Padrino López insiste en que GNB no asesinó a Juan Pablo Pernalete
Padrino López insiste en que GNB no asesinó a Juan Pablo Pernalete

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A través de un comunicado, el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, rechazó las acusaciones que señalan a efectivos de la Guardia Nacional como responsables del asesinato de Juan Pablo Pernalete, durante una protesta en Altamira Sur el pasado 26 de abril.

En el documento expone que una afirmación de tal envergadura instiga la violencia y alimenta la matriz negativa que quieren posicionar grupos de derecha contra la GNB.

Dijo que ante los actos vandálicos y saqueos a establecimientos, la GNB siempre ha asumido una actitud de contención, evitando la confrontación de grupos antagónicos y el enfrentamiento cuerpo a cuerpo con los manifestantes.

Agregó que los medios de comunicación invisibilizan los ataques perpetrados contra siete instalaciones de unidades militares.

Aseguró que los cuerpos castrenses garantizan el respeto a los derechos humanos y en ningún momento se asume solidaridad automática con el funcionario que haya violado o quebrantado alguna ley.

A continuación el comunicado completo: 

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana posee una rica y hermosa historia republicana, pues al fragor de las luchas independentistas forjó el nacimiento mismo de la Patria y ha desempeñado un rol protagónico en la consolidación de la democracia, como bien supremo de la venezolanidad. En la compleja coyuntura política, económica y social que lamentablemente vive el país en la actualidad, ha llevado a cabo un esfuerzo superlativo para preservar la paz, proteger la vida como derecho fundamental y la estabilidad institucional.

Sin embargo, es imperativo precisar lo siguiente:

Resulta sumamente preocupante, que se haga pública una precalificación de hechos en el caso de la muerte del estudiante Juan Pernalette, al indicar que la misma se produjo debido al impacto de una granada lacrimógena presuntamente disparada por la Guardia Nacional Bolivariana. Esta hipótesis, no solo afecta el espíritu de cuerpo de nuestros efectivos, sino que podría además instigar a la violencia contra ellos y alimentar la matriz negativa que quieren posicionar grupos de derecha sobre este Componente de la institución castrense.

Es importante señalar, que a todos los niveles de comando de la organización militar, se ordenan y se supervisan las operaciones ejecutadas para restablecer y mantener el orden interno como parte de las tareas constitucionalmente asignadas, y las mismas se llevan a cabo en el marco de un absoluto respeto por los derechos humanos. Conviene resaltar, que en los casos de excesos detectados en la actuación de unidades de manera colectiva o alguno de sus integrantes en forma individual, se han aplicado los procedimientos administrativos disciplinarios o penales correspondientes, orientados a corregir y/o castigar este tipo de irregularidades. De ninguna manera se asumen solidaridades automáticas, muy a pesar del deber que tenemos de velar en todo momento y circunstancia por el bienestar y estabilidad de los subordinados.

Al abrigo de la Revolución Bolivariana, la Fuerza Armada Nacional Bolivariana desechó de su filosofía y doctrina la naturaleza represiva con que actuaba en el pasado, para adquirir un carácter eminentemente popular y humanista, pues su fin ulterior será siempre servir a los más sagrados intereses del pueblo venezolano. En tal sentido, sus hombres y mujeres reciben el adiestramiento indicado para participar en el control del orden público y la efectividad del mismo puede evidenciarse, si se analiza objetivamente que, ante las múltiples y variadas manifestaciones de tipo violento, agresiones físicas y verbales, los cientos de actos vandálicos y asaltos a establecimientos comerciales ocurridos durante aproximadamente dos meses, siempre se ha asumido una actitud de contención, evitando la confrontación de grupos antagónicos, el enfrentamiento cuerpo a cuerpo con los manifestantes e impidiendo la propagación de la violencia.

La anterior afirmación cobra mayor relevancia, al considerar que los ataques irracionales perpetrados contra siete instalaciones sedes de unidades militares, los cuales incluyeron el uso de armas de fuego, artefactos incendiarios y objetos contundentes; tuvieron una respuesta tan profesional de parte de nuestros soldados, que no generaron heridos ni fallecidos en los atacantes. Vale decir que estos hechos son invisibilizados por los medios de comunicación y no han sido debidamente investigados por parte del Ministerio Público, órgano que ejerce en nombre del Estado, la acción penal pública. También llama la atención que se desestimen actuaciones policiales de hechos flagrantes que violan los derechos a la vida, a la propiedad y al libre tránsito, entre otros.

Por eso lamentamos y rechazamos categóricamente la ligereza con que se efectúan declaraciones que intentan soslayar el liderazgo de la institución, conformada por venezolanos y venezolanas, quienes en el cumplimiento de sus deberes actúan con un estoicismo tal, que los lleva a sacrificar incluso sus propias vidas, horas de sueño, su alimentación, su descanso y la atención de sus propias familias, para asegurar el pleno disfrute de los derechos de sus conciudadanos sin distingo de ninguna clase. Siendo así, sorprende que se nos acuse de inacción o ausencia ante situaciones violentas sucedidas en ciertas regiones del territorio nacional, pues en el empeño de preservar la convivencia pacífica no se ha escatimado ningún esfuerzo.

Por otra parte, vale recordar que el  artículo 55 de la Carta Magna asigna a los órganos de seguridad ciudadana del Estado, la responsabilidad de proteger la vida y la integridad física de las personas, sean estas manifestantes o no; por lo tanto deben proteger a la colectividad y sus bienes, asegurando además el normal funcionamiento de las instituciones públicas y privadas al igual que los servicios que pudieran verse afectados. Asimismo, es imperioso aclarar que el Código Orgánico de Justicia Militar en sus artículos 501, 502 y 505, referidos a los delitos militares de “Ultraje al Centinela y a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana”, así como el artículo 552 referido a delitos contra la seguridad de esta última, establecen penas para quienes violen tal normativa, sin exceptuarlos por su condición de militar o no militar.