TSJ ordenó al CNE solo procesar postulaciones de Copei de la Junta Ad Hoc
TSJ ordenó al CNE solo procesar postulaciones de Copei de la Junta Ad Hoc

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) recibir las postulaciones a alcaldes que presente Miguel Salazar, representante de la Junta Ad Hoc del partido Copei y abstenerse de procesar demás solicitudes que no sean tramitadas por el mismo.

“Se ordena al Consejo Nacional Electoral a recibir las postulaciones que presente el ciudadano Miguel Salazar en representación de la organización política Copei, quien fue autorizado el 30 de octubre de 2017 por los miembros de la Junta Ad hoc designada por esta Sala”, reza un extracto de la sentencia.

Después, el máximo tribunal advierte al ente electoral de “abstenerse de procesar aquellas que no fuesen efectuadas por el ciudadano Miguel Salazar en la condición antes mencionada, y así se decide”, reza un extracto de la sentencia.

Miguel Salazar es el secretario general de Copei tras haber sido designado por el Tribunal, junto a Pedro Urrieta, como autoridades de la tolda verde el 30 de julio de 2015. En ese momento el máximo tribunal acordó “suspender la actual Mesa Directiva Nacional, y por tanto, la Dirección Política Nacional”.

Dichas designaciones quedaron ratificadas en la decisión n° 684 del 3 de agosto de 2016, donde se “ratificó las atribuciones otorgadas a los miembros de la Junta Ad hoc del Partido Copei conferidas en la sentencia n° 1023 del 30 de julio de 2015, respecto a sus condición de integrantes de la Dirección Nacional, de la Mesa Directiva Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional del mencionado partido”.