Venezuela ante el Examen Periódico Universal, por Cofavic
Venezuela ante el Examen Periódico Universal, por Cofavic

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El Examen Periódico Universal (EPU) es un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos para evaluar periódicamente el cumplimiento de las obligaciones y los compromisos en materia de derechos humanos por parte de los 193 Estados Miembros de las Naciones Unidas.

El EPU se basa en tres documentos: un informe nacional elaborado por el Estado que se examina; una compilación de información de las Naciones Unidas sobre el Estado objeto de examen preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), y un resumen de la información presentada por otros actores interesados (incluidos los representantes de la sociedad civil), también elaborado por el ACNUDH.

El examen tiene lugar en Ginebra, en un periodo de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, que está integrado por los 47 Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos así como por los demás Estados que son observadores.

En la sesión plenaria del Consejo de Derechos Humanos posterior al examen, unos meses después, se adopta un documento final sobre el resultado, que contiene el informe del Grupo de Trabajo y la posición del Estado examinado con respecto a las recomendaciones recibidas.

En el caso de Venezuela, ACNUDH recibió entre el 1 y el 24 de marzo de 2016 las contribuciones de la sociedad civil para la revisión de Venezuela y el examen propiamente se llevará a cabo en la sesión número 26 del Grupo de Trabajo, entre el 31 de octubre y el 11 de noviembre de 2016.

En el informe sombra elaborado por COFAVIC se incluyeron tres grandes áreas temáticas: impunidad institucionalizada, ejecuciones extrajudiciales y violencia contra la mujer.

En efecto, en Venezuela el incremento de la violencia está directamente asociado al déficit de institucionalidad democrática y a la impunidad como un eje transversal. Cifras oficiales son elocuentes y suficientemente explicativas. Se han documentado graves falencias en las investigaciones de las violaciones de derechos humanos, las cuales, junto con el temor de las víctimas a sufrir represalias ulteriores y la situación de provisionalidad de la mayor parte de miembros del poder judicial, impiden el esclarecimiento de los hechos y la identificación y sanción de los culpables en la mayoría de los casos, creando un clima de impunidad extendido.

En el país, los crímenes contra los derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales y las torturas, tratos crueles inhumanos y degradantes presentan un aumento significativo y sostenido que puede visibilizarse a través de las cifras de las organizaciones no-gubernamentales y de los organismos internacionales de derechos humanos. Desde el año 2009 se ha agudizado la opacidad institucional que impide un efectivo acceso a la información pública de órganos claves para estos temas, como lo son el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), por ello no se disponen de cifras oficiales sobre la comisión de estos crímenes en los últimos años.

El esquema de impunidad en materia de derechos humanos ha sido sistemático durante 2012 y 2013. Según el Informe Anual del Ministerio Público, en 2012 ingresaron ocho mil doscientos veintisiete (8.227) nuevos casos en la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales. Para el año 2013 ingresaron ocho mil cientos noventa y seis (8.196) nuevos casos los cuales se asignaron a 60 Fiscalías, que reportaron la celebración de 117 juicios lo cual deja en claro que persiste una situación estructural de impunidad en el país, tal y como notó el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas en sus últimas observaciones finales, teniendo en cuenta que, en relación con las denuncias de violaciones de derechos humanos, el 98% de los casos no alcanzarían esta etapa.

Este mismo patrón ha prevalecido del 2014 al 2015. Según el Informe Anual del Ministerio Público del año 2014 ingresaron a la Dirección de Protección de Derechos Fundamentales ocho mil cuarenta y nueve (8.049) casos de presuntas violaciones a los derechos humanos, no obstante, solo se realizaron ciento cinco (105) juicios, lo que representa 1.3% y, evidencia que casi en noventa y nueve por ciento (99%) de los casos no se llega a fase de juicio.
En su informe de gestión correspondiente a 2015, el Ministerio Público no ofreció información sobre el número general de ingresos relacionados con violaciones a los derechos humanos, sino que se limitó a presentar estadísticas respecto los funcionarios investigados por violaciones a los derechos humanos, lo que es un retroceso con respecto al año 2014.

En el derecho interno, cuando ocurre una ejecución extrajudicial demostrada, ante la no existencia de un tipo penal específico que regule esta violación al derecho a la vida cometida por agentes del Estado o con aquiescencia del mismo, el Poder Judicial ha imputado, en algunos casos, el delito de quebrantamiento a pactos y convenios internacionales establecido en el artículo 155 numeral 3 el cual tipifica que: “incurren en pena de arresto… de uno a cuatro años:…. 3. Los venezolanos o extranjeros que violen los convenios o tratados celebrados por la República, de un modo que comprometa la responsabilidad de esta”.

Sin embargo, es importante resaltar que esta situación no define claramente un camino de reparación y justicia para la víctima de violaciones de derechos humanos cuando se trata de ejecuciones extrajudiciales, debido a que el tipo penal aplicado no corresponde con los elementos reales de lo que se considera una violación de este carácter.

Con respecto a la violencia de género, el Ministerio Público, en su Informe Anual correspondiente al 2014, señaló que hubo un total de 70.763 causas ingresadas relacionadas con violencia de género lo que representa 12,33% de la muestra general de ingresos a la Fiscalía. De estos casos abiertos, se realizaron 11.575 imputaciones y 482 juicios lo que implica que en el año 2014 solo el 0,7% de los casos llegaron a juicio. En su Informe Anual correspondiente al año 2015 se reseñan 121 feminicidios consumados, de los cuales 48,8% de los casos se trata de víctimas entre los 15 y los 30 años.

El 20 de julio de 2016, la Fiscal General de la República manifestó en una entrevista de televisión, que el Ministerio Público registró 75 feminicidios hasta esta fecha, lo que significa un “aumento considerable frente a los 57 que se produjeron en el país en el mismo periodo del año pasado”.

Desde la perspectiva normativa y en la práctica, existen graves obstáculos al acceso a la justicia de las mujeres. Entre ellos, la insuficiencia de medidas de protección y seguridad en el momento de presentación de denuncias, el mantenimiento del acto conciliatorio aun cuando fue derogado o la solicitud de informes psicológicos a las víctimas para tramitar las denuncias. El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres ha lamentado que no se haya desarrollado un Plan Nacional de Prevención y Atención en Violencia contra las Mujeres, con participación activa de la sociedad civil.