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Asamblea Nacional

Gobierno de Estados Unidos sigue reconociendo a Asamblea Nacional electa en 2015
El portavoz del Departamento de Estado, Ned Price, dijo que continuarán coordinando con Juan Guaidó el restablecimiento de la democracia en Venezuela

El portavoz del Departamento de Estado, Ned Price, expresó que el gobierno de Estados Unidos sigue reconociendo a la Asamblea Nacional electa en Venezuela durante 2015.

“Estados Unidos sigue reconociendo a la Asamblea Nacional electa democráticamente en 2015 y apoya al pueblo venezolano en su aspiración de que se produzca un restablecimiento pacífico de la democracia a través de elecciones libres y justas”, dijo Price.

Las declaraciones surgen luego de la eliminación del Gobierno Interino de Juan Guaidó por parte de la mayoría de los diputados de la Asamblea Nacional electa hace siete años.

Price dijo que Juan Guaidó «sigue siendo miembro de la Asamblea Nacional de 2015, la última institución elegida democráticamente en el país».

«Coordinaremos y seguiremos coordinando con él como miembro de la Asamblea Nacional de 2015 y con otros actores democráticos afines en Venezuela para apoyar al pueblo venezolano y sus aspiraciones de democracia, estado de derecho y prosperidad», expresó Price.

El portavoz agregó que seguirán manteniendo conversaciones con los miembros de la Asamblea Nacional para ver cómo supervisarán los activos de Venezuela en el exterior.

El funcionario norteamericano aclaró además que seguirán con su política de sanciones contra el régimen de Maduro.

Primera discusión de reforma de Ley del estatuto es liderada por la opción de eliminar el gobierno interino
Juan Guaidó apoyó la propuesta de prorrogar por un año la Asamblea Nacional 2015 y el gobierno encargado

El jueves 22 de diciembre se llevó a cabo una sesión de manera virtual de la Asamblea Nacional 2015, en la que se realizó la primera discusión del proyecto de reforma de la Ley del estatuto. Se realizará una segunda discusión. 

En la primera discusión se aprobó, con 72 votos, la propuesta presentada por las fracciones de Primero Justicia, Acción Democrática, Un Nuevo Tiempo y Movimiento Por Venezuela que tiene como objetivo la eliminación del gobierno interino. Mientras que, la segunda propuesta impulsada por la fracción de Voluntad Popular obtuvo 23 votos.

Durante la sesión diferentes diputados fijaron su posición ante la propuesta de Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo y Acción Democrática de terminar con el gobierno interino de Juan Guaidó. 

La sesión contó con quorom reglamentario, conformado por 104 diputados. La votación presentó 9 abstenciones. El parlamento nacional convocará a Sesión Ordinaria para debatir la segunda discusión.

Los que plantean el final

Durante la sesión, Nora Bracho, presidenta de Un Nuevo Tiempo y de la Comisión de Servicios de la Asamblea Nacional, señaló que a pesar del esfuerzo de Juan Guaidó como presidente interino, no ha sido suficiente. Por ende, propone la continuidad de la Asamblea Nacional legítima, la Junta AD Hoc del Banco Central de Venezuela (BCV) y la de Petróleos de Venezuela (Pdvsa).

Deyalitza Aray, diputada de Asamblea Nacional por Carabobo de Proyecto Venezuela, aseguró que está de acuerdo con la propuesta de finalizar el mandato del gobierno interino porque los presos políticos continúan detenidos.

Por su parte, Gaby Arellano también se sumó al grupo que desea proponer una reforma del estatuto.

«Hoy nos trae a este debate dos propuestas que se hicieron públicas. Una propuesta que llevaron 3 partidos que han sido parte y tan responsables como el presidente. Otra propuesta que busca seguir sin corregir», dijo durante la sesión.

Simón Calzadilla, diputado de la AN 2015 y miembro de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico, señaló que hay un ciclo de la política de la oposición venezolana que cerrar. «Debemos lograr que a partir de enero todos los partidos políticos estén alineados para lograr esa unidad que se requiere», dijo. 

