDH cuestionó la labor de la Defensoría del Pueblo, por cuanto este organismo ignoró las quejas formuladas por los parientes y defensores de Graffe con relación con las condiciones de su encarcelamiento.

Gobierno madurista ha detenido a 87 sindicalistas en diez años 
En 2022 se registraron 344 casos de amenazas contra trabajadores y dirigentes sindicales

 

87 sindicalistas en una década, casi 9 por año, ha detenido el Gobierno de Nicolás Maduro de acuerdo a datos aportados por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) en el Periodo 188 de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Lissette González, coordinadora de Investigación, Monitoreo y Difusión de Provea, informó que durante 2022 se registraron 344 casos de amenazas contra trabajadores y sindicalistas.

González indicó que las amenazas incluyeron hostigamiento, persecución, amenazas de despido y encarcelamiento

Agregó que las acciones represivas han continuado en 2023, afectando especialmente a los líderes sindicales del estado Bolívar, sede de las principales empresas básicas del país.

“En julio del 2022, seis líderes sindicales y luchadores sociales fueron detenidos de manera arbitraria y posteriormente sentenciados a 16 años de prisión en el mes de agosto. Estos casos representan un patrón preocupante de persecución y criminalización de los dirigentes sindicales en Venezuela”, sentenció la integrante de Provea.

La organización denunció el rol del Poder Judicial en las violaciones a los derechos de empleados de la Siderúrgica del Orinoco (Sidor) en Bolívar, específicamente una medida emitida por un Tribunal Laboral de primera instancia, la cual prohíbe la obstaculización de operaciones y el acceso a  áreas de la empresa para protestar, así como promover discursos de odio.

Esta medida representa una clara violación del derecho a la manifestación y a la libertad de expresión”. 

En lo que va de año, los trabajadores de Venezuela, especialmente los de la administración pública, se han mantenido en las calles protestando por reivindicaciones laborales y salarios dignos, en vista de que el salario mínimo y la pensión se mantienen en pírricos 130 bolívares mensuales, equivalentes a poco más de 3 dólares.

Ante esta situación, Provea instó al Estado venezolano a “respetar y garantizar los derechos laborales, así como a cesar la represión y criminalización contra los dirigentes sindicales. Asimismo, hizo un llamado a la comunidad internacional a estar atenta y a tomar medidas para proteger los derechos humanos en Venezuela”.

 

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Informe CIDH: Países de la región deben reconocer estatus de refugiado a migrantes venezolanos
La CIDH identificó desafíos para el debido proceso en los procedimientos migratorios de personas provenientes de Venezuela como consecuencia de medidas adoptadas por varios países que comparten frontera
Indican que, de acuerdo con la CIDH, el desplazamiento forzado de personas provenientes de Venezuela «guarda una estrecha relación con la instalación de una autocracia en el país»
Las personas que salen de Venezuela se enfrentan a múltiples situaciones de discriminación y violencia que ponen en riesgo y vulneran sus derechos a la vida, la integridad y la libertad personal, señaló la CIDH en su informe

@Andrea_GP21

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un informe sobre la situación de las personas migrantes y refugiadas de Venezuela, donde explica cuáles son los desafíos para atender a esta población.

En el texto titulado «Personas Migrantes y Refugiadas provenientes de Venezuela», la CIDH también abordó las causas del desplazamiento forzado, que incluye las «graves violaciones de derechos humanos, el cierre de espacios cívicos y el reducido acceso a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales».

 

El informe señala que algunas personas migrantes y refugiadas de Venezuela «se ven obligadas a realizar travesías peligrosas para llegar a su destino, cruzando rutas migratorias irregulares, zonas fronterizas insalubres o viajando en embarcaciones precarias».

Asimismo, indicó el texto que en muchas ocasiones, la violencia en contra de las personas provenientes de Venezuela está alentada «por estereotipos de género y discursos estigmatizantes que denotan xenofobia y racismo».

Una de las conclusiones más relevantes del informe de la  CIDH es que los países de la región, a efectos de otorgar una protección que responda a la naturaleza forzosa del desplazamiento, deben reconocer estatus de refugiado a las personas que provienen de Venezuela, «hacer un reconocimiento de la condición de persona refugiada prima facie, así como promover políticas que permitan garantizar sus derechos en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación».

