Derechos sin revés: Los derechos humanos sirven para establecer estándares internacionales de vida civilizada
Derechos sin revés: Los derechos humanos sirven para establecer estándares internacionales de vida civilizada

Luego de los estragos sociopolíticos y económicos sufridos a consecuencia de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional colocó como prioridad la protección de los derechos de las personas.

No pasado mucho tiempo luego de la creación de las Naciones Unidas en 1945, la asamblea general, con más de 50 representantes de Estados, tuvo sesiones de trabajo para redactar un documento que estableciera derechos y libertades fundamentales para las personas.

El resultado fue la Declaración Universal de los Derechos Humanos que se proclamó en París, el 10 de diciembre de 1948 con la certeza de que los derechos humanos son todas las garantías que protegen la individualidad de cada persona, en busca de la no discriminación y la no distinción entre sexos, razas, etnias, religiones, color y demás aspectos sociales y culturales derivados de la diversidad de cada región del mundo.

Una de las premisas básicas de los derechos humanos es su carácter universal e inalienable, lo que significa que los derechos de las personas deben ser respetados en cualquier lugar en el que se encuentren.

Los derechos humanos tienen también carácter interdependiente, es decir que todos los derechos deben ser protegidos de manera igualitaria y que la protección de unos, facilita la garantía de otros, por lo que, para ofrecer una mejor protección a las personas, en ningún momento deberán separarse unos derechos de otros.

Otras premisas fundamentales indican que los derechos humanos son inherentes (propios del ser humano), universales (vigentes para todos en todo lugar y toda época), absolutos (toda persona y autoridad deben respetarlos), inalienables (no pueden separarse de la persona), imprescriptibles (no se pierden en el tiempo), indisolubles (forman un conjunto inseparable), indivisibles (no tienen jerarquías entre ellos), irreversibles (una vez reconocidos no se les puede negar posteriormente), progresivos (lo que hoy se permite, mañana quizás no) y nadie puede actuar legítimamente en su contra.

La idea era que estos valores se convirtieran en estándares replicables y expandibles en todo sistema de Estado; y en sí mismo, los derechos humanos le sirvieran a los gobiernos y sus instituciones como plataforma de garantía de su cumplimiento.

La mayoría de los valores se fundamentan en el principio de que todo ser humano es libre e igual a todos en dignidad y derecho.

Los derechos humanos sirven para establecer estándares y parámetros internacionales de vida civilizada aplicables en todos los niveles de la sociedad, basados en las condiciones más fundamentales, universales e inherentes que toda persona tiene y necesita.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos cuenta con 30 artículos que describen y reconocen 30 principios universales de todo ser humano tiene y los cuales deben ser respetados y protegidos, son principios basados en necesidades primordiales que toda persona debe tener y ejercer en las sociedades civilizadas.

Los derechos humanos definen las condiciones básicas para la vida humana en dignidad. Representan la máxima protección de la integridad humana, cuya idea se fundamenta en que cada persona, sin importar quién es o dónde ha nacido, merece disfrutar de los mismos derechos básicos y libertades.

En su forma más simple, estos derechos existen para beneficiar a todos por igual. Representan, protegen y promueven valores básicos:

La igualdad y la no discriminación. Eso significa que toda persona merece ejercer todos y cada uno de estos derechos para vivir una vida digna, sin importar las diferencias. La discriminación en cualquier nivel es rechazada.

Por consiguiente, los derechos humanos se manejan por encima de otro tipo de demandas de derechos morales, legales y políticos; y por encima cualquier diferenciación social (edad, raza, etnia, sexo, religión, identidad de género, cultura, profesión, nivel socio-económico, ocupación, nacionalidad, discapacidad, etcétera).

El respeto y la tolerancia. Es necesario el establecimiento de una especie de línea de garantía de los derechos de todas las partes cuando las personas se relacionan, conviven e interactúan. Los derechos de un individuo terminan donde empiezan los derechos de los demás. Así como alguien merece respeto a su integridad y tolerancia a sus condiciones determinadas, esa misma persona también debe respetar la integridad del resto y tolerar sus condiciones.

La libertad. Principalmente, este valor rechaza la esclavitud y la servidumbre en cualquier circunstancia, ya que sería una evidente limitación, obstrucción o interferencia del ejercicio pleno y digno de los derechos esenciales de un ser humano.

Por otro lado, establece derechos civiles y políticos básicos como la libertad expresión, de opinión, de ejercicio de creencias religiosas, de elección (opciones y decisiones durante la vida), de tránsito y movimiento, entre otros.

La paz. Este valor sería, de alguna manera, el fin último que englobaría a todos. En teoría, el cumplimiento en ejercicio de todos y cada uno de los derechos humanos, debería ayudar a elevar el nivel de vida de todas las personas, de una manera u otra (idealmente), para la convivencia armoniosa en sociedad.

En 2007 se aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes, que se desarrolló en Barcelona en 2004 por miembros de la sociedad civil en el Foro Universal de las Culturas, donde se actualizó y complementó la Declaración de 1948. En el nuevo escrito se incorporaron el respeto a la dignidad de los hombres y mujeres, la justicia, la libertad, la solidaridad y sobre todo la igualdad.

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