Alfonso Marquina, diputado de la AN 2015 y coordinador general de Primero Justicia de Lara, aseguró que se deben asumir los errores. «Se trata de rectificar, de asumir nuevas estrategias que sean eficientes», afirmó.

Los que plantean la continuidad

Juan Guaidó, presidente encargado del gobierno interino, apoyó la propuesta de prorrogar por un año la AN-2015 y el Gobierno Encargado.

Sergio Vergara, miembro de la Dirección Nacional de Voluntad Popular, reiteró que continuar con la propuesta de eliminar el gobierno interino significa abrir el camino internacional para que se reconozca de nuevo a Nicolás Maduro como presidente. 

Vergara reiteró la disposición de avanzar en una discusión que mantenga la Presidencia Encargada que cubra el vacío constitucional.

Por su parte, Héctor Cordero, diputado de la AN por el estado Anzoátegui, señaló que su propuesta es la preservación de la única vía constitucional que considera legítima, es decir, la Asamblea Nacional 2015. 

El partido político La Causa R también respalda la continuidad del gobierno interino. José Prat, diputado de la AN por el estado Bolívar, también aseguró que la eliminación del interinato puede generar riesgos en el resguardos activos del país. «Se pueden perder por un cambio en las estructuras que hasta ahora han sido exitosas para su resguardo», indicó.

Restringir financiamiento internacional de sociedad civil parece ser objetivo del Estado venezolano
Las autoridades venezolanas bloquean el financiamiento de ONG que defienden los derechos humanos

 

«A quien anda sin dinero, lo ponen de candelero». En el Gobierno venezolano tienen muy asumido este castizo refrán, que deja en claro la importancia del dinero en el mundo actual; por ello, el muro normativo que en las últimas dos décadas han ido tendiendo las autoridades venezolanas en torno a las organizaciones de la sociedad civil parece tener como principal objetivo secar las fuentes de financiación internacional de las agrupaciones sin fines de lucro, en especial de aquellas que defienden los derechos humanos, así como también de las humanitarias y caritativas que operan en el país.

A esta conclusión se arriba en el informe Cerco normativo a la libertad de asociación en Venezuela que Acceso a la Justicia publicó hace poco y en el cual se denuncia que seis de las catorce leyes o normativas dictadas por los distintos organismos públicos para regular el derecho a asociarse contienen disposiciones que buscan limitar u obstaculizar la recepción de fondos desde el exterior por parte de las agrupaciones civiles sin fines de lucro. Esta cifra supone casi la mitad de las regulaciones aprobadas en la materia (42%).

En el reporte se recuerda que la Ley de Defensa de la Soberanía y Autodeterminación Nacional, dictada en 2010 por la Asamblea Nacional (AN), prohíbe en su artículo 1 el financiamiento internacional para aquellas organizaciones que «atenten contra la soberanía, la independencia de la Nación, el ejercicio de las instituciones nacionales o de las autoridades legalmente constituidas», y más específicamente para organizaciones con fines políticos (que es la denominación constitucional para los partidos políticos), personas naturales que realicen «actividades políticas» y organizaciones no gubernamentales (ONG) que lleven a cabo «actividades para la defensa de derechos políticos» (artículo 2).

Pero si lo anterior no fuera suficiente, en el artículo 6 prevé multas para aquellas organizaciones y personas que reciban fondos desde el exterior equivalentes «al doble del monto recibido», sin perjuicio de la aplicación de sanciones adicionales establecidas en otras leyes.

Por su parte, en el artículo 8 señala que serán sancionados con multas de 5.000 a 10.000 unidades tributarias las organizaciones con fines políticos, de defensa de los derechos políticos o particulares que «inviten a ciudadanos o ciudadanas u organizaciones extranjeras, para que bajo su patrocinio emitan opiniones que ofendan las instituciones del Estado, sus altos funcionarios o altas funcionarias, o atenten contra el ejercicio de la soberanía». Además, quienes emitan ese tipo de opiniones estarán sujetos a la expulsión del país. Igualmente prevé inhabilitaciones para el ejercicio de cargos públicos en caso de reincidencia.