Refieren que en el caso de los migrantes venezolanos aplica el concepto de persona refugiada aplicable, consignado en la Declaración de Cartagena, «que cobija a las personas que huyen de un territorio por riesgos a su vida, seguridad, libertad, o por la violación masiva de los derechos humanos».

«Este informe busca iniciar una conversación sobre la necesidad de responder al desplazamiento forzoso de personas venezolanas desde un enfoque regional, coordinado, basado en la responsabilidad compartida y en el respeto y garantía de los derechos humanos. La CIDH se pone a disposición de los Estados parar brindar cooperación técnica en la implementación de las recomendaciones que se formulan en el documento», amplían. 

Entre las causas de este desplazamiento masivos de venezolanos, según el informe, se destaca la destrucción del estado de Derecho, las graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos y el reducido acceso a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (Desca). A continuación, una síntesis de los elementos encontrados en cada categoría. 

Ausencia de Estado de Derecho, represión y cierre de espacios democráticos

En parte, de acuerdo con la CIDH, el desplazamiento forzado de personas provenientes de Venezuela «guarda una estrecha relación con la instalación de una autocracia en el país».

Al respecto, señala que la ausencia del estado de Derecho ha provocado que las instituciones estatales diseñadas «para promover y proteger los derechos humanos operen para asegurar la permanencia del partido de gobierno en el poder».

Como uno de los hechos más graves, recuerdan la designación irregular de al menos 12 magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el 23 de diciembre de 2015.

También, destacan la existencia de la asamblea constituyente, que ejecutó la designación irregular del Fiscal General de la Nación y el Defensor del Pueblo; el adelanto atípico de la elección presidencial de 2018; y la ratificación irregular de rectores del Consejo Nacional Electoral y personas magistradas del TSJ.

 

Todas esas acciones generaron una serie de manifestaciones ciudadanas que fueron violentamente reprimidas por las fuerzas de seguridad del Estado y grupos para estatales.

Entre el 1 de abril y el 31 de julio de 2017, el Ministerio Púbico registró 124 muertes relacionadas a protestas sociales, de las cuales 46 eran manifestantes que habrían perdido la vida por la acción de miembros de las fuerzas de seguridad y 27 por colectivos armados.

Violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos

En cuanto a las violaciones de DDHH, señala el informe que miles de personas opositoras o percibidas como tales tuvieron que desplazarse a otros países de la región por la cooptación del poder público por el Ejecutivo.

Adicionalmente, la erosión del Estado de Derecho «propició impunidad frente a violaciones a los derechos a la vida, integridad y libertad personal, generando un clima de inseguridad generalizado que también motivo el desplazamiento de personas a otros países».

La CIDH también recordó que en Venezuela «existe un patrón de ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes de seguridad del Estado y/o de grupos parapoliciales, o bajo su aquiescencia o colaboración».

Aunque más del 90% de víctimas de ejecuciones extrajudiciales son hombres, el 76 % de las personas que buscan justicia, verdad y reparación son mujeres. 

También, la CIDH recibió información sobre la «práctica sistemática de torturas y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes contra las personas civiles y militares privadas de la libertad».

Entre las torturas identificadas por la CIDH se encuentran la imposición de posiciones de estrés, llamadas “crucifixión” (brazos extendidos y esposados a tubos o rejas) y “el pulpo” (cinturón de metal con cadenas para inmovilizar muñecas y tobillos); asfixia con bolsas de plástico, sustancias químicas o un balde de agua; golpes con objetos contundentes; descargas eléctricas en los genitales u otras partes del cuerpo; amenazas de muerte o amenazas de violencia adicional; violencia sexual y amenazas de violencia sexual, incluyendo amenazas de violación sexual, contra las víctimas y/o sus familiares; tortura psicológica, incluyendo privación sensorial, iluminación constante y frío extremo; y desnudez forzada, incluso en habitaciones mantenidas a temperaturas extremadamente bajas.

 

La CIDH advirtió que existen «serias denuncias de actos de violencia contra mujeres privadas de la libertad por parte del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) y de la Dgcim».

