Legalidad y legitimidad del uso de la fuerza por Víctor Rodríguez Cedeño - Runrun
Legalidad y legitimidad del uso de la fuerza por Víctor Rodríguez Cedeño

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La situación en Siria es sumamente grave. Decenas de miles de muertos, centenares de miles de desplazados. Una verdadera crisis humanitaria, ante lo cual la comunidad internacional no ha sabido responder. Más parecen interesar los problemas geopolíticos y estratégicos en la región que la vida y la integridad física y la dignidad de millones de seres que sufren las consecuencias de las atrocidades de un régimen que insiste en mantenerse en el poder por todos los medios.

El Consejo de Seguridad, sometido todavía al derecho al veto que le concedió la comunidad internacional a Estados Unidos, Francia, Reino Unido, China y Rusia en 1945 cuando se adoptó la Carta de las Naciones Unidas, no ha logrado un consenso para condenar al régimen de Al Assad y detener la masacre. Los intereses individuales de las grandes potencias han prevalecido.

Ante la inacción del Consejo de Seguridad, Estados Unidos ha amenazado con el uso unilateral de la fuerza para detener la barbarie, en nombre de los “valores y principios”; lo que no ha dejado de ser criticado por la mayoría, porque contrariaría el Derecho Internacional que prohíbe tanto la amenaza como el uso de la fuerza para resolver las controversias y las situaciones internacionales.

Muchos países se han mantenido al margen, aunque hayan coincidido con el llamado del papa Francisco para que el conflicto sea resuelto por la vía pacífica. Algunos pocos, como Venezuela y otros del Alba, han expresado su apoyo al régimen de Al Assad, llegando a negar la existencia de un arsenal de armas químicas, cuyo uso ha sido reconocido por las Naciones Unidas, hoy en examen por la Organización para la Prohibición de Armas Químicas, a la vez que objeto de las negociaciones que se llevan a cabo con la participación de Rusia que, desde fuera del Consejo, trata de recuperar espacios en la región.

Lo que sucede en Siria no es del exclusivo interés de los sirios, como tampoco lo fue lo que ocurría en Libia hace unos años. La ejecución de crímenes internacionales es del interés de todos; por ello es obligación del Consejo de Seguridad y la comunidad internacional actuar para proteger la vida y la integridad física de civiles sometidos a las atrocidades de un déspota. La soberanía no puede ser argumentada por regímenes inescrupulosos como una coraza para justificar la violación de los derechos humanos ni los crímenes de esta naturaleza que un régimen cometa dentro de su jurisdicción nacional. Ello responde a la estructura de una sociedad internacional y unas relaciones internacionales distintas. Nuevos actores, incluida la sociedad civil, representada por las ONG, aunque no en forma exclusiva; nuevas formas de relación basadas en la solidaridad y en los intereses comunes, caracterizan los nuevos tiempos, lo que por supuesto incide en la formación y en la concepción del Derecho Internacional cada vez más objetivista que voluntarista.

Es cierto que la amenaza o el uso de la fuerza están prohibidas por el Derecho Internacional, pero ello tiene sus excepciones: el derecho inmanente de legítima defensa individual o colectiva, establecido en el artículo 51 de la Carta de la ONU, y las acciones del Consejo de Seguridad ante la ruptura de la paz internacional, en el marco del Capítulo VII (artículo 42) de la Carta. Si aceptamos que el Derecho Internacional evoluciona y se adapta a los cambios en la sociedad internacional y en las relaciones internacionales, habría que considerar que ante situaciones catastróficas, como la que atraviesa Siria, el uso de la fuerza se justificaría para detener la masacre y la destrucción de un país.

Independientemente de la legalidad o ilegalidad, de su legitimidad o ilegitimidad, la amenaza de la fuerza por Estados Unidos habría tenido un efecto positivo en la solución del conflicto y eso quizás pueda representarle un éxito a Obama dentro de su criticada política en relación con Siria, caracterizada por indefiniciones e inconsistencias.

Si las negociaciones no llegaren a buen fin, el Consejo de Seguridad tendrá que cumplir con las obligaciones que le impone la Carta para detener el conflicto y las masacres y restaurar la paz interna que, en definitiva, tiene consecuencias internacionales. Y si el Consejo no logra desbloquearse y adoptar decisiones y medidas coercitivas necesarias, incluido el uso de la fuerza, para resolver la crisis, la comunidad internacional estaría legitimada para actuar conforme al Derecho Internacional y los intereses de la humanidad para evitar un mayor desastre humanitario.

Sin duda, como lo dijo el secretario general de la ONU, Ban Ki-moon, el 17 de septiembre: “Siria es el mayor desafío para la paz (…) el sufrimiento debe terminar”.

Fuente: El Nacional