Algo llamativo de este instrumento es que no establece el procedimiento correspondiente ni señala cuál es la autoridad encargada de aplicar las sanciones antes mencionadas.

Afinando el blanco

Si bien la Ley de Defensa de la Soberanía y Autodeterminación Nacional parecía estar dirigida a golpear a los partidos políticos, sindicatos y agrupaciones civiles encargadas de monitorear el sistema electoral, en el informe de Acceso a la Justicia se denuncia que posteriormente las autoridades ajustaron su mira en otras instancias.

Así pues, en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y el Terrorismo se incluyó entre los «sujetos obligados» a cumplir sus disposiciones a las «fundaciones, asociaciones civiles y demás organizaciones sin fines de lucro; organizaciones con fines políticos, grupos de electores, agrupaciones de ciudadanos y ciudadanas y de las personas que se postulen por iniciativa propia para cargos de elección popular».

Este instrumento ha servido de sustento para cuatro normas de rango sublegal dictadas en los últimos cuatro años y en las que se les ha impuesto a las organizaciones sin fines de lucro la obligación de registrarse ante nuevas instancias, de presentar información que ya el Estado tiene en su poder y de reportar el origen y destino de los fondos que reciben desde el exterior, se expone en el reporte.

Por ejemplo, en las Normas Relativas a la Administración y Fiscalización de los riesgos relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, aplicables a las Instituciones del Sector Bancario, de 2019, se insta a las entidades financieras a considerar a las asociaciones sin fines de lucros y las fundaciones como «clientes o actividades económicas de alto riesgo».

Un año después, la Sudeban envió una circular a los bancos en la que los instruyó para «maximizar los protocolos establecidos en materia de Prevención y Control de Legitimación de Capitales, así como verificar la legalidad y debida autorización de las empresas que pretendan prestar dichos servicios financieros». Esto debido a que presuntamente verificó un uso malicioso de instrumentos como tarjetas prepagadas, en clara alusión a la labor de Azul Positivo en el Zulia, Alimenta La Solidaridad y Caracas Mi Convive.

Días antes, los ministerios de Interior y Exteriores emitieron una resolución conjunta, que contenía las Normas especiales para el Reconocimiento y Funcionamiento de las Organizaciones Asociativas No Gubernamentales no domiciliadas en Venezuela y en la que se obliga a las agrupaciones civiles internacionales registrarse ante un nuevo organismo gubernamental. A fin de obtener los permisos para seguir operando en el país, la resolución ordena a las organizaciones que le informen sobre sus fondos y el destino de estos.

Una obligación similar figura en la Normativa para el Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, de mayo de 2021, según se denuncia en el reporte.

«Al obligar constantemente a las organizaciones a probar que no están legitimando capitales o financiando el terrorismo, se viola el principio de presunción de inocencia en la medida en que se establece un estado general de sospecha sobre la mismas sin que haya una investigación previa e individualizada que lo justifique».

Comenzó el proceso para cambio de nombre de personas trans
La abogada Richelle Briceño, está previsto que la próxima semana se realice un encuentro con los parlamentarios y autoridades del CNE y del Saime

Un grupo de activistas LGBTIQ+ entregaron este miércoles, 7 de diciembre, una lista con los datos de las primeras 15 personas trans, intersexuales y no binarias, que desean cambiar su nombre.

Los activistas entregaron el listado a los diputados de la Asamblea Nacional chavista y el hecho representa el inicio de un proceso que esperan se concrete este año luego de numerosas protestas.

«Hoy se entregaron (las informaciones de) las primeras 15 personas que desean voluntariamente modificar su nombre y adecuarlo a su expresión de género», dijo la abogada Richelle Briceño.

Esta lista se entregó a la primera vicepresidenta del Parlamento, Iris Varela; el presidente de la Comisión de Desarrollo Social Integral del Legislativo, Pedro Infante, y la presidenta de la Comisión de las Familias, la Libertad de Religión y de Cultos, Asia Villegas.

De acuerdo con Richelle Briceño, está previsto que la próxima semana se realice un encuentro con los parlamentarios y autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) y del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).