Sanciones y su impacto

Varios países de América y de Europa han adoptado sanciones de distinta índole en respuesta a las graves y masivas violaciones de derechos humanos en Venezuela.

Existen las sanciones personales, que se impusieron contra funcionarios e individuos asociados con el gobierno y el PSUV. Por otro lado están las De otra parte, están las sanciones sectoriales, dirigidas contra industrias y sectores de la actividad económica doméstica.

De acuerdo con información de la CIDH, cronológicamente fueron impuestas primero las sanciones específicas y luego las sectoriales. 

Aunque la CIDH considera que las sanciones extranjeras contribuyen a la agudización de la situación y vulnerabilidad de la población, la imposición de las mismas «no es óbice para que el Estado venezolano desatienda sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos».

 

La Comisión observa que algunos países han adoptado sanciones sectoriales con impactos generalizados en la economía venezolana. 

Según la CIDH, la ausencia de recursos ha imposibilitado la reparación y el mantenimiento de los sistemas de electricidad, gas, agua, transporte público y telecomunicaciones.

Crisis humanitaria y acceso a Desca

La Comisión considera que la falta de estadísticas oficiales sobre pobreza y acceso a los Desca responde a una «decisión deliberada de no dar a conocer la situación de los Desca en Venezuela para asegurar la permanencia del partido de gobierno en el poder». 

Al no poder satisfacer necesidades básicas, las personas se han visto forzadas a salir deVenezuela, destaca el informe de la CIDH.

Algunas organizaciones hacen esfuerzos por dar a conocer los datos sobre pobreza en Venezuela. Uno de estos esfuerzos es la Encuesta Nacional sobre Condiciones de Vida (Encovi).

Por otra parte, el aumento de la pobreza y la desigualdad en los últimos años ha afectado la capacidad adquisitiva de la población venezolana, afectando seriamente el acceso a alimentos en cantidad y calidad suficiente.

Precisamente, el difícil acceso a alimentos es considerado por distintos órganos de protección de DDHH como uno de los factores que motivan la migración de personas venezolanas hacia otros países.

 

Con relación al colapso sistema de salud, este  ha impactado de forma desproporcionada en las personas con enfermedades crónicas e infecciosas.

Entre las preocupaciones, destacan que en Venezuela, las mujeres embarazadas no obtienen vacunas, medicamentos, productos de primera necesidad y «no pueden acceder a controles prenatales o para recién nacidos, ni recibir atención que garantice embarazos y partos seguros».

 

Sobre la educación, el sistema también está en decadencia. La CIDH alertó que el deterioro de las condiciones de vida y las fallas constantes de los servicios públicos ha afectado el goce del derecho a la educación, particularmente de niñas, niños y adolescentes. 

Además, la crisis económica ha empujado a miles de profesores de todos los niveles educativos a abandonar el país.

Situación de derechos humanos de las personas en movilidad provenientes de Venezuela

La Comisión saluda la generosidad y los esfuerzos de algunos países de la región como Colombia, Brasil, Ecuador, Chile, Perú, Costa Rica y Estados Unidos, para acoger y brindar protección a las personas provenientes de Venezuela.

Asimismo, el organismo reconoce los desafíos que enfrentan los Estados de la región a su interior para garantizar el acceso a derechos de esta población.

Derechos a la vida, integridad y libertad personal durante el desplazamiento

Las personas que salen de Venezuela se enfrentan a múltiples situaciones de discriminación y violencia que ponen en riesgo y vulneran sus derechos a la vida, la integridad y la libertad personal, señaló la CIDH en su informe.

En el contexto de uso de rutas terrestres y marítimas, recuerda la CIDH, se ha registrado la muerte de personas en situación de movilidad, entre otras cosas, por accidentes de tránsito, enfermedades y naufragios.

Durante 2022, al menos 30 personas de nacionalidad venezolana fallecieron en el tapón del Darién, región selvática fronteriza entre Colombia y Panamá, incluyendo niños, niñas y adolescentes. Autoridades panameñas creen que es posible que exista un subregistro.

