Bloque Constitucional: Presidenta del TSJ debe comparecer ante la Asamblea Nacional
Bloque Constitucional: Presidenta del TSJ debe comparecer ante la Asamblea Nacional

 

gladysGutierrez

 

El Bloque Constitucional Venezolano, recientemente conformado por destacados juristas del país, alerta a la colectividad nacional sobre las reiteradas violaciones en recientes procedimientos adelantados por el Tribunal Supremo de Justicia.

Las consideraciones, realizadas por los doctores Román Duque Corredor y Cecilia Sosa Gómez, apuntan a la necesidad de que la actual Presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, comparezca ante el Poder Legislativo, con el fin de aclarar estas graves violaciones a la Ley que rige las funciones del Tribunal.

La comunicación del Bloque recuerda que para todo asunto sometido al TSJ debe ser designado un ponente, en los tres días hábiles posteriores a su recepción. Sin embargo, “de manera discrecional y sin motivación alguna”, deciden elaborar una ponencia conjunta o colectiva, “sin que se pueda conocer el redactor o redactores en verdad de los proyectos de sentencia”.

Los casos de sensible interés para la comunidad venezolana en los cuales se ha producido dicha irregularidad, son el proceso seguido por la Sala Electoral de nulidad de las elecciones parlamentarias del Estado Amazonas y el procedimiento de solicitud de desacato de la sentencia Nro. 260 del 30 de diciembre de 2015, que tramitó dicha Sala en contra de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional; al igual que en el proceso mediante el cual la Sala Constitucional resolvió la solicitud de omisión en contra de esta Asamblea en sentencia de fecha 14 de enero del 2016, y finalmente en el del pronunciamiento de la misma Sala sobre el decreto No 2.184 que declaró el estado de emergencia económica del 14 del mismo mes y año citados.

En ninguno de esos procesos se designó ponente, como lo establece el artículo 99 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sino que todos los magistrados decidieron elaborar una ponencia colectiva, siendo la designación de un ponente una norma que debe cumplirse en todo proceso ante dicho Tribunal, de acuerdo con el artículo 85, de la Ley citada.

Consideran los profesionales de la ley, que las sentencias sin ponente, son no solamente violatorias de la ley que rige al Tribunal Supremo de Justicia; sino también “una forma de evadir responsabilidades personales y principios fundamentales de la colegiación”.

Aseveran que “Las ponencias sin rostro o anónimas, limitan seriamente el acceso de los ciudadanos a la justicia, contemplado en el artículo 26 de la Constitución Nacional, puesto que el derecho de comunicarse con el ponente es una de las manifestaciones de ese derecho constitucional, lo que, por otra parte, es impropio para un Estado que además de ser calificado como Estado de derecho es también un Estado de Justicia, como lo propugna el artículo 2º de la Constitución”.

Por ello, los firmantes de este comunicado consideran que la actual Presidente del Tribunal Supremo de Justicia debe comparecer ante la Asamblea Nacional para que explique la violación de ley que rige sus funciones.