Según explicó la abogada, ese encuentro servirá para definir el procedimiento administrativo para el cambio de nombre por razones de género, un derecho establecido en la Ley de Registro Civil desde 2009.

«Es importante resaltar que el derecho establecido en el artículo 146 (de la Ley de Registro Civil) no es solamente una norma para garantizar el derecho al cambio de nombre de la población trans o de la comunidad LGBTIQ+, es un derecho para todas y para todos los venezolanos que desean acudir a los registros civiles y modificar sus nombres», aclaró Briceño.

Por su parte, el activista Koddy Campos señaló se facilitará en las redes sociales un enlace de registro para elaborar un censo de las personas trans, intersexual y no binarias que deseen cambiar sus nombres.

*EFE

Con la revolución judicial nada ha cambiado en el sistema de justicia venezolano según Misión de la ONU
Maduro dijo el 21 de junio de 2021 que el sistema judicial sería sometido a un proceso de reforma

 

«Hace falta en nuestro país una revolución que estremezca, sacuda y que transforme todo el sistema de justicia». Con estas palabras, Nicolás Maduro anunció el 21 de junio de 2021 que el sistema judicial sería sometido a un proceso de reforma. Desde entonces la Asamblea Nacional (AN) ha aprobado o modificado al menos una decena de leyes en ese ámbito, ha reestructurado al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y designado al titular de la Defensa Pública. Además, el Gobierno ha intervenido a la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y ordenado a los servicios de inteligencia y contrainteligencia que entreguen a las personas bajo su custodia al Ministerio del Servicio Penitenciario.

Esta batería de medidas, sin embargo, no ha servido para castigar a los perpetradores de violaciones a los derechos humanos y reparar a las víctimas, ni mucho menos para atacar los problemas que aquejan a la justicia, entre ellos la ausencia de independencia judicial, la corrupción y el retardo procesal. Así lo denunció la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos (MDH) sobre Venezuela en su tercer informe sobre el país, el cual presentó el pasado 20 de septiembre al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

«Las reformas legales e institucionales relacionadas con el sistema de justicia siguen siendo un motivo de especial preocupación para la Misión», admitió la instancia, que también señaló que «las reformas que han venido anunciándose desde 2021 se han implementado de forma parcial —en el mejor de los casos— y no han abordado las graves deficiencias del sistema de justicia, que socavan su independencia e imparcialidad».

Hasta ahora las medidas adoptadas por el Parlamento y el Ejecutivo se han centrado en realizar ajustes a los procedimientos judiciales o modificar la conformación de instancias como el TSJ, pero en la mayoría de los casos a nivel normativo, sin llevarlo a la realidad y sin abordar temas estructurales del disfuncional sistema de justicia venezolano, sobre todo en materia penal, tales como la provisionalidad de los jueces y fiscales, la corrupción o la falta de medios y de personal formado.

Cambiar para seguir igual

En su informe, la MDH se refirió a la sexta reestructuración que sufrió el máximo juzgado en las últimas dos décadas y expuso al Consejo de Derechos Humanos que la misma no fue más que una especie de maquillaje.

«En enero de 2022, la Asamblea Nacional aprobó reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, reduciendo el número de magistrados de 32 a 20», reportó, al tiempo que denunció que

«la ley permite reelegir a los magistrados activos, que de otro modo no habrían podido seguir ejerciendo su cargo más allá del límite de 12 años estipulado en la Constitución. Como resultado, 12 de los magistrados que estaban en activo fueron reelectos y siguen ejerciendo poderes discrecionales sobre los nombramientos y ceses de jueces provisionales».

Acceso a la Justicia, en un informe publicado en mayo pasado, reveló que, en el mejor de los casos, de los 844 jueces penales que hay en el país, solamente 164 son titulares (19,43%) y 609 son provisorios (72,16%).

¿Qué significan los números arriba presentados? Que siete de cada diez jueces pueden ser destituidos de un momento a otro por el TSJ, sin que medie proceso alguno; si los magistrados están alineados al Gobierno, es de suponer que designarán como jueces a personas que simpaticen con él.

