Aceptada en la AN proyecto de reforma de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo
Aceptada en la AN proyecto de reforma de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo

Rebolledo

 

“La impunidad se va a terminar el día que definitivamente se persista en perseguir la ruta de los que se hacen ricos con los activos saqueando del país  a través de la práctica de actividades ilegales. Es hora de no quedarse sólo en el diagnóstico, tenemos que aumentar los esfuerzos para lograr leyes aún más severas contra el delito organizado y  recuperar los fondos y activos que se han robado”.

Así lo expresó el abogado especialista antilavado de dinero y contra el crimen organizado, Alejandro Rebolledo, quien agregó: “Debemos estar claros que toda estrategia para la recuperación de activos, debe ser global y multilateral, ya que las acciones unilaterales solo desviarían los fondos ilícitos a otros centros financieros, originando dificultades en la recuperación de dichos activos”.

Por tal razón y frente a esta  problemática, Alejandro Rebolledo  introdujo ante la Asamblea Nacional la Propuesta de Proyecto de Reforma Parcial de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, para su revisión y discusión dentro de la agenda legislativa, a fin de actualizar y fortalecer la base legal necesaria que incorpore en el ordenamiento jurídico venezolano, mejores prácticas, novedosos instrumentos y efectivos procedimientos para el combate de la moderna, ágil, mutante y tecnológica delincuencia organizada.

Dijo que dicho proyecto permitirá de manera efectiva, no sólo recuperar los bienes saqueados del país, sino también acabar con la impunidad, sancionando a funcionarios, testaferros, vinculados y demás involucrados que posean bienes de fortuna de procedencia ilegal en el extranjero. “No sólo es necesario congelar los bienes producto del delito, sino perseguir a los corruptos y recuperar a través de la confiscación de esos bienes, el dinero obtenido ilegalmente para que pueda ser devuelto al país”.

Explicó la necesaria recuperación de los fondos y activos que han sido transferidos por medio de actos de corrupción y otros delitos, a cuentas de sociedades y particulares en el extranjero a disposición de mafias que se  amparan a la sombra del poder político y financiero en nuestro país. “Para estos fines de recuperación de activos, es necesario contar con canales más eficientes en materia de asistencia legal mutua y cooperación judicial internacional, así como tratados, pactos convenciones y acuerdos vigentes en la materia, suscritos por la República Bolivariana de Venezuela”.

Agregó que “Como primer objetivo está lograr que Venezuela avance en el fortalecimiento de la lucha contra la delincuencia organizada y la corrupción, ajustando nuestro ordenamiento jurídico a las mejores prácticas y estándares internacionales a través de una plataforma que arroje los resultados esperados en materia de recuperación de bienes, ya que es la forma más efectiva contra las acciones criminales que amenazan la paz y seguridad de la sociedad, el capital, la productividad, la competitividad y en definitiva la calidad de vida de los venezolanos”.

 

Importancia de la denuncia

Enfatizó Rebolledo que “es necesario el rescate de la “denuncia” como modo de proceder penal”, para recuperar y estimular esa útil y eficiente fuente de información, que durante los últimos años oficialmente ha intimidado a los denunciantes, ha servido para favorecer la actuación de las organizaciones delictivas, incitando muchas veces a la inmigración de bandas criminales internacionales.  

Con esta reforma, agregó, se pretende restituir el valor de importantes herramientas que permitan rescatar esa fuente de información, e inclusive recompensar cuando a través de tales denuncias se logren sentencias condenatorias, confiscación y recuperación de bienes producto de actos de delincuencia organizada”.  

 

Necesidad de adecuar la legislación

Al referirse al segundo objetivo, dijo: “Es apremiante adecuar la legislación venezolana en materia de Prevención y Control de los Riesgos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, a las nuevas recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)  en febrero del año 2012, conocidas como los “Estándares Internacionales para el Combate del Lavado de Dinero y de Financiamiento del Terrorismo y de las Armas de Destrucción Masiva”. Para ello planteamos la necesidad de incorporar en la LOCDOFT:

  • Nuevas forma delictivas, tales como, el Contrabando, la Evasión Fiscal y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masivas.
  • Publicación oficial del listado de Personas Expuestas Políticamente (PEP) y establecer el criterio para la desclasificación de las mismas.
  • Definir el criterio de identificación del Beneficiario Final dentro de las estructuras financieras de las empresas y beneficiarios de operaciones financieras asociadas con delitos de delincuencia organizada.
  • El control de prácticas que atentan contra la transparencia de la gestión pública como por ejemplo “La Vuelta Giratoria”.
  • Creación de la estructura jurídica y marco regulatorio necesaria para supervisar las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras susceptibles a la Delincuencia Organizada”.

 

Confiscación de bienes e impacto económico

     Rebolledo refirió: “Es importante analizar, por una parte, los costos que se deriven de la creación de nuevas estructuras y por otro lado la fuente de ingreso que su actuación puede ocasionar a través de la recuperación de bienes, y así tenemos, por ejemplo, que a través de la recuperación de los bienes, se establece un mecanismo que permitirá a la República recuperar los activos (bienes muebles, inmuebles y fondos ilícitamente despojados al país), cuya administración  y disponibilidad debe hacerse de acuerdo con la planificación financiera y estrategia del Estado, con miras al financiamiento de las estructura de costos generada por la misma LOCDOFT, como por ejemplo: (1) los costos de organización y funcionamiento de la Superintendencia u Oficina Nacional de las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras, y (2) el financiamiento de las recompensas que pueden ser concedidos a los denunciantes y/o testigos de actos de delincuencia organizada y corrupción. Es importante destacar que según declaraciones de ex ministros del partido de gobierno, el desfalco denunciado ante el Consejo Moral Republicano oscila entre los 200.000 y 300.000 millones de dólares”.

Igualmente considera que debe crearse la nueva Superintendencia u Oficina Nacional de las Actividades Profesionales y Comerciales no Financieras,  la cual deberá contar con una nueva partida presupuestaria que dependería jerárquicamente del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de  industria y comercio.

Para concluir indicó: “ Según lo previsto en el artículo 208 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el proyecto de ley fue introducido a la Asamblea Nacional, especialmente para lograr la recuperación de los activos vinculados a delitos de delincuencia organizada y corrupción… Este último delito,  no tiene color político. Tiene aliados de turno. Si no recuperamos los activos, no lograremos resultados efectivos contra la delincuencia organizada”. Concluyó.