Asimismo, en 2021 tres embarcaciones fueron reportadas como desaparecidas en altamar cerca de las costas de Trinidad y Tobago, lo que habría causado la perdida de al menos 80 personas de nacionalidad Venezuela. En diciembre de 2020, se registró otro naufragio luego de que una embarcación que transportaba 25 personas se volcara.

 

Pero además, las personas que salen de Venezuela se exponen a sufrir violaciones a sus derechos a la vida, integridad y libertad personal como consecuencia del accionar de grupos armados irregulares y, en ocasiones, de agentes de Estado.

Derecho a la nacionalidad y prevención de la apatridia en países de acogida

Las personas que salen de Venezuela enfrentan varias barreras para acceder a documentos de identidad vigentes, como retardos excesivos, corrupción y altos precios.

En países como Colombia, Chile y República Dominicana, los hijos de las personas que provienen de Venezuela no pueden acceder en condiciones de igualdad a la nacionalidad.

Según advierte la CIDH, lo anterior expone a esos hijos a la apatridia, situación jurídica en la que se encuentran todas «aquellas personas que no son reconocidas como nacionales de ningún Estado».

Las personas provenientes de Venezuela requieren consideraciones especiales sobre las exigencias legales para acceder a un estatus regular, entre otras cosas, por el vínculo con el derecho a la nacionalidad de sus hijas e hijos. 

Por lo difícil que es acceder a un pasaporte en Venezuela, estados como Argentina, Colombia, Chile y Panamá, y otros; adoptaron medidas para reconocer la validez de pasaportes vencidos a efectos de algunos trámites.

Sin embargo, la falta de documentación vigente afecta a las personas provenientes de Venezuela en los países de acogida. Según la CIDH, esto limita su posibilidad de acceder a procesos de regularización y, en consecuencia, afecta el acceso a la nacionalidad de sus hijos e hijas en países donde no se adquiere la nacionalidad por el hecho de haber nacido en el territorio del país, como es el caso de Chile y Colombia. 

 

Debido proceso en los procedimientos migratorios en los países de acogida

La CIDH identificó desafíos para el debido proceso en los procedimientos migratorios de personas provenientes de Venezuela como consecuencia de medidas adoptadas por varios países que comparten frontera.

No obstante, rescatan que algunos países de la región han adoptado medidas de protección complementaria para responder al desplazamiento forzado proveniente de Venezuela.

La Comisión destaca el “Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos” que Colombia adoptó para regularizar cerca de dos millones de personas que viven en el territorio.

Sin embargo, consideran que la medida adolece de algunos asuntos problemáticos.

La CIDH y la Corte Interamericana recuerdan que las garantías del debido proceso son aplicables a toda situación en la que se determinen los derechos de una persona, entre las cuales se encuentran procedimientos migratorios, sean estos administrativos o judiciales.

Derecho a solicitar asilo y ser reconocida como persona refugiada

Los mecanismos de protección complementaria que han adoptado algunos países, como las visas humanitarias y los estatutos temporales de permanencia, son valiosos porque facilitan la estadía en territorios y el acceso a algunos derechos.

Sin embargo, la CIDH considera que estos mecanismos tienen una naturaleza transitoria y «no responden de manera holística a las necesidades de protección de las personas que salen de Venezuela».

La Comisión reitera que las personas salen forzosamente de Venezuela para salvaguardar derechos como la vida, la integridad y la libertad personal. «En consecuencia, los Estados deben reconocerlas prima facie como personas refugiadas», señala el informe.

Además, recalcan que la condición de persona refugiada deriva de las circunstancias que enfrentó en su país «y no de la determinación que hacen los Estados».

Acceso a Desca en países de acogida

Para la Comisión, la xenofobia y el racismo dificultan el acceso de las personas provenientes de Venezuela a los Desca y, en general, limitan sus posibilidades de integración socioeconómica.

Sobre eso, recuerdan que algunos Estados de la región condicionan el acceso a salud, educación, trabajo o vivienda, con el estatus migratorio, afectando desproporcionadamente a las personas provenientes de Venezuela que no pueden cumplir con los requisitos necesarios para acceder a un estatus migratorio regular por diversas circunstancias.

 

Por ejemplo, miles de personas que viven con VIH abandonaron Venezuela debido a fallas estructurales del sistema de salud.