«El nombramiento de jueces provisionales por parte del Tribunal Supremo de Justicia, en lugar de jueces de carrera, le ha permitido seleccionar y destituir a los jueces sobre la base de consideraciones personales o políticas indebidas. El nombramiento provisional de los fiscales ha tenido un efecto similar dentro del Ministerio Público. Si los agentes fiscales y judiciales hubieran desempeñado su función constitucional de forma adecuada y completa, podrían haber impedido u obstaculizado la capacidad de los organismos de seguridad del Estado de cometer delitos y violaciones».

Esto indicó la MDH en su informe publicado el año anterior, dedicado específicamente al sistema de justicia venezolano y a su rol frente a los presuntos crímenes de lesa humanidad, cometidos en el país al menos desde 2014.

La MDH no solo cuestionó en su tercer informe las reformas institucionales, sino también las legales.

«Los plazos de los procedimientos penales, incluida la detención preventiva, se han reducido mediante la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Código Orgánico Procesal Penal) adoptada en octubre de 2021. Sin embargo, en los casos documentados por la Misión, en la práctica, dichos plazos, sistemáticamente, siguen sin cumplirse».

Aunque saludó la modificación sufrida por el Código Orgánico de Justicia Militar, «estableciendo que ningún civil puede ser juzgado por tribunales militares», la instancia no ignoró la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ que, aún con la reforma del Código, mantiene abierta la posibilidad de que los civiles sean procesados por juzgados castrenses.

El resultado está a la vista

Si bien la instancia de la ONU no dice expresamente que las reformas hayan fracasado, el informe lo deja en claro:

«La Misión no ha encontrado información que indique que las víctimas de los delitos y violaciones cometidas en los centros de detención El Helicoide (Sebin) y Boleíta (DGCIM), documentadas en este informe y en el de 2020, hayan recibido reparaciones por los daños sufridos, sea mediante indemnización, restitución o rehabilitación. En consecuencia, el daño que sufrieron sigue sin repararse. Esto ha perpetuado una situación de falta de justicia y reparación».

A esta denuncia agregó que «Los individuos implicados en estos delitos y violaciones no solo han escapado a las investigaciones y los juicios, sino que han recibido ascensos en sus carreras»,

Activistas LGBTI piden a la AN debatir discursos de odio de diputados
Hace dos semanas, los diputados opositores Franklyn Duarte y Maribel Castillo aseguraron en entrevista con Globovisión que la orientación homosexual «no está apegada» a los «principios y valores» de la sociedad venezolana 

Varios activistas LGBTI protestaron el 28 de julio frente a la Asamblea Nacional para exigir un debate sobre los recientes «discursos de odio» de dos parlamentarios, quienes, a su juicio, deben enfrentarse a la justicia.

En declaraciones a EFE, la activista de derechos humanos Richelle Briceño dijo que, si la AN guarda silencio, significa que «son cómplices de los diputados que han cometido delito en cuanto a discursos de odio».

«Vamos a mantenernos acá (…) hasta que este tema se debata en la plenaria de la Asamblea Nacional. Los diputados que cometieron delito de odio, que segregaron a la comunidad LGBTI, que la humillaron en público, tienen el deber, uno, de pedir disculpas, (y) dos, de ser procesados por la Justicia desde el punto de vista penal, jurídico, administrativo y civil», aseguró.

Señaló que a los legisladores Franklyn Duarte y Maribel Castillo, ambos opositores, se les «debe allanar la inmunidad parlamentaria». Así el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) podrá investigar «si hubo o no delito».

Discursos contra la comunidad LGBTI 

Los diputados aseguraron en entrevista con Globovisión que la orientación homosexual «no está apegada» a los «principios y valores» de la sociedad venezolana. Además, expresaron su rechazo al cambio de identidad para las personas trans.

Briceño sostuvo que los «discursos de odio no son opiniones». Condenó que estos diputados hayan «emitido irresponsablemente discursos que colocan en riesgo la vida de las personas LGBTI en el país».

Con información de EFE

Acceso a la Justicia: Luces y sombras de reforma a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

La reforma a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que la Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 aprobó en diciembre pasado, tiene tanto aspectos positivos como negativos en los cambios realizados por los diputados, de acuerdo con un estudio sobre este instrumento legal, realizado por la ONG Acceso a la Justicia.

