Comisión Judicial del TSJ dirigirá los exámenes para el ingreso de nuevos jueces
Comisión Judicial del TSJ dirigirá los exámenes para el ingreso de nuevos jueces

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) asume nuevas responsabilidades luego de que la Comisión Judicial de dicho ente no solo designará y removerá a los jueces provisorios y cubrirá las vacantes que se abren en los tribunales del país debido a vacaciones, renuncias o bajas por enfermedad designando sustitutos temporales, sino que también “planificará, supervisará y ejecutará” todo lo relacionado con los concursos de oposición para asignar tribunales.

De esta manera, sin importar sus credenciales, formación o reconocimiento, el activista de Derechos Humanos, el jurista o catedrático en Derecho que forme parte de una organización no gubernamental o gremio que haya recibido fondos por parte de “potencias extranjeras y empresas nacionales o extranjeras” no podrá participar como jurado en las pruebas para asignar cargos de jueces.

La restricción figura en el numeral D del artículo 16 de las nuevas Normas para la Evaluación y Concurso de Oposición para el Ingreso y Ascenso a la Función Judicial que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó en junio pasado, pero que apenas el pasado martes 23 fueron publicadas en la Gaceta Oficial número 40.927.

Esta función de planificación, supervisión y ejecución, anteriormente, le correspondía a la Escuela Nacional de la Magistratura, por ser la institución encargada de la formación y capacitación de los jueces y demás funcionarios judiciales.

Sin embargo, en el nuevo instrumento el TSJ decidió que se encargará de esto la comisión que integran los presidentes de las seis salas que componen el organismo: Gladys Gutiérrez (Sala Constitucional), María Carolina Ameliach (Sala Político Administrativa), Maikel Moreno (Sala Penal), Indira Alfonzo (Sala Electoral), Marjorie Calderón (Sala Social) y Gustavo Blanco (Sala Civil).

El artículo 255 de la Constitución obliga a asignar los juzgados mediante “concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia”. Sin embargo, desde 2006 el máximo tribunal no celebra uno solo de estos exámenes y por ello en la actualidad el 66% de los más de 2.200 jueces que hay en el país son provisorios, es decir, que en cualquier momento la Comisión Judicial del TSJ los puede destituir sin procedimiento alguno, porque los considera de libre nombramiento y remoción.

Esta política le ha merecido varias sanciones al Estado venezolano en los últimos años, tales como tres condenas por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual lo ha acusado de violar la autonomía judicial.

A partir de la semana pasada, la Comisión Judicial es la responsable de nombrar y remover a los jueces provisorios, que según las propias estadísticas del TSJ representan el 66% de los 2.200 jueces de Venezuela.

Estos funcionarios son considerados de libre nombramiento y remoción por este organismo del máximo juzgado y, por ende, pueden ser destituidos sin procedimiento previo, lo cual le ha valido al país tres condenas por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), por considerar que esta política atenta contra la independencia judicial.

Dicha normativa, en la Disposición Transitoria 1, permite que los abogados que en la actualidad ocupan tribunales de manera provisoria o temporal, puedan participar en los concursos para hacerse con la titularidad; es decir con sus cargos de manera oficial y definitiva.

Sin embargo, en ninguno de los 45 artículos y 12 disposiciones transitorias establece un lapso de tiempo en el cual el TSJ deberá celebrarán dichos procesos.

Con información de Crónica Uno y El Pitazo