De acuerdo con la Comisión, en varios países de la región se han registrado barreras para acceder al tratamiento antirretroviral correspondiente, «lo que perjudica de manera desproporcionada a las personas LGBTIQ+ por la discriminación que sufren».

Además, las mujeres provenientes de Venezuela también han visto seriamente afectado el acceso a servicios médicos que solo ellas requieren, restringiendo el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.

También, las personas en situación de pobreza enfrentan obstáculos desproporcionados para acceder y disfrutar de una vivienda digna, lo que las expone a situación de calle y otros riesgos conexos.

CIDH rechaza persecución del gobierno contra la Comisión Nacional de Primaria
La CIDH y la RELE rechazaron la investigación «no solo por contrariar el espíritu de los acuerdos alcanzados, sino debido a su efecto desalentador en la participación política»

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (Rele) rechazaron este viernes, 27 de octubre, la investigación penal que emprendió la Fiscalía contra la Comisión Nacional de Primaria.

Mediante un comunicado, la CIDH y la RELE pidieron al Estado venezolano que «no criminalice las iniciativas de participación ciudadana» convocadas por el antichavismo.

«Los derechos políticos están protegidos por el derecho internacional. En el contexto venezolano son además un punto medular para los diálogos y para la superación de la crisis, por lo que resulta imprescindible que no se criminalice las iniciativas de participación ciudadana», detallaron.

En el texto, destacaron «la importancia» de los acuerdos alcanzados la semana pasada en las negociaciones entre el Gobierno venezolano y la oposición en Barbados.

Además, advirtieron que para que «los diálogos contribuyan a superar la crisis, el Estado debe garantizar la participación política de la oposición en las elecciones presidenciales de 2024».

La CIDH y la RELE dijeron estar al tanto de la investigación penal emprendida por la Fiscalía, que citó para el lunes a tres de los organizadores de los comicios para que declaren en calidad de «investigados».

En ese sentido, rechazaron la investigación «no solo por contrariar el espíritu de los acuerdos alcanzados, sino debido a su efecto desalentador en la participación política».

Además, señalaron que en Venezuela «persisten» las «restricciones arbitrarias» a la participación política de opositores, la «persecución» por motivos políticos y las «iniciativas legislativas y decisiones judiciales que buscan controlar y limitar las funciones de las organizaciones de la sociedad civil».

 

La comisión y su relatoría subrayaron la relación entre los derechos políticos y la libertad de expresión y destacaron que en Venezuela, en lo que va de 2023, al menos nueve radios cesaron sus transmisiones «por órdenes administrativas» y, además, se han «censurado» temas, programas y entrevistados.

«El Estado debe propiciar las condiciones y mecanismos para que dichos derechos puedan ser ejercidos de forma efectiva y sin ningún tipo de discriminación», insistió.

*Con información de EFE

CIDH pide a Venezuela abstenerse de criminalizar a personas LGBTI
La comisión también instó a las autoridades a «abstenerse de exponer públicamente a las personas imputadas y a velar por el estricto cumplimiento de los estándares de debida diligencia»

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó el 7 de agosto su preocupación ante «las acciones arbitrarias» y «los abusos de autoridad cometidos por agentes de seguridad de Venezuela» contra personas LGBTI, por lo que urgió al país a «abstenerse de criminalizar» a este colectivo.

«La comisión insta a Venezuela a respetar los derechos humanos y a cesar la criminalización de las personas LGBTI, en estricto cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación. Además, se hace un llamado al Estado para garantizar el principio de legalidad, asegurando la libertad de las personas en casos donde no se configure imputabilidad o delito», dijo la CIDH.

El comunicado, difundido por la Organización de los Estados Americanos (OEA), recuerda la reciente detención de 33 hombres durante un operativo policial en un local privado frecuentado por personas LGBTI en el estado Carabobo, los cuales ya fueron excarcelados, «bajo régimen de presencia en los juzgados».

«Pese a que el operativo se originó presuntamente por quejas de vecinos relacionadas con el ruido, personas defensoras de derechos humanos afirman que la motivación detrás de estas detenciones ha sido el prejuicio y la discriminación hacia esas personas por su orientación sexual», señaló la comisión.