En efecto, en el reporte titulado Análisis de la reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2021, la organización concluye que «el régimen tiene una comprensión de los problemas principales en la materia de violencia contra la mujer y que conoce los obstáculos con los que se encuentran las víctimas y sus familiares al acudir a las autoridades judiciales». Sin embargo, tras revisar el contenido de los sesenta y cuatro artículos modificados y/o agregados por los legisladores también se advierte que «existen algunos cambios que generan preocupación».

El reconocimiento de que la violencia por motivos de género se encuentra «arraigada en la discriminación sistémica contra las mujeres especialmente cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad» es uno de los avances de la modificación legal, se afirma en el estudio,  «dado que incorpora el entendimiento de la violencia contra la mujer como la manifestación de una desigualdad estructural, lo cual ha sido ampliamente reconocido por el derecho internacional y obliga a crear políticas públicas que vayan encaminadas no solo a tratar esta violencia sino también a desmantelar las estructuras y dinámicas de discriminación que la ocasionan y soportan».

En la investigación también se considera positiva la incorporación de nuevos tipos penales como la violencia informática, laboral, política o ginecológica, así como la prohibición expresa a los jueces para que recurran a la mediación, conciliación y demás medios alternativos de resolución de conflictos en los procedimientos relacionados con violación o amenaza al derecho a la vida e integridad física.

Solo de forma excepcional los tribunales podrán utilizar estos mecanismos en delitos menos graves y siempre que una evaluación de un equipo multidisciplinario garantice el consentimiento libre e informado de las víctimas y no existan indicadores de nuevos riesgos para estas o sus familiares, se agrega en el reporte.

La creación de la Defensoría Nacional de los Derechos de las Mujeres y de la Comisión Nacional para Garantizar el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia también son saludados, aunque con reparos. En el reporte se afirma que no basta con constituir instituciones nuevas, sino que se requiere «la adjudicación de los recursos necesarios y el nombramiento de los funcionarios especializados necesarios (…) para que tengan un efecto real».

La Defensoría es una instancia adscrita al Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer) y, de acuerdo con la reforma, «tiene por función garantizar asistencia jurídica y representación a las mujeres víctimas de violencia y a sus familiares, en los procesos judiciales y extrajudiciales».

Por su parte, la Comisión es un órgano que estará encabezado por el vicepresidente de la República e integrado por los ministros de la Mujer e Igualdad, de Educación, Salud, Interiores, Servicio Penitenciario, Comunicación, Comunas, por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Ministerio Público (MP), la Defensoría del Pueblo, la Defensa Pública y cinco representantes de organizaciones civiles especializadas en temas de género.

El nuevo organismo tiene por misión la coordinación, apoyo e impulso de las políticas públicas dirigidas a asegurar el respeto y vigencia del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y entre sus funciones estará crear un registro único de denuncias, haciendo seguimiento a su implementación; formar a los órganos receptores de denuncias y establecer un sistema de recolección de datos estadísticos sobre la violencia contra las mujeres, desglosado en función del tipo de violencia y la relación entre los autores y las víctimas, sobre el número de denuncias, enjuiciamientos, condenas y penas impuestas a los autores, y sobre las medidas de protección y reparación a las víctimas.

Precisamente la falta de estadísticas confiables en relación con la violencia de género es «uno de los mayores obstáculos para la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer en Venezuela», por cuanto dificulta la posibilidad de hacer «un diagnóstico correcto de sus causas, consecuencias y dinámicas». Las últimas cifras datan de 2016.

El endurecimiento de las penas es otro aspecto que el informe pide tomar con cuidado, pues, aunque la decisión de aumentar las penas «evidencia la importancia otorgada a la amenaza», en la investigación se considera que el régimen  no puede abordar el asunto «solamente desde la perspectiva del derecho penal».

Al respecto se agrega lo siguiente:

 «Maduro tiene la obligación de hacerlo desde una respuesta indivisible, holística y multisectorial, considerando todas las medidas destinadas a la prevención y la eliminación de la violencia, lo cual incluye medidas en materia de educación, salud, desarrollo, aunadas a las de la justicia penal».

