Consulta Popular, más que un Plebicito, por Antonio José Monagas
Consulta Popular, más que un Plebicito, por Antonio José Monagas

ConsultaPopular#16Jul

 

La teoría política es bastante explícita a la hora de explicar lo que es un plebicito. De ello, no hay duda. De hecho refiere que es una consulta popular dirigida a solicitar del pueblo una opinión concretada bajo una única respuesta (sí o no) en torno a ciertas decisiones de razón política o jurídica en un ambiente de democracia electoral. Hasta ahí, no representa problema alguna que pueda enroscar el proceso a consideraciones sensibles de manipulación.

El problema surge cuando pretende sujetarse a causas alejadas de los intereses y necesidades que convocan al susodicho proceso consultivo. O cuando intenta endilgarse a causas diferentes de lo que realmente representa. Y que no es un momento distinto de lo que envuelve a un acto de democrática participación ciudadana. Puesto que en su esencia, es un acto propio del más exacto sentido de ejercicio de ciudadanía democrática. Aunque hay quienes argumentan que sólo debería considerar una pregunta. No obstante, dado su carácter de consulta, igualmente puede someter a consideración del electorado las preguntas necesarias que la pertinencia política o jurídica tracen.

En todo caso, consulta o plebicito, es la más abierta medida cuya legitimidad política acompaña su curso. Así como su realidad es potestativa para alinear procesos políticos, económicos, sociales o administrativos con las exigencias que justifican su desarrollo.

Es así que la Constitución Nacional vigente brinda las prerrogativas posibles para su realización. Preceptos relacionados con facultades constitucionales que resguardan la institucionalidad de la democracia expuesta en el concepto de «Estado de Derecho y de Justicia», son razones suficientes para considerar la legalidad de la consulta en proceso.

Sin embargo, esta situación tiene otra lectura. Lectura ésta que revela problemas que por mera ineptitud gubernamental o por objetivos  disfrazados de igualitarios, el alto gobierno busca solaparlos desde el discurso o descaradamente envueltos en el manto sanguinario de la represión. Quizás, el de mayor incidencia, es la indignación que padece la población venezolana cuya mayoría no desea someterse al pensamiento único, egoísta y ortodoxo que busca imponer el régimen político venezolano.

Y no hay duda cuando se afirma que en esta Venezuela, atrapada entre el siglo XXI y la rémora propia de tiempos  engañosos y oscuros, la indignación se convirtió en una fuerza democrática con la suficiente capacidad de convocatoria para protestar. Pero también, para llamar a una consulta popular afincada en la desobediencia que plantea el artículo 350 constitucional. Asimismo, apalancada en la vigencia innata del texto constitucional cuyo deber a defenderlo de tiranos y decisiones opresoras, invoca el artículo 333 constitucional. De manera que tan  necesario e histórico acto de voluntad democrática, constituye un inminente momento de dignidad política en un todo  relacionada con los derechos y deberes que exhorta la concepción constitucional de esta Venezuela forjada para las libertades.

En consecuencia, deberá reconocerse que lo que vive hoy el país politico como proceso electoral, es vital para tejer la trama sobre la cual se afianzó el sentimiento y espíritu republicano. Por eso este momento que hoy aviva el concepto de democracia, es vinculante de todo lo que coadyuva al restablecimiento de la constitucionalidad. Así que es esta consulta popular, más que un plebicito.

@ajmonagas