Estiman que el TSJ no podrá evitar que la información fluya en los medios digitales y en redes sociales
Estiman que el TSJ no podrá evitar que la información fluya en los medios digitales y en redes sociales

censura

 

Otra decisión de la todopoderosa Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia genera polémica en el país. En este caso, los medios de comunicación digitales serían objeto de sanción si las autoridades judiciales del país detectan que se están difundiendo vídeos aficionados de linchamientos.

Esto en coherencia con la prohibición a todos los medios digitales la difusión de videos de linchamientos, “tanto en sus páginas de internet, como en sus cuentas en redes sociales”, señala una sentencia, cuya ponencia fue presentada por la magistrada Lourdes Súarez Anderson.

El abogado Juan Garantón Hernández demandó a los portales “La Patilla” y “Caraota digital”, quienes, según su criterio, estarían incitando a la violencia y generando zozobra e incertidumbre entre la población, por informar sobre linchamientos.

La magistrada argumentó que “el ejercicio de la comunicación social debe contribuir con el desarrollo integral del individuo y de la sociedad”.

Esta decisión se extiende a los demás medios digitales del país y a sus cuentas de redes sociales.

Para el abogado e integrante de la asociación civil “Un estado de derecho”, Luis Alfonso Herrera, la decisión de la magistrada Suárez Anderson, “no es una sentencia es una resolución de carácter político que viola el artículo 57 de la constitución de la República en donde se garantiza la libertad de expresión sin que haya censura previa. Hay algunos límites en este artículo que tienen que ver con la difusión de mensajes de guerra, el fomento de la discriminación y la intolerancia religiosa”.

Herrera advierte a El Pitazo que Venezuela suscribió una serie de pactos internacionales que garantizan los derechos humanos y la libre difusión de la información, “y esta decisión interpreta sin bases técnicas el tema de la generación de zozobra e incertidumbre en la sociedad. Los portales digitales solo emiten información de lo que está pasando en el país y que eventualmente le puede interesar a sus lectores, no es la función de los medios el fomentar miedo entre la población”.

Sostuvo que una decisión de este tipo “es ambigua y no tiene el suficiente soporte legal. Su aplicación es discrecional y lo que busca es fomentar la censura y la autocensura”.

Estima el jurista que decisiones de este tipo sientan precedentes y que pueden dar pie para que la censura llegue hasta otros mecanismos de comunicación como lo son las redes sociales. “En estos momentos de crisis en donde la gente demanda información es poco probable que dejen de fluir datos, sobre todo en sitios en donde hay conflictos, la gente quiere saber qué pasa y no es con una decisión política como se puede vulnerar un derecho constitucional básico”.