Lo preocupante

Es motivo de preocupación el hecho de que la AN haya decidido incorporar en la reforma «a entidades que no están incluidas en la estructura del Poder Público establecida en la Constitución», tales como los consejos comunales, las comunas, las defensoras comunales de los derechos de las mujeres y las defensorías comunales, y que les asigne funciones de promoción de derechos humanos, acompañamiento y defensa de las mujeres víctimas de violencia por razones de género.

En el estudio se advierte que:

    «La precariedad de las estructuras de muchas de estas figuras, así como la falta de capacitación y el no contar con los recursos técnicos y multidisciplinarios para tratar la violencia contra la mujer, hacen que las víctimas de violencia que acudan a las mismas estén en riesgo, con lo que ello puede implicar para el resguardo de su integridad física. La protección de las víctimas exige la creación de estructuras especializadas y sin fines políticos para lograr la efectividad en sus tareas de prevención, protección y sanción de la violencia contra la mujer».

La supresión de la mención a la Convención Americana sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, también conocida como Convención de Belém do Pará, es criticada y revelaría «la intención del régimen de desmarcarse del Sistema Interamericano y los derechos contenidos en tratados regionales».

Acceso a la Justicia: Bachelet admite que la designación del nuevo TSJ no garantiza la independencia judicial
Dijo que son «pasos prometedores»

Michelle Bachelet, la saliente alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha admitido, de manera diplomática, que las reformas legales e institucionales puestas en marcha por el chavismo en la justicia venezolana ni ayudarán a fortalecer la autonomía de los tribunales ni posiblemente sean constitucionales, aunque las calificó como «pasos prometedores», asegura Acceso a la Justicia.

«Los vínculos abiertos de varios magistrados, incluidos los suplentes, con los partidos políticos plantean preocupaciones sobre la independencia del Poder Judicial y la separación de poderes«, escribió la exmandataria chilena en el último informe que presentó ante el Consejo de Derechos Humanos, elaborado con información que va desde mayo de 2021 hasta el pasado mes de abril, respecto a la situación venezolana antes de dejar su puesto.

El «nuevo» Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designado por la Asamblea Nacional (AN) oficialista el pasado 26 de abril está conformado por un 60% de magistrados que ya ocupaban esos cargos en el anterior máximo juzgado. Asimismo, por lo menos diecisiete de los designados tienen nexos familiares con altos funcionarios del régimen, han ocupado puestos en el Ejecutivo durante las administraciones del fallecido Hugo Chávez o Nicolás Maduro, han militado en el Partido Socialista de Unido de Venezuela (PSUV) o simplemente han respaldado sus actuaciones, una situación que genera dudas más que razonables respecto a su independencia.

En el resumen que presentó oralmente el 29 de junio, la funcionaria fue más allá y tomó nota «de las preocupaciones planteadas con respecto a la reelección de algunos magistrados», una decisión que «contradeciría las limitaciones constitucionales de único período de doce años». El artículo 264 de la carta magna señala que los miembros del máximo juzgado tendrán un mandato de doce años y que no podrán optar a otro.

En los últimos años, organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos (MDH sobre Venezuela han apuntado a que la cooptación de la justicia por parte de los gobiernos chavistas es responsable de la erosión de la democracia y ha facilitado la comisión de los crímenes de lesa humanidad que hoy investiga la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI).

Por la misma senda

En su reporte, Bachelet destacó que las autoridades no han tomado medida alguna para combatir la provisionalidad de los jueces, esto a pesar de que el artículo 255 de la Constitución establece claramente que «el ingreso a la carrera judicial y el ascenso de los jueces se hará por concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia de los participantes».

En el documento se lee lo siguiente:

«En 2021 se nombraron al menos 434 jueces provisionales y 244 fueron destituidos por la Comisión Judicial del TSJ. No se dispone de información sobre los motivos de las remociones. Según recomendaciones anteriores, siguen siendo apropiadas medidas adicionales para fortalecer la independencia del Poder Judicial, como aumentar el nombramiento de una proporción más amplia de jueces titulares mediante un proceso público y transparente, basado en estándares nacionales e internacionales».