Esto, prosiguió, ocurre en un contexto en el que las «personas LGBTI están especialmente expuestas a acciones arbitrarias o abusos de autoridad por agentes de seguridad del Estado», con base en «prejuicios contra sus orientaciones sexuales o identidades de género no normativas».

«La CIDH recuerda que la criminalización de relaciones sexuales consensuadas entre adultos del mismo sexo, ya sea a través de leyes o por acciones de los órganos de seguridad y justicia, es contraria a los estándares interamericanos y universales de derechos humanos», aseguró.

La comisión también instó a las autoridades a «abstenerse de exponer públicamente a las personas imputadas y a velar por el estricto cumplimiento de los estándares de debida diligencia».

Libertad plena para los 33 de Valencia

Más de  130 organizaciones venezolanas e internacionales exigieron justicia y libertad plena para los 33 hombres detenidos por su orientación sexual en Valencia.

Bajo la consigna «ser LGBTIQ+ no es delito», el grupo rechazó la «detención arbitraria» de estas 33 personas y pidió el cese de la «criminalización» contra este colectivo.

«Rechazamos la detención arbitraria e irregular de 33 hombres gays/bisexuales en una sauna del estado Carabobo, Venezuela, el escalamiento de la política de Homofobia de Estado y de algunos medios de comunicación contra las personas LGBTIQ+. El Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ se suma a las organizaciones y exigimos justicia para los 33″, se lee en el sitio web de esta organización, una de las que suscribió el comunicado. 

En el documento que firmaron 136 ONG le exigen al Estado garantizar la  «protección, integridad física y psicológica y el otorgamiento de libertad plena a los 33 hombres gais/bisexuales detenidos, así como el sobreseimiento a la causa penal, investigación al fiscal y juez de la causa e investigación contra funcionarios policiales involucrados en este caso».

Alertaron también que estas detenciones arbitrarias e irregulares y la judicialización de los 33 hombres en Venezuela motivadas por la orientación sexual se pudieran convertir en un «patrón criminalizador de la población LGBTIQ+», lo  que contradice lo establecido en la Constitución (…) «y los acuerdos y tratados sobre derechos humanos suscritos por la nación», dice el texto.

Con información de EFE

CIDH emite medidas cautelares a favor del defensor de DDHH Franklin Caldera Cordero
La CIDH observó la presunta participación de agentes del Estado en estos hechos, «lo que pondría al beneficiario en mayor situación de indefensión»

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Franklin Alfredo Caldera Cordero, fundador del Comité de Víctimas «Familia S.O.S. Libertad».

De acuerdo con la resolución, la Comisión tomó esta decisión tras considerar que Caldera Cordero «se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Venezuela».

La solicitud de medidas cautelares alega que el beneficiario «estaría siendo objeto de actos de persecución y amenazas como consecuencia de su labor como defensor de derechos humanos».

Además, dicha solicitud indicó que los hechos de amenazas se dieron a raíz de declaraciones públicas y denuncias sobre la situación de las personas presas por motivos políticos en Venezuela, en particular de su hijo Franklin Caldera Martínez, quien está privado de su libertad en la Dgcim de manera arbitraria y sin recibir atención médica necesaria.

 

«Como consecuencia de lo anterior, se indicó que Caldera Cordero empezó a recibir amenazas y seguimientos, de manera intensificada, desde enero de este año», agregó el texto.

Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho, la CIDH consideró que Franklin Alfredo Caldera Cordero «se encuentra en una situación de riesgo, dada la intensificación de las amenazas y seguimientos, lo cual estaría limitando su capacidad para desarrollar libremente sus actividades como defensor de derechos humanos y podrían exacerbarse con el tiempo».

Asimismo, la Comisión observó la presunta participación de agentes del Estado en estos hechos, «lo que pondría al beneficiario en mayor situación de indefensión».

En ese sentido, la Comisión solicitó al Estado venezolano que:

Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal de Franklin Alfredo Caldera Cordero.

Adopte las medidas de protección que resulten necesarias para que el señor Franklin Alfredo Caldera Cordero pueda continuar realizando sus labores de defensa de derechos humanos, sin ser objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos o actos de violencia;
concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.