Lo que opinan algunos constitucionalistas sobre el estado de excepción
Lo que opinan algunos constitucionalistas sobre el estado de excepción

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Los abogados constitucionalistas Juan Manuel Raffalli, Blanca Rosa Mármol, Gerardo Blyde y Jesús María Casal rechazan por inconstitucional el decreto de estado excepción y emergencia económica anunciado en días pasados por el presidente Nicolás Maduro.

A continuación presentamos lo que opinan estos juristas sobre el decreto, oficializado este lunes:

El abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli aseguró vía Twitter que los estados de excepción no pueden limitar los derechos políticos, de manera que el decreto emitido por el presidente Nicolás Maduro no puede impedir el referendo revocatorio.

Raffalli analizó el decreto de estado excepción en Circuito Éxitos. Entrevistado por el periodista Nelson Bocaranda y Mariela Celis en el programa «La Cola Feliz», el jurista manifestó que el decreto es incomprensible desde el punto de vista constitucional. Además, indicó que solo se reeditó el decreto de emergencia anterior para extender su vigencia «de manera fraudulenta»: «Ninguno de los ordinales de este decreto pueden evitar un referendo revocatorio».

Por su parte, la exmagistrada Blanca Rosa Mármol, también constitucionalista, escribió a través de Twiter que el estado de excepción fue «decretado inconstitucionalmente por un presidente que también lo es (inconstitucional)», lo que no duda en calificar de «dictadura».

Con respecto al referendo, Mármol agregó: «Para decirlo de una manera sencilla: Al presidente el referendo le queda grande. Está instituido para un presidente legítimo».

El también abogado constitucionalista Gerardo Blyde dijo a Unión Radio que el decreto de estado de excepción y emergencia económica es “intencionalmente confuso” y más abarcador que el anterior, ya que, además del ámbito económico, aglutina factores políticos, de orden público y sociales.

En entrevista con los periodistas Alba Cecilia Mujica y Sergio Novelli, Blyde señaló que, una vez que un presidente dicta un estado de excepción, este entra en vigencia, pero ocho días después puede ser revocado por la Asamblea Nacional y por el Tribunal Supremo de Justicia.

A su juicio, el decreto contiene “señalamientos graves”, como el hecho de que todas las medidas de veto o censura tomadas por la Asamblea Nacional quedarán eliminadas mientras tenga vigencia; la orden de que la distribución de alimentos y productos de primera necesidad quede en manos de los Comités Locales de Abastecimiento y Distribución (CLAP).

Por otro lado, Blyde resaltó que el derecho de manifestar no está contemplado en el decreto oficializado este lunes, aunque aclaró que, si el Ejecutivo considera que una protesta “es para subvertir el orden como acción desestabilizadora”, la fuerza de seguridad podría actuar para impedirla.

En declaraciones al diario El Nacional, el abogado constitucionalista Jesús María Casal definió el decreto de estado de excepción “es un fraude a la Constitución”.

El abogado precisó que la emergencia económica, en vigor desde enero, ya era una forma de estado de excepción que, de acuerdo con la Constitución, solo puede regir por 60 días prorrogables por otros 60.

“La carta magna fija unos límites temporales para que medidas como esta no se puedan mantener de forma indefinida. Volver a hacer la declaratoria, luego de que finalizaron los lapsos, es soslayar esos límites”, dijo Casal al periodista Franz Von Bergen.