En el II Examen Periódico Universal, celebrado en 2016, las autoridades se comprometieron ante el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) a retomar los concursos de oposición para designar a los jueces. Sin embargo, cinco años después, el TSJ no ha realizado un solo concurso y ha continuado designando jueces de manera provisoria, una situación que abre las puertas para que estos funcionarios sean objeto de presiones para decidir de una forma u otra, pues pueden ser removidos sin procedimiento previo.

Mientras la alta comisionada criticó la inacción del máximo juzgado a la hora de combatir la provisionalidad, saludó la actuación del Ministerio Público (MP), del cual dijo que «regularizó» a cuarenta y dos fiscales temporales y «en febrero de 2022 publicó la normativa aplicable para un concurso público como fiscal». No obstante, no precisó a qué se refiere con la regularización, pues hasta el momento tampoco se ha informado de la celebración de concursos de oposición en este organismo del Poder Ciudadano.

Medidas insuficientes

La alta comisionada saludó las reformas legales impulsadas por el oficialismo con el propósito de combatir el retardo procesal y evitar la repetición de irregularidades, aunque admitió que muchas de ellas no han servido para combatir los males que aquejan al sistema judicial.

En su informe, Bachelet puso como ejemplo los cambios que sufrió el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) con el fin de evitar los excesos en el uso de la detención preventiva.

«De los casos individuales documentados por el ACNUDH, 68 personas detenidas fueron puestas en libertad (14 mujeres), incluidas 38 sin condiciones, mientras que las otras fueron puestas en libertad como medida alternativa a la prisión, incluida una que pasó más de cinco años en prisión preventiva. Sin embargo, en este caso específico, de acuerdo con la ley aplicable actual, a la persona se le debería haber concedido la libertad incondicional. Las condiciones para la puesta en libertad, como la presentación periódica ante los tribunales, incluso en un municipio distinto del lugar de residencia, a veces parecen desproporcionadas y afectan a la reintegración social y al acceso al empleo».

La reducción de los lapsos para celebrar audiencias de presentación y de juicio, así como para que los fiscales puedan investigar a una persona, tampoco han servido para agilizar la respuesta de los tribunales, admitió la exmandataria chilena luego de revisar setenta y cuatro casos.

«El ACNUDH sigue observando frecuentes aplazamientos de las audiencias que dan lugar a detenciones preventivas que se prolongan efectivamente más allá de los límites legales. Las audiencias judiciales se pospusieron en al menos 14 casos, presuntamente debido a la escasez de vehículos o combustible para garantizar el traslado oportuno de las personas detenidas. En otros casos, las audiencias se aplazaron debido a la falta de coordinación adecuada entre los tribunales y los centros de detención, lo que impidió el traslado oportuno de las personas detenidas a los tribunales, o el expediente del caso no se transfirió a tiempo a la jurisdicción correspondiente. En cuanto a otras preocupaciones relacionadas con el debido proceso, en al menos siete casos, las personas acusadas siguieron enfrentando obstáculos para nombrar a un abogado o abogada de su elección».
Bachelet saludó los operativos especiales realizados por el TSJ, el Ministerio Público y el Gobierno para descongestionar los calabozos policiales.

«Según información oficial, en 2021 se otorgaron unas 55.000 medidas alternativas a la detención, 162 de ellas por razones humanitarias. La PNB y los centros preventivos de la Policía Estatal y Municipal informaron respectivamente en 2021 una disminución del 64% y el 59% en la población detenida».

Durante su informe oral, la funcionaria agregó: «Aliento a las autoridades a que aprovechen este progreso inicial para asegurar cambios estructurales más sostenibles».

Además, saludó la disolución de las Fuerzas de Acciones Especiales de la Policía Nacional Bolivariana (FAES), cuya eliminación venía reclamando desde 2019. No obstante, organizaciones como el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) han denunciado que esta unidad ha sido absorbida por la Dirección contra la Delincuencia Organizada del mismo cuerpo.